PRESUPUESTO
Decreto 737/2016
Ley 27.198. Modificación.
Bs. As., 02/06/2016
VISTO el Expediente N° S01:0023600/2016 del Registro del MINISTERIO DE
HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS, las Leyes Nros. 27.008 y 27.198 de
Presupuesto General de la Administración Nacional para los Ejercicios
2015 y 2016, respectivamente y el Decreto N° 1.775 de fecha 26 de
agosto de 2015, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto N° 1.775 de fecha 26 de agosto de 2015 se
sustituyó la Planilla Anexa al Artículo 48 de la Ley N° 27.008 de
Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio
2015 a los efectos de autorizar un mayor nivel de otorgamiento de
avales del Tesoro Nacional para la ejecución del Proyecto “Minicentral
Hidroeléctrica sobre el Río Nahueve” de la Provincia del NEUQUÉN.
Que el préstamo a ser suscripto entre el FONDO DE ABU DHABI PARA EL
DESARROLLO (ADFD) y la citada provincia, destinado a financiar el
referido proyecto, no se ha concretado durante el año 2015.
Que dicha operación, formalizada el 5 de febrero del corriente, requiere como garantía el aval del ESTADO NACIONAL.
Que la Ley N° 27.198 de Presupuesto General de la Administración
Nacional para el Ejercicio 2016 no previó el otorgamiento del citado
aval a la Provincia del NEUQUÉN.
Que tampoco se encuentra previsto el aval a la Provincia de CÓRDOBA
indispensable para garantizar un proyecto cuya ejecución resultará de
trascendencia histórica para dicha provincia denominado Programa
Integral de Gasoductos Troncales a financiarse por las entidades BANK
OF CHINA e INDUSTRIAL AND COMMERCIAL BANK OF CHINA.
Que adicionalmente, la Provincia de LA RIOJA requiere para el presente
Ejercicio de un aval del ESTADO NACIONAL para afianzar el Proyecto
Ampliación Parque Arauco destinado a ampliar en CIEN MEGAVATIOS (100
MW) de generación de energía eléctrica de origen eólica con un plazo de
ejecución de CUATRO (4) años.
Que el Artículo 60 de la Ley de Administración Financiera y de los
Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus
modificaciones dispone que las entidades de la administración nacional
no podrán formalizar ninguna operación de crédito público que no esté
contemplada en la ley de presupuesto general del año respectivo o en
una ley específica.
Que, en consecuencia, corresponde modificar la Planilla Anexa al
Artículo 45 de la Ley N° 27.198 de Presupuesto General de la
Administración Nacional para el Ejercicio 2016, incorporando los
respectivos avales para el presente año.
Que habiéndose ya suscripto el Acuerdo de Préstamo entre la Provincia
del NEUQUÉN y el FONDO DE ABU DHABI PARA EL DESARROLLO (ADFD) y de
conformidad a lo contemplado en su Artículo 9° apartado 4., la garantía
del ESTADO NACIONAL debe extenderse en un plazo máximo de CIENTO VEINTE
(120) días, el que vence el 5 de junio de 2016, motivo por el cual
resulta urgente incorporar el aval en cuestión.
Que por su parte, la Provincia de CÓRDOBA ya ha solicitado a la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS con fecha 11 de abril de 2016 la
correspondiente priorización del Programa Integral de Gasoductos
Troncales que brindará una mejor calidad de vida a los habitantes de
más de CIENTO SETENTA Y CINCO (175) localidades permitiéndoles el
acceso al servicio de gas natural domiciliario y brindándoles una
fuente de energía limpia y segura, facilitando a nivel productivo,
entre otros beneficios, el desarrollo de la actividad de Parques
Industriales, resultando indispensable su ejecución en forma inminente.
Que teniendo en cuenta que ya se encuentra sancionada la Ley Provincial
N° 10.339 de fecha 16 de marzo de 2016 que ratifica el Decreto
Provincial N° 80 de fecha 17 de febrero de 2016 por el que se
adjudicara la licitación pública para la realización del citado
programa, luce imprescindible para su urgente concreción la
incorporación del correspondiente aval.
Que similar urgencia requiere la incorporación del aval para afianzar
el financiamiento a la Provincia de LA RIOJA para permitir el inicio de
la ejecución del proyecto en cuestión relativo a energías renovables
durante el año 2016.
Que en ese sentido, la Provincia de LA RIOJA ha firmado un contrato con
HYDROCHINA, siendo dicha empresa la que ha ofrecido a través del
EXIMBANK DE CHINA, una línea de financiamiento preferencial que tiene
un cupo limitado y que de no iniciarse la gestión de firma del contrato
financiero podría redireccionarse, quedando este proyecto sin
financiamiento.
Que la naturaleza excepcional de las situaciones planteadas hace
imposible seguir los trámites ordinarios previstos en la CONSTITUCIÓN
NACIONAL para la sanción de las leyes, resultando necesario recurrir al
remedio constitucional establecido en el inciso 3 del Artículo 99 de
nuestra Carta Magna, en el marco del procedimiento reglado en la Ley N°
26.122.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE
HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del Artículo 99, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA EN ACUERDO GENERAL DE MINISTROS
DECRETA:
Artículo 1° — Sustitúyese la
Planilla Anexa al Artículo 45 de la Ley N° 27.198 de Presupuesto
General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2016 por la
Planilla Anexa al presente artículo.
Art. 2° — Dése cuenta a la COMISIÓN BICAMERAL PERMANENTE del HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN.
Art. 3° — Comuníquese,
publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y
archívese. — MACRI. — Marcos Peña. — Susana M. Malcorra. — Julio C.
Martínez. — José G. Santos. — Germán C. Garavano. — Patricia Bullrich.
— Alberto J. Triaca. — Carolina Stanley. — José L. Barañao. — Alejandro
P. Avelluto. — Rogelio Frigerio. — Alfonso de Prat Gay. — Javier
Dietrich. — Esteban J. Bullrich. — Sergio A. Bergman. — Andrés H.
Ibarra. — Juan J. Aranguren. — Oscar R. Aguad. — Jorge D. Lemus.
Planilla Anexa al Artículo 1°
CAPÍTULO VII
Planilla Anexa al Artículo 45
OTORGAMIENTO DE AVALES
ENTE AVALADO |
TIPO DE DEUDA |
MONTO MÁXIMO AUTORIZADO |
PLAZO MÍNIMO DE AMORTIZACIÓN |
DESTINO DEL FINANCIAMIENTO |
INVAP S.E. |
Aval |
U$S 75.000.000 |
A la vista |
Ejecución de proyectos de exportación en las áreas nuclear y/o espacial. |
FONDO FIDUCIARIO PÚBLICO Pro.Cre.Ar |
Obligaciones Bancarias/Financieras/ Comerciales |
$ 18.000.000.000 |
A la vista |
Programa Crédito Argentino del Bicentenario para la Vivienda Única Familiar (Pro.Cre.Ar) |
Gobierno de la Provincia de Buenos Aires |
Aval |
U$S 150.000.000 |
3 años |
Acueducto Río Colorado-Bahía Blanca (Etapa II) |
Gobierno de la Provincia de Buenos Aires |
Aval |
U$S 150.000.000 |
3 años |
Construcción de Planta Potabilizadora, conducción y obras complementarias en la Región de La Plata |
Gobierno de la Provincia de Santa Fe |
Aval |
U$S 100.000.000 |
3 años |
Acueducto Desvío Arijón |
Gobierno de la Provincia de San Juan |
Aval |
U$S 50.000.000 |
3 años |
Acueducto Gran Tullum- Etapa II |
Gobierno de la Provincia de Misiones |
Aval |
U$S 287.369.391 |
3 años |
Acueducto de las Misiones y Proyecto FTTH en Misiones |
Gobierno de la Provincia del Chaco |
Aval |
U$S 30.000.000 |
3 años |
Programa de Desarrollo Urbano de la ciudad de Resistencia |
Gobierno de la Provincia del Neuquén |
Aval |
U$S 15.100.000 |
3 años |
Minicentral Hidroeléctrica sobre el Río Nahueve |
Gobierno de la Provincia de Córdoba |
Aval |
U$S 662.600.000 |
3 años |
Programa Integral de Gasoductos Troncales de la Provincia de Córdoba |
Gobierno de la Provincia de La Rioja |
Aval |
U$S 303.700.000 |
3 años |
Proyecto Ampliación Parque Arauco |