MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARÍA DE TRABAJO

Resolución 1647/2015

Bs. As., 13/10/2015

VISTO el Expediente N° 1.652.712/14 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y la Ley N° 25.877, y

CONSIDERANDO:

Que se solicita la homologación del acuerdo celebrado entre el SINDICATO TRABAJADORES DE INDUSTRIAS DE LA ALIMENTACIÓN FILIAL BUENOS AIRES por el sector sindical y la empresa MONDELEZ ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA por la parte empleadora, el que luce a fojas 41 del Expediente N° 1.652.712/14 y ha sido debidamente ratificado a fojas 42 de las mismas actuaciones.

Que mediante el acuerdo cuya homologación se solicita, se establece para el personal que se desempeña realizando tareas de reposición en forma normal y permanente, en el ámbito territorial allí establecido, la Categoría III del Artículo 5° del Convenio Colectivo de Trabajo N° 244/94.

Que el citado cuerpo convencional ha sido oportunamente celebrado entre la FEDERACIÓN TRABAJADORES DE INDUSTRIAS DE LA ALIMENTACIÓN por el sector sindical y la FEDERACIÓN DE INDUSTRIAS DE PRODUCTOS ALIMENTICIOS Y AFINES por la parte empleadora.

Que se les ha reconocido legitimidad a las partes aquí interviniente para negociar colectivamente en el marco del plexo convencional citado, ello conforme Resolución Secretaria de Trabajo N° 848, de fecha 25 de junio de 2015, de cuyo considerando tercero también surge que la empresa MONDELEZ ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA resulta continuadora de KRAFT FOODS ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA.

Que conforme antecedentes citados, las partes se encuentran conjuntamente legitimadas para negociar colectivamente en el marco del mencionado cuerpo convencional.

Que respecto ámbito personal y territorial de aplicación del acuerdo se circunscribe a la estricta correspondencia de la representatividad conjunta de las partes celebrantes.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.

Que se encuentra acreditado en autos el cumplimiento de los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que por lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N° 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Declárese homologado el acuerdo celebrado entre el SINDICATO TRABAJADORES DE INDUSTRIAS DE LA ALIMENTACIÓN FILIAL BUENOS AIRES por el sector sindical y la empresa MONDELEZ ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA por la parte empleadora, el que luce a fojas 41 del Expediente N° 1.652.712/14, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACIÓN. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin de que el Departamento Coordinación registre el acuerdo obrante a fojas 41 del Expediente N° 1.652.712/14.

ARTICULO 3° — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, procédase a la guarda del presente legajo conjuntamente con el del Convenio Colectivo de Trabajo N° 244/94.

ARTICULO 4° — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación gratuita del acuerdo homologado y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente N° 1.652.712/14

Buenos Aires, 15 de octubre de 2015

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N° 1647/15 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 41 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 1425/15. — Lic. ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

ACUERDO

En Buenos Aires a los 04 días del mes de septiembre de 2015 entre Mondelez Argentina S.A. con domicilio en Henry Ford 3200, Ricardo Rojas, Pacheco, Pcia. de Buenos Aires, representada por el Sr. Damián Cayetano Pascual, DNI 22470269, en carácter de apoderado, y el Sr. Fabián Romero, Jefe del Sector Merchandising, constituyendo domicilio en Av. Belgrano 990, piso 9, C.A.B.A., por una parte (en adelante LA EMPRESA) y por la otra el SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DE LA ALIMENTACIÓN, Filial Buenos Aires (en adelante el SINDICATO), con domicilio en Carlos Calvo 1535, C.A.B.A., representada en este acto por la Sra. Lidia Crespo, en su carácter de Secretaria Gremial; y el Sr. José Luis Ledesma, en su carácter de Miembro de Comisión Directiva, en adelante denominados en forma conjunta e indistinta LAS PARTES, quienes acuerdan:

PRIMERO: Luego de un intenso trabajo de análisis en atención a las características de las tareas propias de los repositores dependientes de MONDELEZ ARGENTINA S.A. que desempeñan las funciones de reposición de mercaderías en los distintos puntos de venta de los productos de la Compañía, ambas partes coinciden en la existencia de determinados puestos y tareas de los repositores que merecen una evaluación y reconocimiento específico.

SEGUNDO: En consecuencia, la empresa otorgará la categoría III del art. 5 CCT 244/94 con efecto a partir del 1° de septiembre de 2015 a la totalidad del personal que se desempeña en distintos supermercado e hipermercados del Área Metropolitana del Gran Buenos Aires realizando tareas de reposición en forma normal y permanente.

Finalmente las partes manifiestan que el presente acuerdo constituye un importante avance en el diálogo necesario para una convivencia pacífica y un progreso en el marco de las relaciones laborales.