MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN
Decisión Administrativa 64/2016
Desígnase Director Nacional de la Oficina Nacional de Empleo Público.
Bs. As., 15/02/2016
VISTO el Expediente N° CUDAP: EXP-JGM: 0001209/16, las Leyes Nros.
27.008 y 27.198, los Decretos Nros. 2098 de fecha 3 de diciembre de
2008, 151 de fecha 17 de diciembre de 2015, 227 de fecha 20 de enero de
2016, y
CONSIDERANDO:
Que por las Leyes Nros. 27.008 y 27.198 se aprobaron los Presupuestos
Generales de la Administración Pública Nacional para los Ejercicios de
los años 2015 y 2016.
Que por el Artículo 7° de las citadas leyes se dispuso el congelamiento
de los cargos vacantes financiados, existentes a la fecha de sanción de
las mismas en las Jurisdicciones y Entidades de la Administración
Nacional y de los que se produzcan con posterioridad, salvo decisión
fundada del señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Que por el Decreto N° 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008, sus
modificatorios y complementarios, se homologó el Convenio Colectivo de
Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO
(SINEP).
Que a través del Decreto N° 151 de fecha 17 de diciembre de 2015, se
transfirió la SECRETARÍA DE GABINETE y sus unidades organizativas
dependientes, desde la órbita de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS a
la órbita del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, encontrándose dentro de
dichas unidades la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO.
Que el cargo involucrado deberá ser cubierto conforme los requisitos y
sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente,
en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del Convenio
Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE
EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por Decreto N° 2.098/08, sus
modificatorios y complementarios, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA
(180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente medida.
Que por Decreto N° 227 de fecha 20 de enero de 2016 se estableció que
toda designación, asignación de funciones, promoción y reincorporación
de personal, en el ámbito de la Administración Pública Nacional,
centralizada y descentralizada, en cargos de rango y jerarquía inferior
a Subsecretario, que corresponda a cargos de la dotación de su planta
permanente y transitoria y cargos extraescalafonarios, correspondiente
a los cargos vacantes y financiados con la correspondiente partida
presupuestaria de conformidad a las estructuras jurisdiccionales
aprobadas será efectuada por el señor Jefe de Gabinete de Ministros, a
propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente.
Que la presente medida no implica un exceso en los créditos asignados ni constituye asignación de recurso extraordinario alguno.
Que el cargo aludido se encuentra vacante y cuenta con el financiamiento correspondiente.
Que ha tomado intervención la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de
la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones
emergentes del artículo 100, inciso 3 de la CONSTITUCION NACIONAL, el
artículo 7° de las Leyes Nros. 27.008 y 27.198, y el artículo 1° del
Decreto N° 227 de fecha 20 de enero de 2016.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1° — Desígnase con
carácter transitorio, a partir del 10 de diciembre de 2015, por el
término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del
dictado de la presente medida, al Doctor D. Pedro Laureano POURTHÉ
(D.N.I. N° 26.848.993), como Director Nacional de la OFICINA NACIONAL
DE EMPLEO PÚBLICO en el ámbito del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, en UN
(1) cargo Nivel A Grado 0 autorizándose el correspondiente pago de la
Función Ejecutiva I del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del
Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por
Decreto N° 2.098/08 y sus modificatorios y complementarios, con
carácter de excepción a lo dispuesto por el artículo 14, Titulo II,
Capítulo III del convenio citado precedentemente, y al Artículo 7° de
las Leyes Nros. 27.008 y 27.198.
Art. 2° — El cargo involucrado
deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección
vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II,
Capítulos III, IV y VIII, y IV del Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO
(S.I.N.E.P.), homologado por Decreto N° 2.098/08, sus modificatorios y
complementarios, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles
contados a partir de la fecha de la presente medida.
Art. 3° — El gasto que demande
el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará con cargo a
las partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 26
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Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Marcos Peña. — Andrés H. Ibarra.