Ministerio de Agroindustria

EMERGENCIA AGROPECUARIA

Resolución 166/2016

Resolución N° 15/2016. Modificación.

Bs. As., 04/05/2016

VISTO el Expediente N° S05:0017634/2016 del Registro del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, la Ley N° 26.509 y su Decreto Reglamentario N° 1.712 del 10 de noviembre de 2009, la Resolución N° 15 del 18 de febrero de 2016 del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, el Acta de la reunión de la COMISIÓN NACIONAL DE EMERGENCIAS Y DESASTRES AGROPECUARIOS del 27 de abril de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que la Provincia de ENTRE RÍOS, a los efectos de la aplicación de la Ley N° 26.509 presentó a la COMISIÓN NACIONAL DE EMERGENCIAS Y DESASTRES AGROPECUARIOS en la reunión del 27 de abril de 2016, el Decreto N° 879 del 22 de abril de 2016 que amplía la declaración del estado de emergencia y/o desastre agropecuario dispuesta por el Decreto Provincial N° 411 del 29 de diciembre de 2015 incorporando a los productores ganaderos, lecheros, agrícolas, forestales, citrícolas, apícolas y hortícolas de todos los departamentos de la Provincia de ENTRE RÍOS.

Que luego de analizar la situación planteada la COMISIÓN NACIONAL DE EMERGENCIAS Y DESASTRES AGROPECUARIOS recomendó que la declaración del estado de emergencia y/o desastre agropecuario, según corresponda, que fuera dictada por el término de UN (1) año desde el 15 de diciembre de 2015, por la Resolución N° 15 del 18 de febrero de 2016 del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, se amplíe para todas las actividades agropecuarias de todo el territorio provincial que fueron afectadas por la crecida y desborde de los Ríos Paraná, Gualeguay y Uruguay y arroyos, a raíz de las extraordinarias precipitaciones ocurridas en los últimos meses, intensificadas en el mes de abril de 2016.

Que la COMISIÓN NACIONAL DE EMERGENCIAS Y DESASTRES AGROPECUARIOS mantiene el 14 de diciembre de 2016, como fecha de finalización del ciclo productivo para las explotaciones agropecuarias declaradas en emergencia y/o desastre agropecuario, que fuera dispuesta por el Artículo 2° de la citada Resolución N° 15/16, de acuerdo con lo estipulado en los Artículos 22 y 23 del Anexo del Decreto N° 1.712 de fecha 10 de noviembre de 2009.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en función de lo previsto por la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificaciones y el Artículo 9° del Anexo del Decreto N° 1.712 de fecha 10 de noviembre de 2009.

Por ello,

EL MINISTRO DE AGROINDUSTRIA

RESUELVE:

Artículo 1° — Sustitúyese el Artículo 1° de la Resolución N° 15 del 18 de febrero de 2016 del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA el que quedará redactado de la siguiente manera: “ARTÍCULO 1°.- A los efectos de la aplicación de la Ley N° 26.509: Dáse por declarado en la Provincia de ENTRE RÍOS el estado de emergencia y/o desastre agropecuario, según corresponda, por el término de UN (1) año desde el 15 de diciembre 2015, en todo el territorio provincial para todas las actividades agropecuarias afectadas por la crecida y desborde de los Ríos Paraná, Gualeguay y Uruguay y arroyos, a raíz de las extraordinarias precipitaciones ocurridas en los últimos meses.”.

Art. 2° — La presente resolución entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.

Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ricardo Buryaile.