MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SUBSECRETARÍA DE RELACIONES LABORALES

Resolución 50/2016

Bs. As., 01/02/2016

VISTO el Expediente N° 276.886/15 del registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 1/2 del Expediente de referencia, obra el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO OBRERO DE LA INDUSTRIA DEL PESCADO, por la parte gremial, y la empresa LA CAMPAGNOLA SOCIEDAD ANÓNIMA, INDUSTRIAL Y COMERCIAL, por el sector empleador, conforme a lo establecido en la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que a través del texto convencional alcanzado, se actualiza el valor del premio por Sistema de Gestión Operativa pactado en el Acuerdo suscripto con fecha 1 de Febrero de 2010.

Que el presente es concertado en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 171/75.

Que los actores intervinientes en autos se encuentran legitimados para suscribir el Acuerdo traído a estudio, conforme surge de los antecedentes acompañados.

Que los agentes negociales han acreditado la personería y facultades para negociar colectivamente invocadas, con las constancias obrantes en autos.

Que el ámbito de aplicación del presente se circunscribe a la correspondencia entre la representatividad que ostenta el sector empleador firmante y la entidad sindical signataria, emergente de su personería gremial.

Que los Delegados de Personal han ejercido la representación que les compete en la presente negociación, en los términos de lo prescripto por el Artículo 17 de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales establecidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que en virtud de lo expuesto, correspondería dictar el acto administrativo de homologación de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que por último, corresponde que una vez homologado el Acuerdo de referencia, se remitan estas actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de elaborar el cálculo del tope previsto por el Artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N° 900/95.

Por ello,

LA SUBSECRETARIA DE RELACIONES LABORALES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO OBRERO DE LA INDUSTRIA DEL PESCADO, por la parte gremial, y la empresa LA CAMPAGNOLA SOCIEDAD ANÓNIMA, INDUSTRIAL Y COMERCIAL, que luce a fojas 1/2 del Expediente N° 276.886/15, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 2° — Regístrese la presente Resolución por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva a fin de que el Departamento Coordinación registre el Acuerdo obrante a fojas 1/2 del Expediente N° 276.886/15.

ARTÍCULO 3° — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, pase a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de elaborar el Proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias. Finalmente, procédase a la guarda del presente legajo.

ARTÍCULO 4° — Hágase saber que en el supuesto de que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. SILVIA SQUIRE, Subsecretaria de Relaciones Laborales, Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

Expediente N° 276.886/15

Buenos Aires, 03 de febrero de 2016

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION SSRL N° 50/16 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 1/2 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 58/16. — Lic. ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

EXPEDIENTE 1-216-276886-2015

En la ciudad de Mar del Plata, a los 18 días del mes de DICIEMBRE de 2015, siendo las 12.20 hs. se reúnen, ante el funcionario actuante Sr. ERREA, JORGE de la Delegación Regional Mar del Plata del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, sita en la calle Santiago del Estero N° 1656 de la mencionada ciudad, se presentan en forma espontánea, el SINDICATO OBREROS DE LA INDUSTRIA DEL PESCADO (S.O.I.P.) DE MAR DEL PLATA, representada en este acto por la Secretaria General, la Sra. Rosa Cristina Ledesma en su carácter de Secretario General conforme acta de designación que en copia adjunta y la Sra. Cecilia Benítez en su carácter de integrante de la Comisión Directiva de dicho gremio y el Sr. Fernando Manuel Paliza, en su carácter de delegado de planta sita en calle Ayolas N° 3451 de Mar del Plata propiedad de LA CAMPAGNOLA S.A.C.I., todos en adelante denominados la REPRESENTACIÓN LABORAL; por la firma LA CAMPAGNOLA S.A.C.I. lo hacen el Sr. Ignacio Javier Roig y el Dr. George M. Rodríguez Consoli, ambos en su carácter de apoderados conforme copias simples de poderes que se adjuntan a la presente, con domicilio legal que constituyen en calle Olavarría N° 2938 2° A de la ciudad de Mar del Plata, en adelante denominado la EMPRESA. Cuando se refiera a las partes se la denominará LAS PARTES. Abierto el acto y por ante el funcionario actuante, cedida la palabra a las partes manifiestan que vienen por medio del presente a formular la siguiente acta-acuerdo, todo ello a tenor de las siguientes cláusulas y condiciones:

PRIMERO - Actualización valor Premio SGI: En función del acuerdo celebrado entre LAS PARTES con fecha 1 de febrero de 2010, en el que se establecieron nuevas condiciones del sistema de gestión operativa (denominado Sistema de Gestión Integral SGI) para el personal comprendido dentro del CCT 171/75 por medio del cual en base al cumplimiento de porcentajes de objetivos y desempeño alcanzado en el marco del SGI, los empleados de la EMPRESA pueden tener acceso a una retribución compensatoria, la cual será abonada con la segunda quincena de Enero de 2016.

En virtud de lo expuesto, se acuerda incrementar los montos por rango de cumplimiento de objetivos, conforme a los valores que se exponen a continuación:

Nivel Rangos Monto Premio SAC/Premio TOTAL
1 0% a 29% $ 0 $ 0 $ 0
2 30%a 49% $ 5.053 $ 440 $ 5.493
3 50% a 69% $ 6.530 $ 568 $ 7.098
4 70% a 79% $ 8.241 $ 716 $ 8.957
5 80% a 89% $ 9.718 $ 845 $ 10.563
6 90%a 100% $ 11.039 $ 960 $ 11.999

SEGUNDO: El presente acuerdo entre las partes tiene vigencia a partir del día 01-12-2015, queda condicionado al expreso compromiso de todas las partes de mantener la paz social hasta la apertura de la negociación paritaria correspondiente al año 2016.

TERCERO: Las partes intervinientes solicitan se dicte, previo labrado de acta de ratificación por ante autoridad administrativa, la correspondiente registración del presente acta-acuerdo.

No siendo para más se da por finalizado el acto siendo las 12.35 horas, firmándose TRES (3) ejemplares de un solo tenor y a un mismo efecto que doy fe ante mí.