MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS

Decreto 442/2016

Decreto N° 357/2002. Modificación.

Bs. As., 07/03/2016

VISTO el Expediente N° S01:0016179/2016 del Registro del MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS, los Decretos Nros. 357 del 21 de febrero de 2002 y sus normas modificatorias y complementarias y 13 del 10 de diciembre de 2015 y sus normas modificatorias y complementarias, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto N° 357 del 21 de febrero de 2002 y sus normas modificatorias y complementarias se aprobó el Organigrama de Aplicación de la ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL centralizada hasta nivel de Subsecretaría, entre los cuales se encuentran los referidos al entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, para cumplir con las responsabilidades que le son propias, estableciendo, asimismo, sus competencias.

Que por el Decreto N° 13/15 y sus normas modificatorias y complementarias se sustituyeron, entre otros, los Artículos 1° y 20 de la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificaciones, dando la nueva denominación y competencias al MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS.

Que en función de las competencias asignadas al MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS, resulta necesario reordenar los objetivos de dicha área.

Que una de las premisas del Gobierno Nacional es lograr la utilización de los recursos públicos con miras a una mejora sustancial en la calidad de vida de los ciudadanos, focalizando su accionar en la producción de resultados que sean colectivamente compartidos y socialmente valorados.

Que ese reordenamiento requiere establecer una nueva conformación organizativa de los niveles políticos, basado en criterios de racionalidad y eficiencia que posibiliten una rápida respuesta a las demandas de la sociedad, dando lugar a estructuras dinámicas y adaptables a los cambios permanentes.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° — Sustitúyese del Anexo I al Artículo 1° del Decreto N° 357 del 21 de febrero de 2002 y sus normas modificatorias y complementarias —Organigrama de Aplicación de la Administración Pública Nacional centralizada— el Apartado XV, correspondiente al MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS, el que quedará redactado de conformidad con el detalle obrante en la Planilla Anexa al presente artículo, que forma parte integrante de este decreto.

Art. 2° — Sustitúyese del Anexo II al Artículo 2° del Decreto N° 357 del 21 de febrero de 2002 y sus normas modificatorias y complementarias —Objetivos— el Apartado XV, correspondiente al MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS, el que quedará redactado de conformidad con el detalle obrante en la Planilla Anexa al presente artículo, que forma parte integrante de la presente medida.

Art. 3° — Sustitúyese del Anexo III al Artículo 3° del Decreto N° 357 del 21 de febrero de 2002 y sus normas modificatorias y complementarias —Organismos Descentralizados— el Apartado XV, correspondiente al MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS, el que quedará redactado de conformidad con el detalle obrante en la Planilla Anexa al presente artículo, que forma parte integrante del presente decreto.

Art. 4° — Apruébase la conformación organizativa del MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS de acuerdo con el Organigrama, que como Anexo I forma parte integrante de la presente medida.

Art. 5° — Hasta tanto se concluya con la reestructuración de las áreas afectadas por la presente medida, se mantendrán vigentes las aperturas estructurales existentes con nivel inferior a las aprobadas en el presente decreto, las que transitoriamente mantendrán las responsabilidades primarias y dotaciones vigentes con sus respectivos niveles, grados de revista y funciones ejecutivas previstas en el Decreto N° 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios.

Art. 6° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a los créditos de las partidas de origen asignadas por el Presupuesto General de la Administración Nacional vigente, facultándose al señor Jefe de Gabinete de Ministros a realizar las modificaciones pertinentes.

Art. 7° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — MACRI. — Marcos Peña. — Alfonso de Prat Gay.

Planilla Anexa al Artículo 1°

XV.- MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS

- SECRETARÍA DE FINANZAS

- SUBSECRETARÍA DE FINANCIAMIENTO

- SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS REGULATORIOS FINANCIEROS

- SECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA

- SUBSECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN Y NORMALIZACIÓN PATRIMONIAL

- SUBSECRETARÍA LEGAL

- SUBSECRETARÍA DE RELACIONES INSTITUCIONALES

- SECRETARÍA DE POLÍTICA ECONÓMICA Y PLANIFICACIÓN DEL DESARROLLO

- SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO

- SUBSECRETARÍA DE PROGRAMACIÓN MACROECONÓMICA

- SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN ECONÓMICA

- SUBSECRETARÍA DE RELACIONES FINANCIERAS INTERNACIONALES

- SECRETARÍA DE HACIENDA

- SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO

- SUBSECRETARÍA DE INGRESOS PÚBLICOS

- SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN PROVINCIAL

Planilla Anexa al Artículo 2°

MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS

SECRETARÍA DE FINANZAS

OBJETIVOS:

1. Entender en el diseño de medidas orientadas al desarrollo de los servicios financieros.

2. Entender en la elaboración de propuestas que coordinen las normas involucradas en los distintos servicios financieros, en función de la realidad del mercado y las tendencias internacionales.

3. Entender en la ejecución de las políticas y medidas relativas a los aspectos crediticios de la política financiera y el endeudamiento externo e interno de la REPÚBLICA ARGENTINA, interviniendo en las negociaciones inherentes al tema con entes financieros, nacionales, extranjeros, públicos, privados y el FONDO MONETARIO INTERNACIONAL (FMI) y tomando a su cargo las relaciones con la comunidad financiera internacional y la coordinación de las representaciones en el exterior.

4. Coordinar la administración de la deuda pública y elaborar las proyecciones presupuestarias del endeudamiento público con la SECRETARÍA DE HACIENDA.

5. Establecer las políticas de administración de los activos financieros del ESTADO NACIONAL.

6. Participar en los aspectos financieros de los Fondos Fiduciarios en los que el ESTADO NACIONAL sea parte.

7. Dirigir y supervisar el Sistema de Crédito Público y ejercer con la SECRETARÍA DE HACIENDA las funciones de órgano responsable de la coordinación de los Sistemas de Administración Financiera del Sector Público Nacional.

8. Diseñar las acciones tendientes a la preservación del crédito público.

9. Intervenir en la definición de los requerimientos de financiamiento del Sector Público Nacional por los que se originen o puedan eventualmente originarse obligaciones de pago.

10. Coordinar las relaciones entre la COMISIÓN NACIONAL DE VALORES, la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN y el PODER EJECUTIVO NACIONAL.

11. Coordinar los aspectos administrativos de las relaciones del BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, el BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA y el BANCO HIPOTECARIO SOCIEDAD ANÓNIMA con el PODER EJECUTIVO NACIONAL.

12. Intervenir en la representación o representar, cuando corresponda, al MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS en los grupos intergubernamentales o foros de cooperación y consulta en temas relacionados con el Sistema Financiero Internacional.

13. Intervenir en las relaciones, negociaciones y representación del país con los organismos financieros internacionales de crédito de los que la Nación forma parte, en los aspectos que hacen a las políticas generales y particulares de dichos organismos y en los préstamos provenientes de los mismos.

MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS

SECRETARÍA DE FINANZAS

SUBSECRETARÍA DE FINANCIAMIENTO

OBJETIVOS:

1. Ejecutar las políticas relativas al desarrollo de los servicios financieros.

2. Asistir en la elaboración de propuestas que coordinen las normas involucradas en los distintos servicios financieros, en función a la realidad del mercado y las tendencias internacionales.

3. Entender en la elaboración de medidas que propicien la transparencia de los mercados financieros como así también la protección del consumidor en dicho ámbito.

4. Asistir en la coordinación de los aspectos administrativos de las relaciones del BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, el BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA y el BANCO HIPOTECARIO SOCIEDAD ANÓNIMA con el PODER EJECUTIVO NACIONAL.

5. Asistir en la coordinación de las relaciones entre la COMISIÓN NACIONAL DE VALORES, la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN y el PODER EJECUTIVO NACIONAL.

6. Participar en la formulación de los aspectos crediticios de la política financiera.

7. Asistir en el diseño y ejecución de políticas y medidas relativas al financiamiento externo e interno de la REPÚBLICA ARGENTINA, interviniendo en las negociaciones inherentes al tema con entes financieros nacionales, extranjeros, públicos y privados.

8. Asistir en la dirección y supervisión del Sistema de Crédito Público y en la ejecución de las funciones de órgano responsable de los Sistemas de Administración Financiera.

9. Establecer las estimaciones y proyecciones presupuestarias del servicio de la deuda pública y supervisar su cumplimiento.

10. Supervisar la organización de los sistemas de información sobre mercados de capitales y el registro del endeudamiento público.

11. Ejecutar las políticas de administración de los activos financieros del ESTADO NACIONAL y asistir en los aspectos financieros de los fondos fiduciarios en los que éste sea parte.

12. Asistir en las acciones orientadas a preservar el crédito público.

MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS

SECRETARÍA DE FINANZAS

SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS REGULATORIOS FINANCIEROS

OBJETIVOS:

1. Asistir en los aspectos técnico legales y regulatorios del desarrollo de los servicios financieros.

2. Asistir en los aspectos técnico legales y regulatorios de propuestas que hagan a la coordinación de los distintos servicios financieros.

3. Entender en los aspectos técnico legales y regulatorios de políticas de transparencia de los mercados financieros como así también de la protección del consumidor en dicho ámbito.

4. Asistir en la coordinación de los aspectos técnico legales y regulatorios de las relaciones del BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, el BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA y el BANCO HIPOTECARIO SOCIEDAD ANÓNIMA con el PODER EJECUTIVO NACIONAL.

5. Asistir en la elaboración de la normativa aplicable a los mercados de capitales y de seguros y en los aspectos técnico legales de la coordinación entre la COMISIÓN NACIONAL DE VALORES, la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN y el PODER EJECUTIVO NACIONAL.

6. Asistir en la formulación de los aspectos técnico legales y regulatorios de la política financiera.

7. Asistir en el diseño y ejecución de normas técnico legales relativas al financiamiento externo e interno de la REPÚBLICA ARGENTINA, interviniendo en las negociaciones inherentes al tema con entes financieros nacionales, extranjeros, públicos y privados, y con inversores privados.

8. Asistir en los aspectos técnico legales del Sistema de Crédito Público y en la ejecución de las funciones de órgano responsable de los Sistemas de Administración Financiera.

9. Asistir en los aspectos técnico legales relacionados con las estimaciones y proyecciones presupuestarias del servicio de la deuda pública.

10. Asistir en los aspectos técnico legales en la ejecución de las políticas de administración de los activos financieros del ESTADO NACIONAL y en los fondos fiduciarios en los que éste sea parte.

11. Asistir en los aspectos técnico legales en las acciones orientadas a preservar y normalizar, cuando ello sea necesario, el crédito público.

12. Asistir en los aspectos técnico legales y regulatorios de la definición de los requerimientos de financiamiento del Sector Público Nacional por los que se originen o puedan eventualmente originarse obligaciones de pago.

MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS

SECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA

OBJETIVOS:

1. Dirigir y coordinar el desarrollo de las actividades de apoyo legal, técnico y administrativo de la jurisdicción ministerial.

2. Intervenir en la elaboración de los proyectos de leyes, decretos, decisiones administrativas y resoluciones vinculadas con las actividades sustantivas del área de su competencia.

3. Coordinar el diseño y aplicación de políticas administrativas, presupuestarias y financieras de la jurisdicción.

4. Coordinar la política de recursos humanos, organización, sistemas administrativos e informáticos, de despacho, seguimiento y archivo de la documentación administrativa y sumarios administrativos disciplinarios.

5. Coordinar la ejecución de las políticas inherentes al sostenimiento de las relaciones institucionales del área de su competencia, tanto con las diversas áreas de la Administración Pública Nacional, el HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN y el PODER JUDICIAL DE LA NACIÓN, como con los diferentes sectores del ámbito público y privado.

6. Coordinar la aplicación de las medidas de normalización patrimonial del Sector Público Nacional.

7. Entender en la aplicación de los programas tendientes a la administración y liquidación de los bienes, derechos y obligaciones remanentes de las empresas o entidades que hayan sido privatizadas, disueltas o que dejen de operar por cualquier causa.

8. Coordinar la dirección y la unificación de la representación de todos los organismos y empresas del ámbito del MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS, cuando correspondiere, en los procedimientos regidos por la Ley N° 24.522, incluyendo los procesos de saneamiento de los pasivos del Sector Privado de los que resulte acreedor el Sector Público.

9. Coordinar lo vinculado a los procesos de reconversión empresaria y el saneamiento de sus pasivos respecto del ESTADO NACIONAL, en lo que es materia de su competencia.

10. Entender en todo lo relativo a los Programas de Propiedad Participada que se desarrollen en el ámbito del MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS.

MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS

SECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA

SUBSECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN Y NORMALIZACIÓN PATRIMONIAL

OBJETIVOS:

1. Asistir en el diseño de la política presupuestaria de la jurisdicción y en la evaluación de su cumplimiento.

2. Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías programáticas, en la formulación y programación de la ejecución presupuestaria y en las modificaciones que se proyecten durante el ejercicio financiero.

3. Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías programáticas efectuando los trámites administrativos necesarios para la obtención de los recursos humanos, materiales, equipamientos tecnológicos y de todo otro insumo necesario para el cumplimiento de los objetivos y metas previstos.

4. Efectuar la coordinación administrativa de las áreas a las que presta servicio y de las entidades descentralizadas dependientes así como la planificación de las actividades de administración.

5. Coordinar la aplicación de la política de recursos humanos, organización y sistemas administrativos e informáticos.

6. Entender en la administración de los espacios físicos de la jurisdicción ministerial.

7. Coordinar las actividades prejudiciales tendientes al recupero del crédito a favor del Tesoro Nacional.

8. Coordinar la aplicación de los programas tendientes a la administración y liquidación de los bienes, derechos y obligaciones remanentes de las empresas o entidades que hayan sido privatizadas, disueltas o que dejen de operar por cualquier causa.

9. Coordinar la aplicación del régimen de compensación de créditos y deuda entre el Sector Público Nacional y el Sector Privado, en el marco de las normas vigentes.

10. Asistir en la dirección y la unificación de la representación de todos los organismos y empresas del ámbito del MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS, cuando correspondiere, en los procedimientos regidos por la Ley N° 24.522, incluyendo los procesos de saneamiento de los pasivos del Sector Privado de los que resulte acreedor el Sector Público Nacional.

11. Proponer las acciones vinculadas a los procesos de reconversión empresaria y el saneamiento de sus pasivos respecto del ESTADO NACIONAL, en lo que es materia de su competencia.

12. Coordinar la implementación y la ejecución de los Programas de Propiedad Participada que se desarrollen en el ámbito del MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS.

MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS

SECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA

SUBSECRETARÍA LEGAL

OBJETIVOS:

1. Coordinar el servicio jurídico, intervenir en los proyectos de leyes, decretos, decisiones administrativas o resoluciones que introduzcan o modifiquen normas vinculadas con la jurisdicción ministerial y supervisar el accionar de los servicios jurídicos pertenecientes a los organismos descentralizados.

2. Ordenar la instrucción de los sumarios administrativo-disciplinarios.

3. Coordinar el despacho, seguimiento y archivo de la documentación administrativa determinando para cada trámite las unidades con responsabilidad primaria para entender en el tema respectivo.

MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS

SECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA

SUBSECRETARÍA DE RELACIONES INSTITUCIONALES

OBJETIVOS:

1. Asistir al SECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA en los aspectos relativos a las relaciones institucionales de la Jurisdicción con el HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN, el PODER JUDICIAL DE LA NACIÓN, cámaras empresariales y organizaciones no gubernamentales.

2. Actuar como unidad de enlace y coordinación administrativa y técnica con el PODER LEGISLATIVO NACIONAL.

3. Coordinar las acciones que posibiliten el acceso a la información pública y el control ciudadano mediante el suministro de información sobre el estado de tramitación de expedientes y Proyectos de Leyes, Decretos, Decisiones Administrativas, Resoluciones y Disposiciones.

4. Asesorar a la SECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA en la elaboración de mecanismos de fortalecimiento institucional.

5. Asistir en el diseño de proyectos especiales que viabilicen la ejecución de políticas institucionales en el ámbito de su competencia.

6. Coordinar el Centro de Documentación e Información.

7. Supervisar la recuperación y conservación del patrimonio cultural de la jurisdicción ministerial.

MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS

SECRETARÍA DE POLÍTICA ECONÓMICA Y PLANIFICACIÓN DEL DESARROLLO

OBJETIVOS:

1. Coordinar el diseño, elaboración y propuesta de los lineamientos estratégicos para la programación de la política económica y la planificación del desarrollo.

2. Coordinar el desarrollo e instrumentación de los mecanismos institucionales que aseguren la sistematicidad, coherencia, unidad y organicidad en la toma de decisiones de las diferentes áreas de la jurisdicción ministerial, en lo que es materia de su competencia.

3. Efectuar la evaluación del impacto económico del cumplimiento de las políticas, planes y programas ejecutados en el ámbito de su competencia, desarrollando criterios e indicadores que permitan un adecuado control estratégico sobre su efectiva instrumentación.

4. Articular las relaciones que desde el MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS se establezcan con otras jurisdicciones del Gobierno Nacional, para establecer la coherencia y fortalecimiento de los lineamientos estratégicos de la política económica.

5. Entender en la determinación de los objetivos de política económica y elaborar las pautas que orienten al esquema de reestructuración y negociación de los contratos suscritos por el Sector Público Nacional en el ámbito de su competencia.

6. Ejercer la representación en los grupos y comisiones de trabajo en el ámbito del MERCADO COMÚN DEL SUR (MERCOSUR) y otros espacios económicos integrados, en los temas vinculados con su competencia específica.

7. Coordinar el seguimiento sistemático de la coyuntura local y mundial y publicar indicadores e informes periódicos que permitan evaluar el desempeño de la economía.

8. Programar y coordinar la realización de diagnósticos y seguimiento de los niveles de vida y de pobreza de la población.

9. Realizar diagnósticos sobre el empleo y la distribución del ingreso.

10. Evaluar el impacto sobre la economía local de los cambios en el contexto internacional.

11. Entender en la elaboración de pautas macroeconómicas que sirvan de base para la programación fiscal en el marco de la política económica vigente.

12. Entender en la elaboración y propuesta de criterios para la fijación de prioridades en materia de recursos y erogaciones fiscales, todo ello, desde el punto de vista de la finalidad e impacto económico de los mismos.

13. Entender en la programación regional y sectorial de la política económica nacional, coordinando su accionar con las jurisdicciones involucradas.

14. Diseñar programas de capacitación y asistencia técnica orientados a organismos ejecutores de nivel nacional, provincial, municipal y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el ámbito de su competencia.

15. Coordinar con las jurisdicciones del ESTADO NACIONAL con competencia en la materia las acciones a fin de establecer los lineamientos para el desarrollo de largo plazo.

16. Coordinar la gestión de los directores que representan al ESTADO NACIONAL en las empresas con participación estatal.

17. Coordinar la elaboración, propuesta y seguimiento de estrategias y políticas tendientes a promover el crecimiento económico con inclusión social.

18. Entender, con intervención de la SECRETARÍA DE FINANZAS, en todo lo vinculado con las relaciones y negociaciones con los organismos financieros internacionales de crédito, bilaterales y multilaterales, para el desarrollo, actualización y mantenimiento de los sistemas de información destinados a optimizar la ejecución de los programas con dichos organismos.

19. Coordinar, con intervención de la SECRETARÍA DE FINANZAS, la participación del MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS, en los foros financieros internacionales y el accionar de los representantes de la REPÚBLICA ARGENTINA en foros y organismos internacionales de crédito.

MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS

SECRETARÍA DE POLÍTICA ECONÓMICA Y PLANIFICACIÓN DEL DESARROLLO

SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO

OBJETIVOS:

1. Diseñar y proponer políticas económicas para el desarrollo nacional, que tengan como ejes la producción, el empleo y un mayor equilibrio regional.

2. Diseñar las estrategias e instrumentos necesarios para la implementación y el seguimiento de las políticas económicas tendientes a promover la diversificación y el fortalecimiento de la matriz productiva.

3. Diseñar las estrategias e instrumentos necesarios para la implementación y el seguimiento de las políticas económicas, productivas y el impacto en la innovación y en cadenas de valor.

4. Proponer la integración de políticas de desarrollo humano con políticas macro, meso y microeconómicas de acceso al mercado laboral y a los ingresos.

MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS

SECRETARÍA DE POLÍTICA ECONÓMICA Y PLANIFICACIÓN DEL DESARROLLO

SUBSECRETARÍA DE PROGRAMACIÓN MACROECONÓMICA

OBJETIVOS:

1. Programar, coordinar y dirigir las tareas tendientes al seguimiento de la economía nacional e internacional.

2. Coordinar la elaboración e implementación de modelos de programación macroeconómica y efectuar el análisis de consistencia de las políticas macroeconómicas.

3. Dirigir el seguimiento sistemático de la coyuntura económica y la elaboración de indicadores e informes periódicos que permitan evaluar el desempeño de la economía.

4. Asistir en la elaboración y propuesta de pautas macroeconómicas que sirvan de base para la programación fiscal en el marco de la política económica vigente.

5. Efectuar el seguimiento de las pautas de programación fiscal nacional vigentes evaluando su impacto sobre la economía real.

6. Elaborar y proponer pautas de programación fiscal a mediano y largo plazo basadas en experiencias internacionales y/o en acuerdos de coordinación de políticas macroeconómicas.

7. Asistir a la SECRETARÍA DE POLÍTICA ECONÓMICA Y PLANIFICACIÓN DEL DESARROLLO en la determinación de los objetivos y pautas generales de la política económica.

8. Efectuar el seguimiento y diagnóstico de los niveles de empleo, pobreza e indigencia y de distribución del ingreso, y proponer vías de acción para su mejoramiento.

9. Participar en los análisis de evaluación del impacto sobre la economía nacional de los cambios en el contexto internacional.

10. Asistir a la SECRETARÍA DE POLÍTICA ECONÓMICA Y PLANIFICACIÓN DEL DESARROLLO en la elaboración y propuesta de criterios para la fijación de prioridades en materia de recursos y erogaciones fiscales desde el punto de vista de su finalidad e impacto económico.

11. Dirigir el seguimiento sistemático de las distintas cuentas del Balance de Pagos y proponer las medidas tendientes a fortalecer el desempeño del sector externo.

12. Asistir en la representación a la SECRETARÍA DE POLÍTICA ECONÓMICA Y PLANIFICACIÓN DEL DESARROLLO y al MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS, en los grupos y comisiones de trabajo en el marco del MERCADO COMÚN DEL SUR (MERCOSUR) y otros espacios económicos integrados, en los temas vinculados con su competencia específica.

13. Asistir en la coordinación del diseño de estrategias y políticas tendientes a promover el crecimiento económico con inclusión social.

MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS

SECRETARÍA DE POLÍTICA ECONÓMICA Y PLANIFICACIÓN DEL DESARROLLO

SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN ECONÓMICA

OBJETIVOS:

1. Diseñar y proponer una planificación económica de mediano y largo plazo, aplicada a la implementación y el seguimiento de las políticas que promuevan las dinámicas a nivel sectorial y regional.

2. Realizar el análisis y el seguimiento de la dinámica económica a nivel sectorial y regional, y proponer vías de acción en base a los lineamientos estratégicos de planificación económica.

3. Proponer y formular, en coordinación con las distintas jurisdicciones involucradas, planes estratégicos de planificación sectorial y regional.

4. Efectuar el seguimiento y análisis de la información estadística relevante a nivel sectorial y regional.

MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS

SECRETARÍA DE POLÍTICA ECONÓMICA Y PLANIFICACIÓN DEL DESARROLLO

SUBSECRETARÍA DE RELACIONES FINANCIERAS INTERNACIONALES

OBJETIVOS:

1. Asistir en la coordinación de las representaciones financieras en el exterior, propiciando las medidas pertinentes en función de la dinámica de las relaciones financieras internacionales de la REPÚBLICA ARGENTINA.

2. Asistir en la coordinación del accionar de los representantes de la REPÚBLICA ARGENTINA en foros y organismos internacionales de crédito.

3. Asistir en la coordinación de la participación del MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS en los foros financieros internacionales.

4. Asistir en las relaciones y negociaciones financieras bilaterales, regionales y multilaterales.

MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS

SECRETARÍA DE HACIENDA

OBJETIVOS:

1. Dirigir y supervisar los sistemas de Presupuesto, Tesorería y Contabilidad, y ejercer con la SECRETARÍA DE FINANZAS, las funciones de Órgano Responsable de la Coordinación de los Sistemas de Administración Financiera del Sector Público Nacional.

2. Coordinar la aplicación de las políticas y la administración presupuestaria y financiera del gasto público nacional.

3. Entender en la definición de las necesidades de financiamiento del Sector Público Nacional, las provincias o sus organismos o empresas, por las que se originen, o puedan eventualmente originarse obligaciones de pago.

4. Entender en la constitución y funcionamiento de los fondos fiduciarios que comprometan bienes y/o aportes que se realicen a través de las Entidades y/o Jurisdicciones de la Administración Nacional.

5. Proponer la política salarial del Sector Público Nacional con participación de las áreas correspondientes de otras jurisdicciones con competencia en la materia.

6. Coordinar los aspectos contables entre el Gobierno Nacional, los Gobiernos Provinciales y el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

7. Intervenir en los procesos de Reforma y Transformación del Estado.

8. Coordinar lo vinculado con el registro de los bienes físicos del ESTADO NACIONAL.

9. Conducir todo lo vinculado a los aspectos fiscales, económicos y financieros y sus impactos sociales, en la relación entre el Gobierno Nacional, los Gobiernos Provinciales y el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

10. Proponer programas de asistencia a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para la atención de obras de infraestructura social, déficit financiero y servicio de la deuda.

11. Elaborar propuestas respecto al perfil de la deuda pública de las provincias y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con el ESTADO NACIONAL.

12. Intervenir en el otorgamiento de asistencia transitoria a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a través de anticipos a cuenta de las respectivas participaciones en los impuestos nacionales coparticipables.

13. Entender en el análisis y autorización del endeudamiento del Sector Público No Financiero, del Sector Público Provincial, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y Municipal.

14. Coordinar la instrumentación de un sistema de información fiscal y financiero del Sector Público Nacional, Provincial y Municipal.

15. Efectuar el seguimiento sistemático de la situación de la economía regional.

16. Instruir al Fondo Fiduciario para el Desarrollo Provincial creado por el Decreto N° 286 del 27 de febrero de 1995.

17. Entender en el diseño de un sistema impositivo aduanero y de los recursos de la seguridad social.

18. Entender en el diseño de regímenes de promoción económica con responsabilidad directa en los aspectos tributarios y en los fines extra-fiscales que se persigan a través de ellos.

19. Supervisar la negociación de acuerdos internacionales en materia impositiva y aduanera.

20. Efectuar el seguimiento sistemático de la recaudación y distribución de los recursos tributarios nacionales.

21. Intervenir en todo lo atinente a los organismos descentralizados del ámbito de su competencia.

22. Coordinar las relaciones entre la SOCIEDAD DEL ESTADO CASA DE MONEDA y el PODER EJECUTIVO NACIONAL.

MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS

SECRETARÍA DE HACIENDA

SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO

OBJETIVOS:

1. Coordinar las diversas etapas del proceso presupuestario de los organismos y entidades del Sector Público Nacional.

2. Coordinar el desarrollo y la aplicación del sistema de contabilidad gubernamental del Sector Público Nacional.

3. Coordinar el sistema de administración de fondos del Sector Público Nacional.

4. Coordinar la política salarial del Sector Público Nacional y la participación en el desarrollo de las negociaciones colectivas de trabajo del mismo.

5. Desarrollar y coordinar la utilización del Sistema Integrado de Información Financiera.

6. Asistir en la coordinación de los aspectos contables e informativos del Gobierno Nacional, los Gobiernos Provinciales y el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

7. Asistir a la SECRETARÍA DE HACIENDA en los procesos de Reforma y Transformación del Estado, en el ámbito de su competencia.

8. Organizar, dirigir y fiscalizar el registro de los bienes físicos del ESTADO NACIONAL.

MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS

SECRETARÍA DE HACIENDA

SUBSECRETARÍA DE INGRESOS PÚBLICOS

OBJETIVOS:

1. Coordinar el diseño de un sistema impositivo aduanero y de los recursos de la seguridad social, adecuado a las circunstancias de orden económico y social.

2. Verificar la correcta interpretación de las normas tributarias.

3. Asistir en el diseño de regímenes de promoción económica con responsabilidad directa en los aspectos tributarios y en los fines extra fiscales que se persigan a través de éstos.

4. Coordinar la negociación de acuerdos internacionales en materia impositiva y aduanera con el fin de armonizar la aplicación de las normas nacionales con las vigentes internacionalmente e intervenir en aquellos que traten recursos de la seguridad social.

5. Coordinar los aspectos impositivos aduaneros referidos a la armonización tributaria en procesos de integración regional.

6. Supervisar el accionar del TRIBUNAL FISCAL DE LA NACIÓN.

MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS

SECRETARÍA DE HACIENDA

SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN PROVINCIAL

OBJETIVOS:

1. Coordinar con las distintas dependencias del MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS los aspectos vinculados con la implementación de las políticas fiscales de los gobiernos provinciales y municipales.

2. Proponer al Secretario de Hacienda instrumentos de financiamiento apropiados para asistir a las Provincias en la implementación de programas fiscales, financieros y de apoyo al desarrollo económico para su aprobación.

3. Coordinar la instrumentación de un sistema de información de datos fiscales, financieros y económicos de las provincias y municipios.

4. Asistir al Secretario de Hacienda en la aprobación de las políticas fiscales, económicas y financieras entre el gobierno nacional y los sectores públicos provinciales y municipales, y diseñar y operar un sistema de información sobre la gestión de las provincias y municipios, que permita su integración a las cuentas nacionales.

5. Entender en lo atinente al examen y resolución de las cuestiones objeto de controversia en el campo económico, financiero y/o fiscal entre la Nación y las provincias.

6. Participar en lo atinente a opciones de cooperación y asistencia nacional e internacional, bilateral y multilateral, disponibles para las provincias, municipios y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en apoyo de sus políticas y acciones fiscales, económicas y financieras.

7. Participar con los organismos correspondientes en la instrumentación de lo vinculado con el régimen de coparticipación federal de impuestos.

8. Participar en el seguimiento y control de la aplicación de la normativa vigente en materia de coparticipación de impuestos o de regímenes especiales de transferencia de recursos nacionales a las provincias.

9. Proponer acciones de coordinación de las políticas de endeudamiento del Gobierno Nacional con relación a los Gobiernos Provinciales y Municipales y realizar el seguimiento de los niveles de endeudamiento de estos últimos.

Planilla Anexa al Artículo 3°

MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS

ORGANISMOS DE ADMINISTRACIÓN DESCENTRALIZADA Y DESCONCENTRADOS

- INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS

- ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

- SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN

- COMISIÓN NACIONAL DE VALORES

- TRIBUNAL FISCAL DE LA NACIÓN

- SOCIEDAD DEL ESTADO CASA DE MONEDA

- BANCO HIPOTECARIO SOCIEDAD ANÓNIMA

- BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA

- BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

ANEXO I