VISTO el Expediente N° 311-000161-87-8 y
CONSIDERANDO:
Que es necesario conocer la variedad, procedencia y destino de la uva
en fresco propia y adquirida sobre la base de las actividades
desarrolladas por los Distribuidores, Exportadores de uva en fresco y
Secadores.
Que asimismo, es necesario fijar un plazo máximo pra la presentación de
la Declaración Jurada Anual de la Procedencia y Destino de la Uva en
Fresco - Formulario CEC-04-
Por ende, y en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 14.878 y el Decreto N° 3.561/84.
El Consejo Directivo del Instituto Nacional de Vitivinicultura
Resuelve:
1º - Los responsables inscriptos como Distribuidores, Exportadores de
Uva en Fresco y Secaderos de todo el país, deberán presentar en la
Delegación del Instituto Nacional de Vitivinicultura de su jurisdicción
el formulario CEC-04, Declaración Jurada Anual de Procedencia y Destino
de Uva en Fresco, cuyo diseño e instrucciones de llenado forman parte
integrante como Anexo de la presente Resolución.
2º - La Declaración Jurada mencionada en el Punto 1º, consignará la
procedencia y destino dado a la uva en fresco, propia o adquirida, en
el período vendimial.
3º - Fíjase el día 01 de junio de cada año como término máximo para la presentación de la mencionada Declaración Jurada.
4º - El Formulario CEC-04, deberá ser suscripto por el Titular o Apoderado.
5º - La demora, inexactitud u omisión en la presentación y
conformación de la referida Declaración, hará pasible al responsable de
la sanción prevista en el Artículo 24, inciso i) de la Ley N° 14.878 modificado
por la Ley número 21.657.
6º - Déjase sin efecto la Resolución N° 288/78 y toda otra norma que se oponga a la presente.
7° - Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y cumplido archívese.
Julio V. O. Rouselle
Jorge A. Marsano
Rubén J. Gaete
Ramón A. Díaz
Alberto Escartín Vilacampa
Amadeo Vilemara
Miguel A. L. Rull
Nota: esta Resolución se publica sin Anexo.