COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE

Resolución 175/2016

Bs. As., 17/02/2016

VISTO, el Expediente N° EXP-S02:0007293/2016 del Registro del entonces MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución de la COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE N° 5586 de fecha 19 de noviembre de 2007, se establecieron los valores de canon y derecho que serán abonados a esta Comisión con motivo de la realización de los cursos de actualización y perfeccionamiento que deben realizar los conductores de vehículos del transporte automotor de cargas generales de Jurisdicción Nacional.

Que por la Resolución de la COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE N° 589 de fecha 15 de noviembre de 2010, se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares del Concurso Público CNRT N° 3/2010 para la contratación de un servicio de cursos de capacitación para choferes de cargas generales.

Que dicho pliego estableció en el acápite destinado a establecer la Retribución de la Prestación que el prestador del servicio previo a iniciar el trámite de inscripción de los postulantes a realizar los referidos cursos debe constatar el pago de los valores de canon y derecho establecidos en la Resolución CNRT (I) N° 5586/2007 ó los que se establezcan en el futuro.

Que estos recursos están destinados, entre otras finalidades, a la financiación de las auditorias del sistema y las actividades pedagógicas relacionadas con el mismo.

Que se ha producido la desactualización de la fuente de ingresos, que representan los conceptos de canon y derecho por lo cual se entiende necesario ajustar los valores establecidos, de forma tal de posibilitar el financiamiento de los costos mencionados.

Que en este sentido correspondería ajustar estos valores de canon y derecho llevando los mismos a VEINTIOCHO ($ 28.-) cada concepto.

Que la GERENCIA DE ASUNTOS JURÍDICOS de la COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE ha tomado intervención en estos actuados.

Que el presente pronunciamiento es dictado conforme a las atribuciones que surgen de la Resolución N° 444 de fecha 9 de diciembre de 1999 de la ex - SECRETARIA DE TRANSPORTE, Decreto N° 1388 de fecha 29 de noviembre de 1996 modificado por su similar N° 1661 de fecha 12 de agosto de 2015.

Por ello,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Fíjase en PESOS VEINTIOCHO ($28.-) el valor del canon y en PESOS VEINTIOCHO ($28.-) el valor del derecho que percibirá la COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE por cada inscripción que se efectué, de los Cursos que realicen los conductores afectados a Vehículos del Transporte Automotor de Cargas Generales de Jurisdicción Nacional.

ARTÍCULO 2° — Comuníquese a las Entidades Representativas del Transporte Automotor de Cargas Generales.

ARTÍCULO 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ing. ROBERTO DOMECQ, Director Ejecutivo, Comisión Nacional de Regulación del Transporte.

e. 24/02/2016 N° 8645/16 v. 24/02/2016