Ministerio de Justicia y Derechos Humanos
RECOMPENSAS
Resolución 261/2016
Restablécese recompensa.
Bs. As., 10/05/2016
VISTO la Ley N° 26.375, las Resoluciones M.J. y D.H. Nros. 1552 del 17
de agosto de 2012, 2318 del 29 de octubre de 2012 y su modificatoria y
el Legajo N° 142/15 del PROGRAMA NACIONAL DE COORDINACIÓN PARA LA
BÚSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA POR LA JUSTICIA, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 26.375 creó el Fondo de Recompensas en jurisdicción del
entonces MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS, actual
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, destinado a abonar una
compensación dineraria a aquellas personas que brinden a la UNIDAD
ESPECIAL PARA LA BÚSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA POR LA JUSTICIA, datos
útiles mediante informes, testimonios, documentación y todo otro
elemento o referencia fidedigna y/o fehaciente, cuando resultasen
determinantes para la detención de personas que registren orden
judicial de captura o búsqueda de paradero, en causas penales en las
que se investiguen delitos de lesa humanidad.
Que el artículo 6° de la Ley N° 26.375 permite prorrogar o restablecer
el ofrecimiento de recompensas que hubiesen sido dispuestas por
resolución.
Que en ejercicio de la autorización legal mencionada y en atención a
que se mantiene el interés en la obtención de información determinante
para la detención de Hugo Luis ZALAZAR (D.N.I. N° 6.864.172), resulta
procedente restablecer el ofrecimiento de recompensa por el plazo de
DOCE (12) meses.
Que ante el JUZGADO FEDERAL DE PRIMERA INSTANCIA N° 1 de MENDOZA,
Provincia de MENDOZA, se instruyen las actuaciones N° FMZ
14000591/2009, caratulados “Destacamento de Inteligencia 144”, causas
“F”.
Que en la citada causa interviene la Oficina para el Seguimiento de
Causas por Violaciones a los Derechos Humanos cometidas en el ámbito de
la CÁMARA FEDERAL DE APELACIONES DE MENDOZA, dependiente del MINISTERIO
PÚBLICO FISCAL.
Que ante el silencio del JUZGADO FEDERAL DE PRIMERA INSTANCIA N° 1 de
MENDOZA, respecto del prófugo Hugo Luis ZALAZAR, se presume que no
existen objeciones al progreso de la medida en trámite, de acuerdo a lo
establecido en el Anexo I, artículo 2° de la Resolución M.J. y D.H. N°
2318/12 y su modificatoria.
Que se cuenta con financiamiento suficiente para adoptar la presente medida.
Que han tomado la intervención de su competencia el PROGRAMA NACIONAL
DE COORDINACION PARA LA BUSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA POR LA JUSTICIA,
la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACION y la DIRECCIÓN GENERAL DE
ASUNTOS JURÍDICOS de este Ministerio.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por
la Ley N° 26.375 y a lo preceptuado en el Anexo I de la Resolución M.J.
y D.H. N° 2318/12.
Por ello,
EL MINISTRO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
RESUELVE:
Artículo 1° — Restablécese en
su vigencia por el término de DOCE (12) meses, a partir del dictado del
presente acto, el ofrecimiento de recompensa efectuado a través de la
Resolución M.J. y D.H. N° 179 del 10 de febrero de 2015, destinada a
aquellas personas que brinden datos útiles que resultasen determinantes
para la detención de Hugo Luis ZALAZAR, (D.N.I. N° 6.864.172), de
nacionalidad argentina, casado, hijo de José Luis ZALAZAR y de Catalina
ALICIA, nacido el día 2 de julio de 1935, en la provincia de MENDOZA,
militar retirado, sobre quien se dispuso captura nacional desde el día
28 de agosto de 2014.
Art. 2° — El ofrecimiento de
recompensa referido en el artículo que antecede se realizará por un
monto de PESOS QUINIENTOS MIL ($ 500.000).
Art. 3° — El procedimiento a
seguir para proporcionar información en el marco a el ofrecimiento
dispuesto en el presente acto se ceñirá a lo previsto en el Anexo I de
la Resolución M.J. y D.H. N° 2318/12 y su modificatoria.
Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Germán C. Garavano.