MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
Resolución 249/2016
Bs. As., 18/03/2016
VISTO el Expediente N° E-2105-2016 del Registro del MINISTERIO DE
DESARROLLO SOCIAL; el Decreto N° 1023/2001 y modificatorios y el
Decreto N° 893/2012 y modificatorios; y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente mencionado en el VISTO, tramita la adquisición de
Repelente de Insectos, a fin de afrontar la emergencia sanitaria por la
que atraviesan diversas regiones de nuestro país, derivada de la
aparición del mosquito Aedes Aegypti que transmite los virus Zika,
Dengue y Chikungunya, y poder contribuir a la implementación de las
acciones de prevención que resultan imprescindibles para contener el
avance de la epidemia, toda vez que los virus se transmiten mediante la
picadura del mosquito, solicitado por la SUBSECRETARÍA DE ABORDAJE
TERRITORIAL.
Que para hacer frente a las emergencias sanitarias, la SUBSECRETARÍA
antes mencionada cuenta, en forma habitual, con un stock de recursos
que tienen como finalidad satisfacer las necesidades de la población en
situación de riesgo, los cuales son adquiridos a través de los procesos
licitatorios contemplados, en la normativa vigente.
Que dicha SUBSECRETARÍA estimó el costo de la presente contratación y
se llevó a cabo el registro preventivo del crédito legal para atender
el gasto respectivo.
Que, asimismo, la SUBSECRETARÍA mencionada precedentemente informó que
se utilizó el total del stock, el cual se encontraba originariamente
destinado a sostener otras acciones asistenciales previamente
comprometidas, y que debieron ser postergadas ante la gravedad de esta
nueva emergencia.
Que la Coordinación de Monitoreo de Depósitos ratifica la falta de stock del producto requerido.
Que la Dirección de Patrimonio y Suministros en virtud de la naturaleza
de la presente tramitación, propicia se otorgue a la misma el carácter
de Contratación Directa por Compulsa Abreviada por Emergencia prevista
en el artículo 25 inciso d) apartado 5) del Decreto N° 1023/2001 y
modificatorios, reglamentado por los artículos 19, 24 y 141 del Anexo
al Decreto N° 893/2012 y modificatorios.
Que conforme el Acta de Apertura de fecha 29 de febrero de 2016, en la
Contratación Directa por Compulsa Abreviada por Emergencia N° 05/2016,
se presentaron las siguientes firmas: HOME 2000 S.A. (oferta 1), EQUIS
QUINCE S.A. (oferta 2), ALGABO S.A. (oferta 3), LABORATORIOS ESME
S.A.I.C. (oferta 4), MAXXILIMP S.R.L. (oferta 5) e INTER QUIMICA S.R.L.
(oferta 6).
Que obra Nota SIGEN N° 1146/2016- SCyMI de la SINDICATURA GENERAL DE LA
NACIÓN, O.T. N° 169/2016, informando el Precio Testigo para los
renglones 1 a 8, en virtud de lo normado por el Anexo II de la
Resolución SIGEN N° 122/2010.
Que la Dirección de Patrimonio y Suministros procedió a evaluar las ofertas recibidas.
Que de la evaluación realizada surge que las ofertas a desestimar son
las presentadas por las siguientes firmas, HOME 2000 S.A. (oferta 1)
por condicionar el precio del producto, incumpliendo con el punto 1 de
las Cláusulas Particulares del Pliego y el artículo 84 inciso i) del
Decreto 893/2012 y modificatorios; la firma EQUIS QUINCE S.A. (oferta
2) por no consignar la marca del producto cotizado, incumpliendo con el
punto 13 de las Cláusulas Particulares del Pliego; la firma ALGABO S.A.
(oferta 3) por condicionar el plazo de entrega y la forma de pago,
incumpliendo con los puntos 10 y 23 de las Cláusulas Particulares del
Pliego y el artículo 84 inciso i) del Decreto 893/2012 y
modificatorios; la firma MAXXILIMP S.R.L. (oferta 5) por no
cumplimentar con el pedido de documentación solicitado por la Dirección
de Patrimonio y Suministros presentando el Registro Sanitario y
Concepto Toxicológico expedido por la Administración Nacional de
Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (A.N.M.A.T.) en copia
simple, incumpliendo con el Pliego de Bases y Condiciones Particulares
y lo reglamentado por el artículo 85 inciso c) del Decreto 893/2012 y
modificatorios; y la firma INTER QUIMICA S.R.L. (oferta 6) por no
presentar el Certificado Fiscal para Contratar ni solicitud del mismo
de fecha anterior a la apertura, resultando la falta de vigencia
imputable al proveedor, incumpliendo con el punto 19 de las Cláusulas
Particulares del Pliego y lo reglamentado por el artículo 83 inciso b)
apartado 2) del Decreto 893/2012 y modificatorios.
Que la SUBSECRETARÍA DE ABORDAJE TERRITORIAL, emitió su opinión técnica
considerando que la firma LABORATORIOS ESME S.A.I.C. (oferta 4) cumple
con lo solicitado en las Especificaciones Técnicas del Pliego.
Que en consecuencia corresponde adjudicar la Contratación Directa por
Compulsa Abreviada por Emergencia N° 05/2016 a la firma LABORATORIOS
ESME S.A.I.C. (oferta 4).
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente Resolución se dicta dentro del régimen establecido por
el Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, sin perjuicio de la
aplicación supletoria de los Decretos N° 893/2012 y modificatorios, en
virtud de lo dispuesto en la Ley de Ministerios y las normas
modificatorias y complementarias, la Ley N° 24.156 de Administración
Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y
su Decreto Reglamentario N° 1344/2007 y modificatorios, los Decretos
Nros. 355/2002 y 357/2002 y sus respectivos modificatorios y
complementarios y N° 08 del 10 de diciembre de 2015.
Por ello,
LA MINISTRA DE DESARROLLO SOCIAL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Autorízase a efectuar una Contratación Directa por
Compulsa Abreviada por Emergencia prevista en el artículo 25 inciso d)
apartado 5) del Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, reglamentado por
los artículos 19, 24 y 141 del Anexo al Decreto N° 893/2012 y
modificatorios, tendiente a lograr la adquisición de Repelente de
Insectos, solicitado por la SUBSECRETARÍA DE ABORDAJE TERRITORIAL.
ARTÍCULO 2° — Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones Particulares
para la contratación autorizada en el Artículo precedente, que integra
la presente como Anexo I, el que deberá complementarse con el Pliego
Único de Bases y Condiciones Generales aprobado por Disposición N°
58/2014 de la Oficina Nacional de Contrataciones, la cual según Decreto
N° 13 del 05 de Enero de 2016 pasó a la órbita del MINISTERIO DE
MODERNIZACIÓN, y la Ley N° 25.551 “Compre Trabajo Argentino”.
ARTÍCULO 3° — Apruébase la Contratación Directa por Compulsa Abreviada
por Emergencia N° 05/2016 conforme los términos del Artículo 1° y 2° de
la presente.
ARTÍCULO 4° — Desestímanse en la Contratación Directa por Compulsa
Abreviada por Emergencia N° 05/2016, las ofertas presentadas por
firmas: HOME 2000 S.A. (oferta 1), EQUIS QUINCE S.A. (oferta 2), ALGABO
S.A. (oferta 3), MAXXILIMP S.R.L. (oferta 5) e INTER QUIMICA S.R.L.
(oferta 6) acorde lo expuesto en los Considerandos de la presente.
ARTÍCULO 5° — Adjudícase en la Contratación Directa por Compulsa
Abreviada por Emergencia N° 05/2016 a la firma, renglones, cantidades,
marca y montos consignados en el Anexo II que forma parte de la
presente, cuya adjudicación asciende a la suma de PESOS DIEZ MILLONES
OCHOCIENTOS CUATRO MIL ($ 10.804.000.-), acorde lo expuesto en los
Considerandos de la presente.
ARTÍCULO 6° — Autorízase a la Dirección de Patrimonio y Suministros a
emitir la Orden de Compra correspondiente conforme la adjudicación
consignada en el Anexo II que integra la presente.
ARTÍCULO 7° — Atiéndase la erogación que asciende a la suma total de
PESOS DIEZ MILLONES OCHOCIENTOS CUATRO MIL ($ 10.804.000.-), con cargo
a los créditos específicos de este Ministerio para el ejercicio 2016.
ARTÍCULO 8° — La presente Resolución es refrendada por el señor SECRETARIO DE COORDINACIÓN Y MONITOREO INSTITUCIONAL.
ARTÍCULO 9° — Regístrese, notifíquese, publíquese, dese a la Dirección
Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. CAROLINA STANLEY,
Ministra de Desarrollo Social de la Nación.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la
edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser
consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767
- Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
e. 11/04/2016 N° 21261/16 v. 11/04/2016
(Nota Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)