MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA
Decisión Administrativa 192/2016
Decisión Administrativa N° 477/1998. Modificación.
Bs. As., 16/03/2016
VISTO el Expediente N° S05:0001091/2016 del Registro del MINISTERIO DE
AGROINDUSTRIA, la Ley N° 27.198 de Presupuesto General de la
Administración Pública Nacional para el Ejercicio 2016, los Decretos
Nros. 325 de fecha 30 de diciembre de 2011 y 1.479 de fecha 25 de
septiembre de 2013, la Decisión Administrativa N° 477 de fecha 16 de
septiembre de 1998 y sus modificatorias y el Decreto N° 13 de fecha 10
de diciembre de 2015, y
CONSIDERANDO:
Que por la Decisión Administrativa N° 477 de fecha 16 de septiembre de
1998 y sus modificatorias, se estableció la integración de los
Gabinetes, entre otros, de las Unidades Jefe de Gabinete de Ministros,
Ministros, Secretarios y Subsecretarios.
Que a través del Artículo 2° del Decreto N° 325 de fecha 30 de
diciembre de 2011, sus modificatorios y complementarios, se creó con
dependencia directa del entonces Ministro de Agricultura, Ganadería y
Pesca, el cargo extraescalafonario de Jefe de Gabinete, con rango y
jerarquía de Secretario Ministerial.
Que a través del Artículo 4° del citado Decreto N° 325/11 se creó con
dependencia directa del ex - Ministro de Agricultura, Ganadería y
Pesca, el cargo extraescalafonario de Coordinador General, con rango y
jerarquía de Subsecretario Ministerial.
Que a través del Artículo 6° del referido Decreto N° 325/11 se creó con
dependencia directa del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y
PESCA, el cargo extraescalafonarío de Coordinador de Secretaría Privada
con rango y jerarquía de Subsecretario Ministerial.
Que a través del Artículo 2° del Decreto N° 1.479 de fecha 25 de
septiembre de 2013, se creó con dependencia directa del ex - Ministro
de Agricultura, Ganadería y Pesca, el cargo extraescalafonario de
Coordinador Técnico Normativo, con rango y jerarquía de Subsecretario.
Que por el Decreto N° 13 de fecha 10 de diciembre de 2015, se modificó
la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus
modificaciones, estableciéndose la nueva denominación y competencias
del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA.
Que en esta instancia, y en atención a la naturaleza de sus cometidos,
resulta necesario incorporar el cargo de Jefe de Gabinete del
MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, con carácter de excepción en los Artículos
1°, 2° y 3°, así como en el inciso b) de la Planilla Anexa al Artículo
1° de la citada Decisión Administrativa N° 477/98 y sus modificatorias.
Que, asimismo, resulta necesario incorporar los cargos de Coordinador
General, Coordinador de Secretaría Privada y Coordinador Técnico
Normativo, todos ellos dependientes del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA,
con carácter de excepción, en los Artículos 1°, 2° y 3°, así como en el
inciso c) de la Planilla Anexa al Artículo 1° de la mencionada Decisión
Administrativa N° 477/98 y sus modificatorias.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades
conferidas por el artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCIÓN
NACIONAL.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1° — Incorpórase con
carácter de excepción, a partir de la vigencia de la presente medida,
el cargo de Jefe de Gabinete del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA en los
Artículos 1°, 2° y 3°, así como también en el inciso b) de la Planilla
Anexa al Artículo 1° de la Decisión Administrativa N° 477 de fecha 16
de septiembre de 1998 y sus modificatorias.
Art. 2° — Incorpórase con
carácter de excepción, a partir de la vigencia de la presente medida,
el cargo de Coordinador General dependiente del MINISTERIO DE
AGROINDUSTRIA en los Artículos 1°, 2° y 3°, así como también en el
inciso c) de la Planilla Anexa al Artículo 1° de la Decisión
Administrativa N° 477 de fecha 16 de septiembre de 1998 y sus
modificatorias.
Art. 3° — Incorpórase con
carácter de excepción, a partir de la vigencia de la presente medida,
el cargo de Coordinador de Secretaría Privada dependiente del
MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA en los Artículos 1°, 2° y 3°, así como
también en el inciso c) de la Planilla Anexa al Artículo 1° de la
Decisión Administrativa N° 477 de fecha 16 de septiembre de 1998 y sus
modificatorias.
Art. 4° — Incorpórase con
carácter de excepción, a partir de la vigencia de la presente medida,
el cargo de Coordinador Técnico Normativo dependiente del MINISTERIO DE
AGROINDUSTRIA en los Artículos 1°, 2° y 3°, así como también en el
inciso c) de la Planilla Anexa al Artículo 1° de la Decisión
Administrativa N° 477 de fecha 16 de septiembre de 1998 y sus
modificatorias.
Art. 5° — El gasto que demande
el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las
partidas específicas vigentes del presupuesto de la Jurisdicción 52 -
MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA.
Art. 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Marcos Peña. — Ricardo Buryaile.