MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA
Decisión Administrativa 378/2016
Desígnase Director Nacional de Infraestructura Básica y Equipamiento Comunitario para la Urbanización.
Bs. As., 28/04/2016
VISTO el Expediente N° S02:0018023/2016 del registro del MINISTERIO DEL
INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, las Leyes Nros. 27.008 y 27.198,
los Decretos N° 2098 del 3 de diciembre de 2008 y modificatorios y N°
227 del 20 de enero de 2016, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 27.008 se aprobó el Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercido 2015.
Que por la Ley N° 27.198 se aprobó el Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio 2016.
Que los artículos 7° de las mencionadas Leyes establecen que las
Jurisdicciones y Entidades de la Administración Pública Nacional no
podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de
su sanción, ni los que se produzcan con posterioridad a dicha fecha,
salvo decisión fundada del JEFE DE GABINETE DE MINISTROS.
Que por el Decreto N° 227/16 se facultó al JEFE DE GABINETE DE
MINISTROS a efectuar, entre otras, toda designación de personal en el
ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y
descentralizada, en cargos de la dotación de planta permanente y
transitoria, que se encuentren vacantes y financiados con la
correspondiente partida presupuestaria, a propuesta de la Jurisdicción
o Entidad correspondiente.
Que el MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA solicita la
designación transitoria del Ing. Federico Matías BUSTELO (D.N.I. N°
24.963.527) en el cargo de DIRECTOR NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA BÁSICA
Y EQUIPAMIENTO COMUNITARIO PARA LA URBANIZACIÓN (Nivel A, Grado 0, F.E.
I) de la SUBSECRETARÍA DE HÁBITAT Y DESARROLLO HUMANO dependiente de la
SECRETARÍA DE VIVIENDA Y HÁBITAT, perteneciente al mencionado
Ministerio, a fin de asegurar el cumplimiento de los objetivos
asignados a dicha dependencia.
Que corresponde autorizar el pago de la Función Ejecutiva
correspondiente, de acuerdo con lo normado en el SISTEMA NACIONAL DE
EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial homologado por el Decreto N° 2098/08 y modificatorios.
Que dicha Jurisdicción cuenta con la respectiva vacante financiada,
motivo por el cual la presente medida no constituye asignación de
recurso extraordinario alguno.
Que ha tomado la intervención que le compete la DIRECCIÓN GENERAL DE
ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y
VIVIENDA.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes
del artículo 100, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, de lo dispuesto
por los artículos 7° de las Leyes N° 27.008 y N° 27.198 y por el
artículo 1° del Decreto N° 227/16.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1° — Desígnase con
carácter transitorio en la Planta Permanente del MINISTERIO DEL
INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, a partir del 23 de diciembre de
2015 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a
partir del dictado de la presente medida, en el cargo de DIRECTOR
NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA BÁSICA Y EQUIPAMIENTO COMUNITARIO PARA LA
URBANIZACIÓN, Nivel A, Grado 0, F.E. I del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO
PÚBLICO (SINEP), de la SUBSECRETARÍA DE HÁBITAT Y DESARROLLO HUMANO
dependiente de la SECRETARÍA DE VIVIENDA Y HÁBITAT, al Ing. D. Federico
Matías BUSTELO (D.N.I. N° 24.963.527), con autorización excepcional a
lo dispuesto por los artículos 7° de las Leyes N° 27.008 y N° 27.198 y
autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva Nivel I
del citado Convenio.
Art. 2° — El cargo consignado
en el artículo 1° deberá ser cubierto conforme a los requisitos y
sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente,
en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII y IV del SISTEMA NACIONAL
DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de
Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N° 2098 del 3 de diciembre
de 2008 y modificatorios, en el término de CIENTO OCHENTA (180) días
hábiles, contados a partir del dictado de la presente medida.
Art. 3° — El gasto que demande
el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las
partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 30 -
MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA.
Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Marcos Peña. — Rogelio Frigerio.