MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SUBSECRETARÍA DE RELACIONES LABORALES
Resolución 50/2016
Bs. As., 01/02/2016
VISTO el Expediente N° 276.886/15 del registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la
Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 1/2 del Expediente de referencia, obra el Acuerdo celebrado
entre el SINDICATO OBRERO DE LA INDUSTRIA DEL PESCADO, por la parte
gremial, y la empresa LA CAMPAGNOLA SOCIEDAD ANÓNIMA, INDUSTRIAL Y
COMERCIAL, por el sector empleador, conforme a lo establecido en la Ley
N° 14.250 (t.o. 2004).
Que a través del texto convencional alcanzado, se actualiza el valor
del premio por Sistema de Gestión Operativa pactado en el Acuerdo
suscripto con fecha 1 de Febrero de 2010.
Que el presente es concertado en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 171/75.
Que los actores intervinientes en autos se encuentran legitimados para
suscribir el Acuerdo traído a estudio, conforme surge de los
antecedentes acompañados.
Que los agentes negociales han acreditado la personería y facultades
para negociar colectivamente invocadas, con las constancias obrantes en
autos.
Que el ámbito de aplicación del presente se circunscribe a la
correspondencia entre la representatividad que ostenta el sector
empleador firmante y la entidad sindical signataria, emergente de su
personería gremial.
Que los Delegados de Personal han ejercido la representación que les
compete en la presente negociación, en los términos de lo prescripto
por el Artículo 17 de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.
Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones
del Trabajo de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales establecidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que en virtud de lo expuesto, correspondería dictar el acto
administrativo de homologación de conformidad con los antecedentes
mencionados.
Que por último, corresponde que una vez homologado el Acuerdo de
referencia, se remitan estas actuaciones a la Dirección Nacional de
Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de elaborar
el cálculo del tope previsto por el Artículo 245 de la Ley N° 20.744
(t.o. 1976) y sus modificatorias.
Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes
actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N°
900/95.
Por ello,
LA SUBSECRETARIA DE RELACIONES LABORALES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre el
SINDICATO OBRERO DE LA INDUSTRIA DEL PESCADO, por la parte gremial, y
la empresa LA CAMPAGNOLA SOCIEDAD ANÓNIMA, INDUSTRIAL Y COMERCIAL, que
luce a fojas 1/2 del Expediente N° 276.886/15, conforme a lo dispuesto
en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).
ARTÍCULO 2° — Regístrese la presente Resolución por la Dirección
General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN. Cumplido, pase a la Dirección de
Negociación Colectiva a fin de que el Departamento Coordinación
registre el Acuerdo obrante a fojas 1/2 del Expediente N° 276.886/15.
ARTÍCULO 3° — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente,
pase a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de
evaluar la procedencia de elaborar el Proyecto de Base Promedio y Tope
Indemnizatorio, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 245 de la
Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias. Finalmente, procédase a
la guarda del presente legajo.
ARTÍCULO 4° — Hágase saber que en el supuesto de que este MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de
carácter gratuito del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las
partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de
la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
ARTÍCULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Dra. SILVIA SQUIRE, Subsecretaria de
Relaciones Laborales, Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
Expediente N° 276.886/15
Buenos Aires, 03 de febrero de 2016
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION SSRL N° 50/16 se ha
tomado razón del acuerdo obrante a fojas 1/2 del expediente de
referencia, quedando registrado bajo el número 58/16. — Lic. ALEJANDRO
INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación -
D.N.R.T.
EXPEDIENTE 1-216-276886-2015
En la ciudad de Mar del Plata, a los 18 días del mes de DICIEMBRE de
2015, siendo las 12.20 hs. se reúnen, ante el funcionario actuante Sr.
ERREA, JORGE de la Delegación Regional Mar del Plata del Ministerio de
Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, sita en la calle
Santiago del Estero N° 1656 de la mencionada ciudad, se presentan en
forma espontánea, el SINDICATO OBREROS DE LA INDUSTRIA DEL PESCADO
(S.O.I.P.) DE MAR DEL PLATA, representada en este acto por la
Secretaria General, la Sra. Rosa Cristina Ledesma en su carácter de
Secretario General conforme acta de designación que en copia adjunta y
la Sra. Cecilia Benítez en su carácter de integrante de la Comisión
Directiva de dicho gremio y el Sr. Fernando Manuel Paliza, en su
carácter de delegado de planta sita en calle Ayolas N° 3451 de Mar del
Plata propiedad de LA CAMPAGNOLA S.A.C.I., todos en adelante
denominados la REPRESENTACIÓN LABORAL; por la firma LA CAMPAGNOLA
S.A.C.I. lo hacen el Sr. Ignacio Javier Roig y el Dr. George M.
Rodríguez Consoli, ambos en su carácter de apoderados conforme copias
simples de poderes que se adjuntan a la presente, con domicilio legal
que constituyen en calle Olavarría N° 2938 2° A de la ciudad de Mar del
Plata, en adelante denominado la EMPRESA. Cuando se refiera a las
partes se la denominará LAS PARTES. Abierto el acto y por ante el
funcionario actuante, cedida la palabra a las partes manifiestan que
vienen por medio del presente a formular la siguiente acta-acuerdo,
todo ello a tenor de las siguientes cláusulas y condiciones:
PRIMERO - Actualización valor Premio SGI: En función del acuerdo
celebrado entre LAS PARTES con fecha 1 de febrero de 2010, en el que se
establecieron nuevas condiciones del sistema de gestión operativa
(denominado Sistema de Gestión Integral SGI) para el personal
comprendido dentro del CCT 171/75 por medio del cual en base al
cumplimiento de porcentajes de objetivos y desempeño alcanzado en el
marco del SGI, los empleados de la EMPRESA pueden tener acceso a una
retribución compensatoria, la cual será abonada con la segunda quincena
de Enero de 2016.
En virtud de lo expuesto, se acuerda incrementar los montos por rango
de cumplimiento de objetivos, conforme a los valores que se exponen a
continuación:
SEGUNDO: El presente acuerdo entre
las partes tiene vigencia a partir del día 01-12-2015, queda
condicionado al expreso compromiso de todas las partes de mantener la
paz social hasta la apertura de la negociación paritaria
correspondiente al año 2016.
TERCERO: Las partes intervinientes solicitan se dicte, previo labrado
de acta de ratificación por ante autoridad administrativa, la
correspondiente registración del presente acta-acuerdo.
No siendo para más se da por finalizado el acto siendo las 12.35 horas,
firmándose TRES (3) ejemplares de un solo tenor y a un mismo efecto que
doy fe ante mí.