MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE
SECRETARÍA DE CONTROL Y MONITOREO AMBIENTAL
Resolución 16/2016
Bs. As., 01/03/2016
VISTO el Expediente CUDAP EXP-JGM: 0002042/2016 del Registro de la Ex
SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS, la Ley N° 13.577, modificada por la Ley N°
20.324, los Decretos N° 674 de fecha 24 de mayo de de 1989 y N° 776 de
fecha 12 de mayo de 1992, la Resolución de la Ex Empresa OBRAS
SANITARIAS DE LA NACIÓN N° 79190 de fecha 1 de agosto de 1990, la
Resolución de la Ex SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de
la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 316 de fecha 23 de marzo de
2005, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 10 del Decreto N° 674 de fecha 24 de mayo de 1989
indica que, todos los establecimientos industriales y/o especiales,
están obligados a presentar una Declaración Jurada Anual conteniendo
los datos especificados en las disposiciones instrumentales del Decreto
citado.
Que tanto mediante la Resolución de la Ex Empresa OBRAS SANITARIAS DE
LA NACIÓN N° 79190 de fecha 1 de agosto de 1990, como por la Resolución
de la Ex SECRETARÍA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA
DE GABINETE DE MINISTROS N° 316 de fecha 23 de marzo de 2005, se
estableció que dicha Declaración Jurada Anual debería ser presentada
del 1° al 30 de abril de cada año, conteniendo la información
correspondiente al año anterior.
Que a fin de simplificar y modernizar dicho trámite se ha iniciado un
proceso de informatización del mismo, resultando conveniente revisar
los plazos para la presentación de la Declaración Jurada
correspondiente al año 2015.
Que en el mismo sentido, es pertinente a fin de un mejor ordenamiento
administrativo, seccionar las fechas para la presentación de la
Declaración Jurada Anual según el número de Clave Única de
Identificación Tributaria de cada uno de los establecimientos obligados.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA DE
COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO
SUSTENTABLE ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en función de las facultades otorgadas
por el artículo 2° del Decreto N° 357 de fecha 21 de febrero de 2002,
modificado por el Decreto N° 232 de fecha 22 de diciembre de 2015 y
normas complementarias.
Por ello,
EL SECRETARIO DE CONTROL Y MONITOREO AMBIENTAL DEL MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Prorróganse excepcionalmente los plazos para la
presentación de la Declaración Jurada Anual establecida por el artículo
10 del Decreto N° 674 de fecha 24 de mayo de 1989, correspondiente al
año 2015, de acuerdo al cronograma que se detalla a continuación:
a) Establecimientos cuyo número de Clave Única de Identificación
Tributaria terminen en 0, 1, 2, 3 o 4: Desde el 1 al 31 de Julio de
2016.
b) Establecimientos cuyo número de Clave Única de Identificación
Tributaria terminen en 5, 6, 7, 8 o 9: Desde el 1 al 31 de Agosto de
2016.
ARTICULO 2° — Determínase que las pautas Instrumentales para la
presentación informatizada de la Declaración Jurada mencionada en el
artículo anterior, sean comunicadas mediante el sitio web de la
SECRETARÍA DE CONTROL Y MONITOREO AMBIENTAL del MINISTERIO DE AMBIENTE
Y DESARROLLO SUSTENTABLE.
ARTICULO 3° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la Dirección
Nacional de Registro Oficial y archívese. — JAVIER URETA SAENZ PEÑA,
Secretario de Control y Monitoreo Ambiental, Ministerio de Ambiente y
Desarrollo Sustentable.
e. 16/03/2016 N° 15191/16 v. 16/03/2016