MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SUBSECRETARÍA DE RELACIONES LABORALES
Resolución 46/2016
Bs. As., 29/01/2016
VISTO el Expediente N° 1.625.830/14 del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la
Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y la Ley N° 25.877, y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 2/3 obra el Acuerdo celebrado por el SINDICATO DE
TRABAJADORES DE LUZ Y FUERZA DE SAN JUAN, por la parte sindical y la
empresa AES CARACOLES SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, por la
parte empresaria, ratificado a fojas 47 por la FEDERACIÓN ARGENTINA DE
TRABAJADORES DE LUZ Y FUERZA, conforme lo dispuesto en la Ley de
Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).
Que bajo dicho acuerdo las precitadas partes pactaron condiciones
salariales, conforme surge de los términos y contenido del texto.
Que la vigencia del Acuerdo opera a partir del 1 de Abril de 2014.
Que el ámbito territorial y personal del mismo se corresponde con la
actividad principal de la parte empresaria signataria y la
representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su
personería gremial.
Que una vez dictado el presente acto administrativo homologando el
acuerdo alcanzado, se procederá a remitir a la Dirección de
Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de efectuar
el pertinente Proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, de
conformidad a lo establecido en el Artículo 245 de la Ley N° 20.744
(t.o. 1976) y sus modificatorias.
Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.
Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del
Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto
administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes
mencionados.
Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes
actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N°
53/15.
Por ello,
LA SUBSECRETARIA DE RELACIONES LABORALES
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Declárese homologado el Acuerdo celebrado por el
SINDICATO DE TRABAJADORES DE LUZ Y FUERZA DE SAN JUAN, por la parte
sindical y la empresa AES CARACOLES SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD
LIMITADA, por la parte empresaria, obrante a fojas 2/3 del Expediente
N° 1.625.830/14 ratificado a fojas 47 por la FEDERACIÓN ARGENTINA DE
TRABAJADORES DE LUZ Y FUERZA, conforme lo dispuesto en la Ley de
Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).
ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución en el Departamento
Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACIÓN. Cumplido,
pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin de que el
Departamento Coordinación registre el Acuerdo obrante a fojas 2/3 y 47
del Expediente N° 1.625.830/14.
ARTICULO 3° — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente pase
a la Dirección de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la
procedencia de elaborar el Proyecto de Base Promedio y Tope
Indemnizatorio, de las escalas salariales que por este acto se
homologan, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 245 de la Ley N°
20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias. Finalmente procédase a la
guarda del presente legajo.
ARTICULO 4° — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de
carácter gratuito del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las
partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de
la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
ARTICULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Dra. SILVIA SQUIRE, Subsecretaria de
Relaciones Laborales, Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
Expediente N° 1.625.830/14
Buenos Aires, 02 de febrero de 2016
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION SSRL N° 46/16 se ha
tomado razón del acuerdo obrante a fojas 2/3 y 47 del expediente de
referencia, quedando registrado bajo el número 52/16. — Lic. ALEJANDRO
INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación -
D.N.R.T.
ACTA ACUERDO
AES Caracoles S.R.L. - FATLYF
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 22 días del mes de Abril
de 2014, se reúnen el sindicato de Luz y Fuerza de la provincia de San
Juan, con domicilio en 9 de Julio Este 345, Provincia de San Juan,
Republica Argentina, representada por el señor Juan Jose Chica, en su
carácter de Secretario General, en adelante denominado EL SINDICATO,
por una parte, y por la otra parte, AES CARACOLES SRL, en adelante la
EMPRESA, con domicilio legal en Román Subiza 1960, de la ciudad de San
Nicolás de los Arroyos, provincia de Buenos Aires, representada en este
acto por el señor Fabián Carlos Giammaria, en su carácter de apoderado,
todos ellos denominados en forma conjunta e indistinta LAS PARTES,
quienes DECLARAN:
a) Que las Partes han acordado un aumento en las remuneraciones de los
trabajadores representados por EL SINDICATO y que se desempeñan para LA
EMPRESA;
b) Que la intención de LAS PARTES es acordar el aumento antes
mencionado y presentar este acuerdo ante el Ministerio de Trabajo,
Empleo y Seguridad Social de la Nación para su homologación;
c) Que la presente declaración forma parte integrante del acuerdo.
Por lo expuesto, LAS PARTES ACUERDAN:
PRIMERO.
1.1 LAS PARTES acuerdan un aumento salarial de los sueldos básicos del
30% (treinta por ciento) vigentes a partir del 01 de Abril de 2014.
1.2 La escala de Sueldo Básico Mensual actualizada a partir del 01 de Abril del 2014, se detalla a continuación:
ESCALAS DE SUELDOS BASICOS
SEGUNDO. Aumento en adicionales específicos
2.1 LAS PARTES acuerdan un aumento salarial del 30% (treinta por
ciento) calculado sobre los conceptos que se detallan a continuación
(en adelante denominados en forma conjunta e indistintas LOS CONCEPTOS
FIJOS) para aquellos trabajadores que perciban los mismos: Adicional
Remuneración Personal Especial ARPE, Adic. Rem Art 3 L26341, Suma fija
AA2010 y Adicional Remunerativo AA2011.
En el lugar y fecha consignados en el encabezamiento de la presente se
suscriben en prueba de conformidad (3) ejemplares iguales de 2 hojas,
uno (1) para cada una de LAS PARTES y el tercero para ser presentado
ante la autoridad de aplicación. Conste.
EXPEDIENTE N° 1.625.830/14.
“FATLYF-AES CARACOLES.
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los dos días del mes de
setiembre de 2.015 siendo las 15.30 horas, comparece espontáneamente al
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, DIRECCION NACIONAL DE
RELACIONES DEL TRABAJO y por ante la Señora Jefa del DEPARTAMENTO DE
RELACIONES LABORALES N° 3, Licenciada Silvia Suárez, por la FEDERACION
ARGENTINA DE TRABAJADORES DE LUZ Y FUERZA, el Sr. Juan Carlos MENÉNDEZ
(DNI. N° 16.201.029) en su calidad de Subsecretario Gremial.
Declarado abierto el acto por la Funcionaria Actuante, se concede la
palabra al compareciente, que expresa: Que en cumplimiento del dictamen
de fs. 35/37, viene por este acto a ratificar en todos y cada uno de
sus términos el Acta Acuerdo de fs. 2/3 de autos, solicitando se
proceda a su homologación. Hace saber que por ser una entidad sindical
de segundo grado no se encuentra alcanzado por lo normado en el Art.
17° Ley 14.250 (t.o. 2004). Manifiesta con carácter de Declaración
Jurada que no tiene mujeres trabajadoras afiliadas en la Empresa de
estos actuados, a fin de cumplimentar con lo normado en la Ley 25.674 y
Dct. Regl. 514/03.
No siendo para más, se da por finalizado el acto, firmando de conformidad por ante mí que para constancia CERTIFICO.