MINISTERIO DE CULTURA

Resolución 211/2016

Bs. As., 26/05/2016

VISTO el Expediente CUDAP: EXP-MCN: 2477/2016, el Decreto N° 13 de fecha 10 de diciembre de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que el MINISTERIO DE CULTURA tiene entre sus objetivos promover políticas de integración e intercambio cultural entre las jurisdicciones del país, promover políticas de incentivo y desarrollo de la cultura nacional y promover la producción e intercambio del conocimiento científico en temas relacionados con las industrias culturales, la generación de empleo sectorial y de los servicios vinculados.

Que la Dirección Nacional de Formación Cultural tiene, entre sus acciones, las de propiciar medidas que promuevan la formación y capacitación profesional y artística, fortaleciendo la calidad de la oferta de programas a nivel local, fomentando la interdisciplinariedad artística.

Que para cumplir con ello se deberán desarrollar una serie de programas, articulados entre sí, que contemplen la participación de distintos actores sociales relevantes del campo cultural nacional.

Que los programas y espacios formativos y de práctica y desarrollo profesional, especializados en el campo de la gestión cultural pública y destinados a los agentes y profesionales del sector son incipientes y escasos.

Que el campo de la gestión cultural pública presenta características, valores, beneficios e impactos específicos que es preciso rescatar, transmitir y jerarquizar en el marco de un programa formativo.

Que, en ese sentido, es necesario desarrollar una propuesta de formación y práctica profesional específica, que tienda a facilitar un espacio de desarrollo profesional para los agentes culturales públicos.

Que la mencionada propuesta debe hallar sustento en la importancia de contar con profesionales expertos en la gestión de proyectos, espacios y organismos públicos, potenciales multiplicadores, referentes e interlocutores profesionales en sus territorios, destinatarios y protagonistas de saberes y prácticas.

Que es preciso detectar, jerarquizar, sistematizar y formalizar, esos protagonistas, para asegurar un desempeño más profesional, eficiente y sostenible para la implementación de competencias de los organismos culturales de todo el país.

Que el MINISTERIO DE CULTURA desarrolló durante los años 2014 y 2015, una primera experiencia de formación a través del entonces INSTITUTO DE CULTURA PÚBLICA destinada a capacitar CINCUENTA (50) agentes culturales públicos de todo el país, que se desarrolló en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Que resulta pertinente la creación de un programa de formación y profesionalización, que se despliegue atendiendo a las particularidades de cada región y contexto donde los agentes se desarrollan.

Que este programa debe contar con docentes referentes de excelencia, que trabajen en estrecha vinculación con docentes referentes locales.

Que asimismo, el programa debe alentar la vinculación y el trabajo asociado con aquellas universidades y centros de estudios que cuenten con programas de formación especializados en la gestión, administración, comunicación y economía de la cultura, procurando complementar esfuerzos y aportar los rasgos diferenciales de la gestión de proyectos y organizaciones del ámbito público federal.

Que, se hace necesario, entonces, crear un programa de formación en gestión cultural pública, de implementación federal, que atienda los contextos regionales y basado en instancias de formación, intercambio institucional y transferencia con el fin de profundizar en la profesionalización de los agentes culturales públicos de todas las regiones del país.

Que ha tomado la intervención de su competencia la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE CULTURA.

Que la presente se dicta en virtud de las facultades conferidas por el artículo 1° del Decreto N° 11 y el artículo 23 sexies del Decreto N° 13, ambos del 10 de diciembre de 2015.

Por ello,

EL MINISTRO DE CULTURA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Créase el Programa “FORMACIÓN EN GESTIÓN CULTURAL PÚBLICA” en la órbita de la SUBSECRETARÍA DE CULTURA CIUDADANA, de conformidad con los fundamentos, objetivos y líneas que como ANEXO I forman parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 2° — Apruébese el Reglamento de Bases y Condiciones que como ANEXO II forma parte integrante de la presente Resolución.

ARTÍCULO 3° — Apruébese el modelo de acta acuerdo a celebrarse entre la DIRECCIÓN NACIONAL DE FORMACIÓN CULTURAL, dependiente de la SUBSECRETARIA DE CULTURA CIUDADANA de la SECRETARIA DE CULTURA y CREATIVIDAD, y los ORGANISMOS participantes del Programa creado por el artículo 1° que la autoridad de aplicación determine, que como Anexo III forma parte integrante de la presente.

ARTÍCULO 4° — Créase el Comité de Selección integrado por el DIRECTOR NACIONAL DE FORMACIÓN CULTURAL y DOS (2) especialistas en Gestión y/o Administración Cultural Pública, designados por la SUBSECRETARIA DE CULTURA CIUDADANA de la SECRETARIA DE CULTURA Y CREATIVIDAD.

ARTÍCULO 5° — Los gastos que el cumplimiento de la presente demande se atenderán con cargo a las partidas específicas del presupuesto del año correspondiente asignado a la JURISDICCIÓN 72 - Programa 50.

ARTÍCULO 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Lic. ALEJANDRO PABLO AVELLUTO, Ministro de Cultura.

ANEXO I

PROGRAMA DE FORMACIÓN EN GESTIÓN CULTURAL PÚBLICA

Fundamentos:

Ante la necesidad de implementar acciones de capacitación y especialización para la gestión específica de los organismos, espacios e instituciones del ámbito cultural público a nivel federal, promoviendo la profesionalización de sus agentes y fortaleciendo la eficacia y eficiencia de su desempeño y desarrollo institucional, se hace indispensable que la Dirección Nacional de Formación Cultural, en su misión de contribuir con la profesionalización de los diversos actores del ecosistema cultural de la Argentina, en forma complementaria al resto de sus programas e iniciativas, implemente un programa de capacitación en gestión cultural pública.

Esa iniciativa se sustenta en la carencia de programas y espacios formativos especializados en el campo de la gestión cultural pública y la falta de espacios de práctica y desarrollo profesional para los agentes y profesionales del sector.

Ello así y, no obstante que, en años recientes, las alternativas formativas en el campo de la gestión cultural se han multiplicado notoriamente, aún no ha definido un programa de capacitación específico para el universo de las instituciones y organismos del ámbito público.

Adicionalmente, se considera que el campo de la gestión cultural pública presenta características, valores, beneficios e impactos específicos que es preciso rescatar, transmitir y jerarquizar en el marco de un programa formativo de esas características.

Cabe destacar, a la par, que el presente programa se propone atender las prácticas, procesos y productos creativos de la cultura que, desde la ciudadanía, implican una dimensión pública, lo cual conlleva la necesidad de promover espacios de identificación, sistematización e incorporación de saberes, prácticas y herramientas de gestión particulares, como así también facilitar el relevamiento, detección y difusión de aquellas prácticas, experiencias y casos de aprendizaje (tanto exitosos como fallidos) que puedan iluminar las capacidades diferenciales del gerenciamiento de programas, proyectos y organismos del ámbito cultural público.

Asimismo, es preciso considerar, por un lado, el vasto universo de beneficiarios potenciales para el presente programa: trabajadores del ámbito estatal nacional, provincial o municipal (en calidad de beneficiarios del programa formativo) que, además de ver jerarquizado su rol profesional, contribuirán a la expansión y mejoramiento institucional de sus espacios de trabajo, a la vez que podrán oficiar como aliados del ámbito público nacional, toda vez que se transformen en actores de referencia local para facilitar diagnósticos, relevamientos, investigaciones, seguimientos de proyectos, difusión de acciones en sus contextos, entre los más relevantes.

Por otra parte, es necesario tomar en consideración, la necesidad de contar con agentes culturales cada vez más profesionalizados, que se hallen a la altura de las demandas y desafíos actuales, tanto en materia de gestión cultural pública, cuanto de cobertura eficiente de servicios culturales a nivel local, promoviendo la resolución de conflictos y necesidades ciudadanas.

Dentro de las coordenadas actuales en materia de capacitación profesional para los agentes públicos a nivel federal, las consecuencias de esta falta de propuestas concretas, conlleva por ende una serie de déficits profesionales que operan en múltiples niveles: desde la perspectiva institucional, impactan en la falta de interlocutores y referentes locales para posibles articulaciones, la baja calidad en la cobertura de servicios culturales locales; desde la perspectiva personal de los agentes, ello deriva en la falta de motivación cotidiana, la estrecha perspectiva de desarrollo profesional, o por lo contrario, la necesidad de afrontar el costo de programas de formación que, no obstante, no atienden plenamente sus desafíos y demandas de capacitación técnica.

De allí la importancia de desarrollar una propuesta de formación y práctica profesional específica, apoyada en el conjunto de carencias y potencialidades mencionadas, que tienda a facilitar un espacio de desarrollo profesional para los agentes culturales públicos, sostenida en la importancia de contar con profesionales expertos en la gestión de proyectos, espacios y organismos públicos, potenciales multiplicadores, referentes e interlocutores profesionales en sus territorios, destinatarios y protagonistas de saberes y prácticas que es preciso detectar, jerarquizar, sistematizar y formalizar para asegurar un desempeño más profesional, eficiente y sostenible para la implementación de competencias de los organizamos culturales de todo el país.

Objetivos:

Contribuir con la profesionalización de los agentes culturales del ámbito público federal facilitando un espacio de capacitación, intercambio y práctica con el propósito de incrementar sus niveles de eficiencia, desarrollo profesional y especialización de sus saberes, instrumentos, experiencias y herramientas de trabajo en el campo de la gestión cultural pública.

Promover el aprendizaje de saberes, prácticas y herramientas de gestión especializadas en el campo de la gestión cultural pública

Motivar la capacidad analítica, gerencial y productiva a la hora de interpretar las vinculaciones y dinámicas posibles entre las problemáticas de la cultura contemporánea, las características territoriales locales, las demandas hacia el ámbito público y las capacidades estratégicas a la hora de gestionar bienes y servicios culturales;

Facilitar mecanismos y recursos de análisis territorial, diagnóstico, mapeo de entornos regionales y demás prácticas de planificación a la hora de identificar los contextos regionales como ámbitos de trabajo y desarrollo profesional de los participantes y sus organizaciones;

Incrementar el relevamiento de casos, prácticas, saberes, experiencias, docentes, profesionales y gestores del ámbito cultural público que puedan contribuir a identificar y jerarquizar el corpus teórico-práctico del programa formativo;

Generar un ámbito de encuentro profesional, debate e intercambio de experiencias profesionales, tendiente a consolidar un esquema de articulación, sinergias y desarrollo profesional colectivo entre los participantes de las diversas regiones del país;

Identificar e impulsar proyectos de cultura pública a nivel regional que promuevan el desarrollo local y el enlace comunitario en los contextos territoriales de alumnos, docentes y organizaciones participantes en el programa;

Aportar a la conformación, fortalecimiento y puesta en práctica de redes institucionales de gestión cultural pública a nivel federal;

Capitalizar el rol de los agentes profesionales del ámbito público federal como actores de referencia local a la hora de facilitar relevamientos, diagnósticos, intercambios y esquemas de articulación con institutos, espacios y organismos culturales públicos a nivel federal.

Impulsar los ecosistemas regionales culturales de formación.

Destinatarios:

1. Agentes culturales que se desempeñan en organismos culturales públicos de los niveles nacional, provincial, municipal y/o universitario;

2. Docentes locales

3. Instituciones culturales sedes de los seminarios de formación

4. Instituciones culturales donde se desempeñan los agentes que transferirán sus conocimientos.

5. Comunidades locales donde se aplicarán los proyectos resultantes.

Las regiones definidas para el desarrollo del Programa son:

NOA (Tucumán, La Rioja, Salta, Catamarca, Jujuy y Santiago del Estero);

NEA (Corrientes, Misiones, Chaco y Formosa);

CUYO (Mendoza, San Juan, San Luis);

PATAGONIA (La Pampa, Chubut, Río Negro, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego);

CENTRO (Santa Fe, Entre Ríos, Córdoba), y

BUENOS AIRES (Provincia de Buenos Aires y Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

Etapas:

Para el logro de tales objetivos, el programa se estructurará en 3 etapas consecutivas:

1. Etapa de formación: durante esta etapa, se dictarán 4 módulos de formación, por cada una de las 6 regiones del país, a desarrollarse en una ciudad a definir de cada región. Los módulos estarán dirigidos a grupos conformados como máximo por 30 agentes culturales públicos por región, de los cuales hasta 20 agentes culturales públicos resultaran seleccionados por convocatoria y hasta 10 agentes culturales públicos podrán ser designados adicionalmente por los Organismos-sedes regionales del programa.

2. Etapa de formación y desarrollo de proyectos: 3 módulos de formación específica, interdisciplinaria y orientada al desarrollo de proyectos, dirigida a 48 agentes culturales públicos como máximo (2 por provincia seleccionados por su desempeño en la etapa 1); este tramo se desarrollará en forma presencial en CABA.

3. Etapa de transferencia: Los 48 participantes de la etapa 2 deberán diseñar y trabajar en la implementación de proyectos de desarrollo cultural en sus regiones.

ANEXO II

PROGRAMA DE FORMACIÓN EN GESTIÓN CULTURAL PÚBLICA

Reglamento de Bases y Condiciones

Capítulo I. Del PROGRAMA

Artículo 1°: Aspectos generales y objetivos

El PROGRAMA de FORMACIÓN en GESTIÓN CULTURAL PÚBLICA (en adelante el PROGRAMA) dependiente de la DIRECCIÓN NACIONAL de FORMACIÓN CULTURAL de la SUBSECRETARIA de CULTURA CIUDADANA de la SECRETARIA de CULTURA y CREATIVIDAD (en adelante la DIRECCIÓN), tiene por finalidad contribuir a la profesionalización y desarrollo de las/os agentes culturales del ámbito público federal. Su objetivo principal es incrementar la especialización de los saberes, experiencias y herramientas de trabajo de las/os agentes en el marco de los desafíos actuales en materia de formación en políticas culturales, gestión, administración y comunicación cultural, con énfasis y orientación hacia la gestión cultural pública.

Se aspira a conformar un espacio para la reflexión e innovación sobre la cultura pública y sus modos de organizarla al momento de definir políticas culturales, como así también para el desarrollo de redes institucionales y la producción colaborativa de proyectos federales.

Artículo 2°: Destinatarias/os

Las/os destinatarias/os y destinatarias/os del PROGRAMA son las/os agentes que al momento de la postulación se encuentren trabajando en organismos culturales del ámbito público en los diferentes niveles de gobierno nacional, provincial, municipal y/o del ámbito universitario. Serán indistintamente argentinas/os o extranjeras/os con residencia permanente. Las/os mismas/os deberán contar, al momento de la postulación, con el aval de la institución en la cual se desempeñan.

Artículo 3: Duración y etapas

El PROGRAMA estructura sus actividades en 3 etapas, a desarrollarse a lo largo de 11 meses:

• Etapa 1 / Duración 4 meses en cada región: Se seleccionará hasta 20 agentes culturales públicos por región, que participarán de cuatro seminarios mensuales de formación (de 2 jornadas completas cada uno), a desarrollarse en una ciudad de cada una de las regiones del país. Los seminarios trabajarán en los siguientes ejes formativos: Cultura y Políticas Culturales; Administración Cultural Pública; Herramientas de gestión y planificación; y Herramientas para la Innovación en comunicación cultural. Para el dictado de estos seminarios, se convocarán a docentes especializados nacionales y locales, y se desarrollarán en los mismos conversaciones abiertas con funcionarias/os de gobierno y visitas a equipamientos culturales locales.

• Etapa 2 / Duración 3 meses: Consiste en tres seminarios de formación específica, interdisciplinaria y orientada al desarrollo de proyectos, dirigida a 48 agentes culturales públicos (2 por provincia seleccionados por su desempeño en la etapa 1). Este tramo se desarrollará en forma presencial en CABA.

• Etapa 3 / Duración 4 meses: Para la etapa final, las/os 48 agentes culturales públicos, trabajarán en la implementación de proyectos de desarrollo cultural en sus regiones. El PROGRAMA contará en esta etapa con la participación de las instituciones que avalaron las postulaciones de las/os participantes. Las mismas se comprometen a acompañar el desarrollo e implementación de los proyectos diseñados por los agentes seleccionados en el marco del programa, complementando el apoyo institucional brindado por la DIRECCIÓN.

Artículo 4: Certificación

El MINISTERIO de CULTURA de la NACIÓN (en adelante el MINISTERIO) a través de la DIRECCIÓN otorgará un certificado de asistencia y aprobación de cada etapa del PROGRAMA a aquellas/os participantes que hayan cumplimentado con las obligaciones de asistencia y trabajo final propuesto.

Capítulo II: De Los Derechos y obligaciones

Artículo 5: Derechos para los participantes seleccionados

Los participantes seleccionados tendrán derecho a:

- Participar de un ciclo de 4 módulos presenciales de capacitación en su región de residencia;

- Contar con la provisión del pasaje aéreo y/o tramos terrestres (desde su localidad a la ciudad cabecera del programa y de regreso a su localidad, según corresponda), que la DIRECCIÓN cubrirá para asistir a los seminarios;

- Contar con la provisión de alojamiento para los días del seminario;

- Acceso a los recursos pedagógicos y los materiales de formación provistos por el programa;

- Aplicar a la segunda etapa del programa (a desarrollarse en forma presencial en Buenos Aires), a través de su trabajo final como cierre de la etapa 1.

Artículo 6: Obligaciones para los participantes seleccionados

Serán obligaciones de los participantes seleccionados:

• Participar del ciclo completo de capacitaciones en su región de residencia. Tal como consta en el artículo 4, el mismo estará compuesto de 4 módulos de capacitación presencial en su región de residencia (cada uno de 2 jornadas intensivas), en la ciudad cabecera designada para su región;

• Presentar como producto final del programa de capacitación un trabajo de diagnóstico sectorial de sus espacios y localidades, de acuerdo a las pautas que se brindarán durante el curso, con vistas a su postulación a la siguiente etapa del programa (Etapa 2, presencial en Buenos Aires);

• Participar regular y activamente de los seminarios programados, aportando los máximos niveles de compromiso y dedicación profesional;

• Los participantes del programa deberán promover la articulación profesional y la vinculación técnica con vistas a fortalecer las redes entre los espacios de cultura pública a nivel federal.

Artículo 7: Régimen de asistencia

Las/los postulantes seleccionadas deberán cumplir —en las etapas 1 y 2 del programa— con una asistencia mínima del 75% de los seminarios.

Artículo 8: Compromiso de las instituciones de aval

Las instituciones que brinden su aval a los seleccionados se comprometen a acompañar la implementación de proyectos de desarrollo cultural que sus avalados diseñen en el marco de la Etapa 2 del PROGRAMA para sus respectivas regiones.

Artículo 9: Ayudas otorgables

El programa contempla la capacitación de 120 agentes públicos, a razón de 20 agentes seleccionados por convocatoria por cada una de las 6 regiones del país. Como resultado del ciclo de capacitación federal, se seleccionarán —entre los agentes seleccionados por convocatoria para Etapa 1— hasta 2 agentes por provincia que podrán acceder a las actividades de la instancia presencial a desarrollarse en Buenos Aires. Las provincias y ciudades sede, podrán adicionalmente, designar hasta 10 agentes culturales públicos para participar en la Etapa 1 de formación, siendo de su responsabilidad la cobertura de pasajes y alojamiento de los mismos.

Capítulo III: Sobre la aplicación a la convocatoria

Artículo 10: Objeto de la convocatoria

Se abrirá la convocatoria con el objeto de seleccionar hasta 20 agentes culturales públicos por cada región del país para participar del PROGRAMA. Las regiones son:

1. BUENOS AIRES: Provincia de Buenos Aires (BA) y Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA);

2. CENTRO: provincias de Córdoba, Entre Ríos y Santa Fe;

3. NEA: provincias de Chaco, Corrientes, Formosa y Misiones;

4. NOA: provincias de Catamarca, Jujuy, La Rioja, Salta, Santiago del Estero y Tucumán;

5. CUYO: provincias de Mendoza, San Juan y San Luis;

6. PATAGONIA: provincias de Chubut - Santa Cruz - Rio Negro - Neuquén - La Pampa y Tierra del Fuego.

Artículo 11: Plazos de inscripción

El plazo inscripción para la presente convocatoria se extiende desde el día siguiente a su publicación y durante TREINTA (30) días corridos, con la facultad de ser prorrogado según decisión de la autoridad de aplicación.

Las/os postulantes deberán remitir la documentación requerida según se detalla en el Capítulo III de la presente convocatoria.

Artículo 12: Publicación de resultados

Los resultados de la selección serán publicados en un tiempo máximo de VEINTE (20) días hábiles posteriores al cierre de la convocatoria.

Artículo 13: Fecha de inicio del PROGRAMA

El inicio de los seminarios se ordenará, según cada una de las regiones, entre los meses de Junio y Agosto de 2016.

Capítulo IV: Sobre requisitos de inscripción y documentación requerida

Artículo 14: Requisitos de inscripción

Las/os postulantes a participar del PROGRAMA deberán cumplir con los siguientes requisitos:

- Ser argentinas/os nativos o naturalizados, o extranjeras/os con residencia permanente.

- Deberán encontrarse al momento de la postulación, trabajando en organismos Culturales del ámbito público en los diferentes niveles de gobierno nacional, provincial, municipal y/o del ámbito universitario.

Artículo 15: Procedimiento de inscripción

Las postulaciones podrán realizarse únicamente a través de la página web del PROGRAMA. No se aceptarán postulaciones en otros formatos, incompletas o presentadas fuera del plazo señalado.

Artículo 16: Documentación requerida

Las/os postulantes a participar del PROGRAMA deberán inscribirse mediante la página web en la cual deberán:

1. Completar y enviar el formulario de inscripción. (Formulario web o ANEXO I)

2. Adjuntar Curriculum Vitae;

3. Adjuntar Copia del DNI;

4. Adjuntar carta dirigida a la DIRECCIÓN que desarrolle en una extensión no mayor a tres páginas:

a) Expectativas y motivaciones para participar del PROGRAMA;

b) De qué manera cree que su participación en el PROGRAMA impactará en su ámbito profesional y en términos más generales en su comunidad.

5. Adjuntar Acta Compromiso y aval firmada por la/el postulante y por la autoridad inmediata superior (con rango no inferior a Director/a Nacional o equivalente) de la Institución en la cual la/el postulante trabaja.

La misma deberá manifestar el compromiso del/la postulante de asistencia al programa, el aval de la institución al/la postulante y su compromiso de acompañar el desarrollo e implementación, en forma conjunta con la DIRECCIÓN, del proyecto diseñado por la/el postulante seleccionada/o en el marco del PROGRAMA. (Según modelo ANEXO 2)

Artículo 17: Otras consideraciones

La DIRECCIÓN podrá requerir a las/os postulantes cualquier otra documentación que resulte pertinente a los fines de su evaluación.

Capítulo V - Sobre la selección de las/os participantes

Artículo 18: Proceso de evaluación y selección

La evaluación y selección de los candidatos será realizada por un Comité conformado por el Director Nacional de Formación Cultural y especialistas en la materia, a través de un análisis de la documentación, avales y motivaciones presentadas por las/os postulantes.

Artículo 19: Criterios de evaluación y selección

Para la evaluación y selección de postulaciones se tendrán en cuenta:

- Antecedentes del/la postulante: trayectoria profesional en el ámbito cultural y formación. Es de preferencia que las/os aspirantes posean título terciario o universitario afín a la temática y/o experiencia de trabajo en el sector cultural;

- Aval institucional de la postulación;

- Interés y motivación de las/os postulantes;

- Posibilidad de replicar la experiencia formativa en sus regiones.

Artículo 20: Procedimiento de selección

El Comité de Selección establecerá un orden de mérito por región en cuanto a la totalidad de las/os y las postulantes evaluadas/os.

Artículo 21: Comunicación de resultados del proceso de selección

Los resultados se difundirán públicamente a través de la página web del PROGRAMA.

Artículo 22: Notificación de conformidad

Las/os postulantes seleccionados/as deberán notificarse vía email expresando su conformidad para participar del PROGRAMA.

Capítulo VI: Autoridad de aplicación, condiciones y otras circunstancias

Artículo 23: Autoridad de aplicación

La DIRECCIÓN será la autoridad de aplicación del presente Reglamento y en tal carácter instrumentará los medios pertinentes, a fin de lograr el efectivo cumplimiento de las acciones desarrolladas en el marco del PROGRAMA.

Artículo 24: Elegibilidad, autenticidad y confidencialidad

Solamente podrán ser seleccionadas las propuestas que se ajusten a los requisitos establecidos en estas Bases y Condiciones y cumplan con la totalidad de la información y documentación requerida en los formularios, que constituyen la única forma válida de presentación a fin de participar de esta convocatoria a Escena Pública.

Serán considerados inadmisibles los postulantes que: a) No presenten aceptación explicita de los términos y condiciones establecidos por la presente convocatoria,
b) Realicen su postulación fuera de término o incompleta, en cuyo caso serán desestimados.

La información y documentación contenida en las Propuestas presentadas a solicitud de la convocatoria tendrán carácter de declaración jurada y serán confidenciales.

Artículo 25: Cesión de derechos de imagen

Los aspirantes seleccionados, en forma irrevocable, y sin limitación temporal o geográfica, autorizan al MINISTERIO a utilizar la totalidad las imágenes, obtenidas en las diversas filmaciones y/o sesiones de fotografía efectuadas en el marco de las actividades llevadas adelante por la presente convocatoria, con la única limitante de aquellos usos que pudieran afectar el derecho al honor.

Dicha autorización comprende, pero no se limita a, el derecho de reproducción, distribución y comunicación al público, dejando constancia que las imágenes obtenidas en el marco de las actividades llevadas adelante por la presente convocatoria no implican derecho de remuneración previsto en el Art. 56 de la ley 11.723 de Propiedad Intelectual.

Se exime de responsabilidad al MINISTERIO, sus funcionarios, y empleados en caso de reclamos judiciales y/o extrajudiciales, cualquiera fuera su naturaleza, de cualquier tipo y monto, cuya causa tuviera origen en el uso, modificación y/o utilización indebida que llevaran a cabo terceras personas de las imágenes que por el presente medio se autorizan a difundir.

Artículo 25 bis: El MINISTERIO no será responsable de los cotos en que incurrieran los/las participantes en razón de su participación en la presente convocatoria.

Artículo 26: Cambios, cancelación y/o baja de participación

Los y las postulantes seleccionadas y la institución de aval deberán informar de manera inmediata a la DIRECCIÓN acerca de cualquier cambio que se produjese en las circunstancias por las cuales fue seleccionado para participar del PROGRAMA y/o decisión de cancelación o baja de participación.

Los pasajes y/o recursos que no hubiesen sido utilizados por cualquier razón, deberán ser cancelados por el beneficiario y reintegrados en los términos y plazos que fije el MINISTERIO.

El MINISTERIO podrá disponer la cancelación total o parcial y exigir el reintegro de los importes correspondientes por las siguientes causas: a) Uso indebido de las ayudas b) Incumplimiento de cualquiera de las disposiciones establecidas en la presente reglamentación.

Ante cualquier incumplimiento de lo dispuesto en las presentes bases el área competente intimará para que se proceda de acuerdo a lo establecido. En caso de omisión o negativa o fracasada la intimación en dos oportunidades, se girarán las actuaciones a la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO para que tome la intervención que le compete.

En caso de cualquier incumplimiento por parte de los beneficiarios en el proceso de rendición de cuentas, los integrantes del proyecto quedarán inhabilitados para recibir futuras ayudas del MINISTERIO.

Artículo 27: Fin de la relación entre las partes

Al cumplimentarse los compromisos recíprocos adquiridos por las partes se dará por terminada la relación del MINISTERIO de CULTURA, a través de la DIRECCIÓN, con los y las agentes seleccionadas y extinguidos todos los derechos y obligaciones.

Vías de contacto

Por toda información adicional requerida o consultas acerca de la presente convocatoria, los interesados podrán comunicarse a con la DIRECCIÓN a través de los siguientes medios:

- Mail: formacion.gcp@cultura.gob.ar

- Teléfono: 5411 3754 0316

- Dirección postal: Alsina 465 - piso 7 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Argentina

ANEXO 1

FORMULARIO DE INSCRIPCIÓN

PARA PROGRAMA DE FORMACIÓN EN GESTIÓN CULTURAL PÚBLICA

(El presente formulario tiene carácter de declaración jurada)

1. DATOS PERSONALES

Apellido y Nombres: ____________________________________

DNI Nº: ________________

Lugar y Fecha de Nacimiento: ________________

Domicilio Particular: ________________

Localidad: ________________ Código Postal: ________________

Provincia: ________________

Teléfono Particular: ________________ Cel: ________________

Correo electrónico: _______________________

2. ANTECEDENTES ACADÉMICOS:

Último Nivel de Educación Alcanzado - Completo: ________________

Titulo Obtenido: ________________

Posgrado (Detallar): ________________

3. DATOS INSTITUCIONALES DE PERTENENCIA:

Jurisdicción: _____________________________

Organismo: _____________________________

Secretaría/DIRECCIÓN (Dependencia): ____________________________

DIRECCIÓN Postal:

Calle: ______________________ Nº: _________ Piso: _______ Of: _____

Localidad: ______________________ C.P.: ___________ Pcia.: ________________

Tel.: _____________________ Cel: ___________________

Correo electrónico: ______________________

Cargo o Puesto: ______________________

Antigüedad en la A.P.N.: ______________________ en el cargo: ______________________

Régimen de Revista y Posición (Indicar la información completa correspondiente a su posición escalafonaria o de convenio).

_____________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________

Describa sus principales responsabilidades y Tareas:

_____________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________

4. OTROS ANTECEDENTES QUE CONSIDERE RELEVANTES (puede ampliar en páginas adicionales):

_____________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________

FIRMA: _____________________

ACLARACIÓN: _____________________ FECHA: _____________________

ANEXO 2

ACTA COMPROMISO

PROGRAMA DE FORMACIÓN EN GESTIÓN CULTURAL PÚBLICA

El/La postulante, ......................................... DNI N° .............................., declara conocer y aceptar el Reglamento de Bases y Condiciones, y se compromete a cumplimentar los requisitos académicos, de asistencia y de puntualidad establecidos para el PROGRAMA DE FORMACIÓN EN GESTIÓN CULTURAL PÚBLICA.

Asimismo, el ORGANISMO ......................................., se compromete a permitir al postulante asistir a los seminarios en sus días de trabajo y acompañar la implementación de proyectos de desarrollo cultural que sus avaladas/os diseñen en el marco del PROGRAMA de formación.


Lugar y Fecha:

ANEXO III

La DIRECCIÓN NACIONAL DE FORMACIÓN CULTURAL DEPENDIENTE DE LA SUBSECRETARIA DE CULTURA CIUDADANA DE LA SECRETARIA DE CULTURA Y CREATIVIDAD DEL MINISTERIO DE CULTURA DE LA NACIÓN, representada por.................................., en adelante LA DIRECCIÓN, y.................................. representado por.........................................., en adelante EL ORGANISMO, acuerdan en el marco del Programa de Formación en Gestión Cultural Pública, en adelante EL PROGRAMA, celebrar la presente Acta mediante la cual comprometen sus esfuerzos colaborativos en las siguientes acciones:

1. EL ORGANISMO, en tanto sede regional del PROGRAMA, se compromete a proveer:

(a) Un espacio, preferentemente una institución cultural, acondicionado para el dictado de los módulos de formación durante la Etapa 1.

(b) Alojamiento con comida a los alumnos seleccionados, docentes y productores del programa por cada uno de los 4 módulos de la Etapa 1.

(c) Asistencia técnica/logística durante los dos días que dura cada módulo.

2. LA DIRECCIÓN, en tanto Autoridad de aplicación del PROGRAMA, se compromete a proveer:

(a) Los honorarios de los docentes

(b) Traslados de docentes y 20 alumnos seleccionados por convocatoria —desde su ciudad de origen hasta el lugar de dictado del seminario—.

(c) La organización de los módulos y recursos pedagógicos a través de la plataforma virtual del programa.

Finalmente las partes acuerdan que EL ORGANISMO podrá incorporar adicionalmente al PROGRAMA, 10 agentes culturales públicos de su jurisdicción al dictado de los módulos para participar de la Etapa 1 del programa, tomando a su cargo los costos de alojamiento, comida y traslados de los mismos.

En ................................... a los ............ días del mes de ................. de 201..., se suscriben dos (2) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.


e. 30/05/2016 N° 36771/16 v. 30/05/2016