MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN PRODUCTIVA

Decisión Administrativa 358/2016

Decisión Administrativa N° 85/2008. Modificación.

Bs. As., 21/04/2016

VISTO el Expediente N° 136/2016 del registro del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN PRODUCTIVA, el Decreto N° 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y modificatorios, mediante el cual se homologó el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), la Decisión Administrativa N° 85 del 10 de septiembre de 2008, modificada por la Decisión Administrativa N° 427 de fecha 9 de junio de 2014, la Resolución del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN PRODUCTIVA N° 363 de fecha 3 de junio de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que por la Decisión Administrativa N° 85 de fecha 10 de septiembre de 2008 se aprobó la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN PRODUCTIVA.

Que por Decisión Administrativa N° 427 de fecha 9 de junio de 2014, se modificó la estructura organizativa de primer nivel operativo del citado Ministerio, en la parte correspondiente a la UNIDAD MINISTRO, a la AGENCIA NACIONAL DE PROMOCIÓN CIENTÍFICA Y TECNOLÓGICA y a la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA.

Que a través de la Resolución MINCYT N° 363/2015, se aprobó la estructura de nivel departamental de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA y se aprobaron diversas coordinaciones en el ámbito de la Jurisdicción Ministerial.

Que el desarrollo de nuevos programas impulsados por el Gobierno Nacional en materia de ciencia, tecnología e innovación productiva, ha generado un incremento de las cargas operativas y de gestión en el citado Ministerio tornando imprescindible la adaptación de la organización a los nuevos requerimientos.

Que en consecuencia, resulta necesaria modificar la estructura organizativa de la Jurisdicción.

Que, asimismo, resulta necesario incorporar, homologar, ratificar y derogar diversas unidades pertenecientes al MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN PRODUCTIVA, en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas de dicha Jurisdicción.

Que se cuenta con el crédito necesario en el presupuesto vigente del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN PRODUCTIVA para atender el gasto resultante de la medida que se aprueba por la presente.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN PRODUCTIVA ha tomado la intervención de su competencia.

Que la SECRETARÍA DE HACIENDA, dependiente del MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS, ha tomado la intervención en los aspectos que hacen a su competencia.

Que la SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 100, inciso 1, de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, el artículo 16, inciso 29 de la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificatorias.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

Artículo 1° — Sustitúyense los Anexos la, lb y Id —Organigramas— al Artículo 1° de la Decisión Administrativa N° 85/2008 y sus modificatorias, correspondientes a la UNIDAD MINISTRO, a la SECRETARÍA DE PLANEAMIENTO Y POLÍTICAS EN CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN PRODUCTIVA, y a la AGENCIA NACIONAL DE PROMOCIÓN CIENTÍFICA Y TECNOLÓGICA del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN PRODUCTIVA, de conformidad con el detalle obrante en las Planillas Anexas al presente artículo, que forman parte integrante de esta Decisión Administrativa.

Art. 2° — Suprímese del Anexo II al Artículo 1° de la Decisión Administrativa N° 85/2008 y sus modificatorias, la Responsabilidad primaria y Acciones de la DIRECCIÓN NACIONAL DE RELACIONES INTERNACIONALES, transfiriendo las Coordinaciones de Programas de Cooperación Bilateral, de Programas de Cooperación Regional y Multilateral, y de Programas de Cooperación Internacional con Empresas, aprobadas por Resolución MINCYT N° 363/2015, a la órbita de la DIRECCIÓN NACIONAL DE COOPERACIÓN E INTEGRACIÓN INSTITUCIONAL, dependiente de la UNIDAD MINISTRO.

Art. 3° — Suprímese del Anexo II al Artículo 1° de la Decisión Administrativa N° 85/2008 y sus modificatorias, la Responsabilidad Primaria y Acciones de la DIRECCIÓN DE PROMOCIÓN Y CULTURA CIENTÍFICA dependiente de la SECRETARÍA DE PLANEAMIENTO Y POLÍTICAS EN CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN PRODUCTIVA del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN PRODUCTIVA.

Art. 4° — Incorpórase al Anexo II al Artículo 1° de la Decisión Administrativa N° 85/2008 y sus modificatorias, la Responsabilidad Primaria y Acciones de la DIRECCIÓN GENERAL DE PRENSA Y COMUNICACIÓN dependiente de la UNIDAD MINISTRO del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN PRODUCTIVA, de conformidad con el detalle obrante en la Planilla Anexa al presente artículo, que forma parte integrante de esta Decisión Administrativa.

Art. 5° — Sustitúyese del Anexo II al Artículo 1° de la Decisión Administrativa N° 85/2008 y sus modificatorias, la Responsabilidad Primaria y Acciones de la DIRECCIÓN NACIONAL DE COOPERACIÓN E INTEGRACIÓN INSTITUCIONAL, dependiente de la UNIDAD MINISTRO, de conformidad con el detalle obrante en la Planilla Anexa al presente artículo, que forma parte integrante de esta Decisión Administrativa.

Art. 6° — Incorpórase al Anexo II al Artículo 1° de la Decisión Administrativa N° 85/2008 y sus modificatorias, la Responsabilidad Primaria y Acciones de la DIRECCIÓN NACIONAL DE PROYECTOS ESTRATÉGICOS, dependiente de la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS EN CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN PRODUCTIVA de la SECRETARÍA DE PLANEAMIENTO Y POLÍTICAS EN CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN PRODUCTIVA del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN PRODUCTIVA, de conformidad con el detalle obrante en la Planilla Anexa al presente artículo, que forma parte integrante de esta Decisión Administrativa.

Art. 7° — Incorpóranse al Anexo II al Artículo 1° de la Decisión Administrativa N° 85/2008 y sus modificatorias, la Responsabilidad Primaria y Acciones del FONDO ARGENTINO SECTORIAL (FONARSEC) y del FONDO DE PROMOCIÓN DE LA INDUSTRIA DEL SOFTWARE (FONSOFT), en el ámbito de la AGENCIA NACIONAL DE PROMOCIÓN CIENTÍFICA Y TECNOLÓGICA organismo desconcentrado del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN PRODUCTIVA, de conformidad con el detalle obrante en la Planilla Anexa al presente artículo, que forma parte integrante de esta Decisión Administrativa.

Art. 8° — Establécese que la Coordinación del Fondo Fiduciario de Promoción de la Industria del Software (FONSOFT) dependerá del FONDO DE PROMOCIÓN DE LA INDUSTRIA DEL SOFTWARE (FONSOFT), y la Coordinación del Fondo Argentino Sectorial (FONARSEC) dependerá del FONDO ARGENTINO SECTORIAL (FONARSEC).

Art. 9° — Incorpóranse, homológanse, ratifícanse y deróganse del Nomenclador de Funciones Ejecutivas los cargos pertenecientes al MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN PRODUCTIVA, según el detalle obrante en las Planillas Anexas al presente artículo, que forman parte integrante de esta Decisión Administrativa.

Art. 10. — Mantiénense vigentes las unidades de nivel inferior a las aprobadas por la presente Decisión Administrativa, las cuales conservarán su vigencia con sus acciones, dotaciones, niveles, grados de revista y funciones ejecutivas previstas en el Decreto N° 2098/08 y sus modificatorios.

Art. 11. — Facúltase al titular del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN PRODUCTIVA a aprobar las aperturas de segundo nivel operativo en el ámbito de la Jurisdicción Ministerial, previa intervención de la SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, la que podrá contemplar un incremento de UNA (1) Dirección y DIEZ (10) Coordinaciones sobre las unidades vigentes, del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL homologado por el Decreto N° 2098/08 y modificatorios, las que a través de dicho acto serán incorporadas, ratificadas u homologadas, según corresponda, en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas de la Jurisdicción, con Nivel III (Dirección) y IV (Coordinación).

Art. 12. — Facúltase al titular del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN PRODUCTIVA, previa intervención de la SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, a aprobar y/o modificar el Anexo de Dotación de la estructura que se aprueba por el presente acto, el cual deberá adecuarse a los cargos financiados de conformidad con la Ley de Presupuesto vigente al momento de aprobación.

Art. 13. — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida, será imputado con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente para el corriente ejercicio de la Jurisdicción 71 - MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN PRODUCTIVA.

Art. 14. — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Marcos Peña. — José L. Barañao.

Planilla Anexa al artículo 1° - Sustituye Anexo Ia de la D.A. N°



Planilla Anexa al artículo 1° - Sustituye Anexo Ib de la D.A. N° 85/08



Planilla Anexa al artículo 1° - Sustituye Anexo Id de la D.A. N° 85/08



Planilla Anexa al Artículo 4°

MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN PRODUCTIVA

DIRECCIÓN GENERAL DE PRENSA Y COMUNICACIÓN

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Entender en las relaciones del Señor Ministro con la prensa y los medios masivos de comunicación.

ACCIONES:

1. Realizar la coordinación de las acciones que desarrollan las distintas unidades orgánicas de la jurisdicción en lo concerniente a todas las actividades relacionadas con los medios masivos de comunicación, publicaciones, material de difusión y promoción, estableciendo prioridades para la edición del material.

2. Supervisar el diseño, la producción, la composición y el armado de las piezas editoriales.

3. Planificar y coordinar las campañas publicitarias y las actividades de promoción y difusión de la jurisdicción.

4. Programar, diseñar y ejecutar el armado de la página web del Ministerio.

5. Administrar el desarrollo de la página web del Ministerio, manteniéndola actualizada y lograr que sea un canal de comunicación, formación e información en materia de competencia del mismo.

6. Ejecutar y administrar las actividades en materia de comunicación, difusión e información interna.

7. Proceder a la actualización permanente de la base de datos, bibliotecas y tesauros.

Planilla Anexa al Artículo 5°

MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN PRODUCTIVA

DIRECCIÓN NACIONAL DE COOPERACIÓN E INTEGRACIÓN INSTITUCIONAL

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Entender en acciones de cooperación e integración institucional entre el MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN PRODUCTIVA y los Organismos y Autoridades de los distintos poderes del Estado en el ámbito Nacional, Provincial o Municipal y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Entes Regionales e Instituciones intermedias; como así también en el diseño y ejecución de políticas públicas destinadas a jóvenes actores de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación Productiva, con el fin de promover su arraigo.

Participar en asuntos de cooperación técnica internacional que se relacionen con la ciencia, la tecnología y la innovación productiva.

ACCIONES:

1. Entender en el desarrollo de las acciones tendientes a optimizar las relaciones institucionales del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN PRODUCTIVA con el HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN.

2. Asistir al señor Ministro de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva en la articulación de las relaciones que se establezcan con los gobiernos Provinciales, Municipales y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

3. Entender en materia institucional en lo referente a las relaciones con las sociedades y entidades de carácter civil, como así también con los organismos no gubernamentales, en el ámbito de competencia del Ministerio.

4. Colaborar con las áreas de la jurisdicción en el diseño de planes, programas y proyectos en las materias de competencia del Ministerio a fin de articular con las otras jurisdicciones y organismos las acciones tendientes a promover el desarrollo local y regional.

5. Participar en la realización de convenios bilaterales con estados extranjeros referidos a las competencias relativas a campo de la ciencia, tecnología e innovación.

6. Colaborar con las áreas de la jurisdicción en el diseño, en la evaluación y seguimiento de los planes, programas y proyectos de la jurisdicción ministerial y proponer las medidas tendientes a optimizar la gestión de los mismos y su articulación con otras jurisdicciones y/u organismos.

7. Asistir en la coordinación institucional, diseño y ejecución de políticas públicas destinadas a jóvenes actores de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación Productiva.

8. Intervenir en todas las temáticas relativas a los programas de cooperación bilateral, de cooperación regional y multilateral, y de programas de cooperación internacional con empresas, en materia de competencia de la Jurisdicción.

Planilla Anexa al Artículo 6°

MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN PRODUCTIVA

SECRETARIA DE PLANEAMIENTO Y POLÍTICAS EN CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN PRODUCTIVA

SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS EN CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN PRODUCTIVA

DIRECCIÓN NACIONAL DE PROYECTOS ESTRATÉGICOS

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Asistir a la Subsecretaría en todo lo referente a la elaboración y ejecución de proyectos y programas orientados a la investigación científica, el desarrollo tecnológico y la innovación productiva, enmarcados en las prioridades estratégicas definidas por la superioridad.

ACCIONES:

1. Establecer, junto con otras jurisdicciones del Gobierno Nacional, y en consonancia con el plan nacional de ciencia, tecnología e innovación, los proyectos estratégicos prioritarios en materia de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva.

2. Diseñar, coordinar y ejecutar los proyectos estratégicos establecidos, fijando metas de cumplimiento cuantificables.

3. Coordinar los recursos humanos, materiales y financieros necesarios para llevar a cabo los proyectos estratégicos.

4. Fomentar la relación entre los sectores público y privado en la ejecución de los proyectos estratégicos.

5. Proponer políticas, establecer mecanismos, instrumentos e incentivos específicos a los proyectos estratégicos, para fomentar el financiamiento privado de los mismos.

6. Colaborar con las áreas correspondientes de la jurisdicción para la suscripción de acuerdos y fomento de la cooperación internacional, con entidades gubernamentales, organismos internacionales e instituciones públicas y privadas, tendientes a facilitar la ejecución de los proyectos estratégicos establecidos.

Planilla Anexa al Artículo 7°

MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN PRODUCTIVA

AGENCIA NACIONAL DE PROMOCIÓN CIENTÍFICA Y TECNOLÓGICA

FONDO ARGENTINO SECTORIAL (FONARSEC)

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Intervenir en todas las temáticas relativas al financiamiento de proyectos en las áreas vinculadas a los sistemas y soluciones en tecnología de la información y telecomunicaciones, en el marco de los planes, programas y prioridades establecidos para el sector, a través de procedimientos de evaluación estrictos, rigurosos y transparentes que aseguren la calidad, mérito y pertenencia.

ACCIONES:

1. Efectuar la formulación y ejecución de proyectos de innovación, en el ámbito de los productos, servicios, sistemas y soluciones en tecnología de la información y telecomunicaciones.

2. Elaborar mecanismos tendientes a la promoción en innovación tecnológica en los sectores de las TICs a través de instrumentos de financiamiento dirigidos a emprendimientos del sector de Software y Servicios Informáticos, PyMEs vinculados con el sector, centros de investigación, universidades y estudiantes universitarios, entre otros.

3. Intervenir en las temáticas relativas a la evaluación técnica, económica y financiera de las solicitudes de apoyo económico, en el ámbito de su competencia.

4. Elaborar mecanismos que promuevan el seguimiento de la gestión y supervisión del desarrollo de los distintos proyectos financiados, en el ámbito de su competencia.

MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN PRODUCTIVA

AGENCIA NACIONAL DE PROMOCIÓN CIENTÍFICA Y TECNOLÓGICA

FONDO DE PROMOCIÓN DE LA INDUSTRIA DEL SOFTWARE (FONSOFT)

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Intervenir en todas las temáticas relativas al financiamiento de proyectos en las áreas vinculadas a la industria del software, en el marco de los planes, programas y prioridades establecidos para el sector, cuyo objetivo sea desarrollar capacidades críticas en áreas de alto impacto potencial y transferencia permanente al sector productivo.

ACCIONES:

1. Intervenir en el desarrollo de planes y proyectos público-privados, en el ámbito de su competencia, para crear o expandir centros de investigación orientados al sector productivo, desarrollando una plataforma local que pueda ser compartida por varias empresas y/o instituciones.

2. Elaborar planes de difusión de las convocatorias de presentación de proyectos, para cada uno de los sectores, generando las condiciones que permitan la distribución de los recursos a fin de contribuir a un desarrollo armónico nacional, en el ámbito de su competencia.

3. Efectuar la coordinación entre los instrumentos de financiamiento que se establecieron para los Fondos Sectoriales con el resto de los vigentes en la AGENCIA NACIONAL DE PROMOCIÓN CIENTÍFICA Y TECNOLÓGICA y con otras instituciones sectoriales del país.

4. Elaborar de mecanismos que promuevan el seguimiento y evaluación de los resultados de los proyectos financiados, en el ámbito de su competencia.

Planilla Anexa al Artículo 9°

MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN PRODUCTIVA

INCORPORACIONES

Unidad organizativa Nivel
Unidad Ministro
DIRECCIÓN GENERAL DE PRENSA Y COMUNICACIÓN I
AGENCIA NACIONAL DE PROMOCIÓN CIENTÍFICA Y TECNOLÓGICA
FONDO ARGENTINO SECTORIAL (FONARSEC) I
FONDO DE PROMOCIÓN DE LA INDUSTRIA DEL SOFTWARE (FONSOFT) I
SECRETARÍA DE PLANEAMIENTO Y POLÍTICAS EN CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN PRODUCTIVA
SUBSECRETARIA DE POLÍTICAS EN CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN PRODUCTIVA
DIRECCIÓN NACIONAL DE PROYECTOS ESTRATÉGICOS I

MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN PRODUCTIVA

HOMOLOGACIONES

Unidad organizativa Nivel
Unidad Ministro
DIRECCIÓN NACIONAL DE COOPERACIÓN E INTEGRACIÓN INSTITUCIONAL I

MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN PRODUCTIVA

RATIFICACIONES

Unidad organizativa Nivel
DIRECCIÓN NACIONAL DE COOPERACIÓN E INTEGRACIÓN INSTITUCIONAL
COORDINACIÓN DE PROGRAMAS DE COOPERACIÓN BILATERAL IV
COORDINACIÓN DE PROGRAMAS DE COOPERACIÓN REGIONAL Y MULTILATERAL IV
COORDINACIÓN DE PROGRAMAS DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL CON EMPRESAS IV
AGENCIA NACIONAL DE PROMOCIÓN CIENTÍFICA Y TECNOLÓGICA
FONDO DE PROMOCIÓN DE LA INDUSTRIA DEL SOFTWARE (FONSOFT)
COORDINACIÓN DEL FONDO FIDUCIARIO DE PROMOCIÓN DE LA INDUSTRIA DEL SOFTWARE (FONSOFT) IV
FONDO ARGENTINO SECTORIAL (FONASERC)
COORDINACIÓN DEL FONDO ARGENTINO SECTORIAL (FONASERC) IV

MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN PRODUCTIVA

DEROGACIONES

Unidad organizativa Nivel
DIRECCIÓN NACIONAL DE RELACIONES INTERNACIONALES I
SECRETARÍA DE PLANEAMIENTO Y POLÍTICAS EN CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN PRODUCTIVA
DIRECCIÓN DE PROMOCIÓN Y CULTURA CIENTÍFICA III