MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SUBSECRETARÍA DE RELACIONES LABORALES
Resolución 294/2016
Bs. As., 13/05/2016
VISTO el Expediente N° 1.705.549/16 del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la
Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 8/9 del Expediente N° 1.705.549/16 obra el Acuerdo
celebrado, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 463/06,
entre la UNION TRABAJADORES DE ENTIDADES DEPORTIVAS Y CIVILES (UTEDYC),
y la ASOCIACIÓN DEL FÚTBOL ARGENTINO (AFA), conforme a lo dispuesto en
la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).
Que a través del mentado Acuerdo las partes pactan un incremento sobre
los salarios básicos del Convenio Colectivo de Trabajo citado, vigentes
al 31 de enero de 2.016, conforme los detalles allí impuestos.
Que el ámbito de aplicación del referido instrumento se corresponde con
la actividad de la empleadora firmante, como así con la
representatividad de la entidad sindical, emergente de su personería
gremial.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.
Que las partes acreditan la representación que invocan con la
documentación agregada en autos y ratifican en todos sus términos el
mentado instrumento.
Que la Asesoría Técnico Legal de esta Dirección Nacional de Relaciones
del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto
administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes
mencionados.
Que una vez dictado el presente acto administrativo homologando el
acuerdo alcanzado, se remitirán las presentes actuaciones a la
Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la
procedencia de fijar el promedio de las remuneraciones, del cual surge
el tope indemnizatorio establecido en el Artículo 245 de la Ley N°
20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.
Que el presente se dicta en uso de las facultades previstas en el Decreto 53/15.
Por ello,
LA SUBSECRETARIA DE RELACIONES LABORALES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre la UNION
TRABAJADORES DE ENTIDADES DEPORTIVAS Y CIVILES, y la ASOCIACIÓN DEL
FÚTBOL ARGENTINO, obrante a fojas 8/9 del Expediente N° 1.7056.549/16,
conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250
(t.o. 2004).
ARTÍCULO 2° — Regístrese la presente Resolución en la Dirección General
de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la
SUBSECRETARIA DE COORDINACIÓN. Cumplido, pase a la Dirección de
Negociación Colectiva a fin que el Departamento Coordinación registre
el instrumento obrante a fojas 8/9 del Expediente N° 1.705.549/16
ARTÍCULO 3° — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente,
remítase las presentes actuaciones a la Dirección Nacional de
Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de fijar el
promedio de las remuneraciones, del cual surge el tope indemnizatorio
establecido en el Artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus
modificatorias.
ARTÍCULO 4° — Hágase saber que en el supuesto que el MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación gratuita
del Acuerdo homologado, y de la presente Resolución, resultará de
aplicación lo dispuesto en el tercer párrafo del Artículo 5° de la Ley
N° 14.250 (t.o. 2.004).
ARTÍCULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Dra. SILVIA SQUIRE, Subsecretaria de
Relaciones Laborales, Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
Expediente N° 1.705.549/16
Buenos Aires, 17 de mayo de 2016
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION SSRL N° 294/16 se ha
tomado razón del acuerdo obrante a fojas 8/9 del expediente de
referencia, quedando registrado bajo el número 310/16. — Lic. ALEJANDRO
INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación –
D.N.R.T.
ACTA ACUERDO SALARIAL
En la ciudad de Buenos Aires, a los 3 días del mes febrero de 2016, LA
UNION TRABAJADORES DE ENTIDADES DEPORTIVAS Y CIVILES (UTEDYC),
representada por Carlos O. BONJOUR, en su carácter de Secretario
General Nacional, Gustavo PADIN —Secretario Gremial Nacional—, Marcel
Carretero —Subsecretaria Gremial—; por la parte sindical y la
ASOCIACIÓN DEL FUTBOL ARGENTINO (AFA), representada en este acto por
los miembros paritarios señores José LEMME, Nicolás RUSSO y el Dr.
Mario Adolfo SCHMOISMAN en su carácter de apoderado, por la parte
empleadora, se reúnen en el marco del CCT 463/06 luego de intensas
negociaciones, los presentes arriban al acuerdo que seguidamente se
pasa a detallar:
PRIMERA: Las partes acuerdan otorgar sobre los básicos vigentes al
31/01/2016 un incremento salarial del 15 %, especificado en el Anexo A
(remuneraciones), a partir de la fecha que se indica. En tal sentido,
los nuevos salarios básicos convencionales de las categorías
contempladas en el Convenio Colectivo de Trabajo N° 463/06, serán los
que se establecen en dicho Anexo, cuyos textos y valores deben
considerarse acta complementarias del referido convenio.
SEGUNDA: Las partes suscriben en consecuencia un nuevo Anexo A
(Remuneraciones) del CCT 463/06, el cual refleja los ajustes salariales
acordados en el presente.
TERCERA: Las partes ratifican la plena vigencia de la contribución
solidaria vigente, en los términos del art. 41 del CCT 463/06.
CUARTA: Las partes asumen el compromiso de seguir trabajando en propuestas que mejoren el actual CCT 463/06.
QUINTA: Asimismo las partes asumen el compromiso de reunirse en la
primera quincena del mes del mes de junio de 2016 para iniciar las
negociaciones salariales tendiente a establecer los salarios básicos de
lo que resta del año, dejándose expresa constancia que los aumentos que
en dichas negociaciones se acuerden tendrán aplicación a partir del mes
julio de 2016.
SEXTA: Cualquiera de los firmantes podrá presentar el mismo para su
homologación por parte de la autoridad de aplicación sin perjuicio de
su validez inmediata atento la naturaleza del presente acuerdo.
En este estado se da por finalizado el acto, firmando los comparecientes previa lectura y ratificación, para constancia.
A.F.A.-U.T.E.D.Y.C.
ESCALA SALARIAL 2016 - ANEXO A CONVENIO 463/06