MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
Decisión Administrativa 96/2016
Desígnase Director Nacional de Fiscalización.
Bs. As., 19/02/2016
VISTO el Expediente N° 1.705.324/2015 del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, las Leyes Nros. 27.008 y 27.198,
los Decretos N° 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y N° 227 de fecha
20 de enero de 2016, y
CONSIDERANDO:
Que por el artículo 7° de las Leyes Nros. 27.008 y 27.198 se estableció
que las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional no
podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de
su sanción ni los que se produzcan con posterioridad a dicha fecha,
salvo decisión fundada del Jefe de Gabinete de Ministros o del PODER
EJECUTIVO NACIONAL de conformidad con lo dispuesto por el artículo 10
de las citadas Leyes.
Que mediante el Decreto N° 227/16 se estableció que toda designación,
asignación de funciones, promoción y reincorporación de personal en el
ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y
descentralizada, en cargos de rango y jerarquía inferior a
Subsecretario, que corresponda a cargos de la dotación de su planta
permanente y transitoria y cargos extraescalafonarios, correspondiente
a los cargos vacantes y financiados con la correspondiente partida
presupuestaria de conformidad a las estructuras jurisdiccionales
aprobadas será efectuada por el señor Jefe de Gabinete de Ministros, a
propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente.
Que el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL solicita la
cobertura transitoria del cargo vacante financiado de Director Nacional
de Fiscalización, dependiente de la SUBSECRETARIA DE FISCALIZACIÓN DEL
TRABAJO Y DE LA SEGURIDAD SOCIAL, de la SECRETARIA DE TRABAJO, Nivel A
- Grado 0, con Función Ejecutiva Nivel I del Convenio Colectivo de
Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO
(SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08.
Que la presente medida tiene por objeto asegurar el cumplimiento de los objetivos asignados a la citada Subsecretaría.
Que a los efectos de implementar la referida cobertura transitoria,
resulta necesario designar a la persona que se propone con carácter de
excepción a lo dispuesto por el artículo 7° de las Leyes Nros. 27.008 y
27.198.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ha tomado la intervención que le
compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones
emergentes del artículo 100, inciso 3 de la CONSTITUCION NACIONAL, del
artículo 7 de las Leyes Nros. 27.008 y 27.198, y del artículo 1° del
Decreto N° 227/16,
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1° — Desígnase
transitoriamente, a partir del 29 de diciembre de 2015 y por el término
de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de
la presente medida, al Dr. Raúl Enrique FERRARA (M.I. N° 24.616.785),
en el cargo de Director Nacional de Fiscalización de la SUBSECRETARIA
DE FISCALIZACION DEL TRABAJO Y DE LA SEGURIDAD SOCIAL de la SECRETARIA
DE TRABAJO del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, Nivel
A - Grado 0 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal
del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por el
Decreto N° 2.098/08, autorizándose el correspondiente pago de la
Función Ejecutiva Nivel I del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO
(SINEP), con carácter de excepción a lo dispuesto por el artículo 7° de
las Leyes Nros. 27.008 y 27.198 y a los requisitos mínimos establecidos
en el artículo 14 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del
Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por
el Decreto N° 2.098/08.
Art. 2° — El cargo involucrado
deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección
vigentes, según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II,
Capítulos III, IV y VIII, y IV Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial
del Personal SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por
el Decreto N° 2.098/08, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días
hábiles contados a partir de la fecha de la presente medida.
Art. 3° — El gasto que demande
el cumplimiento de la presente medida será atendido con los créditos
asignados a la Jurisdicción 75 - MINISTERIO TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD
SOCIAL.
Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Marcos Peña. — Alberto J. Triaca.