MINISTERIO DE PRODUCCIÓN

SECRETARÍA DE EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA

Resolución 4/2016

Bs. As., 19/02/2016

VISTO el Expediente N° S01:0228365/2014 del Registro del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA, las Leyes Nros. 24.467, 25.300 y sus modificaciones, Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificaciones, los Decretos Nros. 522 de fecha 27 de marzo de 1992, 993 de fecha 9 de septiembre de 1999, 1.074 de fecha 24 de agosto de 2001, 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y sus modificaciones, y 1.273 de fecha 25 de julio de 2012, y las Resoluciones Nros. 206 de fecha 12 de octubre de 2012, 48 de fecha 18 de abril de 2013 y 1.417 de fecha 19 de noviembre de 2014 todas de la ex SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA; y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto N° 13 de fecha 10 de diciembre de 2015 se sustituyó el Artículo 1° de la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificaciones, creando el MINISTERIO DE PRODUCCIÓN.

Que el Artículo 5° del referido decreto sustituye el Artículo 20 bis de la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificaciones, atribuyéndole competencias al Ministerio citado en el considerando precedente.

Que a través del Decreto N° 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y sus modificaciones, se aprobó el organigrama de aplicación de la Administración Centralizada hasta nivel Subsecretaría del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, asignándole a la SECRETARÍA DE EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del mencionado Ministerio competencia en la aplicación de las normas correspondientes a los Títulos I y II de las Leyes Nros. 24.467 y 25.300 y sus modificaciones, y de las normas dictadas en consecuencia, en su carácter de Autoridad de Aplicación.

Que por medio del Decreto N° 522 de fecha 27 de marzo de 1992 se creó el Programa Global de Crédito a la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, con el objetivo de brindar asistencia y profundizar los aspectos de índole financieros, relacionados con una mayor y más eficiente prestación de servicios de crédito al sector de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas por parte de las Instituciones Financieras Intermediarias.

Que por la suscripción de sucesivos Contratos de Préstamo, el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) se comprometió a asistir financieramente a la NACIÓN ARGENTINA, a fin de posibilitar la ejecución del Programa Global de Crédito a la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, desarrollado bajo la coordinación y supervisión general de la ex SUBSECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO, actuando mediante una UNIDAD DE COORDINACIÓN DEL PROGRAMA (UCP).

Que el Artículo 5° del Decreto N° 993 de fecha 9 de septiembre de 1999 estableció que la mencionada UNIDAD DE COORDINACIÓN DEL PROGRAMA (UCP) asumirá las funciones relacionadas con la coordinación y ejecución del Programa Global de Crédito a la Micro, Pequeña y Mediana Empresa.

Que mediante la Disposición N° 97 de fecha 5 de febrero de 2010 de la ex SUBSECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO, se asignó a la Dirección Nacional de Asistencia Financiera para las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas dependiente de la entonces Subsecretaría antes mencionada, las funciones de coordinación y ejecución del Programa Global de Crédito a la Micro, Pequeña y Mediana Empresa.

Que mediante el Decreto N° 1.273 de fecha 25 de julio de 2012 se creó, en el marco del Programa Global de Crédito para las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, el Fondo Nacional para el Desarrollo y Fortalecimiento de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (FONDYF), que tiene por objeto la promoción del desarrollo de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, apoyando su crecimiento y fomentando su participación en la economía nacional.

Que asimismo, el Artículo 5° del Decreto N° 1.273/12 autorizó a la ex SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA a disponer de los recursos del Fondo Nacional para el Desarrollo y Fortalecimiento de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (FONDYF), determinando en cada oportunidad, el universo de empresas beneficiarias y estableciendo las condiciones que regirán la operatoria del mencionado Fondo Nacional.

Que el Artículo 2° del Título II de la Ley N° 25.300 creó el Fondo Nacional de Desarrollo para la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (FONAPYME), cuyo objeto es realizar aportes de capital y brindar financiamiento a mediano y largo plazo para inversiones productivas a las empresas y formas asociativas comprendidas en el Artículo 1° de la citada ley.

Que el Decreto N° 1.074 de fecha 24 de agosto de 2001 reglamentó la Ley N° 25.300, estableciendo las condiciones bajo las cuales se constituirá el Fondo Nacional de Desarrollo para la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (FONAPYME) y regulando el funcionamiento del Comité de Inversiones.

Que ante la manifiesta similitud entre los objetivos y tareas del Fondo Nacional de Desarrollo para la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (FONAPYME) y del Fondo Nacional para el Desarrollo y Fortalecimiento de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (FONDYF), por encontrarse ambos destinados a impulsar el desarrollo del sector de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, así como su fortalecimiento mediante el otorgamiento de préstamos a las empresas que lo soliciten y a los fines de optimizar los recursos del ESTADO NACIONAL, se evaluó la factibilidad de utilizar la experiencia y estructura del Fondo Nacional de Desarrollo para la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (FONAPYME), de modo que el Comité de Inversiones creado por el Artículo 5° de la Ley N° 25.300, extendiera sus funciones y atribuciones a la implementación del Fondo Nacional para el Desarrollo y Fortalecimiento de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (FONDYF).

Que a esos efectos, mediante la Resolución N° 206 de fecha 12 de octubre de 2012 de la ex SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA, se aprobó un modelo de convenio de colaboración entre la entonces Secretaría mencionada, la SECRETARÍA DE HACIENDA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, el BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA y el BANCO DE INVERSIÓN Y COMERCIO EXTERIOR, ambas entidades autárquicas entonces en el ámbito del ex Ministerio citado, el cual fue suscripto por las partes con fecha 28 de diciembre de 2012.

Que posteriormente, a través del dictado de la Resolución N° 48 de fecha 18 de abril de 2013 de la ex SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA, se aprobó el Modelo de Convenio de Administración a suscribirse entre la entonces mencionada Secretaría y el BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA, a los fines de administrar los fondos del Fondo Nacional para el Desarrollo y Fortalecimiento de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (FONDYF).

Que en la reunión del Comité de Inversiones del Fondo Nacional de Desarrollo para la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (FONAPYME), de fecha 8 de agosto de 2014, se informó que a partir de ese mismo día, el Fondo Nacional para el Desarrollo y Fortalecimiento de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (FONDYF) pasaría a la órbita de la ex SUBSECRETARÍA DE POLÍTICA Y GESTIÓN DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DEL DESARROLLO REGIONAL de la ex SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA, manteniendo el Comité de Inversiones del Fondo Nacional de Desarrollo para la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (FONAPYME) la gestión sobre todos los proyectos oportunamente aprobados en el marco del Fondo Nacional para el Desarrollo y Fortalecimiento de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (FONDYF).

Que lo precedentemente expuesto fue aprobado por el Comité de Inversiones del Fondo Nacional de Desarrollo para la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (FONAPYME), quedando ello plasmado en el Acta N° 398 de fecha 8 de agosto de 2014.

Que así entonces se asignaron, mediante la Resolución N° 1.417 de fecha 19 de noviembre de 2014 de la ex SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA, a partir del 8 de agosto de 2014, a la ex SUBSECRETARÍA DE POLÍTICA Y GESTIÓN DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DEL DESARROLLO REGIONAL de la ex SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA, las funciones de coordinación y ejecución del Fondo Nacional para el Desarrollo y Fortalecimiento de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (FONDYF).

Que consecuentemente con la aprobación del nuevo organigrama de aplicación de la Administración Centralizada, aprobado por el Decreto N° 1 de fecha 4 de enero de 2016, modificatorio del Decreto N° 357/02 y sus modificaciones, en función de las competencias asignadas al MINISTERIO DE PRODUCCIÓN y a la SECRETARÍA DE EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del citado Ministerio, es que resulta necesario reordenar las responsabilidades de dicha área, en lo que refiere al Fondo Nacional para el Desarrollo y Fortalecimiento de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (FONDYF).

Que en razón de lo antes reseñado, es necesario asignar las funciones de coordinación y ejecución del Fondo Nacional para el Desarrollo y Fortalecimiento de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (FONDYF) a la SUBSECRETARÍA DE FINANCIAMIENTO DE LA PRODUCCIÓN de la SECRETARÍA DE EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se adopta en virtud de las facultades conferidas por las Leyes Nros. 24.467 y 25.300 y sus modificaciones, y el Decreto N° 357/02 y sus modificaciones.

Por ello,

EL SECRETARIO DE EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Asígnase, a partir del 1 de enero de 2016, a la SUBSECRETARÍA DE FINANCIAMIENTO DE LA PRODUCCIÓN de la SECRETARÍA EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, las funciones de coordinación y ejecución del Fondo Nacional para el Desarrollo y Fortalecimiento de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (FONDYF) en el marco del Programa Global de Crédito a la Micro, Pequeña y Mediana Empresa.

ARTÍCULO 2° — Déjase sin efecto la Resolución N° 1.417 de fecha 19 de noviembre de 2014 de la ex SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA.

ARTÍCULO 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. MARIANO MAYER, Secretario Emprendedores y de la Pequeña y Mediana Empresa.

e. 25/02/2016 N° 8850/16 v. 25/02/2016