INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

Resolución 85/2016

Bs. As., 27/01/2016

VISTO las Leyes Nos. 17741 (t.o. 1248/01); la Ley 25164; el Decreto 1536/02; la Decisión Administrativa 477/98; y la Resolución INCAA Nº 1080/07.

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 3° del Decreto N° 1536/02 se estableció que el Presidente del Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales, determinará la planta de personal, su distribución y asignación de funciones. Asimismo, podrá asignar las dotaciones que estime correspondan a las distintas unidades del organismo, de conformidad con la estructura que establezca.

Que la Decisión Administrativo N° 477/98 en su artículo 1°, constituyo la Unidad Funcional de GABINETE, incluyendo a los Subsecretarios entre las autoridades Nacionales, con facultades para conformarla en sus respectivos Organismos.

Que el Decreto N° 258/99 y el Decreto N° 1536/02 asignan el rango de Subsecretario al cargo de Presidente del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES.

Que el Artículo 10 del citado Decreto N° 1536/02 establece que el Instituto funcionará como ente Público No Estatal del ámbito del Ministerio de Cultura de la Nación de la Presidencia de la Nación y está facultado para confeccionar y aprobar el presupuesto anual de gastos y cálculo de sus recursos y la cuenta de inversiones, redactar una memoria anual y aprobar el balance y cuadro de resultados que deberán ser elevados al PODER EJECUTIVO NACIONAL.”

Que es necesario reestructurar el funcionamiento del Instituto, dotándolo de las unidades de coordinación y asesoramiento que optimicen las tareas y decisiones que se adopten en el marco de la Ley 17741 y sus modificatorias, por lo que es procedente modificar la estructura orgánica de primer nivel vigente aprobada por Resolución INCAA N° 1080/2007, incluyendo a la Unidad de Gabinete con sus respectivos objetivos y designar al Jefe de Gabinete.

Que de acuerdo con el Artículo 10 de la LEY MARCO DE REGULACION DEL EMPLEO PUBLICO NACIONAL Nº 25164; el régimen de prestación de servicios del personal de gabinete de las autoridades superiores, reglamentado por el Decreto Nº 1421/02, solamente comprende funciones de asesoramiento, o de asistencia administrativa. El personal cesará en sus funciones simultáneamente con la autoridad cuyo gabinete integra y su designación podrá ser cancelada en cualquier momento.

Que ha tomado intervención la Gerencia de Asuntos Jurídicos expidiéndose favorablemente al presente acto resolutivo.

Que las atribuciones y competencias para la aprobación del acto se encuentran previstas en la Ley N° 17741 (t.o. 1248/01); ley N° 25164 (reglamentada por el Decreto N° 1421/02) y el Decreto N° 1536/02.

Por ello;

EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Modifícase la estructura orgánico funcional del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES aprobada por Resolución INCAA N° 1080/07, incluyendo la UNIDAD ORGÁNICA “GABINETE DE LA PRESIDENCIA DEL INCAA”, con las funciones que se indican en el Anexo I que forma parte de la presente.

ARTICULO 2° — Desígnase JEFE DE GABINETE de la Presidencia del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES al Sr. Sergio Emilio BARTOLUCCI - DNI N° 18367213 - CUIL 20-18367213-5, a partir del 18 de enero del 2016 y por el término establecido en el artículo 10 de la Ley N° 25164, cargo extraescalafonario de Planta No Permanente, con una remuneración equivalente al Nivel A grado 0 con función ejecutiva Nivel I del escalafón homologado por Decreto PEN N° 1032/09.

ARTICULO 3° — Regístrese, comuníquese, publíquese y Dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — ALEJANDRO CACETTA, Presidente, Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales.

ANEXO I RESOLUCIÓN N° 85

OBJETIVOS DE LA UNIDAD ORGÁNICA “GABINETE DE LA PRESIDENCIA DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES”.

1. Asistir al Presidente del INCAA en la elaboración de los Proyectos de Decisión Administrativa; Decretos o proyectos de Leyes, y de su envío al Poder Ejecutivo.

2.- Asistir al Presidente del INCAA en la evaluación de la oportunidad, mérito y conveniencia de los Proyectos de Presupuesto Anual del INCAA.

3. Coordinar las acciones necesarias para la concurrencia de los Gerentes a las reuniones con el Presidente del INCAA a fin confeccionar y supervisar la elaboración de la memoria detallada de la marcha de las acciones y misiones de cada Gerencia.

4. Entender en la elaboración de los informes que cualquiera de las Gerencias deba responder a los distintos organismos de control externo.

5. Entender en lo referente a las relaciones del INCAA con los Organismos Nacionales, Provinciales o Municipales, sus Comisiones e integrantes y, en especial, en lo relativo a la tramitación de los actos que deban ser remitidos al Poder Legislativo en cumplimiento de lo establecido en el artículo 100, inciso 6, de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y de otras Leyes.

6.- Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías programáticas, en la formulación y programación de la ejecución presupuestaria y en las modificaciones que se proyecten durante el ejercicio financiero.

7. Intervenir en la elaboración de los proyectos normativos que le encomiende la superioridad.

8.- Elaborar informes de gestión periódicos para el Ministerio de Cultura de la Nación; la Jefatura de Gabinete de Ministros y otros Organismos del Poder Ejecutivo Nacional, previstos en el Decreto N° 1536/02 para la evaluación del avance de la gestión y del cumplimiento de los objetivos del INCAA.

9.- Interactuar con los distintos medios y representantes de la Industria del Cine y las Artes Audiovisuales Nacionales e Internacionales.

e. 04/02/2016 N° 4712/16 v. 04/02/2016