MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SUBSECRETARÍA DE RELACIONES LABORALES

Resolución 15/2016

Bs. As., 20/01/2016

VISTO el Expediente N° 1.694.097/15 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 2 del Expediente N° 1.694.097/15 obra el Acuerdo celebrado entre la ASOCIACIÓN DEL PERSONAL JERÁRQUICO DE LA INDUSTRIA DEL GAS NATURAL, DERIVADOS Y AFINES (APJGAS), y la empresa GAS NATURAL BAN SOCIEDAD ANÓNIMA, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que a través del citado instrumento las partes pactan el pago de una gratificación extraordinaria por única vez, de carácter no remunerativo, para los trabajadores de la empleadora comprendidos en el ámbito de representación de la entidad sindical de marras, a abonarse en DOS (2) cuotas, la primera de ellas en el mes de octubre de 2015, conforme los detalles allí impuestos.

Que el ámbito de aplicación del mentado Acuerdo se corresponde con la actividad de la empleadora signataria, como así con los ámbitos de representación personal y actuación territorial de la Entidad Sindical, emergentes de su Personería Gremial.

Que procede así indicar que se encuentran cumplimentados los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que de las cláusulas pactadas no surge contradicción con el Orden Público Laboral.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N° 900/95.

Por ello,

LA SUBSECRETARIA DE RELACIONES LABORALES

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Declarase homologado el Acuerdo celebrado entre la ASOCIACIÓN DEL PERSONAL JERÁRQUICO DE LA INDUSTRIA DEL GAS NATURAL, DERIVADOS Y AFINES, y la empresa GAS NATURAL BAN SOCIEDAD ANÓNIMA, obrante a fojas 2 del Expediente N° 1.694.097/15, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución por medio de la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva a fin de que el Departamento Coordinación registre el instrumento obrante a fojas 2 del Expediente N° 1.694.097/15.

ARTICULO 3° — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, procédase a la guarda en el correspondiente legajo.

ARTICULO 4° — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación gratuita del instrumento homologado, y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. SILVIA SQUIRE, Subsecretaria de Relaciones Laborales, Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

Expediente N° 1.694.097/15

Buenos Aires, 21 de enero de 2016

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION SSRL N° 15/16 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 2 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 25/16. — Lic. ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

ACTA ACUERDO

En la ciudad de Buenos Aires a los 29 días del mes de septiembre de 2015, se reúnen por una parte los señores Omar Payero, Mariano Guaglianone y Natalia Marino Martinez, en representación de GAS NATURAL BAN, S.A., en adelante denominada “La Empresa” y por la otra los señores Ruben Ruiz, Ximena Rattoni, Carlos Coronel, y Nicolás Coccimiglio, en representación de la Asociación del Personal Jerárquico de la Industria del Gas Natural, Derivados y Afines, en adelante denominada “APJGAS”, quienes acuerdan la firma del presente en los términos que se exponen seguidamente:

Primera: Las partes acuerdan que la empresa abonará a los empleados comprendidos en el ámbito de representación de la “APJGAS” el pago de una gratificación extraordinaria no remunerativa por única vez de $10.800.- (pesos diez mil ochocientos) que se hará efectiva en dos cuotas, la primera de $3.000.- (pesos tres mil) pagadera en el mes de octubre 2015 y la segunda de $7.800 (pesos siete mil ochocientos) pagadera en febrero 2016. Dichos pagos se realizarán exclusivamente al personal con contrato vigente a cada una de las fechas mencionadas. Las partes acuerdan que esta suma no remunerativa no será base de cálculo de ningún concepto salarial y/o adicional de ninguna naturaleza, y que la suma que se abonará en el mes de Febrero de 2016 no tendrá incidencia sobre la negociación salarial del año 2016.

Segunda: Las partes acuerdan que la segunda cuota en febrero 2016 se abonará en forma proporcional según la fecha de ingreso de cada trabajador que se haya incorporado a la empresa con posterioridad al 31.03.2015.

Tercera: Las partes dejan expresamente establecido que el presente acuerdo tendrá vigencia hasta el 31 de Marzo de 2016. En función de lo pactado en el presente acuerdo y su proyección temporal, se comprometen a no adoptar medidas de acción directa en relación a los alcances del mismo, mantener relaciones armónicas y dirimir por vía de la negociación cualquier disputa que, eventualmente, se plantee durante el lapso de vigencia. Las partes acuerdan reunirse nuevamente para analizar la cuestión salarial durante el mes de abril de 2016.

Cuarta: Las partes convienen en solicitar la homologación del presente acuerdo ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación.