MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS

SECRETARÍA DE HACIENDA

SUBTESORERÍA GENERAL DE LA NACIÓN

Disposición 8/2016

Bs. As., 21/04/2016

VISTO la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificaciones, la Ley N° 27.198 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2016, el Decreto N° 1.344 de fecha 4 de octubre de 2007 y sus modificaciones, y

CONSIDERANDO:

Que el Artículo 82 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 faculta a la TESORERÍA GENERAL DE LA NACIÓN dependiente de la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS, a emitir instrumentos financieros denominados Letras del Tesoro para cubrir deficiencias estacionales de caja hasta el monto que fije anualmente la Ley de Presupuesto General de la Administración Nacional.

Que el Artículo 82 del Anexo al Decreto N° 1.344 de fecha 4 de octubre de 2007 fija las pautas que deberán observarse para la emisión y colocación de las Letras del Tesoro.

Que ante la propuesta de las autoridades del MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS, el FONDO DE GARANTÍA DE SUSTENTABILIDAD DEL SISTEMA INTEGRADO PREVISIONAL ARGENTINO (FGS), ha aceptado suscribir Letras del Tesoro en dólares estadounidenses a corto plazo.

Que la emisión que se dispone está contenida dentro del límite que al respecto establece el Artículo 36 de la Ley N° 27.198 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2016.

Que se ha dado cumplimiento a los procedimientos que rigen la emisión y colocación de las precitadas Letras.

Que asimismo, se ha previsto que los gastos que irrogue la emisión y colocación de estos instrumentos, como así también los intereses que devenguen deberán ser imputados a los créditos previstos en la Jurisdicción 90 SERVICIO DE LA DEUDA PÚBLICA.

Que la presente medida se dicta de acuerdo a lo establecido por el Artículo 82 de la Ley N° 24.156, su reglamentación y sus respectivas modificaciones.

Por ello,

EL SUBTESORERO GENERAL DE LA NACIÓN

DISPONE:

ARTÍCULO 1° — Dispónese la emisión de Letras del Tesoro en dólares estadounidenses con vencimiento 21 de Julio de 2016 por un importe de DÓLARES ESTADOUNIDENSES VALOR NOMINAL QUINIENTOS VEINTISEIS MILLONES TRESCIENTOS SETENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y DOS (U$S VN 526.372.392), la que se colocará en dos tramos, de acuerdo a las siguientes condiciones financieras:

FECHA DE EMISIÓN: 21 de Abril de 2016.

PLAZO: NOVENTA Y UN (91) días.

TASA DE INTERÉS: CUATRO CON CINCUENTA CENTÉSIMOS (4,50%) Nominal Anual. Base de cálculo, actual/365.

DENOMINACIÓN MÍNIMA: Será de VALOR NOMINAL ORIGINAL DÓLARES ESTADOUNIDENSES UNO (V.N.O. U$S 1).

AMORTIZACIÓN: Íntegramente a su vencimiento.

FORMA DE COLOCACIÓN: Suscripción directa por parte del FONDO DE GARANTÍA DE SUSTENTABILIDAD DEL SISTEMA INTEGRADO PREVISIONAL ARGENTINO (FGS).

NEGOCIACIÓN: Serán negociables en el Mercado Abierto Electrónico (MAE) y en la Bolsa de Comercio de Buenos Aires.

TITULARIDAD: Se emitirán certificados intransferibles que serán depositados en la CENTRAL DE REGISTRO Y LIQUIDACIÓN DE PASIVOS PÚBLICOS Y FIDEICOMISOS FINANCIEROS del BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA.

ATENCIÓN DE SERVICIOS FINANCIEROS: Los pagos se cursarán a través del BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA mediante la transferencia de fondos en la cuenta de efectivo que posea el titular de registro en dicha institución.

PRIMER TRAMO

FECHA DE COLOCACION: 21 de Abril de 2016.

VALOR NOMINAL: DÓLARES ESTADOUNIDENSES TRESCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y CUATRO (U$SVN 394.868.874).

PRECIO: CIEN (100%) por cada U$SVN 100.

VALOR EFECTIVO: DÓLARES ESTADOUNIDENSES TRESCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y CUATRO (U$S 394.868.874).

SEGUNDO TRAMO

FECHA DE COLOCACION: 25 de Abril de 2016.

VALOR NOMINAL: DÓLARES ESTADOUNIDENSES CIENTO TREINTA Y UN MILLONES QUINIENTOS TRES MIL QUINIENTOS DIECIOCHO (U$SVN 131.503.518)

PRECIO CON INTERESES CORRIDOS: CIEN CON CUARENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS QUINCE MILLONÉSIMOS (100,049315 %) por cada U$SVN 100.

VALOR EFECTIVO: DÓLARES ESTADOUNIDENSES CIENTO TREINTA Y UN MILLONES QUINIENTOS SESENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS SESENTA Y OCHO CON 96/100 (U$S 131.568.368,96).

ARTÍCULO 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Cdor. HORACIO H. MUSCIA, Subtesorero General de la Nación.

e. 02/05/2016 N° 27416/16 v. 02/05/2016