COMISIÓN ARBITRAL CONVENIO MULTILATERAL DEL 18.8.77
Resolución General 14/2016
Declaraciones Juradas. Período Fiscal 2016.
Bs. As., 15/06/2016
VISTO:
La Resolución General CA N° 5/2015 que estableció las fechas de
vencimiento para el período fiscal 2016 para la presentación de la
declaración jurada y pago del Impuesto sobre los Ingresos Brutos
correspondiente a contribuyentes comprendidos en el Convenio
Multilateral; y,
CONSIDERANDO:
Que a través de la Resolución General CA N° 5/2016 se amplió la
cantidad de contribuyentes con uso obligatorio del Módulo DDJJ
“Generación de Declaraciones Juradas Mensuales (CM03 y CM04) y Anuales
(CM05) del Sistema SIFERE WEB” —aprobado por Resolución General N°
11/2014 de esta Comisión Arbitral—.
Que se han verificado inconvenientes técnicos para el uso del Sistema
SIFERE WEB los días 13 y 14 de junio del corriente por lo que algunos
contribuyentes se han visto impedidos de presentar y pagar en tiempo y
forma sus obligaciones tributarias.
Por ello,
LA COMISION ARBITRAL
(CONVENIO MULTILATERAL DEL 18.8.77)
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Considerar en
término la presentación de las declaraciones juradas y el pago
correspondiente al anticipo de mayo del período fiscal 2016 del
Impuesto sobre los Ingresos Brutos - Convenio Multilateral, que se
registren al día 16 de junio de 2016, último día de vencimiento
establecido para todos los tramos de contribuyentes por la Resolución
General N° 5/2015.
ARTÍCULO 2° — Comunicar la
presente resolución a las jurisdicciones adheridas para que dicten las
normas complementarias de lo dispuesto en el artículo anterior.
ARTÍCULO 3° — Publíquese por un (1) día en el Boletín Oficial de la Nación, y archívese. — Roberto J. Arias. — Mario Salinardi.