MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

Decreto 209/2016

Desígnase Directora Nacional de Ceremonial.

Bs. As., 19/01/2016

VISTO el Expediente N° 1355/2016 del Registro del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, el Decreto N° 1979 de fecha 29 de noviembre de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto N° 1979/11 se designó Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria de la República en la REPÚBLICA DE EL SALVADOR a la entonces señora Ministra Plenipotenciaria de Segunda Clase Da. Betina Alejandra PASQUALI.

Que por el expediente citado en el Visto y atento razones de servicio de esta Cartera de Estado, se tramita el traslado desde la Embajada de la República en la REPÚBLICA DE EL SALVADOR al MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, de la funcionaria mencionada precedentemente.

Que, asimismo, resulta necesario designar como Directora Nacional de Ceremonial en el ámbito del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, a partir del día siguiente de su llegada a la República, a la señora Ministra Plenipotenciaria de Primera Clase Da. Betina Alejandra PASQUALI.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO ha intervenido en el ámbito de su competencia.

Que la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL y la SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO han intervenido en el ámbito de sus respectivas competencias.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 99, incisos 1 y 7 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° — Trasládase desde la Embajada de la República en la REPÚBLICA DE EL SALVADOR al MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, a la señora Ministra Plenipotenciaria de Primera Clase Da. Betina Alejandra PASQUALI (D.N.I. N° 12.661.580).

Art. 2° — Desígnase Directora Nacional de Ceremonial, a partir del día siguiente de su llegada a la República, a la señora Ministra Plenipotenciaria de Primera Clase Da. Betina Alejandra PASQUALI.

Art. 3° — El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto se imputará a las partidas específicas del presupuesto de la Jurisdicción 35 - MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — MACRI. — Susana M. Malcorra.