MINISTERIO DE SALUD

Decisión Administrativa 21/2016

Designación.

Bs. As., 02/02/2016

VISTO la Ley 27.198, los Decretos N° 227 de fecha 20 de enero de 2016, y N° 1575 del 9 de septiembre de 2014, las Resoluciones del MINISTERIO DE SALUD Nros. 98 del 27 de enero de 2000, 905 del 14 de agosto de 2001 y 190 de fecha 25 de agosto de 2009, y el Expediente N° 1-2002-31.029/15-7 del registro del MINISTERIO DE SALUD, y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 7° de la Ley N° 27.198 se estableció que las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Pública Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de la sanción de dicha Ley, ni los que se produzcan con posterioridad a dicha fecha, salvo decisión fundada del Jefe de Gabinete de Ministros.

Que mediante el Decreto N° 227/16 se dispuso que toda designación, en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, en cargos de rango y jerarquía inferior a Subsecretario correspondiente a los cargos vacantes y financiados con la correspondiente partida presupuestaria de conformidad a las estructuras jurisdiccionales aprobadas será efectuada por el señor JEFE DE GABINETE DE MINISTROS.

Que por el artículo 2° del Decreto 1575/14 se creó en el ámbito de la entonces SECRETARIA DE COORDINACION del MINISTERIO DE SALUD, el cargo extraescalafonario de Coordinador de Monitoreo y Evaluación de la UNIDAD DE FINANCIAMIENTO INTERNACIONAL DE SALUD (UFI-S), con rango y jerarquía de Director Nacional y una remuneración equivalente a la de Nivel A Grado 0 con Función Ejecutiva Nivel I, del régimen escalafonario instituido por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08 y modificatorios, cuyas funciones serán las de intervenir en la planificación y gestión de las acciones de los distintos programas y proyectos con financiamiento internacional que se desarrollan en el MINISTERIO DE SALUD y monitorear y evaluar su cumplimiento, asistiendo al titular de la Unidad en la programación, adquisiciones y contrataciones necesarias para alcanzar los objetivos de los mismos.

Que habiéndose producido la vacancia del aludido cargo, el MINISTERIO DE SALUD propicia su cobertura, impulsando a tal efecto la designación de la Licenciada Da. Aixa Maisa Alina HAVELA.

Que la nombrada profesional posee y acredita las condiciones de experiencia e idoneidad necesarias que la habilitan para cumplir eficientemente con las responsabilidades y funciones del cargo de Coordinadora de Monitoreo y Evaluación de la UNIDAD DE FINANCIAMIENTO INTERNACIONAL DE SALUD (UFI-S).

Que la cobertura del cargo en cuestión no constituye asignación de recurso extraordinario alguno.

Que se cuenta con el crédito necesario en el presupuesto del MINISTERIO DE SALUD para atender el gasto resultante de la medida que se aprueba por la presente.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE SALUD ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 100, inciso 3 de la CONSTITUCION NACIONAL, y del artículo 7° de la Ley N° 27.198 y el artículo 1° del Decreto N° 227/16.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

Artículo 1° — Desígnase a la Licenciada Da. Aixa Maisa Alina HAVELA (D.N.I. N° 25.672.954) en el cargo extraescalafonario de Coordinadora de Monitoreo y Evaluación de la UNIDAD DE FINANCIAMIENTO INTERNACIONAL DE SALUD (UFI-S) del MINISTERIO DE SALUD, con rango y jerarquía de Director Nacional y una remuneración equivalente a la de Nivel A Grado 0 con Función Ejecutiva Nivel I, del régimen escalafonario instituido por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP) homologado por el Decreto N° 2098/08 y modificatorios, con carácter de excepción a lo dispuesto por el artículo 7° de la Ley N° 27.198.

Art. 2° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 80 - MINISTERIO DE SALUD.

Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Marcos Peña. — Jorge D. Lemus.