Resolución 3579/2015
Bs. As., 04/12/2015
VISTO la Ley N° 24.076 y su reglamentación aprobada por Decreto N°
1.738 del 18 de Setiembre de 1992 y el Expediente N° 26005/15 del
REGISTRO DEL ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS (ENARGAS), y;
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 27.008 (B.O. 18/11/14), aprobó el Presupuesto General de
la Administración Nacional para el Ejercicio 2015, que comprende el
presupuesto del ENARGAS.
Que, de acuerdo a la Decisión Administrativa N° 1/15 del Jefe de
Gabinete de Ministros (B.O. 19/01/15), se han distribuido los créditos
correspondientes al Ejercicio 2015, siendo los recursos por Tasa de
Fiscalización y Control para el presente ejercicio de PESOS
CUATROCIENTOS UN MILLONES CUATROCIENTOS DIECIOCHO MIL TRESCIENTOS
TREINTA ($ 401.418.330.-).
Que, de acuerdo a la Decisión Administrativa N° 1332/15, de fecha 01 de
Diciembre 2015, del Jefe de Gabinete de Ministros, se ha incrementado
el presupuesto del Enargas en PESOS VEINTITRES MILLONES SETECIENTOS MIL
TRESCIENTOS ($ 23.700.300.-), quedando, en consecuencia, asignado al
presente ejercicio un total de PESOS CUATROCIENTOS VEINTICINCO MILLONES
CIENTO DIECIOCHO MIL SEISCIENTOS TREINTA ($ 425.118.630.-).
Que, a fin de determinar la base de cálculo para este Saldo Final, se
cuenta con la información, suministrada por la Gerencia de Desempeño y
Economía del ENARGAS mediante los Informes GDyE N° 318/15, N° 383/15,
N° 319/15 y N° 384/15, correspondientes a altas y bajas de
Comercializdoras y a los ingresos brutos por la actividad regulada que
surge de los últimos Estados Contables presentados ante este Organismo,
de las Distribuidoras, Transportistas y Subdistribuidoras, presentados
ante esta Autoridad Regulatoria en cumplimiento de la Resolución
ENARGAS N° 1660/00 y concordantes y Resolución ENARGAS N° 163/95 y
concordantes.
Que, durante el ejercicio, se han efectuado cuatro pagos a cuenta de la
Tasa de acuerdo a las Resoluciones ENARGAS N° I-3183/15, N° I-3259/15,
N° I-3419/15 y N° I-3517/15.
Que, atento a que el primer y segundo anticipo fueron de PESOS CIEN
MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS OCHENTA Y TRES
($ 100.354.583.-) cada uno y el tercer y cuarto anticipos fueron de
PESOS CIEN MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS
OCHENTA Y DOS ($ 100.354.582.-) cada uno, para el cálculo de este saldo
final corresponde determinar PESOS VEINTITRES MILLONES SETECIENTOS MIL
TRESCIENTOS ($ 23.700.300.-) a los efectos de completar el CIEN
PORCIENTO (100%) del total a recaudar en concepto de Tasa de
Fiscalización y Control.
Que, se ha determinado el excedente acumulado al año 2014 en PESOS
CIENTO TREINTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y CUATRO ($ 139.884.-) y
conforme lo dispuesto en la reglamentación del artículo 63 de la Ley N°
24.076 reglamentada por Decreto 1738/92, corresponde su asignación al
presente ejercicio.
Que, este excedente presupuestario (Recaudado menos Devengado) es
descontado de acuerdo a la participación que cada sujeto tenía durante
el año 2014, o sea en el año en que se generó.
Que, esta Autoridad Regulatoria emite el presente Acto Administrativo,
en cumplimiento de la autorización de Recursos aprobada por la Ley
Nacional de Presupuesto correspondiente al presente ejercicio, Nro.
27.008, y con el objeto de financiar los gastos necesarios para el
desarrollo de las funciones y facultades que el Marco Regulatorio de la
Industria del Gas ha otorgado al ENARGAS, en orden de asegurar el
control del Servicio Público de Transporte y Distribución de Gas
Natural por Redes.
Que, el Servicio Jurídico Permanente del Ente Nacional Regulador del
Gas, ha tomado la intervención que le compete, en los términos del Art.
7° de la L.N.P.A.
Que, el ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS se encuentra facultado para el
dictado del presente acto en virtud de lo dispuesto por los Artículos
62 y 63 de la Ley N° 24.076 y su reglamentación, aprobada por el
Decreto N° 1.738/92 y las atribuciones conferidas por los Decretos N°
571/07, 1646/07, 953/08, 2138/08, 616/09, 1874/09, 1038/10, 1688/10,
692/11, 262/12, 946/12, 2686/12, 1524/13, 222/14, 2704/14 y 1392/15.
Por ello,
EL INTERVENTOR DEL ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Fijar el Saldo Final de la Tasa de Fiscalización y
Control para el año 2015 en la suma de PESOS CUATROCIENTOS VEINTICINCO
MILLONES CIENTO DIECIOCHO MIL SEISCIENTOS TREINTA ($ 425.118.630.-),
que será abonada según el detalle obrante como Anexo I de la presente
Resolución.
ARTÍCULO 2° — A la Tasa fijada en el Artículo 1° deberá descontársele,
la suma de PESOS CIENTO TREINTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y
CUATRO ($ 139.884.-), conforme se lo determina en el Anexo I, (Columna
Excedente 2014).
ARTÍCULO 3° — Al neto resultante, según lo previsto en el artículo
anterior, deberá descontársele los importes pagados a cuenta en
concepto de anticipo, por cada sujeto regulado de gas, de acuerdo a lo
dispuesto por las Resoluciones ENARGAS N° I-3183/15, N° I-3259/15, N°
I-3419/15 y N° I-3517/15 y/o los importes abonados por las
Subdistribuidoras a requerimiento del Organismo en cumplimiento de la
Resolución ENARGAS N° 35/93, según corresponda.
ARTÍCULO 4° — Establecer como fecha de vencimiento para el ingreso del presente Saldo Final, el 18 de Diciembre de 2015.
ARTÍCULO 5° — En los casos en que del Anexo I adjunto surja un importe
a favor de los sujetos regulados de gas, el mismo será aplicado al pago
de la tasa anual para el año 2016.
ARTÍCULO 6° — Comunicar, publicar, dar a la DIRECCION NACIONAL DE
REGISTRO OFICIAL y archivar. — Ing. ANTONIO LUIS PRONSATO, Interventor,
Ente Nacional Regulador del Gas.
ANEXO I
TASA DE FISCALIZACION Y CONTROL AÑO 2015 - SALDO FINAL
e. 07/03/2016 N° 11566/16 v. 07/03/2016