Resolución 9/2016
Bs. As., 27/01/2016
VISTO el Decreto N° 375 de fecha 24 de abril de 1997, el Decreto N° 642
de fecha 19 de marzo de 2003, la Resolución N° 170 de fecha 4 de
septiembre de 1998 del ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE
AEROPUERTOS (ORSNA), y
CONSIDERANDO:
Que el Artículo 16 del Decreto N° 375 de fecha 24 de abril de 1997
establece que el ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE
AEROPUERTOS (ORSNA) tendrá su sede en la Capital Federal, hoy CIUDAD
AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.
Que el Organismo Regulador ha trasladado el Directorio, la UNIDAD
SECRETARIA GENERAL y la mayor parte de las Gerencias al Aeroparque
“JORGE NEWBERY” sito en Avenida Costanera Rafael Obligado s/n, Edificio
IV, Piso 2° de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.
Que en virtud de ello resulta necesario fijar, a todos los efectos
legales, administrativos e impositivos, el nuevo domicilio del
ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA) en la
mencionada dirección.
Que el dictado de la presente medida resulta esencial para que el
Organismo Regulador cumpla con las misiones y funciones que le fueran
asignadas por el Decreto N° 375/97.
Que corresponde instruir a la GERENCIA DE ASUNTOS JURÍDICOS y a la
GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN Y PRESUPUESTO para que efectúen las
comunicaciones y presentaciones que correspondan.
Que el Señor Presidente del Directorio del ORGANISMO REGULADOR DEL
SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA) resulta competente para el
dictado de la presente medida, conforme lo establecido en el Artículo
21 del Decreto N° 375/97, el Artículo 3° de la Ley Nacional de
Procedimientos Administrativos N° 19.549 y las disposiciones citadas
precedentemente.
Por ello,
EL PRESIDENTE DEL DIRECTORIO ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Dejar constituido, a partir del 25 de enero de 2016, el
domicilio del ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS
(ORSNA) en el Aeroparque “JORGE NEWBERY” sito en la Avenida Costanera
Rafael Obligado s/n, Edificio IV, Piso 2° de la CIUDAD AUTÓNOMA DE
BUENOS AIRES.
ARTÍCULO 2° — Instruir a la GERENCIA DE ASUNTOS JURÍDICOS y a la
GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN Y PRESUPUESTO para que efectúen las
comunicaciones y presentaciones que correspondan, a los efectos de la
denuncia del nuevo domicilio legal del Organismo Regulador.
ARTÍCULO 3° — Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y cumplido, archívese. — Lic. PATRICIO DI STEFANO,
Presidente, Organismo Regulador del Sistema Nacional de Aeropuertos,
O.R.S.N.A.
e. 01/02/2016 N° 4533/16 v. 01/02/2016