MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SUBSECRETARÍA DE RELACIONES LABORALES
Resolución 15/2016
Bs. As., 20/01/2016
VISTO el Expediente N° 1.694.097/15 del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la
Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 2 del Expediente N° 1.694.097/15 obra el Acuerdo celebrado
entre la ASOCIACIÓN DEL PERSONAL JERÁRQUICO DE LA INDUSTRIA DEL GAS
NATURAL, DERIVADOS Y AFINES (APJGAS), y la empresa GAS NATURAL BAN
SOCIEDAD ANÓNIMA, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación
Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).
Que a través del citado instrumento las partes pactan el pago de una
gratificación extraordinaria por única vez, de carácter no
remunerativo, para los trabajadores de la empleadora comprendidos en el
ámbito de representación de la entidad sindical de marras, a abonarse
en DOS (2) cuotas, la primera de ellas en el mes de octubre de 2015,
conforme los detalles allí impuestos.
Que el ámbito de aplicación del mentado Acuerdo se corresponde con la
actividad de la empleadora signataria, como así con los ámbitos de
representación personal y actuación territorial de la Entidad Sindical,
emergentes de su Personería Gremial.
Que procede así indicar que se encuentran cumplimentados los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que de las cláusulas pactadas no surge contradicción con el Orden Público Laboral.
Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio tomó la intervención que le compete.
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto
administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes
mencionados.
Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes
actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N°
900/95.
Por ello,
LA SUBSECRETARIA DE RELACIONES LABORALES
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Declarase homologado el Acuerdo celebrado entre la
ASOCIACIÓN DEL PERSONAL JERÁRQUICO DE LA INDUSTRIA DEL GAS NATURAL,
DERIVADOS Y AFINES, y la empresa GAS NATURAL BAN SOCIEDAD ANÓNIMA,
obrante a fojas 2 del Expediente N° 1.694.097/15, conforme a lo
dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).
ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución por medio de la
Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente
de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN. Cumplido, pase a la Dirección de
Negociación Colectiva a fin de que el Departamento Coordinación
registre el instrumento obrante a fojas 2 del Expediente N°
1.694.097/15.
ARTICULO 3° — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, procédase a la guarda en el correspondiente legajo.
ARTICULO 4° — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación gratuita
del instrumento homologado, y de esta Resolución, las partes deberán
proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley N°
14.250 (t.o. 2004).
ARTICULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Dra. SILVIA SQUIRE, Subsecretaria de
Relaciones Laborales, Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
Expediente N° 1.694.097/15
Buenos Aires, 21 de enero de 2016
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION SSRL N° 15/16 se ha
tomado razón del acuerdo obrante a fojas 2 del expediente de
referencia, quedando registrado bajo el número 25/16. — Lic. ALEJANDRO
INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación -
D.N.R.T.
ACTA ACUERDO
En la ciudad de Buenos Aires a los 29 días del mes de septiembre de
2015, se reúnen por una parte los señores Omar Payero, Mariano
Guaglianone y Natalia Marino Martinez, en representación de GAS NATURAL
BAN, S.A., en adelante denominada “La Empresa” y por la otra los
señores Ruben Ruiz, Ximena Rattoni, Carlos Coronel, y Nicolás
Coccimiglio, en representación de la Asociación del Personal Jerárquico
de la Industria del Gas Natural, Derivados y Afines, en adelante
denominada “APJGAS”, quienes acuerdan la firma del presente en los
términos que se exponen seguidamente:
Primera: Las partes acuerdan que la empresa abonará a los empleados
comprendidos en el ámbito de representación de la “APJGAS” el pago de
una gratificación extraordinaria no remunerativa por única vez de
$10.800.- (pesos diez mil ochocientos) que se hará efectiva en dos
cuotas, la primera de $3.000.- (pesos tres mil) pagadera en el mes de
octubre 2015 y la segunda de $7.800 (pesos siete mil ochocientos)
pagadera en febrero 2016. Dichos pagos se realizarán exclusivamente al
personal con contrato vigente a cada una de las fechas mencionadas. Las
partes acuerdan que esta suma no remunerativa no será base de cálculo
de ningún concepto salarial y/o adicional de ninguna naturaleza, y que
la suma que se abonará en el mes de Febrero de 2016 no tendrá
incidencia sobre la negociación salarial del año 2016.
Segunda: Las partes acuerdan que la segunda cuota en febrero 2016 se
abonará en forma proporcional según la fecha de ingreso de cada
trabajador que se haya incorporado a la empresa con posterioridad al
31.03.2015.
Tercera: Las partes dejan expresamente establecido que el presente
acuerdo tendrá vigencia hasta el 31 de Marzo de 2016. En función de lo
pactado en el presente acuerdo y su proyección temporal, se comprometen
a no adoptar medidas de acción directa en relación a los alcances del
mismo, mantener relaciones armónicas y dirimir por vía de la
negociación cualquier disputa que, eventualmente, se plantee durante el
lapso de vigencia. Las partes acuerdan reunirse nuevamente para
analizar la cuestión salarial durante el mes de abril de 2016.
Cuarta: Las partes convienen en solicitar la homologación del presente
acuerdo ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la
Nación.