MINISTERIO DE SALUD
Decisión Administrativa 21/2016
Designación.
Bs. As., 02/02/2016
VISTO la Ley 27.198, los Decretos N° 227 de fecha 20 de enero de 2016,
y N° 1575 del 9 de septiembre de 2014, las Resoluciones del MINISTERIO
DE SALUD Nros. 98 del 27 de enero de 2000, 905 del 14 de agosto de 2001
y 190 de fecha 25 de agosto de 2009, y el Expediente N°
1-2002-31.029/15-7 del registro del MINISTERIO DE SALUD, y
CONSIDERANDO:
Que por el artículo 7° de la Ley N° 27.198 se estableció que las
Jurisdicciones y Entidades de la Administración Pública Nacional no
podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de
la sanción de dicha Ley, ni los que se produzcan con posterioridad a
dicha fecha, salvo decisión fundada del Jefe de Gabinete de Ministros.
Que mediante el Decreto N° 227/16 se dispuso que toda designación, en
el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y
descentralizada, en cargos de rango y jerarquía inferior a
Subsecretario correspondiente a los cargos vacantes y financiados con
la correspondiente partida presupuestaria de conformidad a las
estructuras jurisdiccionales aprobadas será efectuada por el señor JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS.
Que por el artículo 2° del Decreto 1575/14 se creó en el ámbito de la
entonces SECRETARIA DE COORDINACION del MINISTERIO DE SALUD, el cargo
extraescalafonario de Coordinador de Monitoreo y Evaluación de la
UNIDAD DE FINANCIAMIENTO INTERNACIONAL DE SALUD (UFI-S), con rango y
jerarquía de Director Nacional y una remuneración equivalente a la de
Nivel A Grado 0 con Función Ejecutiva Nivel I, del régimen
escalafonario instituido por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial
del personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), homologado
por el Decreto N° 2098/08 y modificatorios, cuyas funciones serán las
de intervenir en la planificación y gestión de las acciones de los
distintos programas y proyectos con financiamiento internacional que se
desarrollan en el MINISTERIO DE SALUD y monitorear y evaluar su
cumplimiento, asistiendo al titular de la Unidad en la programación,
adquisiciones y contrataciones necesarias para alcanzar los objetivos
de los mismos.
Que habiéndose producido la vacancia del aludido cargo, el MINISTERIO
DE SALUD propicia su cobertura, impulsando a tal efecto la designación
de la Licenciada Da. Aixa Maisa Alina HAVELA.
Que la nombrada profesional posee y acredita las condiciones de
experiencia e idoneidad necesarias que la habilitan para cumplir
eficientemente con las responsabilidades y funciones del cargo de
Coordinadora de Monitoreo y Evaluación de la UNIDAD DE FINANCIAMIENTO
INTERNACIONAL DE SALUD (UFI-S).
Que la cobertura del cargo en cuestión no constituye asignación de recurso extraordinario alguno.
Que se cuenta con el crédito necesario en el presupuesto del MINISTERIO
DE SALUD para atender el gasto resultante de la medida que se aprueba
por la presente.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE SALUD ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones
emergentes del artículo 100, inciso 3 de la CONSTITUCION NACIONAL, y
del artículo 7° de la Ley N° 27.198 y el artículo 1° del Decreto N°
227/16.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1° — Desígnase a la
Licenciada Da. Aixa Maisa Alina HAVELA (D.N.I. N° 25.672.954) en el
cargo extraescalafonario de Coordinadora de Monitoreo y Evaluación de
la UNIDAD DE FINANCIAMIENTO INTERNACIONAL DE SALUD (UFI-S) del
MINISTERIO DE SALUD, con rango y jerarquía de Director Nacional y una
remuneración equivalente a la de Nivel A Grado 0 con Función Ejecutiva
Nivel I, del régimen escalafonario instituido por el Convenio Colectivo
de Trabajo Sectorial del personal del Sistema Nacional de Empleo
Público (SINEP) homologado por el Decreto N° 2098/08 y modificatorios,
con carácter de excepción a lo dispuesto por el artículo 7° de la Ley
N° 27.198.
Art. 2° — El gasto que demande
el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las
partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 80 -
MINISTERIO DE SALUD.
Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Marcos Peña. — Jorge D. Lemus.