MINISTERIO DE TRANSPORTE
SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE
SUBSECRETARÍA DE PUERTOS Y VÍAS NAVEGABLES
Disposición 35/2016
Bs. As., 21/03/2016
VISTO el Expediente N° S02:0015192/2016 del Registro de este
Ministerio, la Ley N° 24.093 y el Decreto N° 769 de fecha 19 de abril
de 1993, y
CONSIDERANDO:
Que por el Artículo 22 del Decreto N° 769/93, la SUBSECRETARÍA DE
PUERTOS Y VÍAS NAVEGABLES es la autoridad de aplicación de la Ley N°
24.093 de Actividades Portuarias, revistiendo el carácter de Autoridad
Portuaria Nacional.
Que por el Artículo 22 de la Ley N° 24.093 de Actividades Portuarias,
la Autoridad Portuaria Nacional, tiene la función de promover y hacer
efectiva la modernización, eficacia y economicidad de cada uno de los
puertos del ESTADO NACIONAL.
Que dada la necesidad de poner en valor los puertos públicos
oportunamente transferidos por la Nación a las provincias, la
SUBSECRETARÍA DE PUERTOS Y VÍAS NAVEGABLES tiene a su cargo la gestión
de los proyectos portuarios a ser financiados con cargo al ESTADO
NACIONAL.
Que en ese orden de ideas, para mejor proveer a la gestión de los
proyectos antes mencionados, resulta oportuno conformar una Comisión de
Seguimiento de las Obras a ser financiadas con fondos del Tesoro
Nacional, la que tendrá por funciones la programación, control y
seguimiento de los proyectos presentados.
Que es necesario la conformación de dicha Comisión en atención a las
obras de infraestructura a ser realizadas, que requieren un importante
plan de inversiones públicas de naturaleza plurianual que exceden al
año fiscal.
Que en ese sentido el Presupuesto de Gastos y Recursos de la
Administración Nacional para el Ejercicio 2016, aprobado por Ley N°
27.198 prevee los créditos plurianuales para los ejercicios 2016-2018.
Que por otra parte resulta factible, asimismo, dada la envergadura de
las obras en trato, su futura ejecución con financiamiento de
organismos internacionales.
Que, asimismo, a los efectos de una adecuada distribución de las
actividades desarrolladas por el personal dependiente de esta
Subsecretaría resulta conveniente que dicha Comisión, en atención a la
índole de su gestión relacionada con materias de competencia de la
DIRECCIÓN NACIONAL DE PUERTOS, actúe bajo la órbita de la citada
Dirección Nacional, dependiente de la SUBSECRETARÍA DE PUERTOS Y VÍAS
NAVEGABLES.
Que la presente asignación de funciones no genera erogaciones para la
Administración Pública, ni asignación de funciones diferenciadas de las
que actualmente desempeña el personal dependiente de esta Subsecretaría.
Que ha tomado la intervención la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS
del MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS en razón del Artículo 9°
del Decreto N° 8 de fecha 4 de enero de 2016.
Que el suscripto está facultado para el dictado de la presente medida,
en virtud de las competencias atribuidas por el Artículo 22 de la Ley
N° 24.093 y su reglamentación aprobada por Decreto N° 769 de fecha 19
de abril de 1993 y el Decreto N° 145 de fecha 12 de enero de 2016.
Por ello,
EL SUBSECRETARIO DE PUERTOS Y VÍAS NAVEGABLES
DISPONE:
ARTÍCULO 1° — Créase en el ámbito de esta SUBSECRETARÍA DE PUERTOS Y
VÍAS NAVEGABLES, la Comisión de Seguimiento de Obras, la que será
coordinada por la DIRECCIÓN NACIONAL DE PUERTOS.
ARTÍCULO 2° — La Comisión creada por el Artículo 1° estará integrada por personal que cumple servicios en esta Subsecretaría.
ARTÍCULO 3° — Serán funciones de la Comisión de Seguimiento de Obras la
programación, control y seguimiento de los proyectos de obra de
infraestructura portuaria a ser solventados con fondos del Tesoro
Nacional.
ARTÍCULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — JORGE GERARDO METZ, Subsecretario de
Puertos y Vías Navegables.
e. 29/03/2016 N° 17401/16 v. 29/03/2016