SECRETARÍA DE TRABAJO
Resolución 1647/2015
Bs. As., 13/10/2015
VISTO el Expediente N° 1.652.712/14 del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la
Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y la Ley N° 25.877, y
CONSIDERANDO:
Que se solicita la homologación del acuerdo celebrado entre el
SINDICATO TRABAJADORES DE INDUSTRIAS DE LA ALIMENTACIÓN FILIAL BUENOS
AIRES por el sector sindical y la empresa MONDELEZ ARGENTINA SOCIEDAD
ANÓNIMA por la parte empleadora, el que luce a fojas 41 del Expediente
N° 1.652.712/14 y ha sido debidamente ratificado a fojas 42 de las
mismas actuaciones.
Que mediante el acuerdo cuya homologación se solicita, se establece
para el personal que se desempeña realizando tareas de reposición en
forma normal y permanente, en el ámbito territorial allí establecido,
la Categoría III del Artículo 5° del Convenio Colectivo de Trabajo N°
244/94.
Que el citado cuerpo convencional ha sido oportunamente celebrado entre
la FEDERACIÓN TRABAJADORES DE INDUSTRIAS DE LA ALIMENTACIÓN por el
sector sindical y la FEDERACIÓN DE INDUSTRIAS DE PRODUCTOS ALIMENTICIOS
Y AFINES por la parte empleadora.
Que se les ha reconocido legitimidad a las partes aquí interviniente
para negociar colectivamente en el marco del plexo convencional citado,
ello conforme Resolución Secretaria de Trabajo N° 848, de fecha 25 de
junio de 2015, de cuyo considerando tercero también surge que la
empresa MONDELEZ ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA resulta continuadora de
KRAFT FOODS ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA.
Que conforme antecedentes citados, las partes se encuentran
conjuntamente legitimadas para negociar colectivamente en el marco del
mencionado cuerpo convencional.
Que respecto ámbito personal y territorial de aplicación del acuerdo se
circunscribe a la estricta correspondencia de la representatividad
conjunta de las partes celebrantes.
Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del
Trabajo de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.
Que se encuentra acreditado en autos el cumplimiento de los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que por lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.
Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes
actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N°
900/95.
Por ello,
LA SECRETARIA DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Declárese homologado el acuerdo celebrado entre el
SINDICATO TRABAJADORES DE INDUSTRIAS DE LA ALIMENTACIÓN FILIAL BUENOS
AIRES por el sector sindical y la empresa MONDELEZ ARGENTINA SOCIEDAD
ANÓNIMA por la parte empleadora, el que luce a fojas 41 del Expediente
N° 1.652.712/14, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación
Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).
ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución por la Dirección
General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la
SUBSECRETARIA DE COORDINACIÓN. Cumplido, pase a la Dirección de
Negociación Colectiva, a fin de que el Departamento Coordinación
registre el acuerdo obrante a fojas 41 del Expediente N° 1.652.712/14.
ARTICULO 3° — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente,
procédase a la guarda del presente legajo conjuntamente con el del
Convenio Colectivo de Trabajo N° 244/94.
ARTICULO 4° — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación gratuita
del acuerdo homologado y de esta Resolución, las partes deberán
proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley N°
14.250 (t.o. 2004).
ARTICULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.
Expediente N° 1.652.712/14
Buenos Aires, 15 de octubre de 2015
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N° 1647/15 se ha
tomado razón del acuerdo obrante a fojas 41 del expediente de
referencia, quedando registrado bajo el número 1425/15. — Lic.
ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento
Coordinación - D.N.R.T.
ACUERDO
En Buenos Aires a los 04 días del mes de septiembre de 2015 entre
Mondelez Argentina S.A. con domicilio en Henry Ford 3200, Ricardo
Rojas, Pacheco, Pcia. de Buenos Aires, representada por el Sr. Damián
Cayetano Pascual, DNI 22470269, en carácter de apoderado, y el Sr.
Fabián Romero, Jefe del Sector Merchandising, constituyendo domicilio
en Av. Belgrano 990, piso 9, C.A.B.A., por una parte (en adelante LA
EMPRESA) y por la otra el SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DE
LA ALIMENTACIÓN, Filial Buenos Aires (en adelante el SINDICATO), con
domicilio en Carlos Calvo 1535, C.A.B.A., representada en este acto por
la Sra. Lidia Crespo, en su carácter de Secretaria Gremial; y el Sr.
José Luis Ledesma, en su carácter de Miembro de Comisión Directiva, en
adelante denominados en forma conjunta e indistinta LAS PARTES, quienes
acuerdan:
PRIMERO: Luego de un intenso trabajo de análisis en atención a las
características de las tareas propias de los repositores dependientes
de MONDELEZ ARGENTINA S.A. que desempeñan las funciones de reposición
de mercaderías en los distintos puntos de venta de los productos de la
Compañía, ambas partes coinciden en la existencia de determinados
puestos y tareas de los repositores que merecen una evaluación y
reconocimiento específico.
SEGUNDO: En consecuencia, la empresa otorgará la categoría III del art.
5 CCT 244/94 con efecto a partir del 1° de septiembre de 2015 a la
totalidad del personal que se desempeña en distintos supermercado e
hipermercados del Área Metropolitana del Gran Buenos Aires realizando
tareas de reposición en forma normal y permanente.
Finalmente las partes manifiestan que el presente acuerdo constituye un
importante avance en el diálogo necesario para una convivencia pacífica
y un progreso en el marco de las relaciones laborales.