MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

Resolución 232/2016

Bs. As., 10/05/2016

VISTO el Expediente N° 1.716.460/16 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 24.013, los Decretos Nros. 2.725 del 26 de diciembre de 1991, 1.095 de fecha 25 de agosto de 2004 y 602 del 19 de abril de 2016, la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 617 del 2 de septiembre de 2004, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 24.013 se creó el CONSEJO NACIONAL DEL EMPLEO, LA PRODUCTIVIDAD Y EL SALARIO MÍNIMO, VITAL Y MÓVIL, fijándose las pautas para su integración y conformación.

Que por Decreto N° 602/16 se designó al suscripto en carácter de Presidente de dicho Consejo, al tiempo que se le instruyó como titular de la Cartera Laboral, a convocar al citado cuerpo, debiendo integrarse a tal efecto las representaciones sectoriales de los trabajadores y de los empleadores.

Que según el artículo 1° del Reglamento de Funcionamiento del CONSEJO NACIONAL DEL EMPLEO, LA PRODUCTIVIDAD Y EL SALARIO MÍNIMO, VITAL Y MÓVIL, aprobado mediante la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 617/2004, corresponde al Presidente del Consejo disponer la convocatoria a las sesiones plenarias.

Que conforme el artículo 2° del mencionado Reglamento, constituye una facultad del Presidente del Consejo la fijación del Orden del Día de las sesiones plenarias ordinarias y de las extraordinarias convocadas de oficio.

Que la presente medida se dicta en virtud de lo dispuesto por el artículo 3° del Decreto N° 602/16 y el Reglamento de Funcionamiento del CONSEJO NACIONAL DEL EMPLEO, LA PRODUCTIVIDAD Y EL SALARIO MÍNIMO, VITAL Y MÓVIL, aprobado mediante la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 617/04.

Por ello,

EL MINISTRO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Dispónese la convocatoria de las representaciones sectoriales de los trabajadores y de los empleadores, previstas en el artículo 136 de la Ley N° 24.013 y sus modificatorias, para que formulen sus propuestas respecto a la nominación de los miembros, titulares y suplentes, que integrarán el CONSEJO NACIONAL DEL EMPLEO, LA PRODUCTIVIDAD Y EL SALARIO MÍNIMO, VITAL Y MÓVIL, debiendo reflejarse en las mismas la presencia de las distintas ramas de actividad y expresar su composición de acuerdo a su grado de representatividad actual.

ARTÍCULO 2° — Convócase al señor Jefe de Gabinete de Ministros y al señor Ministro de Producción a designar a los funcionarios mencionados en el artículo 3° del Decreto N° 1.095/04, modificado por el artículo 2° del Decreto Nº 602/16.

ARTÍCULO 3° — Convócase al señor Ministro de Modernización a designar un funcionario con rango no inferior a Subsecretario, a fin de participar de las sesiones del CONSEJO NACIONAL DEL EMPLEO LA PRODUCTIVIDAD Y EL SALARIO MÍNIMO, VITAL Y MÓVIL, en calidad de Asesor Técnico especializado del ESTADO NACIONAL.

ARTÍCULO 4° — Convócase al CONSEJO NACIONAL DEL EMPLEO, LA PRODUCTIVIDAD Y EL SALARIO MÍNIMO, VITAL Y MÓVIL a reunirse en sesión plenaria ordinaria el día 19 de mayo de 2016 a las 16 horas, en la sede del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, Av. Leandro N. Alem 650, piso 18, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

ARTÍCULO 5° — Fíjase como Orden del Día para la sesión mencionada, el tratamiento de los siguientes puntos:

1) Designación de DOS (2) Consejeros presentes de cada sector para la suscripción del acta.

2) Consideración de los temas elevados por la COMISIÓN DEL SALARIO MÍNIMO, VITAL Y MÓVIL Y PRESTACIONES POR DESEMPLEO;

3) Consideración de los temas elevados por la COMISIÓN DE EMPLEO;

4) Consideración de los temas elevados por la COMISIÓN DE FORMACIÓN PROFESIONAL;

5) Consideración de los temas elevados por la COMISIÓN DE PRODUCTIVIDAD.

6) Creación de una COMISIÓN PARA EL FORTALECIMIENTO DEL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL.

ARTÍCULO 6° — Convócase a la COMISIÓN DEL SALARIO MÍNIMO, VITAL Y MÓVIL Y PRESTACIONES POR DESEMPLEO a reunirse en sesión de Comisión el día 19 de mayo de 2016, a las 10.30 horas, en la sede del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, Av. Leandro N. Alem N° 650, piso 13, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para tratar el siguiente orden del día:

1) Determinación del Salario Mínimo, Vital y Móvil (artículo 135, inciso a), de la Ley N° 24.013 y sus modificatorias);

2) Determinación de los montos mínimo y máximo de la prestación por desempleo (artículo 135, inciso b), de la Ley N° 24.013 y sus modificatorias).

ARTÍCULO 7° — Convócase a la COMISIÓN DE EMPLEO a reunirse en sesión de Comisión el día 19 de mayo de 2016, a las 10.30 horas, en la sede del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, Av. Leandro N. Alem N° 650, piso 15, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para tratar el siguiente Orden del Día:

1) Elaboración de agenda de trabajo para formular recomendaciones sobre la creación de políticas y programas vinculados al empleo sustentable (artículo 135, inciso f), de la Ley N° 24.013 y sus modificatorias).

ARTÍCULO 8° — Convócase a la COMISIÓN DE FORMACIÓN PROFESIONAL a reunirse en sesión de Comisión el día 19 de mayo, a las 10.30 horas, en la sede del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, Av. Leandro N. Alem N° 650, piso 15, Ciudad Autónoma de Buenos aires, para tratar el siguiente Orden del Día:

1) Elaboración de agenda de trabajo para formular recomendaciones sobre la conformación de políticas y programas vinculados a la relación Educación y Trabajo.

ARTÍCULO 9° — Convócase a la COMISIÓN DE PRODUCTIVIDAD a reunirse en sesión de Comisión el día 19 de mayo, a las 10.30 horas, en la sede del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, Av. Leandro N. Alem N° 650, piso 12, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para tratar el siguiente Orden del Día:

1) Elaboración de agenda de trabajo para formular recomendaciones sobre la formulación de medidas destinadas a incrementar la producción y la productividad (artículo 135, inciso g), de la Ley N° 24.013).

ARTÍCULO 10. — Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Lic. JORGE TRIACA, Ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

e. 12/05/2016 N° 31646/16 v. 12/05/2016