INSTITUTO NACIONAL DE LA MÚSICA
Resolución 12/2016
Bs. As., 08/03/2016
VISTO el Expediente N° 3/16/INAMU, la Ley N° 26.801, la Resolución N°
8/15/INAMU por la cual se aprobó el Estatuto Provisorio del INSTITUTO
NACIONAL DE LA MÚSICA, y la Resolución 4/16 INAMU y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 26801 se crea el INSTITUTO NACIONAL DE LA MÚSICA.
Que en el Artículo 10 de la Ley N° 26801 establece la conformación y funcionamiento de la Asamblea Federal.
Que en el Artículo 11 del ordenamiento recién citado establece que las
funciones de la Asamblea Federal son: 1) Aprobar el Estatuto y
Reglamento Interno elaborados por el Directorio, 2) Aprobar el Plan
Anual de Acción y Presupuesto General del INAMU, elaborados por el
Directorio 3) Designar cada dos (2) años a seis (6) miembros para
integrar el Comité Representativo, uno por cada región cultural, los
cuales deberán ser personalidades relevantes del ámbito de la música;
4) Aprobar o rechazar, a propuesta del Directorio, la creación de las
sedes provinciales.
Que mediante la Resolución N° 8/15/INAMU, se aprobó el Estatuto
provisorio del INSTITUTO NACIONAL DE LA MÚSICA, ente público no estatal
en el ámbito del MINISTERIO DE CULTURA DE LA NACIÓN, el cual estará
vigente hasta tanto la Asamblea Federal apruebe el Estatuto Definitivo.
Que del Artículo 9 del Estatuto Provisorio surge que es la Asamblea Federal el órgano que deberá aprobar el mismo.
Que mediante Resolución N° 4/16/INAMU se convocó a los integrantes de
la Asamblea Federal para dar cumplimiento con lo previsto en la Ley
26801 para el día 18 de Marzo del corriente año.
Que luego, este Directorio tomó conocimiento que el Instituto Nacional
de Cine y Artes Audiovisuales llevará a cabo su propia Asamblea Federal
el día 22 de Marzo en la Ciudad de Mendoza.
Que por razones de optimización de tiempo y economía de los
representantes de la cultura convocados, la Asamblea Federal del
Instituto Nacional de la Música concurrirá con la Asamblea Federal del
Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales.
Que en este orden de ideas, la Asamblea oportunamente convocada para el
día 18 de Marzo se deja sin efecto, para trasladarse al día 22 de Marzo
a la Ciudad de Mendoza.
Que la facultad para el dictado de la presente Resolución surge de la
Ley N° 26801 y del artículo 3 incisos 3 y 6) del Anexo I del Estatuto
aprobado por la Resolución N° 8/15/INAMU.
Que se debe dictar resolución al respecto.
Por ello,
EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE LA MUSICA
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Déjese sin efecto la convocatoria a la Asamblea Federal
del día viernes 18 de Marzo en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
ARTICULO 2° — Infórmese que la Asamblea se llevará a cabo el día martes 22 de marzo en Guaymallén, Ciudad de Mendoza.
ARTICULO 3° — Hágase saber que el orden del día será: 1) Aprobar el
Estatuto provisorio elaborado por el Directorio, 2) Aprobar el Plan
Anual de Acción y Presupuesto General del INAMU de los años 2015 y
2016, 3) Aprobar la designación de los miembros del Comité
Representativo, 4) Aprobar o rechazar la propuesta por parte del
Directorio respecto a la creación de las sedes provinciales.
ARTICULO 4° — Regístrese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — DIEGO BORIS MACCIOCCO, Presidente,
Instituto Nacional de la Música. — CELSA MEL GOWLAND, Vicepresidente,
Instituto Nacional de la Música.
e. 10/03/2016 N° 13290/16 v. 10/03/2016