MINISTERIO DE CULTURA
Resolución 211/2016
Bs. As., 26/05/2016
VISTO el Expediente CUDAP: EXP-MCN: 2477/2016, el Decreto N° 13 de fecha 10 de diciembre de 2015, y
CONSIDERANDO:
Que el MINISTERIO DE CULTURA tiene entre sus objetivos promover
políticas de integración e intercambio cultural entre las
jurisdicciones del país, promover políticas de incentivo y desarrollo
de la cultura nacional y promover la producción e intercambio del
conocimiento científico en temas relacionados con las industrias
culturales, la generación de empleo sectorial y de los servicios
vinculados.
Que la Dirección Nacional de Formación Cultural tiene, entre sus
acciones, las de propiciar medidas que promuevan la formación y
capacitación profesional y artística, fortaleciendo la calidad de la
oferta de programas a nivel local, fomentando la interdisciplinariedad
artística.
Que para cumplir con ello se deberán desarrollar una serie de
programas, articulados entre sí, que contemplen la participación de
distintos actores sociales relevantes del campo cultural nacional.
Que los programas y espacios formativos y de práctica y desarrollo
profesional, especializados en el campo de la gestión cultural pública
y destinados a los agentes y profesionales del sector son incipientes y
escasos.
Que el campo de la gestión cultural pública presenta características,
valores, beneficios e impactos específicos que es preciso rescatar,
transmitir y jerarquizar en el marco de un programa formativo.
Que, en ese sentido, es necesario desarrollar una propuesta de
formación y práctica profesional específica, que tienda a facilitar un
espacio de desarrollo profesional para los agentes culturales públicos.
Que la mencionada propuesta debe hallar sustento en la importancia de
contar con profesionales expertos en la gestión de proyectos, espacios
y organismos públicos, potenciales multiplicadores, referentes e
interlocutores profesionales en sus territorios, destinatarios y
protagonistas de saberes y prácticas.
Que es preciso detectar, jerarquizar, sistematizar y formalizar, esos
protagonistas, para asegurar un desempeño más profesional, eficiente y
sostenible para la implementación de competencias de los organismos
culturales de todo el país.
Que el MINISTERIO DE CULTURA desarrolló durante los años 2014 y 2015,
una primera experiencia de formación a través del entonces INSTITUTO DE
CULTURA PÚBLICA destinada a capacitar CINCUENTA (50) agentes culturales
públicos de todo el país, que se desarrolló en la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires.
Que resulta pertinente la creación de un programa de formación y
profesionalización, que se despliegue atendiendo a las particularidades
de cada región y contexto donde los agentes se desarrollan.
Que este programa debe contar con docentes referentes de excelencia,
que trabajen en estrecha vinculación con docentes referentes locales.
Que asimismo, el programa debe alentar la vinculación y el trabajo
asociado con aquellas universidades y centros de estudios que cuenten
con programas de formación especializados en la gestión,
administración, comunicación y economía de la cultura, procurando
complementar esfuerzos y aportar los rasgos diferenciales de la gestión
de proyectos y organizaciones del ámbito público federal.
Que, se hace necesario, entonces, crear un programa de formación en
gestión cultural pública, de implementación federal, que atienda los
contextos regionales y basado en instancias de formación, intercambio
institucional y transferencia con el fin de profundizar en la
profesionalización de los agentes culturales públicos de todas las
regiones del país.
Que ha tomado la intervención de su competencia la DIRECCIÓN GENERAL DE
ASUNTOS JURÍDICOS dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN
ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE CULTURA.
Que la presente se dicta en virtud de las facultades conferidas por el
artículo 1° del Decreto N° 11 y el artículo 23 sexies del Decreto N°
13, ambos del 10 de diciembre de 2015.
Por ello,
EL MINISTRO DE CULTURA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Créase el Programa “FORMACIÓN EN GESTIÓN CULTURAL
PÚBLICA” en la órbita de la SUBSECRETARÍA DE CULTURA CIUDADANA, de
conformidad con los fundamentos, objetivos y líneas que como ANEXO I
forman parte integrante de la presente medida.
ARTÍCULO 2° — Apruébese el Reglamento de Bases y Condiciones que como ANEXO II forma parte integrante de la presente Resolución.
ARTÍCULO 3° — Apruébese el modelo de acta acuerdo a celebrarse entre la
DIRECCIÓN NACIONAL DE FORMACIÓN CULTURAL, dependiente de la
SUBSECRETARIA DE CULTURA CIUDADANA de la SECRETARIA DE CULTURA y
CREATIVIDAD, y los ORGANISMOS participantes del Programa creado por el
artículo 1° que la autoridad de aplicación determine, que como Anexo
III forma parte integrante de la presente.
ARTÍCULO 4° — Créase el Comité de Selección integrado por el DIRECTOR
NACIONAL DE FORMACIÓN CULTURAL y DOS (2) especialistas en Gestión y/o
Administración Cultural Pública, designados por la SUBSECRETARIA DE
CULTURA CIUDADANA de la SECRETARIA DE CULTURA Y CREATIVIDAD.
ARTÍCULO 5° — Los gastos que el cumplimiento de la presente demande se
atenderán con cargo a las partidas específicas del presupuesto del año
correspondiente asignado a la JURISDICCIÓN 72 - Programa 50.
ARTÍCULO 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. — Lic. ALEJANDRO PABLO AVELLUTO, Ministro
de Cultura.
ANEXO I
PROGRAMA DE FORMACIÓN EN GESTIÓN CULTURAL PÚBLICA
Fundamentos:
Ante la necesidad de implementar acciones de capacitación y
especialización para la gestión específica de los organismos, espacios
e instituciones del ámbito cultural público a nivel federal,
promoviendo la profesionalización de sus agentes y fortaleciendo la
eficacia y eficiencia de su desempeño y desarrollo institucional, se
hace indispensable que la Dirección Nacional de Formación Cultural, en
su misión de contribuir con la profesionalización de los diversos
actores del ecosistema cultural de la Argentina, en forma
complementaria al resto de sus programas e iniciativas, implemente un
programa de capacitación en gestión cultural pública.
Esa iniciativa se sustenta en la carencia de programas y espacios
formativos especializados en el campo de la gestión cultural pública y
la falta de espacios de práctica y desarrollo profesional para los
agentes y profesionales del sector.
Ello así y, no obstante que, en años recientes, las alternativas
formativas en el campo de la gestión cultural se han multiplicado
notoriamente, aún no ha definido un programa de capacitación específico
para el universo de las instituciones y organismos del ámbito público.
Adicionalmente, se considera que el campo de la gestión cultural
pública presenta características, valores, beneficios e impactos
específicos que es preciso rescatar, transmitir y jerarquizar en el
marco de un programa formativo de esas características.
Cabe destacar, a la par, que el presente programa se propone atender
las prácticas, procesos y productos creativos de la cultura que, desde
la ciudadanía, implican una dimensión pública, lo cual conlleva la
necesidad de promover espacios de identificación, sistematización e
incorporación de saberes, prácticas y herramientas de gestión
particulares, como así también facilitar el relevamiento, detección y
difusión de aquellas prácticas, experiencias y casos de aprendizaje
(tanto exitosos como fallidos) que puedan iluminar las capacidades
diferenciales del gerenciamiento de programas, proyectos y organismos
del ámbito cultural público.
Asimismo, es preciso considerar, por un lado, el vasto universo de
beneficiarios potenciales para el presente programa: trabajadores del
ámbito estatal nacional, provincial o municipal (en calidad de
beneficiarios del programa formativo) que, además de ver jerarquizado
su rol profesional, contribuirán a la expansión y mejoramiento
institucional de sus espacios de trabajo, a la vez que podrán oficiar
como aliados del ámbito público nacional, toda vez que se transformen
en actores de referencia local para facilitar diagnósticos,
relevamientos, investigaciones, seguimientos de proyectos, difusión de
acciones en sus contextos, entre los más relevantes.
Por otra parte, es necesario tomar en consideración, la necesidad de
contar con agentes culturales cada vez más profesionalizados, que se
hallen a la altura de las demandas y desafíos actuales, tanto en
materia de gestión cultural pública, cuanto de cobertura eficiente de
servicios culturales a nivel local, promoviendo la resolución de
conflictos y necesidades ciudadanas.
Dentro de las coordenadas actuales en materia de capacitación
profesional para los agentes públicos a nivel federal, las
consecuencias de esta falta de propuestas concretas, conlleva por ende
una serie de déficits profesionales que operan en múltiples niveles:
desde la perspectiva institucional, impactan en la falta de
interlocutores y referentes locales para posibles articulaciones, la
baja calidad en la cobertura de servicios culturales locales; desde la
perspectiva personal de los agentes, ello deriva en la falta de
motivación cotidiana, la estrecha perspectiva de desarrollo
profesional, o por lo contrario, la necesidad de afrontar el costo de
programas de formación que, no obstante, no atienden plenamente sus
desafíos y demandas de capacitación técnica.
De allí la importancia de desarrollar una propuesta de formación y
práctica profesional específica, apoyada en el conjunto de carencias y
potencialidades mencionadas, que tienda a facilitar un espacio de
desarrollo profesional para los agentes culturales públicos, sostenida
en la importancia de contar con profesionales expertos en la gestión de
proyectos, espacios y organismos públicos, potenciales multiplicadores,
referentes e interlocutores profesionales en sus territorios,
destinatarios y protagonistas de saberes y prácticas que es preciso
detectar, jerarquizar, sistematizar y formalizar para asegurar un
desempeño más profesional, eficiente y sostenible para la
implementación de competencias de los organizamos culturales de todo el
país.
Objetivos:
Contribuir con la profesionalización de los agentes culturales del
ámbito público federal facilitando un espacio de capacitación,
intercambio y práctica con el propósito de incrementar sus niveles de
eficiencia, desarrollo profesional y especialización de sus saberes,
instrumentos, experiencias y herramientas de trabajo en el campo de la
gestión cultural pública.
Promover el aprendizaje de saberes, prácticas y herramientas de gestión
especializadas en el campo de la gestión cultural pública
Motivar la capacidad analítica, gerencial y productiva a la hora de
interpretar las vinculaciones y dinámicas posibles entre las
problemáticas de la cultura contemporánea, las características
territoriales locales, las demandas hacia el ámbito público y las
capacidades estratégicas a la hora de gestionar bienes y servicios
culturales;
Facilitar mecanismos y recursos de análisis territorial, diagnóstico,
mapeo de entornos regionales y demás prácticas de planificación a la
hora de identificar los contextos regionales como ámbitos de trabajo y
desarrollo profesional de los participantes y sus organizaciones;
Incrementar el relevamiento de casos, prácticas, saberes, experiencias,
docentes, profesionales y gestores del ámbito cultural público que
puedan contribuir a identificar y jerarquizar el corpus
teórico-práctico del programa formativo;
Generar un ámbito de encuentro profesional, debate e intercambio de
experiencias profesionales, tendiente a consolidar un esquema de
articulación, sinergias y desarrollo profesional colectivo entre los
participantes de las diversas regiones del país;
Identificar e impulsar proyectos de cultura pública a nivel regional
que promuevan el desarrollo local y el enlace comunitario en los
contextos territoriales de alumnos, docentes y organizaciones
participantes en el programa;
Aportar a la conformación, fortalecimiento y puesta en práctica de
redes institucionales de gestión cultural pública a nivel federal;
Capitalizar el rol de los agentes profesionales del ámbito público
federal como actores de referencia local a la hora de facilitar
relevamientos, diagnósticos, intercambios y esquemas de articulación
con institutos, espacios y organismos culturales públicos a nivel
federal.
Impulsar los ecosistemas regionales culturales de formación.
Destinatarios:
1. Agentes culturales que se desempeñan en organismos culturales
públicos de los niveles nacional, provincial, municipal y/o
universitario;
2. Docentes locales
3. Instituciones culturales sedes de los seminarios de formación
4. Instituciones culturales donde se desempeñan los agentes que transferirán sus conocimientos.
5. Comunidades locales donde se aplicarán los proyectos resultantes.
Las regiones definidas para el desarrollo del Programa son:
NOA (Tucumán, La Rioja, Salta, Catamarca, Jujuy y Santiago del Estero);
NEA (Corrientes, Misiones, Chaco y Formosa);
CUYO (Mendoza, San Juan, San Luis);
PATAGONIA (La Pampa, Chubut, Río Negro, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego);
CENTRO (Santa Fe, Entre Ríos, Córdoba), y
BUENOS AIRES (Provincia de Buenos Aires y Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
Etapas:
Para el logro de tales objetivos, el programa se estructurará en 3 etapas consecutivas:
1. Etapa de formación: durante esta etapa, se dictarán 4 módulos de
formación, por cada una de las 6 regiones del país, a desarrollarse en
una ciudad a definir de cada región. Los módulos estarán dirigidos a
grupos conformados como máximo por 30 agentes culturales públicos por
región, de los cuales hasta 20 agentes culturales públicos resultaran
seleccionados por convocatoria y hasta 10 agentes culturales públicos
podrán ser designados adicionalmente por los Organismos-sedes
regionales del programa.
2. Etapa de formación y desarrollo de proyectos: 3 módulos de formación
específica, interdisciplinaria y orientada al desarrollo de proyectos,
dirigida a 48 agentes culturales públicos como máximo (2 por provincia
seleccionados por su desempeño en la etapa 1); este tramo se
desarrollará en forma presencial en CABA.
3. Etapa de transferencia: Los 48 participantes de la etapa 2 deberán
diseñar y trabajar en la implementación de proyectos de desarrollo
cultural en sus regiones.
ANEXO II
PROGRAMA DE FORMACIÓN EN GESTIÓN CULTURAL PÚBLICA
Reglamento de Bases y Condiciones
Capítulo I. Del PROGRAMA
Artículo 1°: Aspectos generales y objetivos
El PROGRAMA de FORMACIÓN en GESTIÓN CULTURAL PÚBLICA (en adelante el
PROGRAMA) dependiente de la DIRECCIÓN NACIONAL de FORMACIÓN CULTURAL de
la SUBSECRETARIA de CULTURA CIUDADANA de la SECRETARIA de CULTURA y
CREATIVIDAD (en adelante la DIRECCIÓN), tiene por finalidad contribuir
a la profesionalización y desarrollo de las/os agentes culturales del
ámbito público federal. Su objetivo principal es incrementar la
especialización de los saberes, experiencias y herramientas de trabajo
de las/os agentes en el marco de los desafíos actuales en materia de
formación en políticas culturales, gestión, administración y
comunicación cultural, con énfasis y orientación hacia la gestión
cultural pública.
Se aspira a conformar un espacio para la reflexión e innovación sobre
la cultura pública y sus modos de organizarla al momento de definir
políticas culturales, como así también para el desarrollo de redes
institucionales y la producción colaborativa de proyectos federales.
Artículo 2°: Destinatarias/os
Las/os destinatarias/os y destinatarias/os del PROGRAMA son las/os
agentes que al momento de la postulación se encuentren trabajando en
organismos culturales del ámbito público en los diferentes niveles de
gobierno nacional, provincial, municipal y/o del ámbito universitario.
Serán indistintamente argentinas/os o extranjeras/os con residencia
permanente. Las/os mismas/os deberán contar, al momento de la
postulación, con el aval de la institución en la cual se desempeñan.
Artículo 3: Duración y etapas
El PROGRAMA estructura sus actividades en 3 etapas, a desarrollarse a lo largo de 11 meses:
• Etapa 1 / Duración 4 meses en cada región: Se seleccionará hasta 20
agentes culturales públicos por región, que participarán de cuatro
seminarios mensuales de formación (de 2 jornadas completas cada uno), a
desarrollarse en una ciudad de cada una de las regiones del país. Los
seminarios trabajarán en los siguientes ejes formativos: Cultura y
Políticas Culturales; Administración Cultural Pública; Herramientas de
gestión y planificación; y Herramientas para la Innovación en
comunicación cultural. Para el dictado de estos seminarios, se
convocarán a docentes especializados nacionales y locales, y se
desarrollarán en los mismos conversaciones abiertas con funcionarias/os
de gobierno y visitas a equipamientos culturales locales.
• Etapa 2 / Duración 3 meses: Consiste en tres seminarios de formación
específica, interdisciplinaria y orientada al desarrollo de proyectos,
dirigida a 48 agentes culturales públicos (2 por provincia
seleccionados por su desempeño en la etapa 1). Este tramo se
desarrollará en forma presencial en CABA.
• Etapa 3 / Duración 4 meses: Para la etapa final, las/os 48 agentes
culturales públicos, trabajarán en la implementación de proyectos de
desarrollo cultural en sus regiones. El PROGRAMA contará en esta etapa
con la participación de las instituciones que avalaron las
postulaciones de las/os participantes. Las mismas se comprometen a
acompañar el desarrollo e implementación de los proyectos diseñados por
los agentes seleccionados en el marco del programa, complementando el
apoyo institucional brindado por la DIRECCIÓN.
Artículo 4: Certificación
El MINISTERIO de CULTURA de la NACIÓN (en adelante el MINISTERIO) a
través de la DIRECCIÓN otorgará un certificado de asistencia y
aprobación de cada etapa del PROGRAMA a aquellas/os participantes que
hayan cumplimentado con las obligaciones de asistencia y trabajo final
propuesto.
Capítulo II: De Los Derechos y obligaciones
Artículo 5: Derechos para los participantes seleccionados
Los participantes seleccionados tendrán derecho a:
- Participar de un ciclo de 4 módulos presenciales de capacitación en su región de residencia;
- Contar con la provisión del pasaje aéreo y/o tramos terrestres (desde
su localidad a la ciudad cabecera del programa y de regreso a su
localidad, según corresponda), que la DIRECCIÓN cubrirá para asistir a
los seminarios;
- Contar con la provisión de alojamiento para los días del seminario;
- Acceso a los recursos pedagógicos y los materiales de formación provistos por el programa;
- Aplicar a la segunda etapa del programa (a desarrollarse en forma
presencial en Buenos Aires), a través de su trabajo final como cierre
de la etapa 1.
Artículo 6: Obligaciones para los participantes seleccionados
Serán obligaciones de los participantes seleccionados:
• Participar del ciclo completo de capacitaciones en su región de
residencia. Tal como consta en el artículo 4, el mismo estará compuesto
de 4 módulos de capacitación presencial en su región de residencia
(cada uno de 2 jornadas intensivas), en la ciudad cabecera designada
para su región;
• Presentar como producto final del programa de capacitación un trabajo
de diagnóstico sectorial de sus espacios y localidades, de acuerdo a
las pautas que se brindarán durante el curso, con vistas a su
postulación a la siguiente etapa del programa (Etapa 2, presencial en
Buenos Aires);
• Participar regular y activamente de los seminarios programados,
aportando los máximos niveles de compromiso y dedicación profesional;
• Los participantes del programa deberán promover la articulación
profesional y la vinculación técnica con vistas a fortalecer las redes
entre los espacios de cultura pública a nivel federal.
Artículo 7: Régimen de asistencia
Las/los postulantes seleccionadas deberán cumplir —en las etapas 1 y 2
del programa— con una asistencia mínima del 75% de los seminarios.
Artículo 8: Compromiso de las instituciones de aval
Las instituciones que brinden su aval a los seleccionados se
comprometen a acompañar la implementación de proyectos de desarrollo
cultural que sus avalados diseñen en el marco de la Etapa 2 del
PROGRAMA para sus respectivas regiones.
Artículo 9: Ayudas otorgables
El programa contempla la capacitación de 120 agentes públicos, a razón
de 20 agentes seleccionados por convocatoria por cada una de las 6
regiones del país. Como resultado del ciclo de capacitación federal, se
seleccionarán —entre los agentes seleccionados por convocatoria para
Etapa 1— hasta 2 agentes por provincia que podrán acceder a las
actividades de la instancia presencial a desarrollarse en Buenos Aires.
Las provincias y ciudades sede, podrán adicionalmente, designar hasta
10 agentes culturales públicos para participar en la Etapa 1 de
formación, siendo de su responsabilidad la cobertura de pasajes y
alojamiento de los mismos.
Capítulo III: Sobre la aplicación a la convocatoria
Artículo 10: Objeto de la convocatoria
Se abrirá la convocatoria con el objeto de seleccionar hasta 20 agentes
culturales públicos por cada región del país para participar del
PROGRAMA. Las regiones son:
1. BUENOS AIRES: Provincia de Buenos Aires (BA) y Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA);
2. CENTRO: provincias de Córdoba, Entre Ríos y Santa Fe;
3. NEA: provincias de Chaco, Corrientes, Formosa y Misiones;
4. NOA: provincias de Catamarca, Jujuy, La Rioja, Salta, Santiago del Estero y Tucumán;
5. CUYO: provincias de Mendoza, San Juan y San Luis;
6. PATAGONIA: provincias de Chubut - Santa Cruz - Rio Negro - Neuquén - La Pampa y Tierra del Fuego.
Artículo 11: Plazos de inscripción
El plazo inscripción para la presente convocatoria se extiende desde el
día siguiente a su publicación y durante TREINTA (30) días corridos,
con la facultad de ser prorrogado según decisión de la autoridad de
aplicación.
Las/os postulantes deberán remitir la documentación requerida según se detalla en el Capítulo III de la presente convocatoria.
Artículo 12: Publicación de resultados
Los resultados de la selección serán publicados en un tiempo máximo de
VEINTE (20) días hábiles posteriores al cierre de la convocatoria.
Artículo 13: Fecha de inicio del PROGRAMA
El inicio de los seminarios se ordenará, según cada una de las regiones, entre los meses de Junio y Agosto de 2016.
Capítulo IV: Sobre requisitos de inscripción y documentación requerida
Artículo 14: Requisitos de inscripción
Las/os postulantes a participar del PROGRAMA deberán cumplir con los siguientes requisitos:
- Ser argentinas/os nativos o naturalizados, o extranjeras/os con residencia permanente.
- Deberán encontrarse al momento de la postulación, trabajando en
organismos Culturales del ámbito público en los diferentes niveles de
gobierno nacional, provincial, municipal y/o del ámbito universitario.
Artículo 15: Procedimiento de inscripción
Las postulaciones podrán realizarse únicamente a través de la página
web del PROGRAMA. No se aceptarán postulaciones en otros formatos,
incompletas o presentadas fuera del plazo señalado.
Artículo 16: Documentación requerida
Las/os postulantes a participar del PROGRAMA deberán inscribirse mediante la página web en la cual deberán:
1. Completar y enviar el formulario de inscripción. (Formulario web o ANEXO I)
2. Adjuntar Curriculum Vitae;
3. Adjuntar Copia del DNI;
4. Adjuntar carta dirigida a la DIRECCIÓN que desarrolle en una extensión no mayor a tres páginas:
a) Expectativas y motivaciones para participar del PROGRAMA;
b) De qué manera cree que su participación en el PROGRAMA impactará en
su ámbito profesional y en términos más generales en su comunidad.
5. Adjuntar Acta Compromiso y aval firmada por la/el postulante y por
la autoridad inmediata superior (con rango no inferior a Director/a
Nacional o equivalente) de la Institución en la cual la/el postulante
trabaja.
La misma deberá manifestar el compromiso del/la postulante de
asistencia al programa, el aval de la institución al/la postulante y su
compromiso de acompañar el desarrollo e implementación, en forma
conjunta con la DIRECCIÓN, del proyecto diseñado por la/el postulante
seleccionada/o en el marco del PROGRAMA. (Según modelo ANEXO 2)
Artículo 17: Otras consideraciones
La DIRECCIÓN podrá requerir a las/os postulantes cualquier otra
documentación que resulte pertinente a los fines de su evaluación.
Capítulo V - Sobre la selección de las/os participantes
Artículo 18: Proceso de evaluación y selección
La evaluación y selección de los candidatos será realizada por un
Comité conformado por el Director Nacional de Formación Cultural y
especialistas en la materia, a través de un análisis de la
documentación, avales y motivaciones presentadas por las/os postulantes.
Artículo 19: Criterios de evaluación y selección
Para la evaluación y selección de postulaciones se tendrán en cuenta:
- Antecedentes del/la postulante: trayectoria profesional en el ámbito
cultural y formación. Es de preferencia que las/os aspirantes posean
título terciario o universitario afín a la temática y/o experiencia de
trabajo en el sector cultural;
- Aval institucional de la postulación;
- Interés y motivación de las/os postulantes;
- Posibilidad de replicar la experiencia formativa en sus regiones.
Artículo 20: Procedimiento de selección
El Comité de Selección establecerá un orden de mérito por región en
cuanto a la totalidad de las/os y las postulantes evaluadas/os.
Artículo 21: Comunicación de resultados del proceso de selección
Los resultados se difundirán públicamente a través de la página web del PROGRAMA.
Artículo 22: Notificación de conformidad
Las/os postulantes seleccionados/as deberán notificarse vía email expresando su conformidad para participar del PROGRAMA.
Capítulo VI: Autoridad de aplicación, condiciones y otras circunstancias
Artículo 23: Autoridad de aplicación
La DIRECCIÓN será la autoridad de aplicación del presente Reglamento y
en tal carácter instrumentará los medios pertinentes, a fin de lograr
el efectivo cumplimiento de las acciones desarrolladas en el marco del
PROGRAMA.
Artículo 24: Elegibilidad, autenticidad y confidencialidad
Solamente podrán ser seleccionadas las propuestas que se ajusten a los
requisitos establecidos en estas Bases y Condiciones y cumplan con la
totalidad de la información y documentación requerida en los
formularios, que constituyen la única forma válida de presentación a
fin de participar de esta convocatoria a Escena Pública.
Serán considerados inadmisibles los postulantes que: a) No presenten
aceptación explicita de los términos y condiciones establecidos por la
presente convocatoria,
b) Realicen su postulación fuera de término o incompleta, en cuyo caso serán desestimados.
La información y documentación contenida en las Propuestas presentadas
a solicitud de la convocatoria tendrán carácter de declaración jurada y
serán confidenciales.
Artículo 25: Cesión de derechos de imagen
Los aspirantes seleccionados, en forma irrevocable, y sin limitación
temporal o geográfica, autorizan al MINISTERIO a utilizar la totalidad
las imágenes, obtenidas en las diversas filmaciones y/o sesiones de
fotografía efectuadas en el marco de las actividades llevadas adelante
por la presente convocatoria, con la única limitante de aquellos usos
que pudieran afectar el derecho al honor.
Dicha autorización comprende, pero no se limita a, el derecho de
reproducción, distribución y comunicación al público, dejando
constancia que las imágenes obtenidas en el marco de las actividades
llevadas adelante por la presente convocatoria no implican derecho de
remuneración previsto en el Art. 56 de la ley 11.723 de Propiedad
Intelectual.
Se exime de responsabilidad al MINISTERIO, sus funcionarios, y
empleados en caso de reclamos judiciales y/o extrajudiciales,
cualquiera fuera su naturaleza, de cualquier tipo y monto, cuya causa
tuviera origen en el uso, modificación y/o utilización indebida que
llevaran a cabo terceras personas de las imágenes que por el presente
medio se autorizan a difundir.
Artículo 25 bis: El MINISTERIO no será responsable de los cotos en que
incurrieran los/las participantes en razón de su participación en la
presente convocatoria.
Artículo 26: Cambios, cancelación y/o baja de participación
Los y las postulantes seleccionadas y la institución de aval deberán
informar de manera inmediata a la DIRECCIÓN acerca de cualquier cambio
que se produjese en las circunstancias por las cuales fue seleccionado
para participar del PROGRAMA y/o decisión de cancelación o baja de
participación.
Los pasajes y/o recursos que no hubiesen sido utilizados por cualquier
razón, deberán ser cancelados por el beneficiario y reintegrados en los
términos y plazos que fije el MINISTERIO.
El MINISTERIO podrá disponer la cancelación total o parcial y exigir el
reintegro de los importes correspondientes por las siguientes causas:
a) Uso indebido de las ayudas b) Incumplimiento de cualquiera de las
disposiciones establecidas en la presente reglamentación.
Ante cualquier incumplimiento de lo dispuesto en las presentes bases el
área competente intimará para que se proceda de acuerdo a lo
establecido. En caso de omisión o negativa o fracasada la intimación en
dos oportunidades, se girarán las actuaciones a la Dirección General de
Asuntos Jurídicos del MINISTERIO para que tome la intervención que le
compete.
En caso de cualquier incumplimiento por parte de los beneficiarios en
el proceso de rendición de cuentas, los integrantes del proyecto
quedarán inhabilitados para recibir futuras ayudas del MINISTERIO.
Artículo 27: Fin de la relación entre las partes
Al cumplimentarse los compromisos recíprocos adquiridos por las partes
se dará por terminada la relación del MINISTERIO de CULTURA, a través
de la DIRECCIÓN, con los y las agentes seleccionadas y extinguidos
todos los derechos y obligaciones.
Vías de contacto
Por toda información adicional requerida o consultas acerca de la
presente convocatoria, los interesados podrán comunicarse a con la
DIRECCIÓN a través de los siguientes medios:
- Mail: formacion.gcp@cultura.gob.ar
- Teléfono: 5411 3754 0316
- Dirección postal: Alsina 465 - piso 7 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Argentina
ANEXO 1
FORMULARIO DE INSCRIPCIÓN
PARA PROGRAMA DE FORMACIÓN EN GESTIÓN CULTURAL PÚBLICA
(El presente formulario tiene carácter de declaración jurada)
1. DATOS PERSONALES
Apellido y Nombres: ____________________________________
DNI Nº: ________________
Lugar y Fecha de Nacimiento: ________________
Domicilio Particular: ________________
Localidad: ________________ Código Postal: ________________
Provincia: ________________
Teléfono Particular: ________________ Cel: ________________
Correo electrónico: _______________________
2. ANTECEDENTES ACADÉMICOS:
Último Nivel de Educación Alcanzado - Completo: ________________
Titulo Obtenido: ________________
Posgrado (Detallar): ________________
3. DATOS INSTITUCIONALES DE PERTENENCIA:
Jurisdicción: _____________________________
Organismo: _____________________________
Secretaría/DIRECCIÓN (Dependencia): ____________________________
DIRECCIÓN Postal:
Calle: ______________________ Nº: _________ Piso: _______ Of: _____
Localidad: ______________________ C.P.: ___________ Pcia.: ________________
Tel.: _____________________ Cel: ___________________
Correo electrónico: ______________________
Cargo o Puesto: ______________________
Antigüedad en la A.P.N.: ______________________ en el cargo: ______________________
Régimen de Revista y Posición (Indicar la información completa correspondiente a su posición escalafonaria o de convenio).
_____________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________
Describa sus principales responsabilidades y Tareas:
_____________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________
4. OTROS ANTECEDENTES QUE CONSIDERE RELEVANTES (puede ampliar en páginas adicionales):
_____________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________
FIRMA: _____________________
ACLARACIÓN: _____________________ FECHA: _____________________
ANEXO 2
ACTA COMPROMISO
PROGRAMA DE FORMACIÓN EN GESTIÓN CULTURAL PÚBLICA
El/La postulante, ......................................... DNI N°
.............................., declara conocer y aceptar el Reglamento
de Bases y Condiciones, y se compromete a cumplimentar los requisitos
académicos, de asistencia y de puntualidad establecidos para el
PROGRAMA DE FORMACIÓN EN GESTIÓN CULTURAL PÚBLICA.
Asimismo, el ORGANISMO ......................................., se
compromete a permitir al postulante asistir a los seminarios en sus
días de trabajo y acompañar la implementación de proyectos de
desarrollo cultural que sus avaladas/os diseñen en el marco del
PROGRAMA de formación.
Lugar y Fecha:
ANEXO III
La DIRECCIÓN NACIONAL DE FORMACIÓN CULTURAL DEPENDIENTE DE LA
SUBSECRETARIA DE CULTURA CIUDADANA DE LA SECRETARIA DE CULTURA Y
CREATIVIDAD DEL MINISTERIO DE CULTURA DE LA NACIÓN, representada
por.................................., en adelante LA DIRECCIÓN,
y.................................. representado
por.........................................., en adelante EL
ORGANISMO, acuerdan en el marco del Programa de Formación en Gestión
Cultural Pública, en adelante EL PROGRAMA, celebrar la presente Acta
mediante la cual comprometen sus esfuerzos colaborativos en las
siguientes acciones:
1. EL ORGANISMO, en tanto sede regional del PROGRAMA, se compromete a proveer:
(a) Un espacio, preferentemente una institución cultural, acondicionado
para el dictado de los módulos de formación durante la Etapa 1.
(b) Alojamiento con comida a los alumnos seleccionados, docentes y
productores del programa por cada uno de los 4 módulos de la Etapa 1.
(c) Asistencia técnica/logística durante los dos días que dura cada módulo.
2. LA DIRECCIÓN, en tanto Autoridad de aplicación del PROGRAMA, se compromete a proveer:
(a) Los honorarios de los docentes
(b) Traslados de docentes y 20 alumnos seleccionados por convocatoria
—desde su ciudad de origen hasta el lugar de dictado del seminario—.
(c) La organización de los módulos y recursos pedagógicos a través de la plataforma virtual del programa.
Finalmente las partes acuerdan que EL ORGANISMO podrá incorporar
adicionalmente al PROGRAMA, 10 agentes culturales públicos de su
jurisdicción al dictado de los módulos para participar de la Etapa 1
del programa, tomando a su cargo los costos de alojamiento, comida y
traslados de los mismos.
En ................................... a los ............ días del mes
de ................. de 201..., se suscriben dos (2) ejemplares de un
mismo tenor y a un solo efecto.
e. 30/05/2016 N° 36771/16 v. 30/05/2016