MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN
Resolución 11/2016
Bs. As., 07/03/2016
VISTO el Expediente CUDAP:EXP-JGM:0005500/2016 del registro del
MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, la Ley de Ministerios (T.O. por Decreto
438/1992), el Decreto N° 117 del 12 de enero de 2016, y
CONSIDERANDO:
Que el Decreto N° 117 del 12 de enero de 2016 implementa el PLAN DE
APERTURA DE DATOS, el cual establece que los datos públicos deben ser
publicados en forma proactiva, completa y oportuna, en y por los
canales, medios, formatos y bajo licencias que mejor faciliten su
ubicación, acceso, procesamiento, uso, reutilización y redistribución.
Que, asimismo, el Decreto mencionado en el Considerando anterior,
contempla un cronograma de publicación gradual de todos los datos
producidos, almacenados o recopilados en medios digitales, cuya
publicidad no se encuentre excluida por normas específicas.
Que desde el año 2012, la REPÚBLICA ARGENTINA forma parte de la ALIANZA
PARA EL GOBIERNO ABIERTO, iniciativa internacional multilateral que
tiene como objetivo mejorar los niveles de participación ciudadana,
transparencia y rendición de cuentas, aprovechando las nuevas
tecnologías para fortalecer la gobernabilidad mediante la adopción de
compromisos nacionales como los de apertura de datos, lucha contra la
corrupción y promoción de la ética pública, y ante la cual, la
REPÚBLICA ARGENTINA, ha presentado DOS (2) planes de acción con
compromisos concretos en torno a dichos principios.
Que, por su parte, la CARTA INTERNACIONAL DE DATOS ABIERTOS es una
iniciativa mundial promovida por los líderes del GRUPO DE TRABAJO DE
DATOS ABIERTOS de la ALIANZA PARA EL GOBIERNO ABIERTO, el gobierno de
CANADÁ y la WEB FUNDATION, OMIDYAR NETWORK, OD4D y el gobierno de los
ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, que articula principios fundamentales a nivel
global.
Que, por su parte, por el Decreto N° 13 del 10 de diciembre de 2015, se
sustituyó el artículo 1° de la Ley de Ministerios (texto ordenado por
Decreto N° 438/92) y sus modificatorias, creándose el MINISTERIO DE
MODERNIZACIÓN, con el propósito de implementar nuevas formas de gestión
que requiere un estado moderno, como así también el desarrollo de
tecnologías aplicadas a la administración pública central y
descentralizada que acerquen al ciudadano a la gestión del Gobierno
Nacional.
Que entre las atribuciones asignadas al MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, se
encuentra la de diseñar, proponer y coordinar las políticas de
transformación y modernización del Estado en las distintas áreas y
determinar los lineamientos estratégicos y la propuesta de las normas
reglamentarias en la materia, como así también definir el Plan de
Modernización y ejercer funciones como Autoridad de Aplicación del
mismo.
Que entre las políticas a implementarse en el marco de la modernización
del Estado se encuentran aquellas referidas al Gobierno Abierto, cuya
realización requiere de la adopción de medidas que favorezcan la
gestión de los conjuntos sistematizados de datos preservados
digitalmente por los diferentes Ministerios, Secretarías y organismos
descentralizados del PODER EJECUTIVO NACIONAL como un activo cívico y
gubernamental de carácter estratégico.
Que, en ese contexto, la adhesión a la CARTA INTERNACIONAL DE DATOS
ABIERTOS refuerza el compromiso expresado por la REPÚBLICA ARGENTINA y
servirá de impulso para seguir mejorando la implementación de su
política de datos abiertos con la finalidad de aprovechar las nuevas
tecnologías para fortalecer la gobernabilidad y potenciar la política
de Datos Abiertos del Estado mediante la adopción de compromisos con
vistas a mejorar los niveles de participación ciudadana.
Que, en consonancia con lo antes señalado, se hace necesario adherir a esa CARTA INTERNACIONAL.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas en
el artículo 23 octies de la Ley de Ministerios (T.O. por Decreto
438/1992) y sus modificatorias.
Por ello,
EL MINISTRO DE MODERNIZACIÓN
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Apruébase la adhesión de la REPÚBLICA ARGENTINA a la
CARTA INTERNACIONAL DE DATOS ABIERTOS promovida por los líderes del
GRUPO DE TRABAJO DE DATOS ABIERTOS de la ALIANZA PARA EL GOBIERNO
ABIERTO, el gobierno de CANADÁ y la WEB FUNDATION, OMIDYAR NETWORK,
OD4D y el gobierno de los ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.
ARTÍCULO 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. — ANDRÉS IBARRA, Ministro de
Modernización.
e. 11/03/2016 N° 12859/16 v. 11/03/2016