MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN PRODUCTIVA
Decisión Administrativa 358/2016
Decisión Administrativa N° 85/2008. Modificación.
Bs. As., 21/04/2016
VISTO el Expediente N° 136/2016 del registro del MINISTERIO DE CIENCIA,
TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN PRODUCTIVA, el Decreto N° 2098 de fecha 3 de
diciembre de 2008 y modificatorios, mediante el cual se homologó el
Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA
NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), la Decisión Administrativa N° 85
del 10 de septiembre de 2008, modificada por la Decisión Administrativa
N° 427 de fecha 9 de junio de 2014, la Resolución del MINISTERIO DE
CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN PRODUCTIVA N° 363 de fecha 3 de junio
de 2015, y
CONSIDERANDO:
Que por la Decisión Administrativa N° 85 de fecha 10 de septiembre de
2008 se aprobó la estructura organizativa de primer y segundo nivel
operativo del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN PRODUCTIVA.
Que por Decisión Administrativa N° 427 de fecha 9 de junio de 2014, se
modificó la estructura organizativa de primer nivel operativo del
citado Ministerio, en la parte correspondiente a la UNIDAD MINISTRO, a
la AGENCIA NACIONAL DE PROMOCIÓN CIENTÍFICA Y TECNOLÓGICA y a la
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA.
Que a través de la Resolución MINCYT N° 363/2015, se aprobó la
estructura de nivel departamental de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN
ADMINISTRATIVA y se aprobaron diversas coordinaciones en el ámbito de
la Jurisdicción Ministerial.
Que el desarrollo de nuevos programas impulsados por el Gobierno
Nacional en materia de ciencia, tecnología e innovación productiva, ha
generado un incremento de las cargas operativas y de gestión en el
citado Ministerio tornando imprescindible la adaptación de la
organización a los nuevos requerimientos.
Que en consecuencia, resulta necesaria modificar la estructura organizativa de la Jurisdicción.
Que, asimismo, resulta necesario incorporar, homologar, ratificar y
derogar diversas unidades pertenecientes al MINISTERIO DE CIENCIA,
TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN PRODUCTIVA, en el Nomenclador de Funciones
Ejecutivas de dicha Jurisdicción.
Que se cuenta con el crédito necesario en el presupuesto vigente del
MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN PRODUCTIVA para atender
el gasto resultante de la medida que se aprueba por la presente.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE
CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN PRODUCTIVA ha tomado la intervención
de su competencia.
Que la SECRETARÍA DE HACIENDA, dependiente del MINISTERIO DE HACIENDA Y
FINANZAS PÚBLICAS, ha tomado la intervención en los aspectos que hacen
a su competencia.
Que la SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE EMPLEO PÚBLICO de la
SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN ha tomado
la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades
conferidas por el artículo 100, inciso 1, de la CONSTITUCIÓN NACIONAL,
el artículo 16, inciso 29 de la Ley de Ministerios (texto ordenado por
Decreto N° 438/92) y sus modificatorias.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1° — Sustitúyense los
Anexos la, lb y Id —Organigramas— al Artículo 1° de la Decisión
Administrativa N° 85/2008 y sus modificatorias, correspondientes a la
UNIDAD MINISTRO, a la SECRETARÍA DE PLANEAMIENTO Y POLÍTICAS EN
CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN PRODUCTIVA, y a la AGENCIA NACIONAL DE
PROMOCIÓN CIENTÍFICA Y TECNOLÓGICA del MINISTERIO DE CIENCIA,
TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN PRODUCTIVA, de conformidad con el detalle
obrante en las Planillas Anexas al presente artículo, que forman parte
integrante de esta Decisión Administrativa.
Art. 2° — Suprímese del Anexo
II al Artículo 1° de la Decisión Administrativa N° 85/2008 y sus
modificatorias, la Responsabilidad primaria y Acciones de la DIRECCIÓN
NACIONAL DE RELACIONES INTERNACIONALES, transfiriendo las
Coordinaciones de Programas de Cooperación Bilateral, de Programas de
Cooperación Regional y Multilateral, y de Programas de Cooperación
Internacional con Empresas, aprobadas por Resolución MINCYT N°
363/2015, a la órbita de la DIRECCIÓN NACIONAL DE COOPERACIÓN E
INTEGRACIÓN INSTITUCIONAL, dependiente de la UNIDAD MINISTRO.
Art. 3° — Suprímese del Anexo
II al Artículo 1° de la Decisión Administrativa N° 85/2008 y sus
modificatorias, la Responsabilidad Primaria y Acciones de la DIRECCIÓN
DE PROMOCIÓN Y CULTURA CIENTÍFICA dependiente de la SECRETARÍA DE
PLANEAMIENTO Y POLÍTICAS EN CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN PRODUCTIVA
del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN PRODUCTIVA.
Art. 4° — Incorpórase al Anexo
II al Artículo 1° de la Decisión Administrativa N° 85/2008 y sus
modificatorias, la Responsabilidad Primaria y Acciones de la DIRECCIÓN
GENERAL DE PRENSA Y COMUNICACIÓN dependiente de la UNIDAD MINISTRO del
MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN PRODUCTIVA, de
conformidad con el detalle obrante en la Planilla Anexa al presente
artículo, que forma parte integrante de esta Decisión Administrativa.
Art. 5° — Sustitúyese del Anexo
II al Artículo 1° de la Decisión Administrativa N° 85/2008 y sus
modificatorias, la Responsabilidad Primaria y Acciones de la DIRECCIÓN
NACIONAL DE COOPERACIÓN E INTEGRACIÓN INSTITUCIONAL, dependiente de la
UNIDAD MINISTRO, de conformidad con el detalle obrante en la Planilla
Anexa al presente artículo, que forma parte integrante de esta Decisión
Administrativa.
Art. 6° — Incorpórase al Anexo
II al Artículo 1° de la Decisión Administrativa N° 85/2008 y sus
modificatorias, la Responsabilidad Primaria y Acciones de la DIRECCIÓN
NACIONAL DE PROYECTOS ESTRATÉGICOS, dependiente de la SUBSECRETARÍA DE
POLÍTICAS EN CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN PRODUCTIVA de la
SECRETARÍA DE PLANEAMIENTO Y POLÍTICAS EN CIENCIA, TECNOLOGÍA E
INNOVACIÓN PRODUCTIVA del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E
INNOVACIÓN PRODUCTIVA, de conformidad con el detalle obrante en la
Planilla Anexa al presente artículo, que forma parte integrante de esta
Decisión Administrativa.
Art. 7° — Incorpóranse al Anexo
II al Artículo 1° de la Decisión Administrativa N° 85/2008 y sus
modificatorias, la Responsabilidad Primaria y Acciones del FONDO
ARGENTINO SECTORIAL (FONARSEC) y del FONDO DE PROMOCIÓN DE LA INDUSTRIA
DEL SOFTWARE (FONSOFT), en el ámbito de la AGENCIA NACIONAL DE
PROMOCIÓN CIENTÍFICA Y TECNOLÓGICA organismo desconcentrado del
MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN PRODUCTIVA, de
conformidad con el detalle obrante en la Planilla Anexa al presente
artículo, que forma parte integrante de esta Decisión Administrativa.
Art. 8° — Establécese que la
Coordinación del Fondo Fiduciario de Promoción de la Industria del
Software (FONSOFT) dependerá del FONDO DE PROMOCIÓN DE LA INDUSTRIA DEL
SOFTWARE (FONSOFT), y la Coordinación del Fondo Argentino Sectorial
(FONARSEC) dependerá del FONDO ARGENTINO SECTORIAL (FONARSEC).
Art. 9° — Incorpóranse,
homológanse, ratifícanse y deróganse del Nomenclador de Funciones
Ejecutivas los cargos pertenecientes al MINISTERIO DE CIENCIA,
TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN PRODUCTIVA, según el detalle obrante en las
Planillas Anexas al presente artículo, que forman parte integrante de
esta Decisión Administrativa.
Art. 10. — Mantiénense vigentes
las unidades de nivel inferior a las aprobadas por la presente Decisión
Administrativa, las cuales conservarán su vigencia con sus acciones,
dotaciones, niveles, grados de revista y funciones ejecutivas previstas
en el Decreto N° 2098/08 y sus modificatorios.
Art. 11. — Facúltase al titular
del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN PRODUCTIVA a aprobar
las aperturas de segundo nivel operativo en el ámbito de la
Jurisdicción Ministerial, previa intervención de la SUBSECRETARÍA DE
PLANIFICACIÓN DE EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del
MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, la que podrá contemplar un incremento de
UNA (1) Dirección y DIEZ (10) Coordinaciones sobre las unidades
vigentes, del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por
el CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL homologado por
el Decreto N° 2098/08 y modificatorios, las que a través de dicho acto
serán incorporadas, ratificadas u homologadas, según corresponda, en el
Nomenclador de Funciones Ejecutivas de la Jurisdicción, con Nivel III
(Dirección) y IV (Coordinación).
Art. 12. — Facúltase al titular
del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN PRODUCTIVA, previa
intervención de la SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE EMPLEO PÚBLICO de
la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, a
aprobar y/o modificar el Anexo de Dotación de la estructura que se
aprueba por el presente acto, el cual deberá adecuarse a los cargos
financiados de conformidad con la Ley de Presupuesto vigente al momento
de aprobación.
Art. 13. — El gasto que demande
el cumplimiento de la presente medida, será imputado con cargo a las
partidas específicas del presupuesto vigente para el corriente
ejercicio de la Jurisdicción 71 - MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E
INNOVACIÓN PRODUCTIVA.
Art. 14. — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Marcos Peña. — José L. Barañao.
Planilla Anexa al artículo 1° - Sustituye Anexo Ia de la D.A. N°
Planilla Anexa al artículo 1° - Sustituye Anexo Ib de la D.A. N° 85/08
Planilla Anexa al artículo 1° - Sustituye Anexo Id de la D.A. N° 85/08
Planilla Anexa al Artículo 4°
MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN PRODUCTIVA
DIRECCIÓN GENERAL DE PRENSA Y COMUNICACIÓN
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Entender en las relaciones del Señor Ministro con la prensa y los medios masivos de comunicación.
ACCIONES:
1. Realizar la coordinación de las acciones que desarrollan las
distintas unidades orgánicas de la jurisdicción en lo concerniente a
todas las actividades relacionadas con los medios masivos de
comunicación, publicaciones, material de difusión y promoción,
estableciendo prioridades para la edición del material.
2. Supervisar el diseño, la producción, la composición y el armado de las piezas editoriales.
3. Planificar y coordinar las campañas publicitarias y las actividades de promoción y difusión de la jurisdicción.
4. Programar, diseñar y ejecutar el armado de la página web del Ministerio.
5. Administrar el desarrollo de la página web del Ministerio,
manteniéndola actualizada y lograr que sea un canal de comunicación,
formación e información en materia de competencia del mismo.
6. Ejecutar y administrar las actividades en materia de comunicación, difusión e información interna.
7. Proceder a la actualización permanente de la base de datos, bibliotecas y tesauros.
Planilla Anexa al Artículo 5°
MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN PRODUCTIVA
DIRECCIÓN NACIONAL DE COOPERACIÓN E INTEGRACIÓN INSTITUCIONAL
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Entender en acciones de cooperación e integración institucional entre
el MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN PRODUCTIVA y los
Organismos y Autoridades de los distintos poderes del Estado en el
ámbito Nacional, Provincial o Municipal y de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, Entes Regionales e Instituciones intermedias; como así
también en el diseño y ejecución de políticas públicas destinadas a
jóvenes actores de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación
Productiva, con el fin de promover su arraigo.
Participar en asuntos de cooperación técnica internacional que se
relacionen con la ciencia, la tecnología y la innovación productiva.
ACCIONES:
1. Entender en el desarrollo de las acciones tendientes a optimizar las
relaciones institucionales del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E
INNOVACIÓN PRODUCTIVA con el HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN.
2. Asistir al señor Ministro de Ciencia, Tecnología e Innovación
Productiva en la articulación de las relaciones que se establezcan con
los gobiernos Provinciales, Municipales y la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires.
3. Entender en materia institucional en lo referente a las relaciones
con las sociedades y entidades de carácter civil, como así también con
los organismos no gubernamentales, en el ámbito de competencia del
Ministerio.
4. Colaborar con las áreas de la jurisdicción en el diseño de planes,
programas y proyectos en las materias de competencia del Ministerio a
fin de articular con las otras jurisdicciones y organismos las acciones
tendientes a promover el desarrollo local y regional.
5. Participar en la realización de convenios bilaterales con estados
extranjeros referidos a las competencias relativas a campo de la
ciencia, tecnología e innovación.
6. Colaborar con las áreas de la jurisdicción en el diseño, en la
evaluación y seguimiento de los planes, programas y proyectos de la
jurisdicción ministerial y proponer las medidas tendientes a optimizar
la gestión de los mismos y su articulación con otras jurisdicciones y/u
organismos.
7. Asistir en la coordinación institucional, diseño y ejecución de
políticas públicas destinadas a jóvenes actores de la Ciencia, la
Tecnología y la Innovación Productiva.
8. Intervenir en todas las temáticas relativas a los programas de
cooperación bilateral, de cooperación regional y multilateral, y de
programas de cooperación internacional con empresas, en materia de
competencia de la Jurisdicción.
Planilla Anexa al Artículo 6°
MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN PRODUCTIVA
SECRETARIA DE PLANEAMIENTO Y POLÍTICAS EN CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN PRODUCTIVA
SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS EN CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN PRODUCTIVA
DIRECCIÓN NACIONAL DE PROYECTOS ESTRATÉGICOS
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Asistir a la Subsecretaría en todo lo referente a la elaboración y
ejecución de proyectos y programas orientados a la investigación
científica, el desarrollo tecnológico y la innovación productiva,
enmarcados en las prioridades estratégicas definidas por la
superioridad.
ACCIONES:
1. Establecer, junto con otras jurisdicciones del Gobierno Nacional, y
en consonancia con el plan nacional de ciencia, tecnología e
innovación, los proyectos estratégicos prioritarios en materia de
Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva.
2. Diseñar, coordinar y ejecutar los proyectos estratégicos establecidos, fijando metas de cumplimiento cuantificables.
3. Coordinar los recursos humanos, materiales y financieros necesarios para llevar a cabo los proyectos estratégicos.
4. Fomentar la relación entre los sectores público y privado en la ejecución de los proyectos estratégicos.
5. Proponer políticas, establecer mecanismos, instrumentos e incentivos
específicos a los proyectos estratégicos, para fomentar el
financiamiento privado de los mismos.
6. Colaborar con las áreas correspondientes de la jurisdicción para la
suscripción de acuerdos y fomento de la cooperación internacional, con
entidades gubernamentales, organismos internacionales e instituciones
públicas y privadas, tendientes a facilitar la ejecución de los
proyectos estratégicos establecidos.
Planilla Anexa al Artículo 7°
MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN PRODUCTIVA
AGENCIA NACIONAL DE PROMOCIÓN CIENTÍFICA Y TECNOLÓGICA
FONDO ARGENTINO SECTORIAL (FONARSEC)
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Intervenir en todas las temáticas relativas al financiamiento de
proyectos en las áreas vinculadas a los sistemas y soluciones en
tecnología de la información y telecomunicaciones, en el marco de los
planes, programas y prioridades establecidos para el sector, a través
de procedimientos de evaluación estrictos, rigurosos y transparentes
que aseguren la calidad, mérito y pertenencia.
ACCIONES:
1. Efectuar la formulación y ejecución de proyectos de innovación, en
el ámbito de los productos, servicios, sistemas y soluciones en
tecnología de la información y telecomunicaciones.
2. Elaborar mecanismos tendientes a la promoción en innovación
tecnológica en los sectores de las TICs a través de instrumentos de
financiamiento dirigidos a emprendimientos del sector de Software y
Servicios Informáticos, PyMEs vinculados con el sector, centros de
investigación, universidades y estudiantes universitarios, entre otros.
3. Intervenir en las temáticas relativas a la evaluación técnica,
económica y financiera de las solicitudes de apoyo económico, en el
ámbito de su competencia.
4. Elaborar mecanismos que promuevan el seguimiento de la gestión y
supervisión del desarrollo de los distintos proyectos financiados, en
el ámbito de su competencia.
MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN PRODUCTIVA
AGENCIA NACIONAL DE PROMOCIÓN CIENTÍFICA Y TECNOLÓGICA
FONDO DE PROMOCIÓN DE LA INDUSTRIA DEL SOFTWARE (FONSOFT)
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Intervenir en todas las temáticas relativas al financiamiento de
proyectos en las áreas vinculadas a la industria del software, en el
marco de los planes, programas y prioridades establecidos para el
sector, cuyo objetivo sea desarrollar capacidades críticas en áreas de
alto impacto potencial y transferencia permanente al sector productivo.
ACCIONES:
1. Intervenir en el desarrollo de planes y proyectos público-privados,
en el ámbito de su competencia, para crear o expandir centros de
investigación orientados al sector productivo, desarrollando una
plataforma local que pueda ser compartida por varias empresas y/o
instituciones.
2. Elaborar planes de difusión de las convocatorias de presentación de
proyectos, para cada uno de los sectores, generando las condiciones que
permitan la distribución de los recursos a fin de contribuir a un
desarrollo armónico nacional, en el ámbito de su competencia.
3. Efectuar la coordinación entre los instrumentos de financiamiento
que se establecieron para los Fondos Sectoriales con el resto de los
vigentes en la AGENCIA NACIONAL DE PROMOCIÓN CIENTÍFICA Y TECNOLÓGICA y
con otras instituciones sectoriales del país.
4. Elaborar de mecanismos que promuevan el seguimiento y evaluación de
los resultados de los proyectos financiados, en el ámbito de su
competencia.
Planilla Anexa al Artículo 9°
MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN PRODUCTIVA
INCORPORACIONES
Unidad organizativa |
Nivel |
Unidad Ministro |
|
DIRECCIÓN GENERAL DE PRENSA Y COMUNICACIÓN |
I |
AGENCIA NACIONAL DE PROMOCIÓN CIENTÍFICA Y TECNOLÓGICA |
|
FONDO ARGENTINO SECTORIAL (FONARSEC) |
I |
FONDO DE PROMOCIÓN DE LA INDUSTRIA DEL SOFTWARE (FONSOFT) |
I |
SECRETARÍA DE PLANEAMIENTO Y POLÍTICAS EN CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN PRODUCTIVA |
|
SUBSECRETARIA DE POLÍTICAS EN CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN PRODUCTIVA |
|
DIRECCIÓN NACIONAL DE PROYECTOS ESTRATÉGICOS |
I |
MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN PRODUCTIVA
HOMOLOGACIONES
Unidad organizativa |
Nivel |
Unidad Ministro |
|
DIRECCIÓN NACIONAL DE COOPERACIÓN E INTEGRACIÓN INSTITUCIONAL |
I |
MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN PRODUCTIVA
RATIFICACIONES
Unidad organizativa |
Nivel |
DIRECCIÓN NACIONAL DE COOPERACIÓN E INTEGRACIÓN INSTITUCIONAL |
|
COORDINACIÓN DE PROGRAMAS DE COOPERACIÓN BILATERAL |
IV |
COORDINACIÓN DE PROGRAMAS DE COOPERACIÓN REGIONAL Y MULTILATERAL |
IV |
COORDINACIÓN DE PROGRAMAS DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL CON EMPRESAS |
IV |
AGENCIA NACIONAL DE PROMOCIÓN CIENTÍFICA Y TECNOLÓGICA |
|
FONDO DE PROMOCIÓN DE LA INDUSTRIA DEL SOFTWARE (FONSOFT) |
|
COORDINACIÓN DEL FONDO FIDUCIARIO DE PROMOCIÓN DE LA INDUSTRIA DEL SOFTWARE (FONSOFT) |
IV |
FONDO ARGENTINO SECTORIAL (FONASERC) |
|
COORDINACIÓN DEL FONDO ARGENTINO SECTORIAL (FONASERC) |
IV |
MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN PRODUCTIVA
DEROGACIONES
Unidad organizativa |
Nivel |
DIRECCIÓN NACIONAL DE RELACIONES INTERNACIONALES |
I |
SECRETARÍA DE PLANEAMIENTO Y POLÍTICAS EN CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN PRODUCTIVA |
|
DIRECCIÓN DE PROMOCIÓN Y CULTURA CIENTÍFICA |
III |