JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Decisión Administrativa 126/2016
Apruébase estructura organizativa.
Bs. As., 26/02/2016
VISTO la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y
modificatorias, los Decretos N° 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y
modificatorios, mediante el cual se homologó el Convenio Colectivo de
Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público
(SINEP), N° 13 del 10 de diciembre de 2015 y N° 268 del 29 de Diciembre
de 2015, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 13 de fecha 10 de diciembre de 2015 se modificó
la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y
modificatorias, incorporándose el MINISTERIO DE COMUNICACIONES, a
través del artículo 23 decies.
Que en función de las competencias asignadas al MINISTERIO DE
COMUNICACIONES por el Decreto N° 13/15, resulta necesario ordenar las
responsabilidades de dicha área.
Que por el Decreto N° 268 de fecha 29 de diciembre de 2015 se aprobó la
estructura organizativa de primer nivel operativo de la SUBSECRETARÍA
DE COORDINACIÓN del MINISTERIO DE COMUNICACIONES.
Que una de las premisas del presente gobierno es lograr la utilización
de los recursos públicos tendientes a una mejora sustancial en la
calidad de vida de los ciudadanos, focalizando su accionar en la
producción de resultados que sean colectivamente compartidos y
socialmente valorados.
Que, en virtud de ello, corresponde en esta instancia la aprobación de
la estructura organizativa de primer nivel operativo de las restantes
Secretarías del MINISTERIO DE COMUNICACIONES.
Que, asimismo, resulta necesario incorporar diversas unidades
pertenecientes al MINISTERIO DE COMUNICACIONES al Nomenclador de
Funciones Ejecutivas de dicha Jurisdicción.
Que el MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN y la SECRETARÍA DE HACIENDA
dependiente del MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS han tomado
la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades
conferidas por el artículo 100, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL,
el artículo 16, inciso 29 de la Ley de Ministerios (texto ordenado por
Decreto N° 438/92) y sus modificatorias y 6° de la Ley N° 27.198.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1° — Créanse, con
dependencia de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN del MINISTERIO DE
COMUNICACIONES, la Dirección de Sistemas y Soporte Técnico, la
Dirección de Sumarios, y la Dirección de Comunicación y Relaciones
Institucionales, cuyas Responsabilidad Primaria y Acciones obran en
Planilla Anexa al presente artículo y forman parte integrante de la
presente medida.
Art. 2° — Apruébase la
estructura organizativa de primer nivel operativo de la SECRETARÍA DE
TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES y de la SECRETARÍA
DE PROMOCIÓN DE INVERSIONES, ambas dependientes del MINISTERIO DE
COMUNICACIONES, de acuerdo con el Organigrama, Responsabilidad Primaria
y Acciones, que como Anexos la, lb y II forman parte integrante de la
presente medida.
Art. 3° — Modifícase el
Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio
2016 - Recursos Humanos, de acuerdo con el detalle obrante en las
Planillas Anexas al presente artículo que forman parte integrante del
mismo.
Art. 4° — Incorpóranse al
Nomenclador de Funciones Ejecutivas los cargos pertenecientes al
MINISTERIO DE COMUNICACIONES, según el detalle obrante en Planilla
Anexa al presente artículo, que forma parte integrante de la presente
medida.
Art. 5° — Facúltase al titular
del MINISTERIO DE COMUNICACIONES, previa intervención de la
SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE
EMPLEO PÚBLICO del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, a aprobar y/o modificar
el Anexo de Dotación de la estructura que se aprueba por el presente
acto, el cual deberá adecuarse a los cargos financiados de conformidad
con la Ley de Presupuesto vigente al momento de aprobación.
Art. 6° — Hasta tanto se
aprueben las unidades de nivel inferior a las aprobadas por la presente
Decisión Administrativa, conservarán su vigencia las existentes que
hayan sido transferidas desde otros ministerios, organismos
descentralizados o secretarías con sus acciones, dotaciones, niveles,
grados de revista y funciones ejecutivas previstas en el Decreto N°
2098/08.
Art. 7° — Modifícase el
Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio
2016, de acuerdo con el detalle obrante en las Planillas Anexas al
presente artículo que forman parte integrante del mismo.
Art. 8° — El gasto que demande
el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a los
créditos de la Jurisdicción 59 - MINISTERIO DE COMUNICACIONES.
Art. 9° — Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Rogelio Frigerio. — Oscar R. Aguad.
PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 1°
MINISTERIO DE COMUNICACIONES
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN
DIRECCIÓN DE SISTEMAS Y SOPORTE TÉCNICO
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Asistir a la Subsecretaría en el servicio de soporte y mantenimiento
correctivo, preventivo y evolutivo de los sistemas implementados en el
área.
ACCIONES
1. Formular la planificación de los sistemas de información de la Jurisdicción.
2. Formular e intervenir en la ejecución de proyectos para la
adecuación de los procesos de la Jurisdicción y para el desarrollo e
implementación de soluciones informáticas para su gestión.
3. Estudiar, proponer e implantar prácticas y estándares para la
gestión y administración de los procesos del organismo y de todas las
actividades o tareas que en dichos procesos se realizan, mediante la
sistematización informática.
4. Diseñar, implementar y mantener un sistema informático para la gestión documental de los procesos de la Jurisdicción.
5. Intervenir en la implementación de sistemas informáticos de gestión
de la calidad y de planes, programas, directrices y lineamientos que en
materia de gestión de las organizaciones públicas emanen de los
organismos competentes.
6. Asistir y brindar soporte dentro de la incumbencia del área, al proceso de gestión de aplicaciones del organismo.
7. Planificar y ejecutar las tareas de instalación, mantenimiento
preventivo y correctivo del parque de computadoras, impresoras y demás
equipos informáticos de escritorio alcanzados por este soporte, así
como también sistemas de base y componentes de aplicaciones en
computadoras.
8. Participar en la elaboración de estándares de equipamiento y requerimientos técnicos para su adquisición.
9. Realizar el registro, la delegación y la actualización de los
dominios gubernamentales dependientes del Ministerio, con intervención
de las áreas competentes en la materia.
10. Realizar las tareas de diseño, desarrollo, implantación,
actualización y gestión del alojamiento de las páginas web del
Ministerio.
MINISTERIO DE COMUNICACIONES
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN
DIRECCIÓN DE COMUNICACIÓN Y RELACIONES INSTITUCIONALES
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Entender en la ejecución de acciones relativas a las relaciones
institucionales, internas y externas y en la política comunicacional de
la jurisdicción.
ACCIONES:
1. Proponer la política de comunicación social del Ministerio, coordinar su efectiva ejecución y evaluar los resultados.
2. Coordinar la publicación de políticas y acciones ministeriales que
deban ser materia de conocimiento público y promover su difusión.
3. Desarrollar planes, programas y procedimientos destinados a
fortalecer las relaciones de la Institución con la comunidad, empresas,
organismos públicos y privados.
4. Promover la gestión de convenios a nivel institucional con
organizaciones públicas y privadas en el ámbito local, nacional e
internacional.
5. Informar de los compromisos originados para la Jurisdicción en
convenios nacionales e internacionales y su grado de cumplimiento.
MINISTERIO DE COMUNICACIONES
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN
DIRECCIÓN DE SUMARIOS
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Sustanciar los sumarios administrativos e informaciones sumarias
ordenados por la autoridad competente, en relación a los agentes con
vínculo de empleo público pertenecientes a la jurisdicción ministerial.
ACCIONES:
1. Dirigir el procedimiento conforme la normativa vigente y disponer
las medidas tendientes al esclarecimiento de los hechos objeto de
investigación.
2. Dar intervención a los organismos de control en los supuestos exigidos por la legislación vigente.
3. Determinar el perjuicio fiscal y responsabilidad patrimonial y solicitar informes en caso de intervención judicial.
ANEXO II
MINISTERIO DE COMUNICACIONES
SECRETARÍA DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES
SUBSECRETARÍA DE REGULACIÓN
DIRECCIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Instrumentar las normas vinculadas a la actualización de los marcos
regulatorios en materia de tecnologías de la información y las
comunicaciones, en función de las directivas impartidas y conforme a la
normativa vigente.
ACCIONES:
1. Proponer la actualización de los Reglamentos de licencias,
interconexión, servicio universal, de sanciones, de clientes, y de
calidad de servicio entre otros, en materia de tecnologías de la
información y las comunicaciones.
2. Participar en el dictado de los reglamentos de gestión y
administración del espectro radioeléctrico y de facilidades satelitales.
3. Proponer las normas interpretativas de las Leyes Nros. 19.798 y 27.078.
4. Proponer el dictado de normas que promuevan y estimulen la
competencia, así como la prevención y desaliento de las prácticas
monopólicas, las conductas anticompetitivas, predatorias y/o de abuso
de posición dominante.
5. Proponer marcos regulatorios relativos a la promoción y supervisión
del uso, aprovechamiento y explotación del espectro radioeléctrico, los
recursos orbitales, los servicios satelitales, las redes de
telecomunicaciones y la prestación de los servicios de
telecomunicaciones y tecnologías digitales, así como del acceso a la
infraestructura activa y pasiva y de otros insumos o facilidades
esenciales.
6. Realizar estudios especializados a efectos de contar con la
información comparada a nivel internacional de los diferentes servicios.
7. Redactar los pliegos de bases y condiciones para el llamado a
concurso para la adjudicación de licencias para prestar servicios de
Tecnologías de la Información y las Comunicaciones o autorizaciones
para el uso de frecuencias del espectro radioeléctrico.
8. Intervenir en la atribución de bandas de frecuencias del espectro
radioeléctrico y verificar que las mismas cumplan con las políticas de
competencia fijadas para el sector.
9. Entender en la elaboración de normas que impliquen la defensa de los
derechos de los clientes y usuarios, en el ámbito de su competencia.
MINISTERIO DE COMUNICACIONES
SUBSECRETARÍA DE REGULACIÓN
DIRECCIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN POSTAL
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Instrumentar las normas vinculadas a la actualización del marco
regulatorio en materia postal, en función de las directivas impartidas
y conforme la normativa vigente.
ACCIONES:
1. Proponer el dictado de normas que prevengan conductas anticompetitivas en el mercado postal.
2. Asistir en la determinación de los estándares mínimos de calidad de servicios postales.
3. Proponer actualizaciones del marco regulatorio postal.
4. Proponer la elaboración de las normas específicas para el control
del correo oficial, la determinación, financiamiento y alcance del
servicio postal básico universal, la calidad de sus servicios y demás
obligaciones vinculadas a la prestación.
5. Asistir al Subsecretario en el dictado de normas que promuevan los
servicios postales de valor agregado, así como la incorporación de la
red postal al concepto de convergencia y el desarrollo de la
distribución de logística liviana.
6. Evaluar el efecto económico de las reglamentaciones actuales y las
que se dictaren en el futuro y su impacto en el mercado postal.
7. Entender en la elaboración de las normas que impliquen la defensa de
los derechos los clientes, en el ámbito de su competencia.
8. Proponer los estudios previos que permitan optimizar la
participación del Ministerio en la representación de la República
Argentina ante la UNIÓN POSTAL UNIVERSAL (UPU), UNIÓN POSTAL DE LAS
AMERICAS, ESPAÑA Y PORTUGAL (UPAEP) y otras organizaciones
internacionales del sector.
MINISTERIO DE COMUNICACIONES
SECRETARÍA DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES
SUBSECRETARÍA DE PLANEAMIENTO
DIRECCIÓN GENERAL DE PLANEAMIENTO Y UNIVERSALIZACIÓN
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Entender en el asesoramiento para la formulación de planes y programas
del Ministerio, a mediano y largo plazo, en materia de Tecnologías de
la Información y las Comunicaciones.
ACCIONES
1. Proponer la realización de estudios previos que permitan la
atribución y gestión del espectro radioeléctrico y el dictado del
Cuadro Nacional de Atribución de Bandas del Espectro Radioeléctrico.
2. Proponer actualizaciones de los Planes Fundamentales de numeración,
de señalización, de portabilidad y de otros planes fundamentales.
3. Proponer políticas públicas de universalización de los servicios.
4. Proponer lineamientos de programas de servicio universal.
5. Efectuar el seguimiento del proceso de portabilidad numérica y
proponer la actualización normativa que otorgue mayor facilidad en su
tramitación a los consumidores.
MINISTERIO DE COMUNICACIONES
SUBSECRETARÍA DE PLANEAMIENTO
DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS SATELITALES
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Asistir al Subsecretario en la formulación de las regulaciones, la
fijación de los planes y la instrumentación de los programas vinculados
con el desarrollo en materia satelital.
Intervenir en la gestión de orbitas de satélites y en la disposición de
las medidas relativas a la provisión de facilidades satelitales.
ACCIONES:
1. Elevar una propuesta de un reglamento de provisión de facilidades satelitales.
2. Proponer el otorgamiento de las licencias y autorizaciones para el uso de facilidades satelitales.
3. Proponer el diseño de normas y acciones que favorezcan la
implementación de condiciones competitivas para el desarrollo de la
infraestructura de Red de la EMPRESA ARGENTINA DE SOLUCIONES
SATELITALES (ARSAT).
4. Participar en el diseño de programas regionales de desarrollo
satelital optimizando el uso de la capacidad de la EMPRESA ARGENTINA DE
SOLUCIONES SATELITALES (ARSAT).
5. Proponer los estudios previos que permitan optimizar la
participación del Ministerio en la representación de la República
Argentina ante la UNION INTERNACIONAL DE LAS TELECOMUNCIACIONES (UIT),
COMISION INTERAMERICANA DE TELECOMUNICACIONES (CITEL), MERCADO COMUN
DEL SUR (MERCOSUR), ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE COMERCIO - GRUPO DE
NEGOCIACION SOBRE TELECOMUNICACIONES BASICAS (OMC-GNTB), ORGANIZACIÓN
INTERNACIONAL DE TELECOMUNICACIONES POR SATELITE (ITSO), ORGANIZACIÓN
INTERNACIONAL DE TELECOMUNICACIONES MOVILES POR SATELITE (IMSO), y
otras organizaciones internacionales del sector.
6. Entender en la tramitación de los pedidos de autorización para el uso e instalación de medios y sistemas satelitales.
7. Efectuar el seguimiento del uso de la capacidad satelital, y proponer alternativas superadoras.
MINISTERIO DE COMUNICACIONES
SECRETARÍA DE PROMOCIÓN DE INVERSIONES
DIRECCIÓN NACIONAL DE ARTICULACIÓN Y COORDINACIÓN
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Asistir al Secretario en el afianzamiento de las relaciones
institucionales a los efectos de articular las políticas y coordinar
los planes relacionados con los servicios de competencia del Ministerio.
ACCIONES.
1. Articular las políticas del sector con las Provincias en
coordinación con la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y las
Jurisdicciones que correspondan, las cámaras empresarias, las empresas,
y los organismos de su dependencia.
2. Mantener contacto continuo con los Gobiernos provinciales, las
cámaras empresarias, las empresas, los demás ministerios y los
organismos de su dependencia para coordinar los planes relacionados con
los servicios de competencia del Ministerio.
3. Detectar las demandas, necesidades y vacancias tecnológicas en áreas
estratégicas de todos los sectores de producción de bienes y/o
servicios, tanto en el ámbito público como en el privado, de
competencia del Ministerio.
4. Organizar y/o participar de foros de discusión, nacionales e
internacionales, sobre temas de actualización, desarrollo y nuevas
tendencias en el área de las comunicaciones.
MINISTERIO DE COMUNICACIONES
SECRETARÍA DE PROMOCIÓN DE INVERSIONES
DIRECCIÓN NACIONAL DE INVERSIONES
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Instrumentar las acciones y directivas impartidas para el desarrollo y
crecimiento de las empresas vinculadas con el sector de las
comunicaciones.
ACCIONES:
1. Formular e implementar estrategias, políticas y los instrumentos
necesarios para promover y facilitar inversiones de empresas
extranjeras en el país en los servicios de comunicación complementando
la inversión doméstica.
2. Interactuar con organismos locales y extranjeros interesados en
participar de nuevos desarrollos, tanto para su ejecución como con la
financiación de los mismos.
3. Proponer la firma de convenios con universidades, otros organismos
locales y extranjeros y con otros países para propender al desarrollo,
actualización, cooperación e intercambio de información respecto de los
servicios de competencia del Ministerio.
4. Fomentar la realización de asociaciones estratégicas entre compañías
locales y extranjeras y la radicación de nuevas inversiones productivas
en el sector de las comunicaciones.
5. Intervenir en la elaboración de las instrucciones y en las
directivas para las Representaciones de la REPÚBLICA ARGENTINA y
delegaciones oficiales en los aspectos de competencia del Ministerio.
ANEXO la
ANEXO lb
PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 3°
PROGRAMA 58
FORMULACIÓN Y COORDINACIÓN DE POLÍTICAS DE COMUNICACIONES
UNIDAD EJECUTORA
MINISTERIO DE COMUNICACIONES
Servicio Administrativo Financiero
329
CARGO O CATEGORÍA |
CANTIDAD DE |
CARGOS |
HS. DE CATEDRA |
Planta Permanente |
|
|
FUNCIONARIOS FUERA DE NIVEL |
|
|
Jefe de Gabinete de Asesores |
1 |
|
Subtotal Escalafón |
1 |
|
Personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP) |
|
|
A |
6 |
0
|
B |
34 |
0
|
C |
16 |
0
|
D |
10 |
0
|
E |
7 |
0
|
Subtotal Escalafón |
73 |
0
|
TOTAL DEL PROGRAMA 58 |
74 |
0
|
CATEGORÍA 03
ACTIVIDADES COMUNES A LOS PROGRAMAS 22, 23 Y 24
UNIDAD EJECUTORA
ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES
Servicio Administrativo Financiero
207
CARGO O CATEGORÍA |
CANTIDAD DE |
CARGOS |
HS. DE CATEDRA |
Planta Permanente |
|
|
Personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP) |
|
|
A |
-1 |
0
|
B |
-29 |
0
|
C |
-27 |
0
|
D |
-10 |
0
|
E |
-7 |
0
|
Subtotal Escalafón |
-74 |
0
|
TOTAL DE LA CATEGORÍA 03 |
-74 |
0
|
PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 4°
MINISTERIO DE COMUNICACIONES
INCORPORACIONES
Unidad organizativa |
Nivel |
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN |
|
DIRECCIÓN DE SISTEMAS Y SOPORTE TÉCNICO |
II |
DIRECCIÓN DE COMUNICACIÓN Y RELACIONES INSTITUCIONALES |
II |
DIRECCIÓN DE SUMARIOS |
II |
DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN |
I |
DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS |
I |
DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS |
I |
SECRETARÍA DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN |
|
SUBSECRETARÍA DE REGULACIÓN |
|
DIRECCIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES |
I |
DIRECCIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN POSTAL |
I |
SUBSECRETARÍA DE PLANEAMIENTO |
|
DIRECCIÓN GENERAL DE PLANEAMIENTO Y UNIVERSALIZACIÓN |
I |
DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS SATELITALES |
I |
SECRETARÍA DE PROMOCIÓN DE INVERSIONES |
|
DIRECCIÓN NACIONAL DE ARTICULACIÓN Y COORDINACIÓN |
I |
DIRECCIÓN NACIONAL DE INVERSIONES |
I |
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decisión Administrativa se
publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y
también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección
Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
(Nota Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)