MINISTERIO DE SALUD

Decisión Administrativa 72/2016

Desígnase Directora Nacional de Capital Humano y Salud Ocupacional.

Bs. As., 16/02/2016

VISTO el Presupuesto de la Administración Nacional para los ejercicios 2015 y 2016 aprobados por las Leyes N° 27.008 y N° 27.198, los Decretos N° 227 del 20 de enero de 2016, N° 1343 del 4 de octubre de 2007 y modificatorios y N° 2.098 del 3 de diciembre de 2008 y modificatorios y el Expediente N° 1-2002-31.109/15-0 del registro del MINISTERIO DE SALUD, y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 7° de las Leyes citadas precedentemente, se estableció que las jurisdicciones y entidades de la administración pública nacional no podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de la sanción de dicha ley, ni los que se produzcan con posterioridad a dicha fecha, salvo decisión fundada del Jefe de Gabinete de Ministros.

Que mediante el artículo 1° del Decreto N° 227/16 se dispuso que toda designación, asignación de funciones, promoción y reincorporación de personal, en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, en cargos de rango y jerarquía inferior a Subsecretario, que corresponda a cargos de la dotación de su planta permanente y transitoria y cargos extraescalafonarios, correspondiente a los cargos vacantes y financiados con la correspondiente partida presupuestaria de conformidad a las estructuras jurisdiccionales aprobadas será efectuada por el señor Jefe de Gabinete de Ministros, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente.

Que por Decreto N° 1343/07 y sus modificatorios, se aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo del MINISTERIO DE SALUD, donde se encuentra contemplada la unidad de la DIRECCION NACIONAL DE CAPITAL HUMANO Y SALUD OCUPACIONAL.

Que en el ámbito de la SUBSECRETARIA DE POLITICAS, REGULACION Y FISCALIZACION de la SECRETARIA DE POLITICAS, REGULACION E INSTITUTOS del MINISTERIO DE SALUD se encuentra vacante el cargo de Director Nacional de Capital Humano y Salud Ocupacional, Nivel A, Grado 0, Función Ejecutiva de Nivel I del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) instituido por Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por Decreto N° 2.098 del 3 de diciembre de 2008 y modificatorios.

Que el MINISTERIO DE SALUD propicia su cobertura impulsando a tal efecto la designación de la doctora Da. Norma Diana GOLDIN, con carácter de excepción a lo dispuesto en el artículo 7° de las Leyes N° 27.008 y N° 27.198.

Que se cuenta con el crédito necesario en el presupuesto del MINISTERIO DE SALUD para atender el gasto resultante de la medida que se aprueba por el presente.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE SALUD ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 100, inciso 3 de la CONSTITUCION NACIONAL, y de lo dispuesto por el artículo 7° de las Leyes N° 27.008 y N° 27.198 y el artículo 1° del Decreto N° 227/16.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

Artículo 1° — Desígnase con carácter transitorio a partir del 18 de diciembre de 2015 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del dictado del presente acto a la doctora Da. Norma Diana GOLDIN (D.N.I. N° 13.411.894), en el cargo de Directora de la DIRECCION NACIONAL DE CAPITAL HUMANO Y SALUD OCUPACIONAL de la SUBSECRETARIA DE POLITICAS, REGULACION Y FISCALIZACION de la SECRETARIA DE POLITICAS, REGULACION E INSTITUTOS del MINISTERIO DE SALUD, Nivel A, Grado 0, autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva de Nivel I del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) instituido por el CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL homologado por Decreto N° 2.098/08 y modificatorios, con carácter de excepción a lo dispuesto por el artículo 7° de las Leyes N° 27.008 y N° 27.198,

Art. 2° — El cargo involucrado en el artículo 1° deberá ser cubierto de conformidad con los requisitos y sistemas de selección vigentes, según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II —Capítulos III, IV y VIII— y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP) homologado por Decreto N° 2.098/08 y modificatorios, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha indicada en el artículo 1° del presente acto.

Art. 3° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 80 - MINISTERIO DE SALUD.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Marcos Peña. — Jorge D. Lemus.