PROGRAMA ARGENTINA 2030: PENSANDO EN NUESTRO FUTURO
Decreto 712/2016
Creación.
Bs. As., 27/05/2016
VISTO los Decretos N° 357 del 21 de febrero de 2002, N° 13 del 10 de diciembre de 2015 y N° 151 del 17 de diciembre de 2015, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto N° 357 del 21 de febrero de 2002, se aprobó el
organigrama de aplicación de la ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL
centralizada hasta el nivel de Subsecretaría, entre los cuales se
encuentran los referidos a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, para
cumplir con las responsabilidades que le son propias, estableciendo,
asimismo, sus competencias.
Que por el Decreto N° 13 del 10 de diciembre de 2015 se modificó la Ley
de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus
modificatorios.
Que asimismo, por el Decreto N° 151 del 17 de diciembre de 2015 se
aprobó la conformación organizativa de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS.
Que nuestro país y el mundo en el que se integra están en permanente
movimiento. Los cambios en los patrones productivos, tecnológicos y
demográficos que influyen en la composición de los mercados, la
distribución del ingreso y las demandas sociales plantean
constantemente nuevos retos.
Que, anticipar tendencias y retos es esencial para guiar y sostener el
desarrollo, lo que torna imprescindible delinear una visión de país a
largo plazo.
Que en ese marco, resulta necesario la creación del “PROGRAMA ARGENTINA
2030: PENSANDO NUESTRO FUTURO” en el ámbito de la JEFATURA DE GABINETE
DE MINISTROS, con el propósito de generar un espacio de debate que
permita la calidad, pluralidad y enfoques multidisciplinarios, a partir
de la participación de destacados referentes, que representen
diversidad de intereses y orientaciones, con el propósito de elaborar
una visión de la REPÚBLICA ARGENTINA a largo plazo que contribuya a
orientar y articular la programación de políticas públicas con ese
alcance.
Que la SECRETARÍA DE EMPLEO del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN y la
SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS
han tomado intervención en el ámbito de sus competencias.
Que ha tomado intervención la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades
conferidas por el artículo 99, incisos 1 y 7 de la CONSTITUCIÓN
NACIONAL, y a lo dispuesto por los artículos 6° y 10 de la Ley N°
27.198.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Créase en el
ámbito de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN INTERMINISTERIAL de la JEFATURA
DE GABINETE DE MINISTROS, el “PROGRAMA ARGENTINA 2030: PENSANDO NUESTRO
FUTURO”, el que tendrá como objetivo delinear una visión de la
Argentina a largo plazo que contribuya a orientar la estrategia y
articular la programación de las políticas públicas.
Art. 2° — El “PROGRAMA
ARGENTINA 2030: PENSANDO NUESTRO FUTURO” será coordinado por UN (1)
DIRECTOR COORDINADOR, quien será asistido en su tarea por DOS (2)
SECRETARIOS EJECUTIVOS, con reconocida experiencia en políticas
públicas e investigación.
Art. 3° — Establecese que el
cargo de DIRECTOR COORDINADOR del “PROGRAMA ARGENTINA 2030: PENSANDO
NUESTRO FUTURO”, previsto en el artículo 2°, tendrá carácter
Extraescalafonario, con rango y jerarquía de Subsecretario, y cuyas
funciones se detallan en la Planilla Anexa al presente artículo, que
forma parte integrante de la presente medida.
Art. 4° — Establecese que los
cargos de SECRETARIOS EJECUTIVOS del “PROGRAMA ARGENTINA 2030: PENSANDO
NUESTRO FUTURO”, previstos en el artículo 2°, tendrán carácter
Extraescalafonario, con rango de Director Nacional y con una
remuneración equivalente al Nivel A, Grado 0, Función Ejecutiva Nivel I
del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema
Nacional de Empleo Público (SINEP), homologado por el Decreto N°
2098/08 y modificatorios, y asistirán al DIRECTOR COORDINADOR del
citado Programa en las materias que le encomiende.
Art. 5° — La JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS, a través de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN
INTERMINISTERIAL brindará el apoyo técnico y administrativo necesario
para el funcionamiento del Programa.
Art. 6° — Modifícase la
distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional -
Recursos Humanos, en la parte correspondiente a la Jurisdicción 25 -
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS para el Ejercicio 2016, de acuerdo
con el detalle obrante en la Planilla Anexa al presente artículo, la
que forma parte integrante de la presente medida.
Art. 7° — El gasto que demande
el cumplimiento de la presente medida será atendido con las partidas
específicas del presupuesto vigente para el corriente ejercicio de la
Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Art. 8° — Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — MACRI. — Marcos Peña.
Planilla Anexa al Artículo 3°
PROGRAMA ARGENTINA 2030: PENSANDO NUESTRO FUTURO
DIRECTOR COORDINADOR
FUNCIONES
1. Recabar información relacionada con el diseño de una visión de la
REPÚBLICA ARGENTINA a largo plazo que contribuya a orientar y articular
la programación de políticas públicas.
2. Coordinar las tareas específicas del Programa, a través de la
convocatoria a destacados referentes que representen diversidad de
intereses y orientaciones.
3. Requerir asesoramiento y recomendaciones a las áreas
correspondientes del PODER EJECUTIVO NACIONAL en los aspectos relativos
al objetivo del Programa.
4. Relevar información sobre recursos locales y tendencias globales que
permitan identificar los factores económicos, institucionales o
globales que puedan condicionar el desarrollo de las políticas
públicas, vinculados al objetivo del Programa.
Planilla Anexa al artículo 6°
PRESUPUESTO 2016
RECURSOS HUMANOS
JURISDICCIÓN 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
PROGRAMA 01 - ACTIVIDADES CENTRALES
CARGO O CATEGORIA |
CANTIDAD DE CARGOS |
PLANTA PERMANENTE |
|
FUNCIONARIOS FUERA DE NIVEL |
|
Director Coordinador |
+1 |
Secretario Ejecutivo |
+1 |
Secretario Ejecutivo |
+1 |
SUBTOTAL ESCALAFÓN |
+3 |
PROGRAMA 48 |
|
ACCIONES DE LA UNIDAD PLAN BELGRANO |
|
UNIDAD EJECUTORA: JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS |
|
Personal del SINEP - Decreto N° 2098/08 y modificatorios. |
|
NIVEL C |
-3 |
SUBTOTAL ESCALAFÓN |
0 |
TOTAL |
0 |