MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES
Decreto 552/2016
Decreto N° 357/2002. Modificación.
Bs. As., 04/04/2016
VISTO el Expediente N° 2.388/16 del Registro del MINISTERIO DE
EDUCACIÓN Y DEPORTES, la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto
N° 438 del 12 de marzo de 1992), y sus modificatorias, el Decreto N°
357 de fecha 21 de febrero de 2002, sus modificatorios y
complementarios, el Decreto N° 13 de fecha 10 de diciembre de 2015 y el
Decreto N° 223 de fecha 19 de enero de 2016, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto N° 357 del 21 de febrero de 2002, sus
modificatorios y complementarios, se aprobó el Organigrama de
Aplicación de la ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL centralizada hasta el
nivel de Subsecretaría, entre los cuales se encuentran los referidos al
actual MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES, para cumplir con las
responsabilidades que le son propias, estableciendo, asimismo, sus
competencias.
Que por los Decretos Nros. 13/15 y 223/16 se modificó la Ley de
Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus
modificatorias, asignando la nueva denominación y competencias al
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES.
Que por el Decreto N° 57 de fecha 8 de enero de 2016 se aprobó la
conformación organizativa correspondiente a los niveles políticos del
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES.
Que con miras a proveer de herramientas institucionales dirigidas al
desarrollo de las políticas de educación, resulta necesario modificar
el Decreto N° 357/02 y modificatorios, a efectos de dotar al MINISTERIO
DE EDUCACIÓN Y DEPORTES de una unidad de coordinación política, creando
para ello la SECRETARÍA DE EVALUACIÓN EDUCATIVA, que permita
jerarquizar la evaluación de la información necesaria para la toma de
decisiones, articulando junto a los Ministerios Jurisdiccionales y los
distintos actores que intervienen en el proceso educativo.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE
EDUCACIÓN Y DEPORTES ha tomado la intervención de su competencia.
Que la SECRETARÍA DE HACIENDA dependiente del MINISTERIO DE HACIENDA Y
FINANZAS PÚBLICAS ha tomado la intervención en los aspectos que hacen a
su competencia.
Que la SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE EMPLEO PÚBLICO de la
SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN ha tomado
la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades
conferidas por el artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Sustitúyese del
Anexo I al artículo 1° del Decreto N° 357 de fecha 21 de febrero de
2002 y sus modificatorios y complementarios —Organigrama de Aplicación
de la ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL centralizada— el Apartado XXI,
correspondiente al MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES, el que quedará
conformado de acuerdo al detalle obrante en la Planilla Anexa al
presente artículo, que forma parte integrante de este decreto.
Art. 2° — Incorpóranse al Anexo
II al artículo 2° del Decreto N° 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y
sus modificatorios y complementarios —Objetivos— en el Apartado XXI,
correspondiente al MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES, los Objetivos de
la SECRETARÍA DE EVALUACIÓN EDUCATIVA dependiente del MINISTERIO DE
EDUCACIÓN Y DEPORTES, de conformidad con el detalle que se acompaña
como Planilla Anexa al presente artículo y suprímense los
correspondientes a la SUBSECRETARIA DE INNOVACION Y MEJORA DE LOS
APRENDIZAJES de dicha Jurisdicción.
Art. 3° — El gasto que demande
el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a los
créditos de las partidas de origen asignadas por el Presupuesto General
de la Administración Nacional vigente, facultándose al Jefe de Gabinete
de Ministros a realizar las modificaciones pertinentes.
Art. 4° — Comuníquese,
publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y
archívese. — MACRI. — Marcos Peña. — Esteban J. Bullrich.
Planilla Anexa al artículo 1°
XXI - MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES
- SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA
- SUBSECRETARÍA DE ENLACE Y COOPERACIÓN INTERSECTORIAL E INSTITUCIONAL
- SECRETARÍA DE INNOVACIÓN Y CALIDAD EDUCATIVA
- SECRETARÍA DE GESTIÓN EDUCATIVA
- SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN Y POLÍTICAS SOCIOEDUCATIVAS
- SECRETARÍA DE POLÍTICAS UNIVERSITARIAS
- SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN Y COORDINACIÓN DE POLÍTICAS UNIVERSITARIAS
- SECRETARÍA DE EVALUACIÓN EDUCATIVA
- SECRETARÍA DE DEPORTE, EDUCACIÓN FÍSICA Y RECREACIÓN
- SUBSECRETARÍA DE DEPORTES Y ALTO RENDIMIENTO DEPORTIVO
- SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN FÍSICA, RECREACIÓN E INFRAESTRUCTURA
Planilla Anexa al artículo 2°
XXI - MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES
SECRETARÍA DE EVALUACIÓN EDUCATIVA
OBJETIVOS:
1. Entender en el diseño e implementación de un Sistema Integral de
Evaluación dinámico acordado con la participación de
representantes del sector educativo y autoridades del ámbito federal,
con el fin de obtener información periódica y estratégica para la toma
de decisiones y para el fortalecimiento de las instituciones educativas
y sus actores.
2. Entender en la evaluación de la calidad de la educación en todo el
territorio nacional a través de la producción de estudios específicos y
el desarrollo de líneas de investigación educativas articulando con la
SECRETARÍA DE INNOVACIÓN Y CALIDAD EDUCATIVA los aspectos vinculados a
la planificación de la evaluación de la calidad educativa del Sistema
Educativo Nacional.
3. Evaluar las políticas prioritarias impulsadas en el Sistema
Educativo Nacional, de las instituciones, de los contextos y actores
del sistema y de los aprendizajes alcanzados por los estudiantes.
4. Entender en el desarrollo de una política de evaluación educativa
que combine modalidades externas e internas de evaluación,
autoevaluación y micro evaluaciones nacionales e internacionales,
contemplándose enfoques cualitativos y cuantitativos.
5. Entender en el fortalecimiento del Sistema Integral de Evaluación,
articulando los diseños y modalidades evaluativas con las prioridades
basadas en evidencia de las áreas del MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y
DEPORTES encargadas de establecer las políticas de contenidos y
formación docente del Sistema Educativo Nacional.
6. Promover los acuerdos y convenios de adhesión correspondientes con
las jurisdicciones provinciales y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en
pos de implementar el Sistema Integral de Evaluación y fortalecer las
capacidades locales en tal sentido.
7. Entender en la formación de recursos humanos en el campo de la
evaluación educativa a nivel jurisdiccional y promover la creación de
unidades de evaluación a nivel jurisdiccional en el ámbito de los
Ministerios de Educación Jurisdiccionales a los efectos de potenciar el
uso de la información para la toma de decisiones generada por el
Sistema Integral de Evaluación.
8. Promover en forma gradual y progresiva procesos de descentralización
operativa de la gestión de evaluación de la educación para incrementar
el logro de sus funciones.
9. Producir información de acuerdo a lo establecido en la Ley de Educación Nacional, en el ámbito de su competencia.