Resolución 477/2016
Bs. As., 26/04/2016
VISTO el Expediente N° E-10908-2016 del Registro del MINISTERIO DE
DESARROLLO SOCIAL; el Decreto N° 1023/2001 y modificatorios y el
Decreto N° 893/2012 y modificatorios; y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente mencionado en el VISTO, tramita la adquisición de
Alimentos no Perecederos —Raciones no perecederas para módulos
alimentarios de emergencia— aptas para celíacos, a fin de afrontar el
estado de emergencia hídrica en el litoral y la región pampeana de
nuestro país, solicitados por la Dirección de Emergencia de la
SUBSECRETARÍA DE ABORDAJE TERRITORIAL dependiente de la SECRETARÍA DE
GESTIÓN Y ARTICULACIÓN INSTITUCIONAL.
Que dicha emergencia ha ocasionado que durante el primer trimestre del
año se utilizaran los recursos disponibles en una cantidad mayor que la
prevista oportunamente, a la vez que ha obligado a modificar las
previsiones para el segundo y el tercer trimestre del año en curso,
previéndose que se necesitarán importantes recursos para abordar las
acciones de asistencia que resultarán imprescindibles para paliar los
graves daños que está ocasionando el evento climático denominado
“Fenómeno del Niño”.
Que la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN, MONITOREO Y LOGÍSTICA estimó el
costo de la presente contratación y se llevó a cabo el registro
preventivo del crédito legal para atender el gasto respectivo.
Que la Dirección de Patrimonio y Suministros en virtud de la naturaleza
de la presente tramitación, propicia se otorgue a la misma el carácter
de Contratación Directa por Compulsa Abreviada por Emergencia prevista
en el artículo 25 inciso d) apartado 5) del Decreto N° 1023/2001 y
modificatorios, reglamentado por los artículos 19, 24 y 141 del Anexo
al Decreto N° 893/2012 y modificatorios.
Que conforme el Acta de Apertura de fecha 26 de Abril de 2016, en la
Contratación Directa por Compulsa Abreviada por Emergencia N° 22/2016,
se presentaron las siguientes firmas: TEYLEM S.A. (oferta 1) y BAGALA
S.A. (oferta 2).
Que la Dirección de Patrimonio y Suministros informó que las ofertas
recibidas se ajustan a lo solicitado en el Pliego de Bases y
Condiciones y propició la adjudicación de la firma TEYLEM S.A. (oferta
1) por ser la de menor precio valedero.
Que en consecuencia corresponde adjudicar la Contratación Directa por
Compulsa Abreviada por Emergencia N° 22/2016 a la firma TEYLEM S.A.
(oferta 1).
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente Resolución se dicta dentro del régimen establecido por
el Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, sin perjuicio de la
aplicación supletoria de los Decretos N° 893/2012 y modificatorios, en
virtud de lo dispuesto en la Ley de Ministerios y las normas
modificatorias y complementarias, la Ley N° 24.156 de Administración
Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y
su Decreto Reglamentario N° 1344/2007 y modificatorios, los Decretos
Nros. 355/2002 y 357/2002 y sus respectivos modificatorios y
complementarios y N° 08 del 10 de diciembre de 2015.
Por ello,
LA MINISTRA DE DESARROLLO SOCIAL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Autorízase a efectuar una Contratación Directa por
Compulsa Abreviada por Emergencia prevista en el artículo 25 inciso d)
apartado 5) del Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, reglamentado por
los artículos 19, 24 y 141 del Anexo al Decreto N° 893/2012 y
modificatorios, tendiente a lograr la adquisición Alimentos no
Perecederos —Raciones no perecederas para módulos alimentarios de
emergencia— aptas para celíacos, solicitados por la Dirección de
Emergencia de la SUBSECRETARÍA DE ABORDAJE TERRITORIAL dependiente de
la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y ARTICULACIÓN INSTITUCIONAL.
ARTÍCULO 2° — Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones Particulares
para la contratación autorizada en el Artículo precedente, que integra
la presente como Anexo I.
ARTÍCULO 3° — Apruébase la Contratación Directa por Compulsa Abreviada
por Emergencia N° 22/2016 conforme los términos del Artículo 1° y 2° de
la presente.
ARTÍCULO 4° — Adjudícase en la Contratación Directa por Compulsa
Abreviada por Emergencia N° 22/2016 a la firma, renglón, cantidades y
monto consignados en el Anexo II que forma parte de la presente, cuya
adjudicación asciende a la suma de PESOS SEIS MILLONES DOSCIENTOS MIL
($ 6.200.000.-), acorde lo expuesto en los Considerandos de la presente.
ARTÍCULO 5° — Autorízase a la Dirección de Patrimonio y Suministros a
emitir la Orden de Compra correspondiente conforme la adjudicación
consignada en el Anexo II que integra la presente.
ARTÍCULO 6° — Atiéndase la erogación que asciende a la suma total de
PESOS SEIS MILLONES DOSCIENTOS MIL ($ 6.200.000.-), con cargo a los
créditos específicos de este Ministerio para el ejercicio 2016.
ARTÍCULO 7° — La presente Resolución es refrendada por el señor SECRETARIO DE COORDINACIÓN Y MONITOREO INSTITUCIONAL.
ARTÍCULO 8° — Regístrese, notifíquese, publíquese, dese a la Dirección
Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. CAROLINA STANLEY,
Ministra de Desarrollo Social de la Nación.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la
edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser
consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767
- Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
e. 23/05/2016 N° 34701/16 v. 23/05/2016
(Nota Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)