MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA
SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA
Resolución 38/2016
Bs. As., 19/04/2016
VISTO el Expediente N° S01:0045664/2016 del Registro del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, y
CONSIDERANDO:
Que con fecha 26 de enero de 2016 el Ministro de Energía y Minería y el
Ministro de Agua, Ambiente y Servicios Públicos de la Provincia de
CÓRDOBA suscribieron un ACUERDO MARCO, en el contexto del proceso de
recomposición de la relación institucional entre el ESTADO NACIONAL y
la Provincia de CÓRDOBA, por el que se convino ejecutar distintas
acciones conducentes a resolver aquellos puntos que fueran incluidos en
dicho Acuerdo.
Que mediante Nota MEyM N° 112 de fecha 4 de marzo de 2016, el Ministro
de Energía y Minería instruyó a la SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA del
MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, a los efectos de adoptar las acciones
que resulten necesarias tendientes a dar cumplimiento a lo estipulado
en el ACUERDO MARCO suscripto.
Que, entre dichas acciones, se encuentra la de establecer la forma en
que, a partir de la firma del ACUERDO MARCO, se readecuará la
remuneración a percibir por la EMPRESA PROVINCIAL DE ENERGÍA DE CÓRDOBA
(EPEC), por la operación de la Central Hidroeléctrica Río Grande, con
el objeto de que le sean aplicables idénticos criterios y
reconocimientos de costos implementados en las Transacciones Económicas
del MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM), para centrales hidroeléctricas
de similares características a las de la hidroeléctrica referida.
Que, a tales fines, corresponde la aplicación de las Resoluciones Nros.
482 de fecha 10 de julio de 2015 de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA del ex
MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS y 22
de fecha 30 de marzo de 2016 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA de
este Ministerio y de las complementarias y/o modificatorios que en el
futuro se dicten.
Que, resulta necesario derogar la Resolución N° 107 de fecha 14 de mayo
de 2002 de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y
OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS a través de la que, oportunamente, se
estableciera la remuneración a percibir por la EMPRESA PROVINCIAL DE
ENERGÍA DE CÓRDOBA (EPEC), por la operación de la Central
Hidroeléctrica Río Grande.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS dependiente de
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ENERGÍA
Y MINERÍA, ha tomado la intervención que le compete.
Que las facultades para el dictado del presente acto surgen de lo
dispuesto por los Artículos 35 y 36 de la Ley N° 24.065, el Artículo 23
nonies de la Ley de Ministerios (Texto Ordenado por Decreto N° 438 de
fecha 12 de marzo de 1992) y sus modificaciones, el Artículo 11 de la
Resolución N° 6 de fecha 25 de enero de 2016 del MINISTERIO DE ENERGÍA
Y MINERÍA y el Artículo 1° de la Resolución N° 25 de fecha 16 de marzo
de 2016 del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA.
Por ello,
EL SECRETARIO DE ENERGÍA ELÉCTRICA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Derógase, con efecto retroactivo al 1 de enero de 2016,
la Resolución N° 107 de fecha 14 de mayo de 2002 de la ex SECRETARÍA DE
ENERGÍA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS.
ARTÍCULO 2° — Establécese que, a partir de la fecha indicada en el
artículo precedente, corresponde reconocer a la EMPRESA PROVINCIAL DE
ENERGÍA DE CÓRDOBA (EPEC), por la operación de su Central
Hidroeléctrica Río Grande, la remuneración que resulte aplicable
conforme lo establecido por las Resoluciones Nros. 482 de fecha 10 de
julio de 2015 de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA del ex MINISTERIO DE
PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, y 22 de fecha 30
de marzo de 2016 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA del MINISTERIO
DE ENERGÍA Y MINERÍA, así como sus complementarias y/o modificatorias
que en el futuro se dicten.
ARTÍCULO 3° — Notifíquese a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO
MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) y a la EMPRESA
PROVINCIAL DE ENERGÍA DE CÓRDOBA (EPEC), del dictado de la presente
resolución.
ARTÍCULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Ing. ALEJANDRO SRUOGA, Secretario de
Energía Eléctrica.
e. 20/04/2016 N° 25040/16 v. 20/04/2016