Decreto 435/2016
Modifícase la distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional - Recursos Humanos - Ejercicio 2016.
Bs. As., 01/03/2016
VISTO el Expediente N° 3812/2016 del Registro de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS, los Decretos Nros. 12 y 13 ambos del 10 de
diciembre de 2015, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto N° 12 de fecha 10 de diciembre de 2015 se creó
la UNIDAD PLAN BELGRANO en la órbita de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS.
Que por el Decreto N° 13 de fecha 10 diciembre de 2015 se modificó la
Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438/92 y sus
modificatorias).
Que en el artículo 5° del precitado decreto, entre las atribuciones del
Jefe de Gabinete de Ministros, se encuentra la de entender en el
lineamiento de las políticas referentes a la implementación de la
UNIDAD PLAN BELGRANO.
Que por el Decreto N° 27 de fecha 10 de diciembre de 2015 se designó al
Doctor D. José Manuel CANO como titular de la UNIDAD PLAN BELGRANO.
Que, en esta instancia, corresponde establecer la conformación organizativa de la mencionada unidad y determinar sus funciones.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas
por el artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, y los
artículos 6° y 10 de la Ley N° 27.198.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Modifícase la
distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional -
Recursos Humanos, en la parte correspondiente a la Jurisdicción 25 -
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS para el Ejercicio 2016, de acuerdo
con el detalle obrante en la Planilla Anexa al presente artículo, la
que forma parte integrante del presente decreto.
Art. 2° — Compete a la UNIDAD PLAN BELGRANO creado por el Decreto N° 12 de fecha 10 de diciembre de 2015, las siguientes funciones:
1. Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en el desarrollo y
coordinación de las políticas sociales, productivas y de
infraestructura que reduzcan la desigualdad entre la región Norte
—comprendida por las provincias de Salta, Jujuy, Tucumán, La Rioja,
Catamarca, Misiones, Corrientes, del Chaco, Formosa y Santiago del
Estero— y el resto del país en coordinación con las áreas del Estado
Nacional competentes en la materia.
2. Efectuar el seguimiento del grado de ejecución de las políticas implementadas en las jurisdicciones competentes involucradas.
3. Entender en la priorización de los proyectos con financiamiento
externo que se ejecuten en las jurisdicciones competentes involucradas.
Art. 3° — Créanse los cargos
Extraescalafonarios de COORDINADOR DE DESARROLLO HUMANO, de COORDINADOR
DE INFRAESTRUCTURA, de COORDINADOR DE DESARROLLO ECONÓMICO Y EMPLEO y
de COORDINADOR DE RELACIONES INSTITUCIONALES, ADMINISTRACIÓN Y
COMUNICACIÓN todos dependientes de la UNIDAD PLAN BELGRANO de la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, con rango y jerarquía de
Subsecretario, y cuyas funciones se detallan en la Planilla Anexa al
presente artículo, que forma parte integrante del presente decreto.
(Nota Infoleg: por art. 1° del Decreto 760/2017
B.O. 29/09/2017 se suprime el cargo Extraescalafonario de
Coordinador de Relaciones Institucionales, Administración y
Comunicación, dependiente de la UNIDAD PLAN BELGRANO de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS, con rango y jerarquía de Subsecretario)
(Nota Infoleg: por art. 3° del Decreto 760/2017B.O.
29/09/2017 se suprime el cargo Extraescalafonario de Coordinador de
Desarrollo Humano, dependiente de la UNIDAD PLAN BELGRANO de la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, con rango y jerarquía de
Subsecretario)
Art. 4° — Créanse los cargos
Extraescalafonarios de SUBCOORDINADOR DEL NOROESTE y de SUBCOORDINADOR
DEL NORESTE ambos dependientes de la UNIDAD PLAN BELGRANO de la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, con rango de Director Nacional y con
una remuneración equivalente al Nivel A, Grado 0, Función Ejecutiva
Nivel I del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del
Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), homologado por el Decreto
N° 2098/08 y modificatorios, y cuyas funciones se detallan en la
Planilla Anexa al presente artículo, que forma parte integrante del
presente decreto.
(Nota Infoleg: por art. 2° del Decreto 760/2017B.O.
29/09/2017 se suprimen los cargos extraescalafonarios de Subcoordinador
del Noroeste y de Subcoordinador del Noreste, dependientes de la UNIDAD
PLAN BELGRANO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS)
Art. 5° — Incorporanse con
carácter de excepción, los cargos citados en el artículo 3° de la
presente medida, en los artículos 1°, 2° y 3°, así como en el inciso c)
de la Planilla Anexa al artículo 1° de la Decisión Administrativa N°
477 del 16 de septiembre de 1998 y sus modificatorias.
Art. 6° — El gasto que demande
el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a los
créditos de las partidas específicas del presupuesto vigente para el
corriente ejercicio de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS.
Art. 7° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — MACRI. — Marcos Peña.
Planilla Anexa al Artículo 1°
PRESUPUESTO 2016
RECURSOS HUMANOS
JURISDICCION 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
PROGRAMA: 48 - ACCIONES DE LA UNIDAD PLAN BELGRANO
CARGO O CATEGORIA |
CANTIDAD DE CARGOS |
PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP) |
|
|
|
C |
-6 |
Subtotal |
-6 |
|
|
FUNCIONARIOS FUERA DE NIVEL |
|
COORDINADOR DE DESARROLLO HUMANO |
+1 |
|
|
COORDINADOR DE INFRAESTRUCTURA |
+1 |
|
|
COORDINADOR DE DESARROLLO ECONOMICO Y EMPLEO |
+1 |
|
|
COORDINADOR DE RELACIONES INSTITUCIONALES, ADMINISTRACION Y COMUNICACIÓN |
+1 |
SUBCOORDINADOR DEL NOROESTE |
+1 |
SUBCOORDINADOR DEL NORESTE |
+1 |
|
|
Subtotal |
+6 |
|
|
TOTAL PROGRAMA |
0 |
Planilla Anexa al artículo 3°
UNIDAD PLAN BELGRANO
COORDINADOR DE DESARROLLO HUMANO
FUNCIONES:
1. Asistir al Titular de la UNIDAD PLAN BELGRANO, en orden a sus
competencias, en lo concerniente a las políticas necesarias para la
creación de mejores condiciones de vida para los habitantes
comprendidos en el ámbito geográfico en que tiene jurisdicción la
UNIDAD.
2. Monitorear la aplicación de los programas relacionados con el
desarrollo humano ejecutados en el ámbito geográfico en que tiene
jurisdicción la UNIDAD PLAN BELGRANO y elaborar los informes y
diagnósticos correspondientes, en coordinación con las áreas del Estado
Nacional competentes en la materia.
COORDINADOR DE INFRAESTRUCTURA
FUNCIONES:
1. Asistir al Titular de la UNIDAD PLAN BELGRANO, en orden a sus
competencias, en lo concerniente a las políticas de obras públicas,
urbanismo, vivienda y prestación de servicios públicos en el ámbito
geográfico en que tiene jurisdicción la UNIDAD PLAN BELGRANO en
coordinación con las áreas competentes del Estado Nacional.
2. Asistir al Titular de la UNIDAD PLAN BELGRANO, en orden a sus
competencias, en todo lo concerniente a la coordinación de políticas de
transporte de pasajeros y de bienes y servicios, por vía terrestre o
ferroviaria; aérea y fluvial en el ámbito geográfico en que tiene
jurisdicción la citada UNIDAD en coordinación con las áreas competentes
del Estado Nacional.
3. Monitorear la aplicación de los programas relacionados con las
políticas de transporte de pasajeros y de bienes y servicios, por vía
terrestre o ferroviaria; aérea y fluvial, ejecutadas en el ámbito
geográfico en que tiene jurisdicción la UNIDAD PLAN BELGRANO y elaborar
los informes y diagnósticos correspondientes, en coordinación con las
áreas del Estado Nacional competentes en la materia.
COORDINADOR DE DESARROLLO ECONÓMICO Y EMPLEO
FUNCIONES:
1. Asistir al Titular de la UNIDAD PLAN BELGRANO, en orden a sus
competencias, en lo concerniente a las políticas necesarias para
promover la modernización y competitividad de la estructura productiva
regional, la iniciativa privada, y la acción eficiente de los mercados,
el desarrollo de la innovación y la consolidación de la inserción
internacional en el ámbito geográfico en que tiene jurisdicción la
citada UNIDAD tendientes a lograr un crecimiento sostenido, sustentable
y con equidad en coordinación con las áreas competentes.
2. Asistir al Titular de la UNIDAD PLAN BELGRANO, en orden a sus
competencias, en lo concerniente a las políticas necesarias para
promover un mejor posicionamiento turístico de la región; procurando
mejorar la calidad, diversidad y cantidad de la oferta, en coordinación
con las áreas competentes.
3. Asistir al Titular de la Unidad Plan Belgrano, en orden a sus
competencias, en lo concerniente a las políticas necesarias para
promover el empleo y mejores condiciones laborales para los habitantes
comprendidos.
4. Monitorear la aplicación de los programas relacionados con las
políticas anteriormente mencionadas, ejecutadas en el ámbito geográfico
en que tiene jurisdicción la UNIDAD PLAN BELGRANO y elaborar los
informes y diagnósticos correspondientes, en coordinación con las áreas
del Estado Nacional competentes en la materia.
COORDINADOR DE RELACIONES INSTITUCIONALES, ADMINISTRACIÓN Y COMUNICACIÓN
FUNCIONES:
1. Asistir al Titular de la UNIDAD PLAN BELGRANO en la coordinación del
desarrollo de las actividades técnicas y administrativas de la UNIDAD
PLAN BELGRANO.
2. Coordinar el despacho, seguimiento y archivo de la documentación administrativa.
3. Asistir al Titular de la UNIDAD PLAN BELGRANO en la coordinación
interinstitucional con otros organismos del Estado, poderes y
jurisdicciones para el cumplimiento de sus objetivos.
4. Asistir en la comunicación de las políticas públicas desarrolladas y
aplicadas en el ámbito geográfico en que tiene jurisdicción la UNIDAD
PLAN BELGRANO.
5. Desarrollar mecanismos que permitan comunicar los avances de las
metas y los objetivos de la UNIDAD PLAN BELGRANO, en coordinación con
las áreas competentes.
Planilla Anexa al artículo 4°
UNIDAD PLAN BELGRANO
SUBCOORDINADOR DEL NOROESTE
FUNCIONES:
1. Asistir a los Coordinadores de Desarrollo Humano, de
Infraestructura, de Desarrollo Económico y Empleo y de Relaciones
Institucionales, Administración y Comunicación, en la implementación de
sus respectivas competencias, en el ámbito de las provincias de Jujuy,
Salta, Tucumán, Santiago del Estero, Catamarca y La Rioja.
2. Intervenir en la comunicación de las políticas públicas aplicadas en el ámbito geográfico de su actuación.
SUBCOORDINADOR DEL NORESTE
FUNCIONES:
1. Asistir a los Coordinadores de Desarrollo Humano, de
Infraestructura, de Desarrollo Económico y Empleo y de Relaciones
Institucionales, Administración y Comunicación, en la implementación de
sus respectivas competencias, en el ámbito de las provincias de
Formosa, Misiones, del Chaco y Corrientes.
2. Intervenir en la comunicación de las políticas públicas aplicadas en el ámbito geográfico de su actuación.