MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SUBSECRETARÍA DE RELACIONES LABORALES
Resolución 5/2016
Bs. As., 20/01/2016
VISTO el Expediente N° 1.676.379/15 del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la
Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que a foja 2 del Expediente N° 1.676.379/15 obra el Acuerdo celebrado
entre la ASOCIACIÓN DE PROFESIONALES UNIVERSITARIOS DEL AGUA Y LA
ENERGÍA ELÉCTRICA y la empresa NUCLEOELÉCTRICA ARGENTINA SOCIEDAD
ANÓNIMA, ratificado a fojas 32 y 33, conforme a lo dispuesto en la Ley
de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).
Que en el mentado Acuerdo los agentes negociadores convienen adecuar la
retribución mensual percibida en relación al servicio de guardia de
bomberos prevista en el Artículo 47.9 del Convenio Colectivo de Trabajo
de Empresa N° 692/05 “E”, estableciéndola en un CINCO POR CIENTO (5%)
del sueldo básico mensual de la categoría U-II, conforme surge de los
términos y condiciones del texto pactado.
Que el ámbito de aplicación del presente Acuerdo se corresponde con la
actividad principal de la parte empleadora signataria y la
representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su
personería gremial.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.
Que las partes acreditan la representación que invocan con la
documentación agregada en autos y ratifican en todos sus términos el
mentado Acuerdo.
Que una vez dictado el presente acto administrativo homologando el
Acuerdo de referencia, por intermedio de la Dirección Nacional de
Regulaciones del Trabajo se procederá a evaluar la procedencia de
efectuar el cálculo de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, a fin de
dar cumplimiento a lo prescrito en el Artículo 245 de la Ley N° 20.744
(t.o. 1976) y sus modificatorias.
Que la Asesoría Técnico Legal de esta Dirección Nacional de Relaciones
del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto
administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes
mencionados.
Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes
actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N°
53/15.
Por ello,
LA SUBSECRETARIA DE RELACIONES LABORALES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre la
ASOCIACIÓN DE PROFESIONALES UNIVERSITARIOS DEL AGUA Y LA ENERGÍA
ELÉCTRICA y la empresa NUCLEOELÉCTRICA ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA, que
luce a foja 2 del Expediente N° 1.676.379/15, ratificado a fojas 32 y
33, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N°
14.250 (t.o. 2004).
ARTÍCULO 2° — Regístrese la presente Resolución en la Dirección General
de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la
SUBSECRETARIA DE COORDINACIÓN. Cumplido, pase a la Dirección de
Negociación Colectiva a fin que el Departamento Coordinación registre
el Acuerdo obrante a foja 2 del Expediente N° 1.676.379/15.
ARTÍCULO 3° — Notifíquese a las partes signatarias. Cumplido, pase a la
Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la
procedencia de efectuar el cálculo de la Base Promedio y Tope
Indemnizatorio, de conformidad a lo establecido en el Artículo 245 de
la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias. Posteriormente,
procédase a la guarda del presente legajo con el Convenio Colectivo de
Trabajo de Empresa N° 692/05 “E”.
ARTÍCULO 4° — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de
carácter gratuito del Acuerdo y de esta Resolución, las partes deberán
proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5° de la Ley N°
14.250 (t.o. 2004).
ARTÍCULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Dra. SILVIA SQUIRE, Subsecretaria de
Relaciones Laborales, Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
Expediente N° 1.676.379/15
Buenos Aires, 21 de enero de 2016
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION SSRL N° 5/16 se ha
tomado razón del acuerdo obrante a fojas 2 del expediente de
referencia, quedando registrado bajo el número 35/16. — Lic. ALEJANDRO
INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación -
D.N.R.T.
ACTA ACUERDO N° 03-2014
En la Ciudad de Buenos Aires, a los 04 del mes de Junio de 2014 siendo
las 15.30 horas entre la EMPRESA NUCLEOELÉCTRICA ARGENTINA SOCIEDAD
ANÓNIMA - N.A.S.A., con domicilio en Arribeños 3619 de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, en adelante “LA EMPRESA”, representada por
los Dres. César VILLAMIL ODDONE Gerente de Asuntos Jurídicos y
Societarios y Guillermo MARI Subgerente de Relaciones Laborales y
Gremiales y Lic. Carlos MUIÑO; y la ASOCIACIÓN DE PROFESIONALES
UNIVERSITARIOS DEL AGUA Y ENERGÍA ELÉCTRICA (APUAYE), —Personería
Gremial N° 698—, con domicilio en Reconquista 1048 de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, en adelante “LA ASOCIACIÓN”, representada por
los Ings. Jorge ARIAS; José ROSSA; y Lic. Jorge CASADO, en conjunto
“LAS PARTES” acuerdan lo siguiente:
a) Adecuar la retribución mensual percibida en relación al servicio
guardia de bomberos (Art. 47.9 CCT 692/05 “E”) estableciéndola en un 5%
(cinco por ciento) del Sueldo Básico Mensual de la categoría U-II.
b) Establecer que dicha modificación tendrá efectividad a partir del 01/06/2014.
c) Se deja constancia que el presente acuerdo será elevado a las
autoridades de Nucleoeléctrica Argentina S.A. a los fines de la
aprobación de estilo.
d) Asimismo, las partes solicitarán la correspondiente homologación ante la Autoridad de Aplicación.
Siendo las 13.30 hs. se firman en el lugar y fecha antes mencionados 4 (cuatro) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.