MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA
Resolución 44/2016
Bs. As., 07/04/2016
VISTO el Expediente N° S01:0039875/2016 del Registro del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 13 de fecha 10 de diciembre de 2015 fue creado el MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA.
Que por medio del Decreto N° 231 de fecha 22 de diciembre de 2015 se
aprobó la conformación organizativa de este Ministerio, de acuerdo con
el Organigrama que como Anexo I forma parte integrante del citado
Decreto.
Que conforme al párrafo quinto del Artículo 3° del Decreto N° 1.192 de
fecha 10 de julio de 1992, sustituido por el Artículo 2° del Decreto N°
172 de fecha 27 de diciembre de 2007, el titular del citado ex
MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS era
quien debía ejercer el cargo de Presidente del Directorio de la
COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD
ANÓNIMA (CAMMESA).
Que, asimismo, el Decreto citado autoriza la delegación del ejercicio
de la Presidencia del Directorio de la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL
MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA), por un período
determinado, en la persona que se designe a tal efecto.
Que por el Artículo 12 del Decreto N° 231/2015, los derechos derivados
de las acciones del ESTADO NACIONAL en las sociedades mencionadas en la
Planilla Anexa al referido artículo que hubieren sido asignadas al ex
MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS,
serán ejercidos por el MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA.
Que en función de la normativa citada, en la Asamblea General Ordinaria
de Accionistas y Especial de Accionistas de la Clase “A”, de fecha 6 de
enero de 2016, el suscripto, en representación del Accionista ESTADO
NACIONAL propuso la designación del Secretario de Energía Eléctrica,
Ingeniero Alejandro Valerio SRUOGA, como Presidente y Director Titular
por la Clase “A” de acciones de la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO
MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA).
Que el artículo 9° del estatuto social de la referida Compañía
administradora, aprobado por el Decreto N° 1.192/1992 y sus
modificatorios, establece que la duración del mandato de los Directores
es por el término de un ejercicio.
Que más allá de la designación efectuada en el marco de la referida
Asamblea para el ejercicio anual en curso, resulta conveniente
establecer que el ejercicio del cargo de Director Titular de las
Acciones Clase “A” y la Presidencia del Directorio de la Compañía queda
delegado en el titular de la SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA, dado que
es la autoridad competente para participar en la ejecución de la
política nacional en materia de energía eléctrica, según lo establece
el Decreto N° 231/2015.
Que, por otra parte, resulta necesario modificar y actualizar las
normas de constitución y composición de la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL
MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA).
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS dependiente de la
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ENERGÍA
Y MINERÍA, ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas
por el Artículo 3° del Decreto N° 1.192/1992, sustituido en su párrafo
quinto por el Artículo 2° del Decreto N° 172/2007, el Decreto N°
13/2015 y el Artículo 12 del Decreto N° 231/2015.
Por ello,
EL MINISTRO DE ENERGÍA Y MINERÍA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Establécese que el cargo de Director Titular de las
Acciones Clase “A” y la Presidencia del Directorio de la COMPAÑÍA
ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA
(CAMMESA) serán ejercidos por el titular de la SECRETARÍA DE ENERGÍA
ELÉCTRICA de este Ministerio.
ARTÍCULO 2° — Instrúyese al Secretario de Energía Eléctrica para que,
en ejercicio de los derechos societarios correspondientes al MINISTERIO
DE ENERGÍA Y MINERÍA, promueva los actos necesarios para modificar el
estatuto de la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO
SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) a fin de adecuar sus Artículos 5°, 8° y 9°
al cambio de titularidad de las Acciones Clase “A” de dicha Compañía.
ARTÍCULO 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Ing. JUAN JOSÉ ARANGUREN, Ministro de
Energía y Minería.
e. 13/04/2016 N° 21850/16 v. 13/04/2016