MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SUBSECRETARÍA DE RELACIONES LABORALES

Resolución 239/2016

Bs. As., 15/04/2016

VISTO el Expediente N° 1.674.068/15 del registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 3/5 del Expediente de referencia, obra un Acuerdo celebrado entre el SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DEL GAS CAPITAL Y GRAN BUENOS AIRES, por la parte sindical, y la empresa RADIOTRONICA SERVICIOS Y LOGÍSTICA SOCIEDAD ANÓNIMA, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 1411/14 “E”, conforme a lo establecido en la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que mediante dicho acuerdo las partes convinieron incrementos y beneficios salariales, con vigencia a partir del Primero de Abril del año Dos Mil Quince.

Que los actores intervinientes en autos se encuentran legitimados para alcanzar el presente conforme surge de los antecedentes acompañados.

Que los agentes negociales han ratificado el contenido y firmas allí insertas, acreditando la personería y facultades para negociar colectivamente invocadas, con las constancias obrantes en autos.

Que el ámbito de aplicación del presente se circunscribe a la correspondencia entre la representatividad que ostenta el sector empleador firmante y la entidad sindical signataria, emergente de su personería gremial.

Que los Delegados de Personal han ejercido la representación que les compete en la presente negociación, en los términos de lo prescripto por el Artículo 17 de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, ha tomado la intervención que le compete.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales establecidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que en virtud de lo expuesto, correspondería dictar el acto administrativo de homologación de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que por último, resulta pertinente que una vez dictado el acto administrativo homologatorio del acuerdo de referencia, se remitan estas actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de que evalúe la procedencia de elaborar el cálculo del tope previsto por el artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N° 53/15.

Por ello,

LA SUBSECRETARIA DE RELACIONES LABORALES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Declárase homologado el Acuerdo, la Escala salarial y el Acta complementaria, celebrados entre el SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DEL GAS CAPITAL Y GRAN BUENOS AIRES, por la parte sindical, y la empresa RADIOTRONICA SERVICIOS Y LOGÍSTICA SOCIEDAD ANÓNIMA, que luce a fojas 3/5 del Expediente N° 1.674.068/15, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 1411/14 “E”, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 2° — Regístrese la presente Resolución por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva a fin de que el Departamento Coordinación registre el Acuerdo obrante a fojas 3/5 del Expediente N° 1.674.68/15.

ARTÍCULO 3° — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, pase a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de elaborar el Proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, de las escalas salariales que por este acto se homologan, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias. Finalmente, procédase a la guarda del presente legajo, conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 1411/14 “E”.

ARTÍCULO 4° — Hágase saber que en el supuesto de que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. SILVIA SQUIRE, Subsecretaria de Relaciones Laborales, Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

Expediente N° 1.674.068/15

Buenos Aires, 20 de abril de 2016

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION SSRL N° 239/16 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 3/5 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 257/16. — Lic. ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

ACTA ACUERDO

En la ciudad de Buenos Aires al día 30 del mes de abril de 2015, se reúnen por una parte RADIOTRONICA SERVICIOS Y LOGISTICA S.A. con domicilio en la calle Lavalle 310, 1er piso, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representada por el Señor Gabriel Carlos Fusco y Enrique Alejandro Gray en carácter de apoderado, en adelante “La Empresa” “ y por la otra los señores Gabriel Yasky, Oscar Mangone y Pablo Blanco en representación del Sindicato Trabajadores de la Industria del Gas, Capital y Gran Buenos Aires, en adelante denominado “STIGAS”, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo suscripto entre ambas partes homologado con el N° 1411/14 “E”, Que ambas partes manifiestan que vienen a acordar la implementación del aumento salarial que se detallan a continuación:

Primero: Las partes acuerdan un incremento salarial del 18% con efectos a partir del 1 de abril del 2015 y un 7% a partir del 1 de agosto del 2015, estos porcentajes se calcula en forma acumulativa, resultando los Básicos de convenio que se muestran en el punto Segundo, este incremento será aplicado al personal representado por la entidad sindical, sobre todos los conceptos convencionales excepto la bonificación de gas que se mantiene en el mismo valor.

Segundo: Los nuevos básicos de convenio de acuerdo al incremento determinado en el punto Primero queda conformado en los siguientes valores mensuales:

BASICO DE CONVENIO VIGENTES PERIODO

AumentoBase18,00%7,0%
Vigencia01/10/201401/04/201501/08/2015
C188591045411186
C293031097711746
C397671152512331
C410.2551210112949
C510.7691270713597
Bon. Gas200200200
Antigüedad313739

Tercero: Adicionales por Función:

radiotronica01/10/201401/04/201501/08/2015
Adicional Función PCS (Personal Calificado de Servicio):Base18,00%7,00%
Puesto de Trabajo: Personal Calificado Servicios, Oficial, Categoría 4 (C262330953312

01/10/201401/04/201501/08/2015
Adicional Función Responsable Reten:4,92%18,00%7,00%
Puesto de Trabajo: Responsable Reten, Categoría 4 (C4)173120432186


Cuarto: Adicional Horario Extendido:




Base

radiotronica01/10/201401/04/201501/08/2015
Adicional Horario Extendido:4,92%18,00%7,00%
Puestos de Trabajo: Oficial Nichos, Categoría 4 (C4)205124202590
Pues de trabajo: Oficial Reten, categoría 4 (C4)205124202590
Puesto de trabajo Auxiliar Reten: Categoría 2 (C2)186021952349

Quinto: Adicional Turno Rotativo:




Base

radiotronica


Jornada de Trabajo con Turno Rotativo:01/10/201401/10/201401/08/2015
Turno de Trabajo 12hs. (4x4), Diurno4,92%18,00%7,00%
Puesto de trabajo, Oficial Nichos, Categoría 4 (C4)225726632849

Sexto: Adicional Premio Producción:

Las Tarifas del Premio por Producción se incrementan en el mismo porcentaje descripto en el punto Primero.

Sexto: Adicional Utilización de Vehículo:


Base
Radiotronica01/10/201401/10/201401/08/2015
Reintegro Gastos por Movilidad:4,92%18,00%7,00%
Dependiendo del tipo de actividad se podrá abonar por las siguientes modalidades:


• Vehículo Utilitario para AT. Urgencias: x día168198212
• Vehículo Furgón tipo Ducato, Master, Traffic : x día378446477
• Vehículo tareas generales: x Km recorrido1,101,301,39

Séptimo: Las partes también acuerdan reunirse en el mes de septiembre de 2015 a fin continuar el analizar las variables económicas, salariales.

En prueba de conformidad se firman tres ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en el lugar y fecha arriba indicados.