MINISTERIO DE SALUD

Decisión Administrativa 20/2016

Desígnase Directora Nacional del Servicio Nacional de Rehabilitación.

Bs. As., 02/02/2016

VISTO el Expediente N° 1-2002-1239-16-5 del registro del MINISTERIO DE SALUD, y la Ley N° 25.164, los Decretos Nros. 227 del 20 de enero de 2016; 627 del 3 de mayo de 2010; 664 del 7 de mayo de 2014 y 1078 del 10 de junio de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el artículo 1° del Decreto N° 227/16 se estableció que toda designación de personal en el ámbito de la ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL, centralizada y descentralizada en cargos de rango y jerarquía inferior a Subsecretario que corresponda a cargos de la dotación de su planta permanente y transitoria y cargos extraescalafonarios, correspondiente a los cargos vacantes y financiados con la correspondiente partida presupuestaria de conformidad a las estructuras jurisdiccionales aprobadas será efectuada por el señor Jefe de Gabinete de Ministros a propuesta de la jurisdicción o entidad correspondiente.

Que por el Decreto N° 627/10 se aprobó la estructura organizativa del primer nivel operativo del SERVICIO NACIONAL DE REHABILITACIÓN.

Que por el Decreto N° 664/14, se designó con carácter transitorio, a partir del 16 de mayo de 2013, y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la notificación de dicho decreto a la Doctora Da. Marcela Alejandra GABA (D.N.I. N° 18.541.731) en el cargo de DIRECTORA NACIONAL del SERVICIO NACIONAL DE REHABILITACIÓN, organismo descentralizado que funciona en la órbita de la SUBSECRETARIA DE GESTIÓN DE SERVICIOS ASISTENCIALES de la SECRETARIA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN E INSTITUTOS del MINISTERIO DE SALUD, Nivel A - Grado 0, Función Ejecutiva Nivel I del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), homologado por Decreto N° 2098/08 y modificatorios.

Que por Decreto N° 1078/15 se dio por prorrogado, a partir del 3 marzo de 2015 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados desde la fecha de su notificación, el plazo establecido por el artículo 2° del Decreto N° 664/14, con respecto a la designación transitoria de la Doctora Da. Marcela Alejandra GABA en el cargo de DIRECTORA NACIONAL del SERVICIO NACIONAL DE REHABILITACIÓN.

Que la Doctora Da. Marcela Alejandra GABA ha presentado su renuncia al cargo de DIRECTORA NACIONAL del SERVICIO NACIONAL DE REHABILITACIÓN.

Que resulta oportuno, por razones operativas, designar al nuevo titular del SERVICIO NACIONAL DE REHABILITACIÓN.

Que la Licenciada Da. María Alejandra FREY (D.N.I. N° 20.675.830) reúne las condiciones de experiencia e idoneidad necesarias para el desempeño de dicho cargo.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE SALUD ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta de conformidad con lo dispuesto en el artículo 100 inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, el artículo 7° de la Ley N° 27.198 y el artículo 1° del Decreto N° 227/16.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

Artículo 1° — Acéptase, a partir de la fecha de notificación del presente acto, la renuncia de la Doctora Da. Marcela Alejandra GABA (D.N.I. N° 18.541.731) Nivel A Grado 0, Función Ejecutiva I al cargo de DIRECTORA NACIONAL del SERVICIO NACIONAL DE REHABILITACIÓN, organismo descentralizado en la órbita de la SUBSECRETARIA DE GESTIÓN DE SERVICIOS ASISTENCIALES de la SECRETARIA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN E INSTITUTOS del MINISTERIO DE SALUD.

Art. 2° — Desígnase, con carácter transitorio, y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, a partir de la notificación de la presente decisión administrativa, DIRECTORA NACIONAL del SERVICIO NACIONAL DE REHABILITACIÓN, organismo descentralizado en la órbita de la SUBSECRETARIA DE GESTION DE SERVICIOS ASISTENCIALES de la SECRETARIA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN E INSTITUTOS del MINISTERIO DE SALUD, a la Licenciada Da. María Alejandra FREY (D.N.I. N° 20.675.830), Nivel A, Grado 0, autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva de Nivel I del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08 y modificatorios, con carácter de excepción a lo establecido en el artículo 7° de la Ley N° 27.198.

Art. 3° — El cargo involucrado deberá ser cubierto de conformidad con los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público, homologado por Decreto N° 2098/08 y modificatorios dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha indicada en el artículo 2° de la presente.

Art. 4° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente para el corriente ejercicio del Organismo Descentralizado 912 - SERVICIO NACIONAL DE REHABILITACIÓN Programa 62 - PREVENCIÓN Y CONTROL DE LAS DISCAPACIDADES, UNIDAD EJECUTORA: SERVICIO NACIONAL DE REHABILITACIÓN.

Art. 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Marcos Peña. — Jorge D. Lemus.