y
SISTEMA FEDERAL DE MEDIOS Y CONTENIDOS PÚBLICOS
Resolución Conjunta 6/2016 y 94/2016
Bs. As., 13/05/2016
VISTO el expediente N° CUDAP:EXP-S01:0108657/2016 y los Decretos Nro.
12 de fecha 10 de diciembre de 2015, 13 de fecha 10 de diciembre de
2015, 237 de fecha 22 de diciembre de 2015 y 227 de fecha 20 de enero
de 2016; y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto N° 12 de fecha 10 de diciembre de 2015 se da
creación al SISTEMA FEDERAL DE MEDIOS Y CONTENIDOS PÚBLICOS, en la
órbita de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Que por el Decreto N° 13 de fecha 10 de diciembre de 2015 se modificó
la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438/92 y
modificatorios), incorporándose el MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN a través
del artículo 23 octies.
Que de acuerdo a ello, el MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN es el órgano
rector en materia de empleo público y autoridad de aplicación e
interpretación de las disposiciones de dicho régimen.
Que mediante Decreto N° 237 de fecha 22 de diciembre de 2015 se aprobó
la conformación y estructura organizativa del SISTEMA FEDERAL DE MEDIOS
Y CONTENIDOS PÚBLICOS, definiéndose los objetivos, responsabilidades
primarias y acciones de sus dependencias.
Que conforme al mencionado Decreto, es competencia del SISTEMA FEDERAL
DE MEDIOS Y CONTENIDOS PÚBLICOS entender en la administración,
operación y programación del Proyecto Centro Cultural Kirchner, en
adelante “CENTRO”, así como entender en los estudios y soportes
técnicos y en la capacitación en lo que hace específicamente al ámbito
de su competencia.
Que dicha norma establece dentro de las acciones de la DIRECCIÓN
NACIONAL DE EXPRESIONES FEDERALES de la SECRETARÍA DE CONTENIDOS
PÚBLICOS, la de administrar y gestionar el CENTRO y procurar el
desarrollo de un medio idóneo y federal de participación abierta para
el acceso a la cultura.
Que el SISTEMA FEDERAL DE MEDIOS Y CONTENIDOS PÚBLICOS se encuentra
facultado por los artículos 4° y 6° del Decreto N° 227/16 a efectuar la
contratación del personal previa intervención del MINISTERIO DE
MODERNIZACIÓN.
Que hasta tanto el MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN apruebe la estructura,
la dotación óptima y se sustancien los concursos públicos
correspondientes para la cobertura de cargos de planta permanente, es
necesario contar con personal temporal para sostener el funcionamiento
del CENTRO.
Que, en efecto y sin perjuicio de los agentes que, en sus diversas
modalidades, forman parte del CENTRO, su apertura y puesta en
funcionamiento requiere de personal idóneo y acorde a sus
requerimientos operativos para el apoyo general y técnico específico de
las actividades estacionarias y/o eventuales de gestión, generación,
producción y difusión de contenidos.
Que, en tal sentido, resulta propicio realizar una convocatoria abierta
y federal para la incorporación de personal con perfiles
pluridisciplinarios y calificados, que se rija por los principios de
pluralidad, transparencia, publicidad, igualdad de acceso y mérito, a
los fines de fomentar la participación ciudadana, en un contexto de
excelencia para el desarrollo de aptitudes profesionales y la
aplicación de conocimientos.
Por ello y en uso de facultades que les son propias,
EL MINISTRO DE MODERNIZACIÓN
Y
EL TITULAR DEL SISTEMA FEDERAL DE MEDIOS Y CONTENIDOS PÚBLICOS
RESUELVEN:
ARTÍCULO 1° — Convócase a
llamado de selección de antecedentes a los fines de contratar personal
para 100 (cien) puestos operativos para las tareas de apoyo general y
técnico específicas de las actividades estacionarias y/o eventuales de
gestión, generación, producción y difusión de contenidos de la
DIRECCIÓN NACIONAL DE EXPRESIONES FEDERALES, a saber:
8 (ocho) ASISTENTES TÉCNICOS DE SONIDO
8 (ocho) ASISTENTES TÉCNICOS DE LUMINOTECNIA
4 (cuatro) ASISTENTES TÉCNICOS DE VIDEO
4 (cuatro) CAMARÓGRAFO
1 (un) REALIZADOR AUDIOVISUAL
48 (cuarenta y ocho) AUXILIAR DE ATENCIÓN AL PÚBLICO
2 (dos) AUXILIAR TÉCNICO
3 (tres) AUXILIAR DE ESCENARIO
10 (diez) AUXILIAR DE PRODUCCIÓN
12 (doce) MONTAJISTA ESCENOTÉCNICO
Los puestos a cubrir podrán ser ampliados por el SISTEMA FEDERAL DE
MEDIOS Y CONTENIDOS PÚBLICOS en caso que se considere necesario.
ARTÍCULO 2° — Establécese como
régimen de incorporación para los perfiles que resulten seleccionados
de la mencionada convocatoria, la modalidad de contratación detallada
en el artículo 9° de la ley 25.164 y su Decreto reglamentario N°
1421/02 para el período comprendido entre el 1° de junio de 2016 y el
31 diciembre del 2016, con posibilidad de renovación para el período
2017.
ARTÍCULO 3° — Instrúyese a la SECRETARÍA DE CONTENIDOS PÚBLICOS a:
a) Llevar a cabo las acciones necesarias para la implementación de la
convocatoria establecida en el artículo 1° de la presente, diseñando
los mecanismos, las etapas y los criterios de evaluación e
incorporación necesarios para llevar adelante la misma.
b) Relevar, junto con las áreas dependientes de la DIRECCIÓN NACIONAL
DE EXPRESIONES FEDERALES de la SECRETARÍA DE CONTENIDOS PÚBLICOS del
SISTEMA FEDERAL DE MEDIOS Y CONTENIDOS PÚBLICOS y de la OFICINA
NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del
MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, las oportunidades de desarrollo laboral y
perfiles necesarios a tales fines.
c) Dictar las demás normas reglamentarias, interpretativas,
aclaratorias, operativas y/o complementarias que resulten necesarias.
ARTÍCULO 4° — Apruébanse los
Términos de Admisibilidad de la convocatoria, los cuales se detallan en
el Anexo que se adjunta a la presente y que, como tal, forma parte
integrante de la misma. Dicha documentación será firmada como
Declaración Jurada por cada uno de los aspirantes.
ARTÍCULO 5° — Regístrese,
comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO
OFICIAL y archívese. — ANDRÉS IBARRA, Ministro de Modernización. — Ing.
HERNÁN LOMBARDI, Ministro, Sistema Federal de Medios y Contenidos
Públicos.
ANEXO
Términos y condiciones de admisibilidad para participar de la convocatoria
1. Disposiciones generales
a. La convocatoria abierta y federal es un llamado a aquellos
interesados en ser parte de una experiencia que la casa de los
contenidos públicos pone a vuestra disposición. El objetivo del
presente proceso es dotar al Centro Cultural de personal idóneo y que
se ajuste a los requerimientos operativos del CCK en un contexto que
propende al desarrollo de aptitudes profesionales y aplicación de
conocimientos.
b. La presente no constituye un concurso de cargos públicos, sino que
se define como un llamado de selección de antecedentes para cubrir los
puestos de trabajo necesarios para el funcionamiento del Centro
Cultural hasta tanto se defina la estructura, dotación óptima y se
sustancien los concursos para cubrir definitivamente los mismos. Estas
contrataciones se realizarán en el marco del Decreto 1421/2002 hasta el
31/12/2016 con posibilidad de renovación para el período 2017.
c. La convocatoria operará bajo un llamado a inscripción a toda la
comunidad y una evaluación por etapas descrita en el apartado 5 de la
presente.
d. Para aplicar a la convocatoria los postulantes deberán cargar la
información requerida de acuerdo a un formato preestablecido, para
reducir los tiempos de análisis de múltiples currículos. La información
presentada por los postulantes tendrá carácter de declaración jurada,
siendo su falsedad, distorsión o adulteración, causal de desestimación
de su postulación
e. Los postulantes que no acepten plenamente los términos de la
presente, los cuales revisten carácter obligatorio y vinculante, no
podrán continuar con el procedimiento de registro.
f. LA SECRETARIA DE CONTENIDOS del SISTEMA FEDERAL DE MEDIOS Y
CONTENIDOS PÚBLICOS podrá efectuar modificaciones a los términos y
condiciones descritos a continuación, razón por la cual, los
postulantes asumen la responsabilidad de la revisión periódica de las
presentes bases y condiciones.
g. Los postulantes serán evaluados por los responsables del área
requirente de acuerdo al cumplimiento de los requisitos mínimos y la
acreditación de experiencia y habilidades competentes para el puesto a
aplicar, bajo los principios de pluralidad, transparencia, publicidad,
igualdad de acceso y mérito.
h. Los postulantes que resulten seleccionados de la presente
convocatoria deberán prestar servicios para la DIRECCIÓN NACIONAL DE
EXPRESIONES FEDERALES DEL SISTEMA FEDERAL DE MEDIOS CONTENIDOS
PÚBLICOS, en el CENTRO CULTURAL KIRCHNER, ubicado en la calle Av.
Leandro N. Alem 330, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a partir del 1 de
junio del 2016, sin perjuicio que la fecha prevista podrá modificarse a
sola consideración del SISTEMA FEDERAL DE MEDIOS y CONTENIDOS PÚBLICOS.
Dicha modificación sólo será notificada a los postulantes que resulten
seleccionados. La inasistencia no justificada a cualquiera de las
etapas previstas por el presente, será causal de desestimación de la
postulación realizada
i. Toda consulta, solicitud de información adicional o cualquier otra
razón de contacto, se deberá realizar a través de la casilla de correo
electrónico institucional convocatorias2016@mediosycontenidos.gob.ar o
al 0800 333 9300. El SISTEMA FEDERAL DE MEDIOS Y CONTENIDOS PÚBLICOS
podrá utilizar las consultas que se realicen para emitir circulares
aclaratorias que serán de carácter vinculante para los postulantes a
cuyo efecto deberán revisar periódicamente el sitio web
www.convocatoria.cck.gob.ar
2. Condiciones de admisibilidad:
a. Condiciones generales:
i. A los postulantes se les requerirá cumplir con los requisitos de ingreso a la Administración Pública Nacional:
a. Ser argentino nativo, por opción o naturalizado. El Jefe de Gabinete
de Ministros podrá exceptuar del cumplimiento de este requisito
mediante fundamentación precisa y circunstanciada de la jurisdicción
solicitante.
b. Acreditar Condiciones de conducta e idoneidad para el cargo,
c. Poseer aptitud psicofísica para el cargo.
2. Edad mínima de ingreso: DIECIOCHO (18) años
3. Edad límite de ingreso: hasta la edad prevista en la Ley Previsional
para acceder al beneficio de la jubilación”, según lo dispuesto en el
artículo 5°, inciso f del Anexo de la Ley N° 25.164.
4. Poseer los requisitos mínimos de titulación requeridos en cada uno de los perfiles.
5. Cumplir con los requisitos excluyentes establecidos para cada perfil detallado en el punto 3 de la presente convocatoria.
6. Aceptar la publicación en la página web o en los medios que el CCK
establezca a los efectos, de su nombre y apellido, sobre los resultados
obtenidos en cada una de las diversas etapas de la presente
convocatoria.
ii. Conforme el Artículo 8 de la Ley 22.431 se reserva un cupo del
cuatro por ciento (4%) para personas que acrediten Certificado Único de
Discapacidad y que reúnan condiciones de idoneidad para el cargo.
Dichos cargos se encuentran estipulados en el punto 3 de la presente
convocatoria.
b. Condiciones de inadmisibilidad: Serán considerados inadmisibles los candidatos que
i. No presten aceptación explícita de los términos y condiciones establecidos para la presente convocatoria.
ii. Realicen su postulación fuera de término o de forma incompleta, en cuyo caso serán desestimadas sus postulaciones.
iii. Se encuentren impedidos por el Art. 5 de la Ley 25.164, el cual explicita la imposibilidad de ingresar para
1. El que haya sido condenado por delito doloso, hasta el cumplimiento
de la pena privativa de la libertad, o el término previsto para la
prescripción de la pena.
2. El condenado por delito en perjuicio de la Administración Pública Nacional, Provincial o Municipal.
3. El que tenga proceso penal pendiente que pueda dar lugar a condena
por los delitos enunciados en los incisos a) y b) del presente artículo.
4. El inhabilitado para el ejercicio de cargos públicos.
5. El sancionado con exoneración o cesantía en la Administración
Pública Nacional, Provincial o Municipal, mientras no sea rehabilitado
conforme lo previsto en los artículos 32 y 33 de la presente ley.
6. El que tenga la edad prevista en la ley previsional para acceder al
beneficio de la jubilación o el que gozare de un beneficio previsional,
salvo aquellas personas de reconocida aptitud, las que no podrán ser
incorporadas al régimen de estabilidad.
7. El que se encuentre en infracción a las leyes electorales y del
servicio militar, en el supuesto del artículo 19 de la Ley 24.429.
8. El deudor moroso del Fisco Nacional mientras se encuentre en esa situación.
9. Los que hayan incurrido en actos de fuerza contra el orden
institucional y el sistema democrático, conforme lo previsto en el
artículo 36 de la Constitución Nacional y el Título X del Código Penal,
aun cuando se hubieren beneficiado por el indulto o la condonación de
la pena.
En el supuesto de que la Autoridad Competente corrobore la existencia
de alguno de los impedimentos previstos por la Ley, el aspirante será
excluido del proceso de selección, cualquiera sea la instancia del
proceso en la cual se encuentre.
3. Perfiles solicitados
Cabe aclarar que la jornada laboral podrá abarcar tanto días hábiles
como fines de semana y feriados como así desarrollarse en horarios
correspondientes a la preparación, asistencia y desarmado de las
actividades del Centro.
4. Notificaciones y publicidad de la convocatoria
Salvo los casos en los que por disposición legal proceda otro medio de
notificación, las notificaciones al postulante serán cursadas por
correo electrónico a la casilla denunciada en el formulario de
inscripción, siendo responsabilidad exclusiva del postulante el
mantenimiento de la misma. Los resultados de cada etapa del proceso de
selección serán publicados a través de la página web de la
convocatoria, detallando sólo aquellos casos seleccionados y el
criterio utilizado.-
5. Etapas del proceso de selección:
La presente convocatoria se organiza en torno a etapas de evaluación y
selección con plazos y requerimientos determinados en el presente
documento. La inasistencia injustificada a cualquiera de las etapas de
evaluación implicará la exclusión del proceso sin necesidad de acto
administrativo o notificación particular al efecto. Las mismas se
señalan a continuación:
a. Etapa 1: Inscripción Web: (desde el 1/4/2016 hasta el 10/4/2016)
Los postulantes deberán cargar datos identificatorios, información de
contacto y referencias sobre el cumplimiento de las condiciones de
admisibilidad. Al finalizar la postulación a uno de los perfiles los
interesados recibirán un mail a la casilla de correo indicada en el
formulario confirmando su postulación junto con un código de
inscripción.
b. Etapa 2: (desde el 11/04/2016 hasta el 15/04/2016).
En esta instancia, los responsables del proceso del CCK procederán a la
revisión de los formularios y evaluación del cumplimiento de los
requisitos excluyentes establecidos en cada perfil. Aquellos
postulantes que superen esta etapa, recibirán un mail invitando a
completar la siguiente fase del proceso de postulación. Al finalizar
esta etapa se publicará en la página web de la convocatoria un listado
de los postulantes que accederán a la siguiente etapa, donde figure el
Apellido, Nombre y Nro de Orden de Inscripción.
c. Etapa 3: (desde el 16/04/2016 hasta el 24/04/2016).
Los participantes preseleccionados serán invitados de cargar, durante
el periodo de tiempo establecido, sus antecedentes curriculares y
laborales, para los puestos solicitados, de acuerdo al formato
establecido en el formulario correspondiente. Al finalizar esta etapa
recibirán un mail de confirmación. Cabe aclarar que la participación en
dicha etapa no es vinculante, hasta tanto el participante supere todas
las etapas de esta convocatoria
d. Etapa 4: (desde el 26/04/2016 hasta el 06/05/2016).
Los responsables del proceso del CCK realizarán la evaluación de
antecedentes curriculares y laborales de los postulantes
preseleccionados de acuerdo con los requisitos exigidos en cada uno de
los perfiles correspondientes.
Serán seleccionados para la siguiente etapa aquellos postulantes con
los mejores perfiles. Los participantes que superaron esta etapa serán
invitados por correo electrónico a realizar una entrevista laboral en
el Centro Cultural Kirchner. Los resultados serán publicados en el
portal de la convocatoria al finalizar esta etapa.
e. Etapa 5 (del 09/05/2016 al 13/05/2016)
Los participantes que hayan superado la etapa anterior, deberán acreditar la siguiente documentación:
• DNI
• Curriculum Vitae actualizado
• Términos de admisibilidad firmados (Anexo I)
• Originales y fotocopia de Analítico de título alcanzado legalizado
por el Ministerio de Educación o autoridad educativa de la provincia o
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, según corresponda y el Ministerio del
Interior
• Originales y fotocopia de cursos de capacitación
• Constancia de CUIL: http://www.anses.gob.ar/
• Certificaciones laborales
• Certificado Único de Discapacidad (CUD) cuando correspondiera
Verificada la documentación, podrá acceder a la evaluación
teórico-práctica, en caso de corresponder y/o a la entrevista laboral,
dependiendo del perfil.
Los responsables del proceso del CCK, podrán determinar la realización
de exámenes teórico práctico para determinados perfiles. Todos los
postulantes a dicho perfil, que accedieran a esta etapa, deberán
cumplimentar este requisito en caso de ser solicitado. Dicha evaluación
estará bajo la responsabilidad del responsable del área correspondiente
al cargo, un veedor externo y un experto en la materia. Los resultados
de la misma, serán debidamente documentados y registrados en un informe
final, al que podrá acceder el postulante preseleccionado que la
realizó. En caso de realizarse la evaluación y que resultara con
informe favorable, los postulantes podrán acceder a la entrevista
laboral.
Los participante que hayan superado la etapa anterior, realizarán una
entrevista con el responsable de área, un representante de las
autoridades del Sistema Federal de Medios y Contenidos Públicos y un
representante del Ministerio de Modernización de la Nación, y en caso
de cargos con reserva de puestos para personas con Certificado único de
Discapacidad, un representante del Ministerio de Trabajo, Empleo y
Seguridad Social; obteniendo una determinada ponderación, según los
factores que a este efecto se establezcan.
Los postulantes de esta etapa serán notificados sobre el resultado del
proceso de selección y se procederá a la publicación web de los
resultados finales.
f. Etapa 6: Ingreso (a partir del 1/06/2016)
Para efectivizar el ingreso del postulante, se realizará una evaluación
psicofísica del seleccionado previa a la firma del contrato. Durante
esta etapa el postulante deberá presentar el Certificado de
antecedentes penales expedido por el Registro Nacional de Reincidencia
http://www.dnrec.jus.gov.ar/, recibirá una inducción a sus tareas y
presentación al equipo del trabajo. Se le otorgará una credencial de
acceso al edificio y una casilla oficial sólo a los fines de realizar
las tareas encomendadas.
Las fechas establecidas son de carácter orientativo y podrán ser
extendidas en caso que resulte necesario para la correcta
implementación de la convocatoria.-
Los postulantes comprendidos por Ley 22.431 podrán requerir un proceso
alternativo en el que se garanticen las condiciones establecidas en la
mencionada ley y se les proveerá las ayudas técnicas, ajustes
razonables en las diversas etapas del proceso y los programas de
capacitación y adaptación necesarios para una efectiva integración.-
6. Régimen de Contratación:
Los postulantes que resulten seleccionados serán contratados bajo el régimen establecido en el artículo 9° de la Ley 25.164.-
7. Autorización para utilización y difusión de imagen
Los aspirantes seleccionados autorizan en forma perpetua y exclusiva al
SISTEMA FEDERAL DE MEDIOS Y CONTENIDOS PÚBLICOS a utilizar la totalidad
de los derechos de su imagen obtenidas en las diferentes filmaciones
realizadas y/o sesiones de fotografía, efectuadas en el marco de las
actividades llevadas adelante por esta convocatoria, para su exhibición
en los diferentes medios de difusión internos y externos del SISTEMA
FEDERAL DE MEDIOS Y CONTENIDOS PÚBLICOS. La cesión se realiza sin
ninguna limitación geográfica y/o temporal. Las fotografías y
filmaciones podrán ser usadas en todo los medios técnicos conocidos en
la actualidad y los que pudieran desarrollarse en el futuro para su
difusión pública y/o para cualquier aplicación que el SISTEMA FEDERAL
DE MEDIOS Y CONTENIDOS PÚBLICOS. La cesión de derechos de imagen, se
efectúa a título Gratuito, hecho por el cual nada tendrá que reclamar
al SISTEMA FEDERAL DE MEDIOS Y CONTENIDOS PÚBLICOS por ningún concepto
y/o causa derivado de esta cesión.-
8. Eximición de responsabilidad
Se exime de responsabilidad al SISTEMA FEDERAL DE MEDIOS Y CONTENIDOS PÚBLICOS, sus funcionarios, directores y empleados
a. en caso de reclamos judiciales y/o extrajudiciales, cualquiera fuera
su naturaleza, contra reclamos de cualquier tipo y monto, cuya causa
tuviera origen en el uso, modificación y/o utilización indebida, que
llevarán a cabo terceras personas, de las imágenes que por medio el
presente autorizo a difundir.-
b. de cualquier cotos en que incurriera el postulante para participar de la presente convocatoria.-
Declaro conocer y aceptar los términos y condiciones de la presente convocatoria
e. 19/05/2016 N° 32939/16 v. 19/05/2016