DECRETOS SECRETOS Y RESERVADOS

Decreto S 914/1998

Bs. As., 06/08/1998

VISTO el PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL para el Ejercicio 1998 aprobado por Ley N° 24.938, distribuido por la Decisión Administrativa N° 6 de fecha 6 de Enero de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que resulta necesario modificar los créditos vigentes del PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL, para permitir la atención de compromisos contraídos por el ESTADO NACIONAL.

Que los gastos correspondientes se financian con la incorporación parcial de los remanentes de recursos correspondientes al Ejercicio 1997 de distintas Jurisdicciones, que deben ser ingresados a la TESORERIA GENERAL DE LA NACION, de acuerdo al artículo 14 de la Decisión Administrativa N° 6 de fecha 6 de enero de 1998.

Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL está facultado para incrementar los gastos financiados con TESORO NACIONAL dado que el nivel actual de los mismos, se encuentra por debajo de lo autorizado por la Ley N° 24.938 de Presupuesto de la Administración Nacional para 1998, en función de las reducciones dispuestas por la Decisión Administrativa N° 361 de fecha 8 de julio de 1998.

Que la modificación propiciada se encuentra amparada en las disposiciones de los artículos 14 y 57 de la Ley N° 24.938 y 8° de la Decisión Administrativa N° 6 de fecha 6 de Enero de 1998.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° — Modifícase el PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL para el Ejercicio 1998, de acuerdo al detalle obrante en planillas anexas al presente artículo que forman parte integrante del mismo.

Art. 2° — Las jurisdicciones y entidades indicadas en las planillas anexas al artículo precedente ingresarán a la TESORERIA GENERAL DE LA NACION los importes correspondientes a los remanentes de recursos del Ejercicio 1997 que se dispone por la presente medida antes de los TREINTA (30) días de la fecha del presente Decreto, quedando modificada, en consecuencia, la fecha establecida por el artículo 14 de la Decisión Administrativa N° 6 de fecha 6 de enero de 1998.

Art. 3° — Comuníquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — MENEM. — Jorge A. Rodriguez. — Roque B. Fernandez.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: Anexos)