Ministerio de Justicia y Derechos Humanos

RECOMPENSAS

Resolución 262/2016

Restablécense recompensas.

Bs. As., 10/05/2016

VISTO la Ley N° 26.375, las Resoluciones M.J. y D.H. Nros. 1552 del 17 de agosto de 2012, 2318 del 29 de octubre de 2012 y 2313 del 11 de noviembre de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 26.375 creó el Fondo de Recompensas en jurisdicción del entonces MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS, actual MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, destinado a abonar una compensación dineraria a aquellas personas que brinden a la UNIDAD ESPECIAL PARA LA BÚSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA POR LA JUSTICIA, datos útiles mediante informes, testimonios, documentación y todo otro elemento o referencia fidedigna y/o fehaciente, cuando resultasen determinantes para la detención de personas que registren orden judicial de captura o búsqueda de paradero, en causas penales en las que se investiguen delitos de lesa humanidad.

Que el artículo 6° de la Ley N° 26.375 permite prorrogar o restablecer el ofrecimiento de recompensas que hubiesen sido dispuestas por resolución.

Que en ejercicio de la autorización legal mencionada y en atención a que se mantiene el interés en la obtención de información determinante para la detención de Jorge Raúl VILDOZA (C.I. N° 3.793.179), Fernando Federico DELGADO (M.I. N° 7.648.868), Juan Carlos VAZQUEZ SARMIENTO (D.N.I. N° 7.783.829), Juan Carlos LINAREZ (L.E. N° 6.441.275), Héctor Mario SCHWAB (D.N.I. N° 8.097.470), Ricardo Joaquín MOLINA (M.I. N° 5.128.056), Teodoro Aníbal GAUTO (D.N.I. N° 7.701.917) y Carlos Santiago CASTILLO (D.N.I. N° 7.987.995) resulta procedente prorrogar o restablecer el ofrecimiento de recompensas por el plazo de DOCE (12) meses.

Que el doctor Santiago INCHAUSTI, Juez a cargo del JUZGADO FEDERAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL N° 3 DE MAR DEL PLATA, Provincia de BUENOS AIRES manifiesta el interés de ese juzgado en prorrogar el ofrecimiento de recompensa en trámite respecto del prófugo Fernando Federico DELGADO.

Que el doctor Rodolfo CANICOBA CORRAL, Juez a cargo del JUZGADO NACIONAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL N° 6 de la CAPITAL FEDERAL manifiesta que no existen objeciones respecto de la iniciativa de prorrogar el ofrecimiento de recompensa respecto del prófugo Juan Carlos VAZQUEZ SARMIENTO.

Que el doctor Sergio Gabriel TORRES, Juez a cargo del JUZGADO NACIONAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL N° 12 de la CAPITAL FEDERAL manifiesta que no tiene objeciones respecto de la iniciativa de prorrogar el ofrecimiento de recompensa respecto de los prófugos Juan Carlos LINAREZ y Jorge Raúl VILDOZA.

Que ante el silencio del JUZGADO FEDERAL DE PRIMERA INSTANCIA N° 1 de TUCUMÁN, Provincia de TUCUMAN en relación al prófugo Héctor Mario SCHWAB, del JUZGADO FEDERAL DE PRIMERA INSTANCIA N° 1 de LA PLATA, Provincia de BUENOS AIRES, respecto del prófugo Teodoro Aníbal GAUTO, del JUZGADO FEDERAL DE PRIMERA INSTANCIA N° 1 de BAHIA BLANCA, Provincia de BUENOS AIRES en relación al prófugo Ricardo Joaquín MOLINA, y del JUZGADO FEDERAL DE PRIMERA INSTANCIA N° 2 DE SAN JUAN, Provincia de San Juan, respecto de Carlos Santiago CASTILLO, se presume que no existen objeciones al progreso de la medida en trámite, de acuerdo a lo establecido en el Anexo I, artículo 2° de la Resolución M.J. y D.H. N° 2318/12 y su modificatoria.

Que se cuenta con financiamiento suficiente para adoptar la presente medida.

Que han tomado la intervención de su competencia el PROGRAMA NACIONAL DE COORDINACION PARA LA BUSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA POR LA JUSTICIA, la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACION y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de este Ministerio.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por la Ley N° 26.375 y a lo preceptuado en el Anexo I de la Resolución M.J. y D.H. N° 2318/12 y su modificatoria.

Por ello,

EL MINISTRO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

RESUELVE:

Artículo 1° — Restablécense en su vigencia por el término de DOCE (12) meses, a partir del dictado del presentes acto, las recompensas ofrecidas a través de las Resoluciones ex M.J. S. y D.H. Nros. 2727 del 19 de septiembre de 2008, 2729 del 19 de septiembre de 2008, 3369 del 11 de noviembre de 2008, 3371 del 11 de noviembre de 2008, 1167 del 17 de abril de 2009, 534 del 16 de septiembre de 2009, 1823 del 15 de julio de 2010 que han sido restablecidas o prorrogadas en su vigencia a través de las Resoluciones M.J. y D.H. Nros. 1663 del 10 de noviembre de 2011, 2536 del 23 de noviembre de 2012, 410 del 20 de marzo de 2014 y 573 del 31 de marzo de 2015 y 572 del 31 de marzo de 2015.

Art. 2° — Los ofrecimientos de recompensas referidos en el artículo que antecede se realizarán cada uno por los montos y a partir de las fechas de vencimiento que se consignan en el Anexo al presente.

Art. 3° — El procedimiento a seguir para proporcionar información en el marco del ofrecimiento dispuesto en el presente acto se ceñirá a lo previsto en el Anexo I de la Resolución M.J. y D.H. N° 2318/12 y su modificatoria.

Art. 4° — Las personas que quieran suministrar datos deberán comunicarse telefónicamente con el PROGRAMA NACIONAL DE COORDINACIÓN PARA LA BÚSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA POR LA JUSTICIA al (011) 5300-4020.

Art. 5° — El pago de la recompensa será realizado en este Ministerio o en el lugar que designe el representante de esta Cartera de Estado.

Art. 6° — Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Germán C. Garavano.

ANEXO

RESOLUCION Ex M.S.J y D.H MONTO FECHA VENCIMIENTO
2727/08 Pesos QUINIENTOS MIL ($ 500.000) 19/09/2008
2729/08 Pesos QUINIENTOS MIL ($ 500.000) 19/09/2008
3369/08 Pesos QUINIENTOS MIL ($ 500.000) 11/11/2008
3371/08 Pesos QUINIENTOS MIL ($ 500.000) 11/11/2008
534/09 Pesos QUINIENTOS MIL ($ 500.000) 16/09/2009
1167/09 Pesos QUINIENTOS MIL ($ 500.000) 17/04/2009
1823/10 Pesos QUINIENTOS MIL ($ 500.000) 15/07/2010

RESOLUCION MJ y DH MONTO FECHA VENCIMIENTO
572/15 Pesos QUINIENTOS MIL ($ 500.000) 31/03/2015