MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

DIRECCIÓN NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO

Disposición 611/2015

Bs. As., 02/10/2015

VISTO el Expediente N° 71.366/12 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, el Artículo 19 de la Ley N° 24.447, la Ley N° 24.185 y el Decreto (P.E.N.) N° 1007/95, y

CONSIDERANDO:

Que se solicita la homologación del Acuerdo celebrado entre la ASOCIACIÓN DEL PERSONAL DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SANTIAGO DEL ESTERO (A.P.U.N.S.E.) por el sector sindical y la UNIVERSIDAD DE SANTIAGO DEL ESTERO (U.S.E.) por la parte empleadora, que luce fojas 5/6 del Expediente N° 72.328/13 agregado a fojas 23 del expediente N° 71.366/12.

Que la ASOCIACIÓN DEL PERSONAL DE LA UNIVERSIDAD DE SANTIAGO DEL ESTERO (A.P.U.S.E.) resulta ser la entidad sindical legitimada para integrar, conjuntamente con la FEDERACIÓN ARGENTINA DE TRABAJADORES DE LAS UNIVERSIDADES NACIONALES (F.A.T.U.N.) la unidad de negociación a nivel particular correspondiente a la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SANTIAGO DEL ESTERO.

Que bajo el mentado Acuerdo los agentes negociadores convienen condiciones laborales, para todos los trabajadores individualizados en el Acuerdo traído a estudio.

Que los agentes negociales han acreditado la personería y facultades para negociar colectivamente invocadas, con las constancias obrantes en autos y por ante esta Cartera de Estado.

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que no obstante ello, debe aclararse que se procederá al registro del presente, como acuerdo marco de derecho colectivo sin perjuicio del resguardo de los derechos individuales de los trabajadores involucrados.

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.

Que de acuerdo a lo establecido en el Artículo 14 de la Ley N° 24.185 el acto administrativo de instrumentación deberá ser dictado dentro del plazo de TREINTA (30) días hábiles de la suscripción del Acuerdo y por su parte el Artículo 15 establece que instrumentado el Acuerdo por la autoridad que corresponda, o vencido el plazo sin que medie acto expreso, el texto completo de aquél será remitido dentro de los CINCO (5) días al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, para su registro y publicación dentro de los DIEZ (10) días de recibido, rigiendo formalmente a partir del día siguiente al de su publicación, y se aplicará a todos los empleados, organismos y entes comprendidos.

Que en consecuencia, conforme las prescripciones de los Artículos citados en el párrafo precedente, corresponde, atento haber transcurrido los plazos legales, proceder a la registración y publicación del Acuerdo arribados por los negociadores en el presente expediente.

Que por lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para dictar la presente, surgen de lo dispuesto en el Decreto N° 2096/2014.

Por ello,

LA DIRECTORA NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO

DISPONE:

ARTICULO 1° — Declárese registrado el Acuerdo celebrado entre la ASOCIACIÓN DEL PERSONAL DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SANTIAGO DEL ESTERO (A.P.U.N.S.E.) por el sector sindical y la UNIVERSIDAD DE SANTIAGO DEL ESTERO (U.S.E.) por la parte empleadora, que luce 5/6 del Expediente N° 72.328/13 agregado a fojas 23 del expediente N° 71.366/12.

ARTICULO 2° — Regístrese la presente Disposición por medio de la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin que el Departamento Coordinación registre el Acuerdo que luce 5/6 del Expediente N° 72.328/13 agregado a fojas 23 del expediente N° 71.366/12.

ARTICULO 3° — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, procédase a la guarda del presente legajo.

ARTICULO 4° — Publíquese por este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL los Acuerdos y la presente Disposición conforme Artículo 15 de la Ley N° 24.185.

ARTICULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. SILVIA SQUIRE DE PUIG MORENO, Directora Nacional de Relaciones del Trabajo, Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

Expediente N° 71.366/12

Buenos Aires, 05 de octubre de 2015

De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRT N° 611//15 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 5/6 del expediente N° 72.328/13 agregado como foja 23 al expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 1290/15. — Lic. ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

ACTA ACUERDO DE PARITARIA PARTICULAR

En la ciudad de Santiago del Estero, a los nueve días del mes de octubre del año dos mil doce, siendo las doce horas, se reúnen la Comisión de Paritarias Local Particular, en el ámbito del Rectorado de la Universidad Nacional de Santiago del Estero, a fin de dar tratamiento los temas del Orden del Día, encontrándose presentes por parte Patronal: el Sr. Vicerrector Ing. Carlos López, Ing. Susana Ibarra de Pérez Molina e Ing. Pedro Basualdo; y por la parte Gremial: la Lic. Nancy Gallo, Sra. Adriana Brunet, Sr. Pablo Cejas.

1) Situación Contractual del Personal Omitido

Ante lo solicitado por la Comisión de Paritaria Particular Local, en reunión de fecha veinticinco de septiembre del corriente año, en lo relacionado a la situación del Personal Omitido y la posibilidad de que todos puedan tener contratos UNSE a fin de regularizar su situación hasta que se produzcan las vacantes que permitan su ingreso en planta, la Sra. Secretaria de Administración brindo un informe detallando las posibilidades existentes, junto con los recaudos que se deben tomar, para evitar el desfinanciamiento de la Universidad.

Los Paritarios por la parte Gremial hicieron incapié en la necesidad de regularizar a la brevedad la situación del Personal Omitido, teniendo en cuenta el transcurso del tiempo desde el proceso de reencasillamiento, para evitar la forma contractual que mantienen algunos bajo la modalidad de Contratos de Locación de Servicios sin Aportes de Ley, de Beneficios Sociales.

Analizado el tema las partes expresan la voluntad y acuerdan que existiendo la posibilidad de afrontar financieramente Contratos de Ley al Personal Omitido que actualmente se encuentra con contratos de locación de servicios, y cuyo listado se anexa a la presente, se efectúen a los mismos Contratos UNSE, asimilados a Categoría 7 del Escalafón Nodocente, los cuales se celebraran a partir del mes de noviembre del año 2012.

Siendo las 13:30 hs., y no habiendo más temas a tratar, se da por finalizada la reunión.

ANEXO I

Araujo, Jorge Alberto DNI N° 13.511.037
Galeano, María Elena DNI N° 24.585.761
Cardozo, Elizabeth DNI N° 14.754.919
Bonahora, Martín DNI N° 33.882.303
Cruz, Antonio DNI N° 24.063.149
Coronel, Mónica DNI N° 23.041.266
Achaval, Mercedes DNI N° 12.682.166
Brao, Graciela DNI N° 14.732.539
Navarro, Cristian DNI N° 28.444.615
Pécora, Sandra DNI N° 24.659.302