SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN
Resolución 39823/2016
Expediente N° SSN: 0000637/2015 - Seguro de caución para garantías aduaneras.
Síntesis:
11/05/2016
VISTO... Y CONSIDERANDO...
EL SUPERINTENDENTE DE SEGUROS DE LA NACIÓN
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Autorízase a las Entidades Aseguradoras que operan en el
Seguro de Caución para Garantías de Ejecución de Contrato Aplicable a
Servicios Reglamentados por la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS
PÚBLICOS, a aplicar las nuevas Condiciones Contractuales que se
acompañan como Anexo I de la presente, para las operaciones que se
instrumenten bajo el sistema de póliza electrónica reglamentado por la
ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS.
ARTÍCULO 2° — Las Entidades Aseguradoras que se adhieran al régimen de
transmisión de pólizas electrónicas establecido por la ADMINISTRACIÓN
FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, deberán manifestar mediante Acta de
Directorio o del Consejo de Administración, la expresa renuncia por
parte de las mismas de oponer defensas relacionadas con la inexistencia
de firma.
ARTÍCULO 3° — Regístrese, comuníquese y publíquese en el Boletín
Oficial. — Lic. EDGARDO ISAAC PODJARNY, Superintendente de Seguros de
la Nación.
ANEXO
NOTA: La versión completa de la presente Resolución se puede consultar
en Avda. Julio A. Roca 721 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
e. 16/05/2016 N° 31827/16 v. 16/05/2016