MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA
SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA
SUBSECRETARÍA DE PESCA Y ACUICULTURA
Disposición 1/2016
Bs. As., 03/03/2016
VISTO el Expediente N° S05:0075749/2015 del Registro del ex-MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución N° 1 de fecha 24 de enero de 2013 del
CONSEJO FEDERAL PESQUERO se resolvió dejar sin efecto las Resoluciones
Nros. 10 de fecha 27 de mayo de 2009, 24 de fecha 12 de noviembre de
2009, 10 de fecha 25 de agosto de 2011, 11 de fecha 9 de agosto de 2012
y 19 de fecha 25 de octubre de 2012, todas del CONSEJO FEDERAL PESQUERO.
Que por la citada Resolución N° 1/13 se aprobó el texto ordenado y
corregido del Régimen General de Cuotas Individuales Transferibles de
Captura (CITC).
Que mediante la Resolución N° 23 de fecha 12 de noviembre de 2009 de
dicho Consejo, se estableció el régimen específico de Cuotas
Individuales Transferibles de Captura (CITC) de la especie merluza
común (Merluccius hubbsi) para el stock Sur del Paralelo 41° de Latitud
Sur.
Que por el Artículo 12 de la citada Resolución N° 23/09 se previó que
la Autoridad de Aplicación, a través de la Dirección Nacional de
Coordinación Pesquera de la SUBSECRETARÍA DE PESCA Y ACUICULTURA
dependiente de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del
ex-MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA calcule anualmente los
volúmenes de cada Cuota Individual Transferible de Captura (CITC),
entre otros, sobre la base de la Captura Máxima Permisible.
Que mediante la Resolución N° 29 de fecha 16 de diciembre de 2009 del
CONSEJO FEDERAL PESQUERO se procedió a la asignación de las Cuotas
Individuales Transferibles de Captura (CITC) del Fondo de Reasignación
del stock Sur del Paralelo 41° de Latitud Sur de la citada especie y de
la Provisión Administrativa.
Que por la misma norma el mencionado Consejo ordenó a la Autoridad de
Aplicación efectuar el cálculo de la Cuota Individual Transferible de
Captura (CITC) para el efectivo Sur sumando las asignaciones contenidas
en su Anexo I a las contenidas en el Anexo I de la mencionada
Resolución N° 23/09.
Que a través de la Resolución N° 30 de fecha 16 de diciembre de 2009
del CONSEJO FEDERAL PESQUERO se procedió a la asignación de Cuotas
Individuales Transferibles de Captura (CITC), en forma parcial, de la
Reserva Social de la especie merluza común (Merluccius hubbsi),
conforme el máximo interés social determinado por la Provincia de
BUENOS AIRES.
Que por la misma norma se establecieron condiciones y obligaciones accesorias a las fijadas por la aludida Resolución N° 23/09.
Que asimismo, por la citada Resolución N° 30/09 se estableció que la
Autoridad de Aplicación efectuará el cálculo de la Cuota Individual
Transferible de Captura (CITC) sumando las asignaciones contenidas en
su Anexo I a las contenidas en el Anexo I de la aludida Resolución N°
23/09.
Que la Dirección Nacional de Coordinación Pesquera, a través de la
Disposición N° 1 de fecha 19 de enero de 2015 realizó la distribución
de la especie merluza negra (Dissostichus eleginoides) para el año 2015.
Que la Dirección Nacional de Coordinación Pesquera, a través de la
Disposición N° 2 de fecha 19 de enero de 2015 realizó la distribución
de las especies merluza común (Merluccius hubbsi), merluza de cola
(Macruronus magellanicus) y polaca (Micromesistius australis) para el
año 2015.
Que el CONSEJO FEDERAL PESQUERO, a través de la Resolución N° 13 de
fecha 3 de diciembre de 2015, ha establecido la Captura Máxima
Permisible para el año 2016 de la especie merluza común (Merluccius
hubbsi) en DOSCIENTOS NOVENTA MIL TONELADAS (290.000 t) para el
efectivo Sur del Paralelo 41° de Latitud Sur y TREINTA MIL TONELADAS
(30.000 t) para el efectivo Norte al Norte del Paralelo 41° de Latitud
Sur.
Que mediante el Artículo 2° de la Resolución N° 22 de fecha 12 de
noviembre de 2009 del CONSEJO FEDERAL PESQUERO se asignaron por el
término de QUINCE (15) años, Cuotas Individuales Transferibles de
Captura (CITC) para la especie merluza de cola (Macruronus
magellanicus) sobre el VEINTICINCO POR CIENTO (25%) de la Captura
Máxima Permisible (CMP) a los buques que registran historia de captura
de la especie mayor al TRES POR CIENTO (3%) del total de las capturas
de la misma especie en el período establecido en la Ley N° 24.922.
Que por el Artículo 3° de la Resolución N° 22/09 del mencionado
Consejo, se establecieron los porcentajes requeridos teniendo en cuenta
la historia de captura, mano de obra, producción e inversiones, como
así mismo se fijó el porcentaje de detracción por sanciones.
Que por el Artículo 13 de la citada Resolución 22/09 se estableció que
la Autoridad de Aplicación, a través de la referida Dirección Nacional
de Coordinación Pesquera, calcule anualmente, sobre la base de la
Captura Máxima Permisible, el volumen en toneladas de cada Cuota
Individual Transferible de Captura (CITC).
Que la Captura Máxima Permisible para la especie merluza de cola
(Macruronus magellanicus) ha sido fijada en CIENTO TREINTA MIL
TONELADAS (130.000 t) por el CONSEJO FEDERAL PESQUERO a través de la
referida Resolución N° 13/15.
Que mediante la Resolución N° 21 de fecha 12 de noviembre de 2009 del
CONSEJO FEDERAL PESQUERO se asignaron por el término de QUINCE (15)
años Cuotas Individuales Transferibles de Captura (CITC) para la
especie merluza negra (Dissostichus eleginoides) a los buques que
registran historia de captura de la especie mayor al UNO POR CIENTO
(1%) del total de las capturas de la misma especie en el período
establecido en la Ley N° 24.922.
Que el Artículo 8° de la citada Resolución N° 21/09 estableció que la
Autoridad de Aplicación, a través de la referida Dirección Nacional de
Coordinación Pesquera, calcule anualmente, sobre la base de la Captura
Máxima Permisible, el volumen de cada Cuota Individual Transferible de
Captura (CITC).
Que el CONSEJO FEDERAL PESQUERO mediante la Resolución N° 13 de fecha 3
de diciembre de 2015 ha fijado para el primer semestre del año 2016 la
Captura Máxima Permisible para la especie merluza negra (Dissostichus
eleginoides) en UN MIL OCHOCIENTAS CINCUENTA TONELADAS (1.850 t).
Que mediante la Resolución N° 1/13 del CONSEJO FEDERAL PESQUERO se
asignaron por el término de QUINCE (15) años, Cuotas Individuales
Transferibles de Captura (CITC) para la especie polaca (Micromesistius
australis) a los buques que registran historia de captura de la especie
mayor al UNO POR CIENTO (1%) del total de las capturas de la misma
especie en el período establecido en la Ley N° 24.922.
Que mediante el Artículo 3° de la citada Resolución N° 20/09, el
mencionado Consejo estableció los porcentajes requeridos teniendo en
cuenta la historia de captura, mano de obra, producción e inversiones y
fijó el porcentaje de detracción por sanciones.
Que por el Artículo 9° de la citada Resolución N° 20/09 se previó que
la Autoridad de Aplicación, a través de la referida Dirección Nacional
de Coordinación Pesquera, calcule anualmente, sobre la base de la
Captura Máxima Permisible, el volumen de cada Cuota Individual
Transferible de Captura (CITC).
Que la Captura Máxima Permisible para la especie polaca (Micromesistius
australis) ha sido fijada en TREINTA MIL TONELADAS (30.000 t) por el
CONSEJO FEDERAL PESQUERO a través de la aludida Resolución N° 13/15.
Que mediante la Resolución N° 20 de fecha 18 de diciembre de 2014 del
CONSEJO FEDERAL PESQUERO se asignaron por el término de QUINCE (15)
años, Cuotas Individuales Transferibles de Captura (CITC) para la
especie vieira patagónica (Zygochlamys patagonica) a los buques que
registran historia de captura de la especie mayor al DOS POR CIENTO
(2%) del total de las capturas de la misma especie en el período
establecido en la Ley N° 24.922.
Que mediante el Artículo 3° de la citada Resolución N° 20/14, el
mencionado Consejo estableció los porcentajes requeridos teniendo en
cuenta la historia de captura, mano de obra, producción e inversiones e
inexistencia de sanciones.
Que por el Artículo 9° de la citada Resolución N° 20/14 se previó que
la Autoridad de Aplicación, a través de la referida Dirección Nacional
de Coordinación Pesquera, calcule anualmente, sobre la base de la
Captura Máxima Permisible, el volumen de cada Cuota Individual
Transferible de Captura (CITC) asignada a cada buque por Unidad de
Manejo.
Que la Captura Máxima Permisible para la especie vieira patagónica
(Zygochlamys patagonica) ha sido fijada en DIECINUEVE MIL SETECIENTAS
CINCUENTA Y TRES TONELADAS (19.753 t) para la Unidad de Manejo B y SEIS
MIL DOSCIENTAS TREINTA Y NUEVE TONELADAS (6.239 t) para la Unidad de
Manejo E por el CONSEJO FEDERAL PESQUERO a través de la Resolución N°
10 de fecha 19 de noviembre de 2015.
Que la Captura Máxima Permisible para la especie vieira patagónica
(Zygochlamys patagonica) ha sido fijada en DOS MIL QUINIENTAS TONELADAS
(2.500 t) para la Unidad de Manejo A; DOS MIL QUINIENTAS TONELADAS
(2.500 t) para la Unidad de Manejo H, UN MIL TONELADAS (1.000 t) para
la Unidad de Manejo I, y UN MIL TONELADAS (1.000 t) para la Unidad de
Manejo J, por el CONSEJO FEDERAL PESQUERO a través de la Resolución N°
14 de fecha 9 de diciembre de 2015.
Que el CONSEJO FEDERAL PESQUERO ha establecido por unanimidad instruir
a la Autoridad de Aplicación para que aplique el régimen de extinción
por falta de explotación o transferencias temporarias de conformidad
con el citado Régimen General previsto en la referida Resolución N°
1/13 y los Regímenes específicos detallados en las citadas Resoluciones
Nros. 20/09; 21/09; 22/09 y 23/09, todas de fecha 12 de noviembre de
2009, Resolución N° 2 de fecha 7 de marzo de 2013 y Resolución N° 20 de
fecha 18 de diciembre de 2014 y su modificatoria, todas del CONSEJO
FEDERAL PESQUERO, a las Cuotas Individuales Transferibles de Captura
(CITC) que han incurrido en las causas de extinción allí previstas.
Que el CONSEJO FEDERAL PESQUERO mediante Nota CFP N° 416, cuya copia se
encuentra agregada al expediente citado en el Visto a fojas 116,
detalló los buques, a los cuales se les aplicó el Régimen de Extinción
de CITC citado en el considerando que antecede, indicando especie y
CITC extinguida.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades
establecidas por la Ley N° 24.922 y sus modificatorias, el Decreto N°
357 de fecha 21 de febrero de 2002 y sus modificatorios y
complementarios y las Resoluciones Nros. 20, 21, 22 y 23 todas de fecha
12 de noviembre de 2009, 30 de fecha 16 de diciembre de 2009 y 20 de
fecha 18 de diciembre de 2014 todas del CONSEJO FEDERAL PESQUERO.
Por ello,
EL SUBSECRETARIO DE PESCA Y ACUICULTURA
DISPONE:
ARTÍCULO 1° — Determínanse los volúmenes en toneladas de cada Cuota
Individual Transferible de Captura (CITC) de la especie merluza común
(Merluccius hubbsi) correspondientes al año 2016 conforme lo dispuesto
por las Resoluciones Nros. 23 de fecha 12 de noviembre de 2009, 29 y 30
ambas de fecha 16 de diciembre de 2009, y 13 de fecha 3 de diciembre de
2015, todas ellas del CONSEJO FEDERAL PESQUERO, por las cantidades
especificadas en cada caso, para los buques que se detallan en el Anexo
I que forma parte integrante de la presente disposición.
ARTÍCULO 2° — Determínanse los volúmenes en toneladas de cada Cuota
Individual Transferible de Captura de la especie merluza de cola
(Macruronus magellanicus) correspondientes al año 2016, conforme lo
dispuesto por la Resolución N° 22 de fecha 12 de noviembre de 2009 y 13
de fecha 3 de diciembre de 2015, ambas del CONSEJO FEDERAL PESQUERO,
por las cantidades especificadas en cada caso para los buques que se
detallan en el Anexo II que integra la presente disposición.
ARTÍCULO 3° — Determínanse los volúmenes en toneladas de cada Cuota
Individual Transferible de Captura de la especie merluza negra
(Dissostichus eleginoides) correspondientes al año 2016, conforme lo
dispuesto por las Resoluciones Nros. 21 de fecha 12 de noviembre de
2009 y 13 de fecha 3 de diciembre de 2015, ambas del CONSEJO FEDERAL
PESQUERO, por las cantidades especificadas en cada caso para los buques
que se detallan en el Anexo III que forma parte integrante de la
presente disposición.
ARTÍCULO 4° — Determínanse los volúmenes en toneladas de cada Cuota
Individual Transferible de Captura de la especie polaca (Micromesistius
australis) correspondientes al año 2016, conforme lo dispuesto por la
Resolución N° 20 de fecha 12 de noviembre de 2009 y 13 de fecha 3 de
diciembre de 2015, ambas del CONSEJO FEDERAL PESQUERO, por las
cantidades especificadas en cada caso para los buques que se detallan
en el Anexo IV que forma parte integrante de la presente disposición.
ARTÍCULO 5° — Determínanse los volúmenes en toneladas de cada Cuota
Individual Transferible de Captura de la especie vieira patagónica
(Zygochlamys patagónica) correspondientes al año 2016, conforme lo
dispuesto por las Resoluciones Nros. 20 de fecha 18 de diciembre de
2014, 10 de fecha 19 de noviembre de 2015 y 14 de fecha 9 de diciembre
de 2015, todas del CONSEJO FEDERAL PESQUERO, por las cantidades
especificadas en cada caso para los buques que se detallan en el Anexo
V que forma parte integrante de la presente disposición.
ARTÍCULO 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Lic. TOMÁS MARTÍN GERPE, Subsecretario
de Pesca y Acuicultura, Ministerio de Agroindustria.
ANEXO I
Especie Merluza Común (Merluccius hubbsi)
ANEXO II
Especie MERLUZA DE COLA (Macruronus magellanicus)
ANEXO III
Especie Merluza Negra (Dissostichus eleginoides)
Primer semestre
ANEXO IV
Especie Polaca (Micromesistius australis)
ANEXO V
Especie Vieira Patagónica (Zygochlamys patagonica)
e. 09/03/2016 N° 12284/16 v. 09/03/2016