DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS
Resolución 137/2016
Resoluciones N° 1417/2012 y N° 807/2015. Modificaciones.
Bs. As., 30/03/2016
VISTO el Expediente N° S02:0004486/2015 del registro de la DIRECCIÓN
NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS, Organismo
Descentralizado actuante en la órbita de este Ministerio, las Leyes N°
17.671, sus modificatorias y concordantes, y N° 26.743, el Decreto N°
1501 del 20 de octubre de 2009, la Resolución del registro del entonces
MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE N° 666 del 1° de noviembre de 2012
y las Resoluciones N° 1870 del 6 de noviembre de 2009, N° 3459 del 15
de diciembre de 2011, N° 1417 del 7 de junio de 2012, N° 1795 del 5 de
julio de 2012 y N° 807 del 19 de marzo de 2015, de la citada Dirección
Nacional, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 1° de la Ley N° 17.671 establece que la DIRECCIÓN
NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS, mantendrá sus
relaciones con el PODER EJECUTIVO NACIONAL por intermedio de este
Ministerio.
Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 5° inciso f) de la
citada Ley, la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS
PERSONAS, propone a este Ministerio, las tasas para el cobro de
servicios que prestará el Organismo.
Que el requerimiento de actualización del cuadro tarifario elevado por
la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS, surge
razonable en virtud del incremento de los costos del proceso de
producción documentaria, observado desde el año 2012, año que entro en
vigencia el mismo hasta ahora vigente.
Que mediante la Resolución RNP N° 1417/2012, ratificada por Resolución
del registro del entonces MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE N°
666/2012, se actualizó el cuadro tarifario aprobado por el Decreto N°
1501/2009.
Que la Ley N° 26.743, denominada Ley de Identidad de Género, legisló el
derecho de solicitar la rectificación registral del sexo, el cambio de
nombre/s de pila e imagen.
Que la Resolución RNP N° 1795/2012, ratificada por Resolución del
registro del entonces MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE N° 666/2012,
incorporó al Cuadro Tarifario, lo dispuesto por dicho plexo normativo
respecto a la gratuidad del trámite, dado que su solicitud se debe
efectuar por ante el REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS a efectos de
requerir la rectificación registral de la partida de nacimiento y el
nuevo Documento Nacional de Identidad correspondiente, conservando el
número original.
Que por medio de la Resolución RNP N° 807/2015 se estableció el
servicio DNI 24 horas para tramitarse únicamente en los Centros de
Documentación Rápida, dependientes de la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS, con un arancel cuyo monto es el
equivalente a DIEZ (10) tasas de DNI regular.
Que a los fines de facilitar el acceso a la información de los
aranceles que percibe la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE
LAS PERSONAS en la prestación del servicio para la obtención del DNI,
se hace necesario unificar el cuadro tarifario, incorporando al mismo
como distintos ítems, la gratuidad de la solicitud de DNI por cambio de
género, como así también el costo del llamado DNI 24 horas.
Que la DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA JURÍDICA de la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS
JURÍDICOS de este Ministerio han tomado la intervención que les compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones y facultades
conferidas por los artículos 5° inciso f) y 29 de la Ley N° 17.671 y
sus modificatorias, y el artículo 17, inciso 10) de la Ley de
Ministerios N° 22.520 (T.O. Decreto N° 438/1992) y modificatorios.
Por ello,
EL MINISTRO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA
RESUELVE:
Artículo 1° — Déjase sin efecto
el artículo 2° de la Resolución N° 1417 del 7 de junio de 2012 y su
modificatoria N° 1795 del 5 de julio de 2012, ambas del registro de la
DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS, Organismo
Descentralizado actuante en la órbita de este Ministerio, ratificadas
por la Resolución del registro del entonces MINISTERIO DEL INTERIOR Y
TRANSPORTE N° 666 del 1° de noviembre de 2012.
Art. 2° — Déjase sin efecto el
artículo 2° de la Resolución N° 807 del 19 de marzo de 2015 del
registro de la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS
PERSONAS, Organismo Descentralizado actuante en la órbita de este
Ministerio.
Art. 3° — (Artículo derogado por art. 1° de la Resolución N° 3/2017
del Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda B.O. 6/1/2017.
Vigencia: a partir de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial).
Art. 4° — Incorpórese al Anexo
I de la presente Resolución al Ítem 23 “Exenciones”, el siguiente
párrafo: e) “Las personas que soliciten el trámite de rectificación
registral y consecuente expedición del Documento Nacional de Identidad,
de conformidad a lo dispuesto por la Ley N° 26.743”.
Art. 5° — Incorpórese al Anexo
I de la presente Resolución en el título: “TRÁMITES CORRESPONDIENTES A
CIUDADANOS ARGENTINOS” el Ítem 10 “DNI 24 horas”: DNI 24 horas, arancel
equivalente a DIEZ (10) tasas de DNI regular PESOS SEISCIENTOS ($ 600).
Art. 6° — La presente entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación.
Art. 7° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Rogelio Frigerio.
ANEXO I
(Anexo derogado por art. 1° de la Resolución N° 3/2017
del Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda B.O. 6/1/2017.
Vigencia: a partir de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial).