MINISTERIO DE SALUD
Decisión Administrativa 498/2016
Apruébase Estructura Organizativa.
Bs. As., 19/05/2016
VISTO el Expediente N° 1-2002-4073/16-0 del registro del MINISTERIO DE
SALUD, la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y
sus modificatorias, los Decretos N° 357 de fecha 21 de febrero de 2002,
sus complementarios y modificatorios, N° 1343 de fecha 4 de octubre de
2007, N° 13 de fecha 10 de diciembre de 2015, N° 114 de fecha 12 de
enero de 2016 y N° 223 de fecha 19 de enero de 2016, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 13 de fecha 10 de diciembre de 2015 se modificó
la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y
modificatorias.
Que por el Decreto N° 357 de fecha 21 de febrero de 2002, sus
modificatorios y complementarios se aprobó la estructura organizativa
de la Administración Nacional centralizada hasta el nivel de
Subsecretaría, estableciéndose los objetivos de las unidades
organizativas y los ámbitos jurisdiccionales en los que actuarán los
organismos descentralizados.
Que por el Decreto N° 114 de fecha 12 de enero de 2016, se sustituyó el
Organigrama de Aplicación de la ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL
centralizada en la parte correspondiente al MINISTERIO DE SALUD, como
así también los Objetivos de las unidades organizativas previstas en
dicho organigrama.
Que, resulta necesario establecer las unidades organizativas de primer
nivel operativo y sus respectivas responsabilidades primarias y
acciones.
Que se cuenta con el crédito necesario en el presupuesto vigente del
MINISTERIO DE SALUD para atender el gasto resultante de la medida que
se aprueba por la presente.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE SALUD ha tomado la intervención de su competencia.
Que la SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE EMPLEO PÚBLICO de la
SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN ha tomado
la intervención de su competencia.
Que la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PUBLICAS ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades
emergentes del artículo 100 inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y el
artículo 16 inciso 29 de la Ley de Ministerios (texto ordenado por
Decreto N° 438/92) y sus modificatorias.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1° — Apruébase la
estructura organizativa de primer nivel operativo del MINISTERIO DE
SALUD, de acuerdo con los Organigramas, y Responsabilidades Primarias y
Acciones que, como Anexos la, lb, lc, Id, le y II, forman parte
integrante de la presente decisión administrativa.
(Nota Infoleg: por art. 1º del Decreto Nº 57/2017
B.O. 24/01/2017 se transfiere la ACADEMIA NACIONAL DE MEDICINA del
ámbito del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN PRODUCTIVA a
la órbita del MINISTERIO DE SALUD, con sus competencias, unidades
dependientes, los bienes que integran su patrimonio, el personal,
conservando sus respectivas situaciones de revista, condiciones de
empleo y exenciones tributarias oportunamente dispuestas en su
beneficio)
Art. 2° — Incorpóranse,
homológanse, reasígnanse, ratifícanse y deróganse del Nomenclador de
Funciones Ejecutivas los cargos pertenecientes al MINISTERIO DE SALUD,
según el detalle obrante en Planillas Anexas al presente artículo, que
forman parte integrante de la presente decisión administrativa.
Art. 3° — Facúltase al Titular
del MINISTERIO DE SALUD, previa intervención de la SUBSECRETARÍA DE
PLANIFICACIÓN DE EMPLEO PUBLICO de la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del
MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, a aprobar la estructura organizativa de
nivel inferior a la aprobada por la presente Decisión Administrativa,
la que deberá prever un máximo de VEINTE (20) Direcciones y DOS (2)
Coordinaciones del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado
por el CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL homologado
por el Decreto N° 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y
modificatorios, las que a través de dicho acto serán incorporadas,
ratificadas u homologadas, según corresponda, en el Nomenclador de
Funciones Ejecutivas de la Jurisdicción, con Nivel III (Dirección) y IV
(Coordinación).
Art. 4° — Facúltase al Titular
del MINISTERIO DE SALUD, previa intervención de la SUBSECRETARÍA DE
PLANIFICACIÓN DE EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del
MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, a aprobar y/o modificar el Anexo de
Dotación de la estructura que se aprueba por el presente acto, el cual
deberá adecuarse a los cargos financiados de conformidad con la Ley de
Presupuesto vigente al momento de aprobación.
Art. 5° — Hasta tanto se
aprueben las unidades de nivel inferior a las aprobadas por la presente
Decisión Administrativa, conservarán su vigencia las existentes y las
que hayan sido transferidas desde otros ministerios, organismos
descentralizados o secretarias con sus acciones, dotaciones, niveles,
grados de revista y funciones ejecutivas previstas en el Decreto N°
2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios.
Art. 6° — El gasto que demande
el cumplimiento de la presente decisión administrativa será atendido
con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente para el
corriente Ejercicio de la Jurisdicción 80 - MINISTERIO DE SALUD.
Art. 7° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Marcos Peña. — Jorge D. Lemus.
ANEXO la
ANEXO lb
ANEXO Ic
ANEXO Id
ANEXO le
ANEXO II
MINISTERIO DE SALUD
UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Realizar todas las evaluaciones de cumplimiento integral e integrado de
las actividades, procesos y resultados del MINISTERIO DE SALUD
tendientes a la optimización de los niveles de eficacia, eficiencia y
economía de la gestión ministerial, con el alcance previsto en el
Título VI de la Ley N° 24.156 y sus normas complementarias y
modificatorias.
ACCIONES:
1. Elaborar el planeamiento general de la auditoría interna de acuerdo
con las Normas Generales de Control Interno y de Auditoría Interna,
aplicando el modelo de control integral o integrado.
2. Informar de inmediato a la máxima autoridad y a la SINDICATURA
GENERAL DE LA NACIÓN la falta de cumplimiento de cualquiera de las
normas que rigen los sistemas de Control Interno y de Auditoría
Financiera.
3. Elaborar el ciclo de Auditoría y el Plan Anual de Auditoría Interna
y obtener la aprobación de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN.
4. Participar en la definición de normas y procedimientos a efectos de
establecer el sistema de control interno y efectuar su seguimiento.
5. Verificar el cumplimiento de las políticas, planes y procedimientos establecidos para la jurisdicción.
6. Producir informes sobre las actividades desarrolladas y, en su caso,
formular las observaciones y recomendaciones que correspondan efectuar
y su seguimiento.
7. Revisar y evaluar la aplicación de los controles operativos,
contables, de legalidad, informáticos y financieros; verificar si las
erogaciones son efectuadas de acuerdo con las normas legales y de
contabilidad aplicables a los niveles presupuestarios correspondientes;
determinar la confiabilidad de los datos que se utilicen en la
elaboración de la información y determinar la precisión de las
registraciones de los activos y las medidas de resguardo para su
protección.
MINISTERIO DE SALUD
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA
DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Entender en la gestión contable, económica, financiera y patrimonial de
la jurisdicción y la prestación de los servicios generales, de
mantenimiento y de seguridad.
Coordinar el Plan Anual de Adquisiciones en el ámbito de la Jurisdicción.
ACCIONES:
1. Programar y controlar los actos administrativos vinculados con la
gestión económica, financiera, patrimonial y de contrataciones de la
jurisdicción.
2 Gestionar y operar los ingresos y egresos de fondos y valores, pagos
de gastos y recepción, custodia y provisión de especialidades
valorizadas.
3. Realizar la gestión de adquisición de bienes y servicios que requieran los distintos sectores de la jurisdicción.
4. Supervisar la prestación de los servicios generales y de mantenimiento.
5. Planificar la seguridad física y de bienes en el ámbito del Ministerio.
6. Confeccionar en los aspectos de su incumbencia la información necesaria para la Cuenta de Inversión del Ejercicio.
MINISTERIO DE SALUD
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA
DIRECCIÓN DE PROGRAMACIÓN Y CONTROL PRESUPUESTARIO
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Entender en lo relativo a la gestión presupuestaria integral de la
administración central de la jurisdicción en sus aspectos físicos,
económicos y financieros.
ACCIONES:
1. Elaborar el presupuesto anual de la administración central de la
jurisdicción de acuerdo a los planes y políticas nacionales por todo
tipo de gasto, recurso y financiamiento.
2 Coordinar los procesos de ejecución presupuestaria, orientar sobre el
registro de las transacciones de carácter económico-financiero,
analizar la evolución y ejecución de gastos y recursos y proponer las
modificaciones necesarias.
3. Producir la información necesaria para la toma de decisiones en la
conducción de la gestión presupuestaria de la jurisdicción y para las
tareas de control.
4. Contribuir desde los aspectos de su incumbencia para la confección de la Cuenta de Inversión del Ejercicio.
5. Relevar y evaluar de manera continua los programas y proyectos de
inversión real directa, así como los aspectos físicos y
económico-financieros asociados a la dotación de personal.
6. Coordinar las actividades con la Oficina Nacional de Presupuesto en su carácter de órgano rector.
7. Elaborar la programación física, económica y financiera del presupuesto de la jurisdicción y sus reprogramaciones.
MINISTERIO DE SALUD
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA
DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS Y ORGANIZACIÓN
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Entender en la gestión de los recursos humanos de la Jurisdicción y en
la aplicación de las normas que regulan la carrera administrativa, la
capacitación y el desarrollo de relaciones laborales.
ACCIONES:
1. Administrar los sistemas de información relacionados con la
aplicación de las herramientas del sistema de administración de
recursos humanos y aplicar los controles que permitan la correcta
liquidación de haberes del personal de la Jurisdicción.
2. Coordinar y asistir técnicamente en los procesos vinculados con la
aplicación del Sistema Nacional de Empleo Público en materia de
selección, evaluación de desempeño y capacitación; monitoreando el
estado de avance de la carrera administrativa del personal y
proponiendo las medidas correctivas pertinentes.
3. Dirigir las acciones de análisis, planeamiento y diseño
organizacional, elaborando y proponiendo las modificaciones de las
estructuras organizativas que correspondan.
4. Atender todo lo relacionado con la administración del personal de la jurisdicción.
5. Coordinar y asistir técnicamente el proceso de búsqueda, selección e
integración del personal y en el de capacitación de los recursos
humanos.
6. Coordinar y mantener actualizado un sistema de relevamiento y
evaluación de los puestos de trabajo, como así también los procesos,
flujos y procedimientos de trabajo.
7. Coordinar con el área de Salud Ocupacional la aplicación de la legislación en materia de higiene y seguridad laboral.
8. Proponer y establecer canales de comunicación institucional en los
temas de su competencia, en coordinación con las áreas pertinentes del
Ministerio.
9. Asistir técnicamente a las comisiones paritarias jurisdiccionales.
MINISTERIO DE SALUD
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA
DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Representar judicialmente al Ministerio, dictaminar y asesorar en todos
los asuntos de carácter jurídico de competencia del Ministerio y de
organismos descentralizados de la jurisdicción.
ACCIONES:
1. Dictaminar con carácter previo al dictado de los actos
administrativos que introduzcan o modifiquen normas vinculadas con la
actividad sustantiva de la jurisdicción.
2. Representar al ESTADO NACIONAL en los juicios en que el Ministerio
sea parte como actor o demandado y atender las actividades derivadas de
la presentación de recursos y denuncias administrativas.
3. Intervenir como órgano consultivo en apoyo de las decisiones políticas participando en su fundamentación.
4. Asesorar, cuando así lo disponga la superioridad, respecto de los
procedimientos preparatorios de todo contrato o convenio a celebrar por
las distintas dependencias de la jurisdicción.
5. Supervisar, de acuerdo a las instrucciones que imparta la
superioridad, el accionar de los servicios jurídicos pertenecientes a
los organismos descentralizados e intervenir en los recursos
provenientes de los organismos descentralizados de la jurisdicción.
MINISTERIO DE SALUD
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA
DIRECCIÓN GENERAL DE TECNOLOGÍAS DE GESTIÓN E INNOVACIÓN TECNOLÓGICA
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Dirigir y optimizar la utilización de Tecnologías de la Información y
las Comunicaciones del MINISTERIO DE SALUD, incluyendo la informática,
las telecomunicaciones, la telefonía, las redes, los sistemas de
información y las tecnologías asociadas, para la eficiente utilización
de los sistemas y herramientas informáticas de la Jurisdicción.
ACCIONES:
1. Elaborar anualmente el Plan de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones de la jurisdicción.
2. Administrar las normas, procedimientos y estándares de seguridad
informática, incluyendo el establecimiento de planes de contingencia
para los sistemas críticos, controlando periódicamente su
funcionamiento.
3. Coordinar y promover el desarrollo y la administración de los
sistemas informáticos del Ministerio y el establecimiento de un sistema
integral de información.
4. Entender en todos los procesos de incorporación, modificación o
eliminación de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones en la
jurisdicción.
5. Administrar los procesos informáticos y contribuir a mejorar el desempeño operativo de los mismos.
MINISTERIO DE SALUD
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA
DIRECCIÓN DE SUMARIOS
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Sustanciar los sumarios administrativos e informaciones sumarias
ordenados por autoridad competente, en relación a los agentes con
vínculo de empleo público pertenecientes a la jurisdicción ministerial
y organismos descentralizados, cuando así corresponda.
ACCIONES:
1. Dirigir el procedimiento disciplinario conforme normativa vigente y
disponer las medidas tendientes al esclarecimiento de los hechos objeto
de investigación, calificar conductas y aconsejar sanciones.
2. Recopilar informes y documentación, dar intervención a los
organismos de control, determinar el perjuicio fiscal y responsabilidad
patrimonial y solicitar informes en caso de intervención judicial.
3. Entender y sustanciar los sumarios originados en violaciones a
normas sanitarias, respecto de los cuales el Ministerio ejerce el poder
de policía.
4. Dar intervención a los organismos técnicos que correspondan, dictaminar en consecuencia y evaluar lo informado.
5. Proponer opciones y/o acciones tendientes a la determinación del perjuicio fiscal.
MINISTERIO DE SALUD
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA
DIRECCIÓN DE DESPACHO
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Entender en la gestión y registro de la documentación administrativa y atender el despacho del Ministerio.
ACCIONES:
1. Controlar el cumplimiento de las normas que regulan los procedimientos administrativos.
2. Realizar el seguimiento de los expedientes y proyectos, controlando
el cumplimiento de las normas relativas a documentación administrativa,
como así también de los plazos de tramitaciones establecidos.
3. Intervenir en la recepción, registro, redacción, tramitación,
distribución y custodia de los proyectos de Leyes, Decretos y
Resoluciones de la jurisdicción ministerial.
4. Recepcionar y dar salida de la documentación administrativa
proveniente de otras jurisdicciones ministeriales o entes
descentralizados o dirigidas a los mismos; recibir y archivar la
documentación administrativa; proporcionar las vistas y gestionar las
notificaciones.
5. Intervenir en la gestión de las resoluciones y disposiciones
dictadas por el Ministro, Secretarios y Subsecretarios del área y en el
archivo de las mismas.
6. Efectuar el cotejo y certificación de las firmas de los funcionarios de la jurisdicción.
MINISTERIO DE SALUD
SECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN E INSTITUTOS
DIRECCIÓN DE ESTADÍSTICAS E INFORMACIÓN EN SALUD
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Asistir en el desarrollo y promoción de programas nacionales y locales de estadísticas en salud y en su difusión.
ACCIONES:
1. Normatizar y elaborar procedimientos para captación y procesamiento
de los datos en materia de salud producidos a nivel jurisdiccional y
efectuar su consolidación a nivel nacional.
2. Procesar datos provenientes de registros permanentes, encuestas especiales y censos que tengan en cuenta aspectos de salud.
3. Promover el desarrollo de los programas nacionales y provinciales de estadísticas de salud.
4. Mantener actualizados los datos estadísticos y los registros
correspondientes a través de metodologías diversas de captación de
datos como los registros permanentes, encuestas especiales y censos, en
el ámbito de su competencia.
5. Capacitar al personal del área de Estadística Nacional y Provincial
en todos sus niveles, de acuerdo a las demandas recibidas sobre
registro, procesamiento y análisis de estadísticas e información de
salud.
6. Asistir en el funcionamiento de los sistemas estadísticos a nivel
central y provincial, como parte del Sistema Estadístico Nacional, en
el ámbito de su competencia.
7. Participar, en forma coordinada con las áreas pertinentes del
Ministerio, en la difusión y publicación de información estadística
actualizada de salud a nivel nacional e internacional.
MINISTERIO DE SALUD
SECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN E INSTITUTOS
SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN
DIRECCIÓN DE INVESTIGACIÓN PARA LA SALUD
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Ejecutar las acciones que permitan desarrollar las políticas de
investigación en salud que promueva el Ministerio y fomentar la gestión
de su conocimiento.
ACCIONES:
1. Fomentar investigaciones éticas y de calidad en salud pública, para
la reducción de la brecha entre producción-utilización de evidencia
científica en la toma de decisiones clínicas y sanitarias.
2. Establecer mediante metodologías validadas las prioridades de investigación en salud implementadas por el Ministerio.
3. Promover la gestión del conocimiento a través de un programa de
publicaciones, encuentros entre investigadores y tomadores de decisión,
como así también a través de la biblioteca virtual en salud del
Ministerio.
4. Promover la formación en investigación de los recursos humanos en salud.
5. Promover alianzas estratégicas con actores clave del campo de la
salud pública y la articulación con las áreas de investigación de los
Ministerios de Salud Provinciales, con organismos de ciencia y
tecnología, con centros de investigación y con organismos
internacionales afines.
6. Fortalecer los Comités de Ética de la Investigación (CEI) en las distintas jurisdicciones de salud.
7. Promover el registro y fortalecer la difusión de las investigaciones
en salud a través del Registro Nacional de Investigaciones en Salud
(ReNIS).
MINISTERIO DE SALUD
SECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN E INSTITUTOS
SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN
DIRECCIÓN DE SANGRE Y HEMODERIVADOS
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Normatizar, coordinar y desarrollar las políticas que permitan alcanzar
la autosuficiencia en hemocomponentes y derivados, a través del fomento
de la donación voluntaria y habitual, la producción bajo programas de
aseguramiento de calidad y el monitoreo del uso adecuado de los
componentes sanguíneos.
ACCIONES:
1. Organizar y gestionar un sistema nacional de sangre y hemoderivados.
2. Fortalecer la infraestructura de los centros productores de
componentes sanguíneos tendiente a alcanzar la autosuficiencia, las
buenas prácticas de manufactura y su distribución.
3. Fortalecer la red de servicios de hemoterapia acorde a las necesidades del sistema sanitario.
4. Fomentar la donación voluntaria periódica de personas que eligen ser donantes de sangre.
5. Intervenir en el diseño de un sistema de hemovigilancia de donantes y receptores.
MINISTERIO DE SALUD
SECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN E INSTITUTOS
SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN
DIRECCIÓN NACIONAL DE REGISTRO, FISCALIZACIÓN Y SANIDAD DE FRONTERAS
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Entender en el registro nacional y federal de los recursos humanos de
la salud —médicos, odontólogos y personal de actividades de
colaboración— como así también en los aspectos de ética profesional
relacionados con los recursos humanos en salud.
Coordinar las acciones de registro, habilitación y fiscalización
sanitaria de establecimientos vinculados con la salud y controlar el
cumplimiento de las normas sanitarias reglamentarias, referidas al
ingreso y/o egreso del país de personas, cosas y productos y/o material
biológico con fines de diagnóstico e investigación.
ACCIONES:
1. Coordinar las acciones de registro, habilitación y fiscalización de
profesionales y establecimientos vinculados con la salud en el área de
su competencia.
2. Coordinar la aplicación de la normativa y la implementación de
acciones de fiscalización relacionadas con la sanidad en el área de
frontera en coordinación con las áreas competentes.
3. Proponer las normas sanitarias reglamentarias de control de egreso e ingreso del país y fiscalizar su cumplimiento.
4. Verificar el cumplimiento de las normas sanitarias y la autorización
correspondiente acerca del control de ingreso y egreso del país de
productos y/o material biológico con fines de diagnóstico e
investigación.
5. Supervisar la plena operatividad de las Unidades Sanitarias de
Fronteras, para desarrollar adecuadamente las acciones de fiscalización
de su competencia a nivel federal y su relación con similares de países
vecinos, en el marco del Reglamento Sanitario Internacional.
6. Desarrollar una estrategia de actualización permanente del personal
de inspectoría sanitaria tendiendo al mejor cumplimiento de la
normativa vigente.
7. Proponer acuerdos interinstitucionales de cooperación y articulación
con otros organismos que, en forma directa o por el tipo de controles
que realizan, se vinculan con aspectos de seguridad sanitaria en
general y de fronteras en particular, a ser suscriptos por la autoridad
sanitaria nacional.
8. Entender en el ámbito nacional sobre los aspectos de radiofísica
sanitaria en lo concerniente a habilitación y control de
establecimientos y equipos y la autorización de empresas prestadoras
del servicio de dosimetría personal de radiaciones.
9. Realizar la coordinación del Centro Nacional de Enlace para la
implementación del Reglamento Sanitario Internacional en caso de una
emergencia sanitaria de alcance internacional, juntamente con las
instancias correspondientes.
10. Articular con otras áreas ministeriales, las acciones tendientes a
la optimización de las funciones de Sanidad de Fronteras y Terminales
de Transporte.
11. Coordinar y controlar el accionar administrativo vinculado a la
gestión contable y patrimonial de las Unidades Sanitarias de Frontera,
en coordinación con las áreas competentes de la SUBSECRETARIA DE
COORDINACION ADMINISTRATIVA de la Jurisdicción.
12. Intervenir en lo atinente a denuncias recibidas por transgresiones a las normas sanitarias vigentes.
MINISTERIO DE SALUD
SECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN E INSTITUTOS
SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN
DIRECCIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN SANITARIA Y CALIDAD EN SERVICIOS DE SALUD
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Coordinar con las distintas jurisdicciones la actualización,
armonización y articulación de los diferentes marcos regulatorios del
sector salud.
Regular, registrar y fiscalizar los Hospitales Públicos de Gestión
Descentralizada en forma articulada con las jurisdicciones provinciales
y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en cumplimiento de la
reglamentación vigente.
ACCIONES:
1. Proponer la normativa destinada al mejor desarrollo de las funciones
de regulación en materia sanitaria del Gobierno Nacional, coordinando
con las distintas jurisdicciones la armonización de los diferentes
marcos regulatorios del sector salud.
2. Conformar un consejo federal de validación periódica de las
capacidades específicas de los profesionales del sector salud, de
acuerdo a los criterios que en tal sentido determine la autoridad
política sanitaria.
3. Administrar el registro de los Hospitales Públicos de Gestión
Descentralizada (HPGD), estableciendo los mecanismos que permitan
optimizar la gestión y el funcionamiento de los hospitales en general y
de los Hospitales Públicos de Gestión Descentralizada en particular.
4. Establecer el sistema de habilitación y categorización de servicios, establecimientos y redes de salud.
5. Realizar las investigaciones que permitan adecuar los servicios de
salud a las necesidades de la comunidad, generando modalidades
participativas para el conocimiento y difusión.
6. Estandarizar las herramientas para la documentación clínica y
sanitaria de los derechos y obligaciones de los usuarios de los
Servicios de Salud.
7. Propiciar la actualización permanente de las regulaciones, analizando las experiencias internacionales.
8. Articular, en forma coordinada con las demás áreas competentes del
Ministerio, acciones con otros entes y organismos vinculados a la
regulación sanitaria a través de la firma de acuerdos de cooperación
técnica.
9. Participar en la elaboración de las normas de organización y
funcionamiento de los Servicios de Salud y consensuar con las
jurisdicciones las normas vinculadas a la habilitación y categorización
de servicios, establecimientos y redes de salud.
10. Participar en la armonización de marcos regulatorios de servicios y
profesiones de la salud en los procesos de integración regional en
salud.
11. Promover el conocimiento y la difusión de los derechos y
obligaciones de los usuarios de los Servicios de Salud, en forma
coordinada con las áreas competentes del MINISTERIO DE SALUD.
12. Coordinar la presencia del Ministerio a través de las actividades de la Red Sanitaria Nacional.
13. Desarrollar e implementar mecanismos que favorezcan el
establecimiento de vínculos institucionales, según las pautas definidas
por la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN en
relación a otros organismos provinciales, así como con instituciones de
la seguridad social y del sector privado, en el ámbito de la temática
sanitaria.
MINISTERIO DE SALUD
SECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN E INSTITUTOS
SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN
DIRECCIÓN NACIONAL DE CAPITAL HUMANO Y SALUD OCUPACIONAL
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Determinar las pautas de formación del capital humano en salud de
acuerdo a la estrategia establecida por el Ministerio en la materia.
Promover las acciones dirigidas a la capacitación, formación y
fortalecimiento de los integrantes del equipo de salud —profesionales y
no profesionales— tendientes a alcanzar su desarrollo y afianzar los
procesos de calidad de los servicios y su vinculación con la comunidad.
ACCIONES:
1. Definir los criterios de formación y capacitación del capital humano
en salud, teniendo como eje central la estrategia de Atención Primaria
de la Salud.
2. Determinar el perfil de los profesionales, técnicos y auxiliares que
requiere el sistema, promoviendo las acciones necesarias para su
formación y capacitación, de acuerdo a los requerimientos previamente
detectados.
3. Intervenir, junto a los organismos nacionales competentes, en el
reconocimiento de los programas de formación del equipo de salud, en
sus diferentes modalidades, tanto de grado como de postgrado,
promoviendo las reformas curriculares necesarias para su adaptación a
las demandas del sistema y la comunidad.
4. Financiar e intervenir en las adjudicaciones de becas nacionales en
el área de la salud, recabar y evaluar los informes y los resultados
presentados por los becarios.
5. Financiar e intervenir en las adjudicaciones de cupos de Residentes
del Equipo de Salud en las distintas jurisdicciones del país.
6. Promover e impulsar el conocimiento vinculado al desarrollo del
capital humano y la calidad de los servicios para la actualización
permanente, capacitación y formación del mismo.
7. Asistir técnicamente a las jurisdicciones provinciales para la
capacitación y el desarrollo de su capital humano y de los procesos de
calidad de los servicios.
8. Promover acciones tendientes a modelar conductas del capital humano
en el proceso de atención de la salud según los requerimientos del
sistema.
9. Asistir a la SUBSECRETARÍA DE POLITICAS, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN
en el diseño de las políticas de recursos humanos con énfasis en el
sistema de Residencias.
10. Coordinar y participar en el diseño y desarrollo de políticas de
capacitación, promoción y protección de la salud de los Trabajadores
del Ministerio en particular y de la ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL en
general.
11. Propiciar el desarrollo de las Unidades de Salud Ocupacional
establecidas en las jurisdicciones, fijando las pautas de su
funcionamiento y vinculación con los organismos Nacionales que utilizan
sus servicios.
12. Coordinar y controlar el accionar administrativo vinculado a la
gestión contable y patrimonial de las Unidades de Salud Ocupacional con
asiento en las jurisdicciones provinciales, coordinando con las áreas
competentes de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA de la
Jurisdicción.
13. Implementar, en coordinación con la Dirección Nacional de
Regulación Sanitaria y Calidad en Servicios de Salud, un sistema de
información y comunicación sobre el capital humano en salud de
disponibilidad nacional.
14. Coordinar y participar en programas de capacitación profesional y
formación en administración y gerencia para el capital humano en salud
y su actualización permanente.
15. Desarrollar el relevamiento de instituciones formadoras y de capacitación de los recursos humanos en salud.
16. Coordinar el Observatorio de Recursos Humanos en Salud convocando a los referentes de la formación y del trabajo en salud.
MINISTERIO DE SALUD
SECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN E INSTITUTOS
SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN DE SERVICIOS ASISTENCIALES
DIRECCIÓN NACIONAL DE REDES DE SERVICIOS DE SALUD
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Coordinar las acciones necesarias para la implementación de un modelo
de atención de la salud basado en redes de servicios de salud,
orientadas hacia la cobertura universal de la población.
ACCIONES:
1. Promover un modelo de cuidado de la salud de los individuos y de las
poblaciones sobre la base de redes de servicios de salud, fortaleciendo
los sistemas de salud basados en la estrategia de la Atención Primaria
de salud.
2. Fomentar el acceso, la calidad y la equidad de los servicios y de las redes de servicios de salud,
3. Transferir conocimientos y tecnologías generados a partir de los
servicios nacionales de salud, hacia otros efectores de gestión pública
y privada del Sistema de Salud.
4. Planificar la creación de nuevas redes de servicios de salud y
adecuar las redes de salud existentes, conforme las necesidades locales
y regionales de la población.
5. Facilitar la implementación de las acciones de los Programas
Nacionales en los servicios de salud que dependen del Ministerio y de
las redes de servicios de salud.
6. Participar en la elaboración de programas de cooperación en materia
de formación, capacitación y entrenamiento de los recursos humanos en
salud.
7. Fomentar el desarrollo de líneas de investigación en ciencias
básicas, clínicas aplicadas, epidemiológicas, socio-sanitarias y de
educación médica entre los servicios de salud que conforman las redes
de servicios de salud.
8. Propiciar actividades de participación de la comunidad desde las redes de servicios de salud.
MINISTERIO DE SALUD
SECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN E INSTITUTOS
SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN DE SERVICIOS ASISTENCIALES
DIRECCIÓN NACIONAL DE PLANIFICACIÓN, GESTIÓN Y MONITOREO DE LOS SERVICIOS DE SALUD
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Coordinar las acciones para la implementación del modelo de atención de
la salud que impulse el Ministerio en los institutos y organismos
asistenciales descentralizados que se encuentren bajo la órbita de la
SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN DE SERVICIOS ASISTENCIALES.
ACCIONES:
1. Promover, en los organismos asistenciales descentralizados bajo la
órbita de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN DE SERVICIOS ASISTENCIALES,
acciones que favorezcan el mantenimiento de la salud de la población y
la prevención de las enfermedades, en coordinación con las áreas
competentes en la materia de la Jurisdicción y de otras áreas de
gobierno, propiciando la consolidación de la estrategia de la Atención
Primaria de la Salud como política de Estado.
2. Promover, en los organismos asistenciales descentralizados en la
órbita de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN DE SERVICIOS ASISTENCIALES,
acciones que prioricen el cuidado y la atención de la población en
situación de pobreza, de mayor vulnerabilidad social y sanitaria.
3. Promover el empleo racional de los recursos de tecnología sanitaria
en los organismos asistenciales descentralizados en la órbita de la
SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN DE SERVICIOS ASISTENCIALES.
4. Promover el uso racional de los medicamentos y el acceso oportuno a
medicamentos y recursos terapéuticos en los organismos asistenciales
descentralizados en la órbita de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN DE
SERVICIOS ASISTENCIALES.
5. Evaluar el cumplimiento de los objetivos y metas sanitarias para
cada uno de los organismos asistenciales descentralizados en la órbita
de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN DE SERVICIOS ASISTENCIALES.
6. Proponer la adopción de herramientas y tecnologías de gestión
hospitalaria e institucional que redunden en beneficio de la población
asistida.
7. Propiciar la mejora continua de las condiciones que hacen a las
relaciones laborales y profesionales de los Recursos Humanos que
prestan servicio en los Organismos, Institutos y Hospitales donde rija
la Carrera Profesional, aprobada por Decreto N° 277/91 y sus
modificatorios.
8. Participar en la Comisión Permanente de la Carrera Sanitaria Profesional del Decreto N° 277/91 y sus modificatorios.
MINISTERIO DE SALUD
SECRETARÍA DE PROMOCIÓN, PROGRAMAS SANITARIOS Y SALUD COMUNITARIA
DIRECCIÓN DE ARTICULACIÓN DE COBERTURAS PÚBLICAS JURISDICCIONALES
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Fomentar y fortalecer la instauración de coberturas públicas
jurisdiccionales de salud en todo el país, brindando el soporte
necesario para su correcta articulación con los programas del
Ministerio.
ACCIONES:
1. Proponer los lineamientos que permitan el desarrollo de un marco legal para la cobertura pública de salud.
2. Coordinar junto con las jurisdicciones el alcance de cada cobertura pública jurisdiccional y su puesta en marcha.
3. Supervisar la estandarización y la actualización de las normas y
procedimientos de las coberturas públicas jurisdiccionales para una
correcta articulación de las mismas.
4. Establecer los estándares mínimos de calidad requeridos para cada cobertura pública jurisdiccional de salud.
5. Controlar y supervisar el funcionamiento de las coberturas públicas
jurisdiccionales de salud, mediante la implementación de trazadoras
sanitarias y reportes periódicos, así como mediante visitas en las
provincias y en la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.
6. Programar y dirigir las acciones necesarias para el correcto
funcionamiento de las coberturas Jurisdiccionales de Salud, mediante su
articulación con los programas del Ministerio.
MINISTERIO DE SALUD
SECRETARÍA DE PROMOCIÓN, PROGRAMAS SANITARIOS Y SALUD COMUNITARIA
DIRECCIÓN NACIONAL DE PRESTACIONES MÉDICAS
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Supervisar la cobertura médica integral a los beneficiarios de
pensiones no contributivas residentes en todo el territorio nacional
que se encuentren afiliados al Programa Federal de Salud —PROFESALUD—.
ACCIONES:
1. Desarrollar acciones tendientes a promover el acceso a la asistencia
médica de los afiliados al Programa Federal de Salud —PROFESALUD—
manteniendo actualizados los padrones de beneficiarios.
2. Coordinar la ejecución del Programa Federal de Salud —PROFESALUD—,
distribuyendo los recursos presupuestarios de acuerdo a los convenios
establecidos en el marco de un esquema de descentralización
presupuestaria y de gestión.
3. Promover la difusión y promoción de los derechos y obligaciones de la población beneficiaria bajo el programa.
4. Efectuar el diseño, ejecución y supervisión de los modelos de
control y monitoreo de sistemas administrativos contables, conforme a
los objetivos establecidos.
5. Participar en el diseño, ejecución y supervisión de los modelos
prestacionales a brindar a la población beneficiaria, conforme a los
objetivos establecidos.
MINISTERIO DE SALUD
SECRETARÍA DE PROMOCIÓN, PROGRAMAS SANITARIOS Y SALUD COMUNITARIA
SUBSECRETARÍA DE ATENCIÓN PRIMARIA DE LA SALUD
DIRECCIÓN DE ACCIONES COMUNITARIAS
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Impulsar la instalación de una cultura del cuidado, protección y
promoción de la salud, atendiendo la prevención de enfermedades a
través de dispositivos de educación, información y comunicación
dirigidos a la población en general.
ACCIONES:
1. Favorecer el acceso y el derecho a la información de los individuos
y comunidades en las cuestiones de prevención y protección de la salud.
2. Facilitar estudios preventivos básicos de pacientes para la detección de los factores de riesgo sanitario.
3. Establecer, y en su caso fortalecer, la accesibilidad a los sistemas sanitarios públicos.
4. Implementar acciones preventivas para evitar conductas poco
saludables en las comunidades, mediante políticas de difusión de
acciones preventivas y vida saludable.
5. Fortalecer la estrategia de Atención Primaria de la Salud en los
sistemas locales de salud a través de la participación de Médicos
Comunitarios y toda otra actividad que implemente el Ministerio.
6. Fomentar la accesibilidad a la atención sanitaria en el territorio
nacional a través de las acciones de Unidades Sanitarias Móviles (USAM).
MINISTERIO DE SALUD
SECRETARÍA DE PROMOCIÓN, PROGRAMAS SANITARIOS Y SALUD COMUNITARIA
SUBSECRETARÍA DE ATENCIÓN PRIMARIA DE LA SALUD
DIRECCIÓN NACIONAL DE MATERNIDAD, INFANCIA Y ADOLESCENCIA
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Asistir en los aspectos relacionados con la salud materno-infantil y
adolescente promoviendo el seguimiento del embarazo, el parto y el
puerperio y el desarrollo del niño desde su nacimiento hasta la
adolescencia, que permitan el desarrollo infantil temprano, la salud en
edad escolar y en la adolescencia.
ACCIONES
1. Realizar el seguimiento de los riesgos para la salud de las madres, los niños y los adolescentes.
2. Brindar asistencia técnica a las jurisdicciones provinciales y a la
CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES en las áreas de su competencia, que así
lo requieran.
3. Elaborar y ejecutar las acciones referentes a la prevención y el
seguimiento de los riesgos para la salud de las madres, los niños y los
adolescentes, definidos como un grupo de riesgo especial.
4. Diseñar programas y proyectos dirigidos a reducir la morbimortalidad
materna e infantojuvenil, promoviendo la lactancia materna, el
desarrollo infantil temprano, la salud en edad escolar y en la
adolescencia, el seguimiento del embarazo, parto y puerperio y al niño
desde su nacimiento hasta la adolescencia.
5. Desarrollar programas y acciones compensatorias dirigidas a reducir
las brechas de los indicadores de salud existentes entre las
jurisdicciones.
6. Realizar la adecuación de las normas técnicas de atención
materno-infanto-juvenil a las nuevas orientaciones de organización de
servicios, de programas y proyectos.
7. Desarrollar estrategias de capacitación y actualización permanente
de los recursos humanos que trabajan en torno a la salud
materno-infanto-juvenil.
8. Desarrollar, en coordinación con las áreas pertinentes del
Ministerio, modelos de comunicación social que promuevan la salud
materno-infanto-juvenil.
MINISTERIO DE SALUD
SECRETARÍA DE PROMOCIÓN, PROGRAMAS SANITARIOS Y SALUD COMUNITARIA
SUBSECRETARÍA DE ATENCIÓN PRIMARIA DE LA SALUD
DIRECCIÓN NACIONAL DE ATENCIÓN COMUNITARIA
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Asistir en la promoción de la salud de la población y en la prevención
de las enfermedades, priorizando la población en situación de pobreza y
mayor vulnerabilidad social y sanitaria, mediante la consolidación de
la estrategia de Atención Primaria de la Salud, trabajando en conjunto
con las áreas competentes en la materia de los Gobiernos Provinciales y
de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.
ACCIONES:
1. Desarrollar los elementos característicos de la atención primaria
primer contacto, longitudinalidad, integralidad y participación
comunitaria.
2. Asistir en la coordinación y el fortalecimiento de las áreas
provinciales y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES en el desarrollo
de un sistema sanitario centrado en la Atención Primaria de la Salud,
con miras a favorecer la redistribución de los recursos y mejorar la
accesibilidad universal a los mismos.
3. Potenciar la equidad de la atención en salud para disminuir la
distribución desigual de la carga de enfermedad en los distintos
estratos socioeconómicos de la población.
4. Orientar la atención comunitaria y la puesta en marcha de mecanismos
de colaboración intersectorial adaptados a las características y
necesidades de cada grupo poblacional.
5. Promover la formación y capacitación de recursos humanos en Atención Primaria de la Salud.
6. Producir, sistematizar y difundir, en coordinación con las áreas
pertinentes del Ministerio, información vinculada a la materia de su
competencia y desarrollar estrategias de comunicación social que
favorezcan la promoción de la salud y la prevención de las enfermedades.
MINISTERIO DE SALUD
SECRETARÍA DE PROMOCIÓN, PROGRAMAS SANITARIOS Y SALUD COMUNITARIA
SUBSECRETARÍA DE ATENCIÓN PRIMARIA DE LA SALUD
DIRECCIÓN NACIONAL DE SALUD BUCODENTAL
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Proponer, desarrollar y controlar las acciones de promoción,
prevención, asistencia y rehabilitación de la salud bucodental,
tendientes a reducir la morbilidad por enfermedades bucodentales y
mejorar la calidad de vida de la población más vulnerable.
ACCIONES:
1. Desarrollar y fortalecer estrategias en Atención Primaria en Salud
Bucodental en los contextos locales que favorezcan el acceso a la
información y el autocuidado.
2. Constituir un Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica en el componente bucal de la salud.
3. Promover la educación y promoción de la salud bucodental en los
diversos ámbitos educativos, en coordinación con el MINISTERIO DE
EDUCACIÓN Y DEPORTES y/o autoridades con competencia en la materia,
fomentando la adquisición de hábitos saludables y el autocuidado.
4. Promover, incentivar y desarrollar investigaciones científicas que
orienten la definición de las políticas sanitarias y sustenten la toma
de decisiones.
5. Fortalecer la red de atención de salud bajo la estrategia de la
Atención Primaria de la Salud, promoviendo la jerarquización del primer
nivel.
6. Desarrollar estrategias de capacitación de los recursos humanos, en
el área de la salud bucodental como componente de la salud general.
7. Impulsar la mejora de la calidad de los servicios de atención de salud bucodental en términos de prácticas y procedimientos.
MINISTERIO DE SALUD
SECRETARÍA DE PROMOCIÓN, PROGRAMAS SANITARIOS Y SALUD COMUNITARIA
SUBSECRETARÍA DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE RIESGOS
DIRECCIÓN SIDA Y ENFERMEDADES DE TRANSMISIÓN SEXUAL
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Asistir en la elaboración y propuesta de una estrategia integral
destinada a reducir el impacto de la epidemia del VIH/SIDA, las
Infecciones de Transmisión Sexual (ITS) y las hepatitis virales,
mediante acciones de prevención y promoción del cuidado de la salud en
relación con las mismas.
ACCIONES:
1. Proponer e implementar políticas de prevención de la transmisión
vertical del VIH/SIDA, de las ITS congénitas y de hepatitis virales
mediante campañas, fortalecimiento de los efectores de salud, provisión
de insumos, pruebas de screening y confirmatorias.
2. Proponer e implementar políticas de prevención primaria y secundaria
del VIH/SIDA, ITS y hepatitis virales en la población general,
focalizando la estrategia en poblaciones vulnerables y vulnerables
emergentes: trabajadores formales e informales, trabajadores sexuales,
minorías sexuales, niños y adolescentes en situación de calle,
poblaciones migrantes, de frontera y población privada de su libertad.
3. Proponer e implementar políticas de educación sexual y prevención
del VIH/SIDA, ITS y hepatitis vírales en jóvenes escolarizados y no
escolarizados, promoviendo el acceso a preservativos masculinos y
fomentando el uso del preservativo femenino.
4. Elaborar y desarrollar líneas de acción de reducción de daños en la
población usuaria de drogas y alcohol, en el ámbito de su competencia.
5. Impulsar el diagnóstico serológico de la infección por VIH/SIDA, ITS
y hepatitis virales en el control prenatal en todos los
establecimientos públicos de salud.
6. Diseñar y ejecutar acciones destinadas a la calidad y a la
continuidad de los estudios de laboratorios necesarios para el
seguimiento de personas con VIH/SIDA (PVVS) y hepatitis virales.
7. Gerenciar la provisión de medicamentos para las personas con VIH/SIDA (PVVS) y hepatitis virales.
8. Gerenciar la provisión de medicamentos para VIH/SIDA, ITS y
hepatitis virales y otras enfermedades asociadas para personas viviendo
con VIH/SIDA (PVVS) que se encuentran bajo programa.
9. Elaborar y actualizar las normas que promuevan la atención integral,
adoptando criterios de nuevas formas de prevención primaria, secundaria
y terciaria.
10. Promover el respeto a los derechos fundamentales de adultos y niños
afectados directa o indirectamente por VIH/SIDA y hepatitis virales
mediante el desarrollo de campañas de difusión específicas sobre la
temática.
11. Desarrollar cursos de capacitación, formación y actualización para
el personal de los equipos de salud y de otras áreas involucradas, en
materia de su competencia.
12. Diseñar y ejecutar acciones programáticas referentes a la
vigilancia epidemiológica del VIH/SIDA de primera, segunda y tercera
generación.
13. Fomentar la descentralización de acciones de promoción y prevención
a niveles locales o municipales, transfiriendo lineamientos y políticas
sanitarias a las jurisdicciones y distribuyendo recursos
presupuestarios de acuerdo a los convenios establecidos con las mismas.
14. Promover e incentivar el desarrollo de programas de investigación
en relación al VIH/SIDA, ITS y hepatitis virales en forma articulada
con las demás áreas pertinentes del Ministerio, promoviendo las pautas
bioéticas.
MINISTERIO DE SALUD
SECRETARÍA DE PROMOCIÓN, PROGRAMAS SANITARIOS Y SALUD COMUNITARIA
SUBSECRETARÍA DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE RIESGOS
DIRECCIÓN DE PROMOCIÓN DE LA SALUD Y CONTROL DE ENFERMEDADES NO TRANSMISIBLES.
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Asistir a las autoridades en la formulación de políticas y estrategias
de promoción, prevención, vigilancia y control de enfermedades no
transmisibles.
ACCIONES:
1. Coordinar los programas dirigidos a la prevención y control de las enfermedades no transmisibles y sus factores de riesgo.
2. Fortalecer la capacidad de respuesta del sector salud para la
prevención y el control de las enfermedades no transmisibles y sus
factores de riesgo.
3. Promover la elaboración de guías de prevención y control de
enfermedades crónicas no transmisibles o que presentan factores de
riesgo para éstas.
4. Promover hábitos, actitudes y comportamientos saludables para prevenir enfermedades en materia de su competencia.
5. Coordinar estrategias y acciones de vigilancia epidemiológica de las
principales enfermedades no transmisibles y de sus factores de riesgo.
6. Desarrollar acciones dirigidas a combatir el sedentarismo, la
alimentación inadecuada y el consumo de tabaco, como prevención de las
enfermedades en materia de su competencia.
7. Promover la regulación de la oferta de productos y servicios destinados a mejorar las condiciones de salud de la población.
8. Promover acciones de comunicación social y de educación para la
salud por medios masivos y/o interpersonales y asesorar en esta materia
a los organismos que lo requieran.
9. Realizar la vigilancia y monitoreo de las principales enfermedades
no transmisibles, las lesiones externas y sus factores de riesgo.
MINISTERIO DE SALUD
SECRETARÍA DE PROMOCIÓN, PROGRAMAS SANITARIOS Y SALUD COMUNITARIA
SUBSECRETARÍA DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE RIESGOS
DIRECCIÓN NACIONAL DE EPIDEMIOLOGÍA Y ANÁLISIS DE LA SITUACIÓN DE SALUD
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Proponer y supervisar programas y acciones de vigilancia epidemiológica
e intervención en brotes y desarrollar campañas específicas de abordaje
de enfermedades en función de las necesidades sanitarias.
ACCIONES:
1. Contribuir al diagnóstico del estado sanitario del país y de sus
necesidades básicas, realizando el estudio de tendencias específicas de
su responsabilidad.
2. Desarrollar y coordinar actividades intra y extrasectoriales de
vigilancia, prevención y control de la morbimortalidad atribuible a
enfermedades transmisibles, prioritarias y prevalentes, en el marco de
las políticas nacionales de salud.
3. Supervisar la estandarización y la actualización de las normas y
procedimientos para control de las enfermedades prioritarias
transmisibles y establecer prioridades en salud pública de acuerdo a
susceptibilidad y riesgo de la población frente a determinados eventos.
4. Operativizar las acciones y programas de vigilancia epidemiológica
en forma conjunta con otras instancias relacionadas, coordinando los
diferentes organismos y programas y contribuyendo al fortalecimiento de
instituciones nacionales, provinciales y locales responsables del
desarrollo de la vigilancia, prevención y control de enfermedades.
5. Establecer mecanismos tendientes a coordinar el relevamiento, la
sistematización, el análisis y la difusión de información relacionada
con la situación sanitaria de su competencia.
6. Proveer los insumos de información epidemiológica y estratégica para
la permanente actualización de la Sala de Situación en Salud.
7. Asistir a las autoridades en las instancias intersectoriales en los temas de su competencia.
MINISTERIO DE SALUD
SECRETARÍA DE PROMOCIÓN, PROGRAMAS SANITARIOS Y SALUD COMUNITARIA
SUBSECRETARÍA DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE RIESGOS
DIRECCIÓN NACIONAL DE EMERGENCIAS SANITARIAS
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Diseñar e implementar un Sistema Nacional de Atención de Emergencias y
Desastres que permita articular con las jurisdicciones de todo el país,
la prevención de riesgos y daños a la salud y coordinar operativos
conjuntos en caso de emergencias y/o desastres que requieran el auxilio
del Estado Nacional.
ACCIONES:
1. Asistir en la elaboración de la normativa referida a la
capacitación, la certificación y la acreditación del recurso humano
propio y de otras jurisdicciones que participan en la respuesta ante
situaciones de emergencias y desastres.
2. Categorizar y acreditar el recurso físico en todas las etapas de la atención de las emergencias y los desastres.
3. Diseñar e implementar el Registro Nacional de Emergencias.
4. Diseñar e implementar programas de prevención y control de lesiones con participación de las jurisdicciones.
5. Desarrollar programas de capacitación comunitaria para disminuir la
vulnerabilidad de las personas en situaciones de trauma, emergencia y
desastre.
6. Producir y difundir, en coordinación con las áreas pertinentes, información sobre la prevención de emergencias y desastres.
7. Coordinar, en forma directa y permanente con los organismos
jurisdiccionales, organismos internacionales y entidades no
gubernamentales, las actividades sanitarias de prevención, preparación,
mitigación, atención y rehabilitación en sus respectivas competencias,
ante situaciones de emergencias y desastres.
8. Coordinar y gestionar, en coordinación con las áreas con competencia
en la materia de la ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL, el apoyo mediante
la utilización de móviles terrestres, aéreos y fluviales en los
operativos de evacuación, derivación y recepción de víctimas
individuales o en masa, en situaciones de emergencias y desastres de
origen natural, tecnológico u otro tipo de violencias.
9. Planificar y/o coordinar operativos y acciones específicas a
desarrollar en cualquier lugar del país o fuera de él cuando se
disponga, en concurso con los organismos con competencia primaria en la
materia.
10. Coordinar en sus aspectos técnicos y operativos el servicio de
radiocomunicaciones del Ministerio en el ámbito nacional, para una
atención de carácter permanente que permita evaluar y asistir la
demanda producida en situaciones de emergencias y desastres, así como
el mantenimiento preventivo y la reparación de equipos e instalaciones
específicos.
11. Coordinar el almacenamiento y distribución de los materiales
necesarios para atender en forma inmediata la demanda de asistencia
sanitaria generada por emergencias que afecten a la población.
12. Coordinar y evaluar los requerimientos de elementos y equipos
destinados a la ejecución de operativos de emergencias y desastres.
MINISTERIO DE SALUD
SECRETARÍA DE PROMOCIÓN, PROGRAMAS SANITARIOS Y SALUD COMUNITARIA
SUBSECRETARÍA DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE RIESGOS
DIRECCIÓN NACIONAL DE SALUD MENTAL Y ADICCIONES
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Promover y coordinar redes locales, regionales y nacionales ordenadas
según criterios de riesgo, que contemplen el desarrollo adecuado de los
recursos para la atención primaria de salud mental y de las adicciones,
articulando los diferentes niveles y estableciendo mecanismos de
referencia y contrarreferencia que permitan y normaticen su empleo y
disponibilidad para toda la población.
ACCIONES:
1. Integrar las políticas de salud mental y tratamiento de las
adicciones en las políticas generales de salud propuestas por el
Ministerio, procurando fortalecer las capacidades institucionales que
permitan propiciar accesibilidad a los servicios de salud mental.
2. Generar principios rectores en materia de atención primaria de la
salud mental y los tratamientos de las adicciones, desde una
perspectiva respetuosa de los derechos humanos y las garantías
individuales de las personas, con un criterio interdisciplinario de
atención, que priorice la participación y acompañamiento familiar y
comunitario.
3. Coordinar acciones tendientes a la unificación de criterios sobre
las mejores formas de atención psiquiátrica y propiciar las
transformaciones que fueran necesarias, así como la incorporación de
los mismos en las instancias de formación y capacitación profesional.
4. Coordinar actividades con otras áreas del ESTADO NACIONAL sobre la
materia de su incumbencia y continuar con los proyectos de colaboración
en ejecución.
5. Articular una mesa de trabajo permanente con los Responsables
Jurisdiccionales en Salud Mental y Adicciones del país para consensuar,
evaluar y/o modificar estrategias, programas, actividades e
intervenciones e incrementar la cooperación técnica y la participación
intersectorial e interdisciplinaria.
6. Coordinar las acciones de prevención y tratamiento de las adicciones
con la SECRETARÍA DE PROGRAMACIÓN PARA LA PREVENCIÓN DE LA DROGADICCIÓN
Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRÁFICO (SEDRONAR) y el Centro Nacional de
Reeducación Social (CENARESO), para la implementación de líneas de
acción que se identifiquen como necesarias para posicionarlos como
Centros Nacionales de Referencia.
MINISTERIO DE SALUD
SECRETARÍA DE RELACIONES NACIONALES E INTERNACIONALES
DIRECCIÓN DE ECONOMÍA DE LA SALUD
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Evaluar la estructura de costos de las distintas áreas del sector salud
y llevar a cabo el seguimiento tendiente a determinar la incidencia de
tales costos en el acceso de la población a los servicios de salud.
ACCIONES:
1. Diseñar y monitorear los indicadores específicos para cada área del
sector salud que permitan observar la evolución y efectividad de los
distintos programas y políticas implementadas.
2. Establecer mecanismos periódicos de transmisión de información
acerca de las transferencias en dinero y en especie que se efectúen a
cada jurisdicción.
3. Realizar el seguimiento periódico de los precios de las compras estatales de medicamentos e insumos.
4. Realizar el seguimiento de los precios de venta al público de los medicamentos.
5. Elaborar información para ser empleada en reuniones de trabajo,
ruedas de prensa, talleres, jornadas y eventos similares, en materia de
su competencia.
6. Analizar el gasto en salud y su consolidación con las cuentas nacionales de salud.
7. Realizar el seguimiento de las variables sociales de interés tanto
para la formulación como para la evaluación de la política sanitaria
implementada por el Ministerio.
8. Evaluar la situación prestacional del sistema de salud a partir de
la realización de análisis costo-beneficio del sector, que permitan al
nivel político la reasignación de recursos.
9. Evaluar la estructura de costos de los insumos básicos y de los
medicamentos y la incidencia de estos últimos en el gasto público.
10. Analizar el impacto económico de las políticas implementadas desde
el nivel central, estudiar la factibilidad económica de los programas y
elaborar proyecciones económicas del sector.
MINISTERIO DE SALUD
SECRETARÍA DE RELACIONES NACIONALES E INTERNACIONALES
SUBSECRETARÍA DE RELACIONES INSTITUCIONALES
DIRECCIÓN NACIONAL DE INTEGRACIÓN SANITARIA FEDERAL
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Asistir en la planificación e implementación de planes, programas y
proyectos destinados a fortalecer la integración sanitaria entre las
distintas jurisdicciones.
ACCIONES:
1. Promover, organizar, programar y ejecutar actividades relacionadas
con las relaciones sanitarias federales y con instituciones vinculadas
al quehacer sanitario a nivel nacional.
2. Intervenir en el seguimiento y evaluación técnica de los convenios sanitarios nacionales.
3. Fomentar y desarrollar actividades de cooperación técnica con las
jurisdicciones provinciales, municipales y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE
BUENOS AIRES.
4. Analizar la legislación sanitaria de las distintas jurisdicciones y
proponer modificaciones tendientes a lograr la armonización entre las
normas nacionales y locales.
5. Organizar, coordinar y supervisar el accionar de las Delegaciones
Sanitarias Federales en los distritos jurisdiccionales del país.
6. Coordinar, a través de las Delegaciones Sanitarias Federales, la
ejecución y el control de las políticas y programas en su ámbito de
competencia.
7. Entender en la organización y coordinación del Consejo Federal de Salud (COFESA).
8. Promover y participar en la articulación de las relaciones entre el
Consejo Federal de Salud (COFESA) y el Consejo Federal Legislativo de
Salud (COFELESA).
9. Promover relaciones institucionales con otros órganos e institutos
dependientes de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, tanto
nacional como provincial, municipal y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS
AIRES.
MINISTERIO DE SALUD
SECRETARÍA DE RELACIONES NACIONALES E INTERNACIONALES
SUBSECRETARÍA DE RELACIONES INSTITUCIONALES
DIRECCIÓN NACIONAL DE RELACIONES CON ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Organizar, programar y ejecutar actividades vinculadas con las
relaciones sanitarias con las organizaciones de la sociedad civil y la
comunidad, destinadas a optimizar las políticas de salud.
ACCIONES:
1. Ejecutar las actividades de cooperación técnica con Organizaciones
No Gubernamentales y con entidades gubernamentales que se le
encomienden.
2. Intervenir en la formulación de proyectos de cooperación científica,
tecnológica y financiera con Universidades, con entidades
representativas del sector salud y con Organizaciones No
Gubernamentales, en el ámbito de su competencia.
3. Brindar apoyo a la autoridad sanitaria para su apropiada participación en foros, eventos y reuniones del sector salud.
4. Promover el desarrollo de actividades específicas de salud
institucional en las organizaciones de la sociedad civil y de la
comunidad vinculadas.
5. Diseñar y mantener actualizada una base de datos de las
organizaciones de la sociedad civil y de la comunidad vinculada al
sector salud.
MINISTERIO DE SALUD
SECRETARÍA DE RELACIONES NACIONALES E INTERNACIONALES
SUBSECRETARÍA DE RELACIONES INSTITUCIONALES
DIRECCIÓN NACIONAL DE RELACIONES SANITARIAS INTERNACIONALES
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Organizar, programar y ejecutar las actividades vinculadas con las
relaciones sanitarias internacionales, para optimizar las políticas de
salud.
ACCIONES:
1. Ejecutar las actividades de cooperación técnica internacional con
organismos internacionales que se le encomienden, en materia de su
competencia.
2. Participar en la formulación de proyectos bilaterales y
multilaterales de cooperación científica, tecnológica y financiera con
otros países y con organismos internacionales, en materia de su
competencia.
3. Coordinar las actividades y acciones relacionadas con el Subgrupo de
Trabajo N° 11 Salud del MERCOSUR y de las Reuniones de Ministros de
Salud del MERCOSUR y Estados Asociados.
4. Asistir a la SUBSECRETARÍA DE RELACIONES INSTITUCIONALES en la
formulación y elaboración de acuerdos y convenios en materia de salud.
5. Asesorar respecto de la participación de la autoridad sanitaria en
foros y reuniones internacionales sectoriales de organismos
internacionales en materia de salud, en el ámbito de su competencia.
6. Gestionar las reuniones derivadas de los convenios de cooperación
bilaterales, de acuerdo a las directivas que se impartan en esta
materia.
7. Brindar apoyo técnico y logístico para la apropiada participación de
la autoridad sanitaria en los organismos, foros y cuerpos directivos de
los Organismos Internacionales en materia de salud.
8. Analizar la legislación sanitaria de los países del MERCOSUR y
Estados Asociados propiciando su compatibilización con la legislación
nacional.
9. Realizar el seguimiento y la evaluación técnica de los convenios internacionales, bilaterales y multilaterales celebrados.
MINISTERIO DE SALUD
SECRETARÍA DE RELACIONES NACIONALES E INTERNACIONALES
SUBSECRETARÍA DE RELACIONES INSTITUCIONALES
DIRECCIÓN NACIONAL DE DETERMINANTES DE LA SALUD
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Asistir en el análisis y evaluación de los determinantes
socio-ambientales de la salud, promoviendo su difusión y utilización
apropiada.
ACCIONES:
1. Promover el desarrollo de actividades de investigación en temas de determinantes socio-ambientales de la salud.
2. Difundir, en coordinación con las áreas pertinentes del Ministerio,
los temas vinculados a la salud y sus determinantes socio-ambientales,
de manera que puedan promover la adopción de conductas saludables en la
población y la prevención de riesgos vinculados a los determinantes de
la salud.
3. Identificar y difundir, en coordinación con las áreas pertinentes
del Ministerio, los debates sobre tendencias epidemiológicas y de los
servicios de salud y promover la transferencia de la información sobre
experiencias y desarrollo científico en otros países.
4. Desarrollar estudios que permitan caracterizar epidemiológicamente y
propiciar normas relativas a prevención, diagnóstico, tratamiento y
vigilancia de las intoxicaciones.
5. Coordinar y consolidar fuentes de información, indicadores sobre
temas de salud y sus determinantes socio-ambientales para incrementar
el uso eficaz y eficiente de los recursos.
6. Proponer estrategias integradas entre los niveles de gobierno local,
provincial, nacional y de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, para la
estandarización de métodos de evaluación de impacto sanitario y
socio-ambiental de los planes y programas de salud en ejecución en todo
el país.
7. Promover y fortalecer el desarrollo de las capacidades en
determinantes de la salud de las jurisdicciones y de la cooperación
intra e intersectorial en el ámbito nacional.
PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 2°
MINISTERIO DE SALUD
INCORPORACIONES
HOMOLOGACIONES
HOMOLOGACIONES CON REASIGNACIÓN
RATIFICACIONES
DEROGACIONES