MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA

Resolución 44/2016

Bs. As., 07/04/2016

VISTO el Expediente N° S01:0039875/2016 del Registro del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 13 de fecha 10 de diciembre de 2015 fue creado el MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA.

Que por medio del Decreto N° 231 de fecha 22 de diciembre de 2015 se aprobó la conformación organizativa de este Ministerio, de acuerdo con el Organigrama que como Anexo I forma parte integrante del citado Decreto.

Que conforme al párrafo quinto del Artículo 3° del Decreto N° 1.192 de fecha 10 de julio de 1992, sustituido por el Artículo 2° del Decreto N° 172 de fecha 27 de diciembre de 2007, el titular del citado ex MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS era quien debía ejercer el cargo de Presidente del Directorio de la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA).

Que, asimismo, el Decreto citado autoriza la delegación del ejercicio de la Presidencia del Directorio de la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA), por un período determinado, en la persona que se designe a tal efecto.

Que por el Artículo 12 del Decreto N° 231/2015, los derechos derivados de las acciones del ESTADO NACIONAL en las sociedades mencionadas en la Planilla Anexa al referido artículo que hubieren sido asignadas al ex MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, serán ejercidos por el MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA.

Que en función de la normativa citada, en la Asamblea General Ordinaria de Accionistas y Especial de Accionistas de la Clase “A”, de fecha 6 de enero de 2016, el suscripto, en representación del Accionista ESTADO NACIONAL propuso la designación del Secretario de Energía Eléctrica, Ingeniero Alejandro Valerio SRUOGA, como Presidente y Director Titular por la Clase “A” de acciones de la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA).

Que el artículo 9° del estatuto social de la referida Compañía administradora, aprobado por el Decreto N° 1.192/1992 y sus modificatorios, establece que la duración del mandato de los Directores es por el término de un ejercicio.

Que más allá de la designación efectuada en el marco de la referida Asamblea para el ejercicio anual en curso, resulta conveniente establecer que el ejercicio del cargo de Director Titular de las Acciones Clase “A” y la Presidencia del Directorio de la Compañía queda delegado en el titular de la SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA, dado que es la autoridad competente para participar en la ejecución de la política nacional en materia de energía eléctrica, según lo establece el Decreto N° 231/2015.

Que, por otra parte, resulta necesario modificar y actualizar las normas de constitución y composición de la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA).

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 3° del Decreto N° 1.192/1992, sustituido en su párrafo quinto por el Artículo 2° del Decreto N° 172/2007, el Decreto N° 13/2015 y el Artículo 12 del Decreto N° 231/2015.

Por ello,

EL MINISTRO DE ENERGÍA Y MINERÍA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Establécese que el cargo de Director Titular de las Acciones Clase “A” y la Presidencia del Directorio de la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) serán ejercidos por el titular de la SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA de este Ministerio.

ARTÍCULO 2° — Instrúyese al Secretario de Energía Eléctrica para que, en ejercicio de los derechos societarios correspondientes al MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, promueva los actos necesarios para modificar el estatuto de la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) a fin de adecuar sus Artículos 5°, 8° y 9° al cambio de titularidad de las Acciones Clase “A” de dicha Compañía.

ARTÍCULO 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ing. JUAN JOSÉ ARANGUREN, Ministro de Energía y Minería.

e. 13/04/2016 N° 21850/16 v. 13/04/2016